STSJ Andalucía 47/2007, 10 de Enero de 2007

PonenteLUIS LOZANO MORENO
ECLIES:TSJAND:2007:192
Número de Recurso2216/2006/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución47/2007
Fecha de Resolución10 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Social

47/2007

Recurso 2.216/06 - Sentª 47/07

Iltmos. Señores:

D. Joaquín Luis Sánchez Carrión, Presidente

Dª Elena Díaz Alonso

D. Luis Lozano Moreno

D. Benito Recuero Saldaña

En Sevilla, a diez de enero de dos mil siete.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 47/2.007

En el Recurso de Suplicación interpuesto por D. Carlos contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de los de Cádiz, dictada en los autos nº 531/05; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. Luis Lozano Moreno, Magistrado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda sobre despido por el recurrente contra Transportes Frigoríficos Andaluces, S.A. y D. Miguel, se celebró el Juicio y se dictó Sentencia el 20 de diciembre de 2005, por el Juzgado de referencia, en la que se desestimaba la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"1º.- Los actores D. Carlos, con DNI. NUM000, D. Luis Miguel, con DNI.- NUM001 y D. Constantino, con DNI.- NUM002, vienen prestando servicios profesionales para la empresa "Transportes Frigoríficos Andaluces, S.A", con la común categoría de "conductor-mecánico"; antigüedad, respectivamente, de 1 de octubre de 1992 el primero, 2 de abril de 1990 el segundo y 11 de julio de 1988 el tercero. El salario diario global ascendía a 36,64 euros el Sr. Luis Miguel ; la suma de 36,60 euros el Sr. Constantino y la cifra de 38,27 el Sr. Carlos.

  1. - La empresa "Transportes Frigoríficos Andaluces, S.A", se constituye con fecha 23 de enero de 1986 por los Sres. D. Carlos Jesús, D. Alonso y D. Miguel. Domicilio en Cádiz, C/ Línea de la Concepción s/n. Como administrador único se nombraba a D. Carlos Jesús.

    En 10 de marzo de 1993 se produce un aumento de capital suscrito por los socios, como consta.

    Con fecha 18 de junio de 1998 cesión de dos acciones de D. Alonso a favor de D. Miguel y nuevo aumento del capital (hasta 20 millones) suscritas parcialmente por D. Carlos Jesús, D. Miguel y, como nuevos socios, Dña Silvia, D. Vicente y D. Pedro Francisco. Se acordaba igualmente elegir como administrador único a D. Carlos Jesús.

    Con fecha 22 de octubre de 2003 se acordaba el cambio de domicilio de la mercantil al Polígono Industrial El Trocadero, CALLE000, naves NUM003 - NUM004, en Puerto Real (Cádiz). Igualmente se acordaba elegir como administrador único, de nuevo, a D. Carlos Jesús.

    El codemandado Sr. Miguel titular del 12% del capital actuaba en la empresa asumiendo funciones de administración y gestión.

  2. - Con fecha 23 de octubre de 2003 tiene lugar en la Tesorería General de la Seguridad Social, Dirección Provincial, "inscripción empresario- cuenta corriente" de " Miguel ", dedicado a "transporte otras mercancías por carretera", con domicilio en c/ Finlandia, Polígono Industrial El Trocadero 11-12 Puerto Real. Se adjuntaba documento de propuesta de asociación con la entidad mutual "Fraternidad, Muprespa". Con fecha 30 de septiembre de 2005 consta baja en el RETA de D. Carlos Jesús.

  3. - El Sr. Miguel, con fecha 27.4.2005 se encontraba prestando servicios para la empresa "Lares Grupo Inmobiliarios S.L" de la localidad de El Puerto de Santa María. Duración hasta el día 26.10.2005 y categoría "responsable de administración".

    Igualmente, por comunicación del día 28 de octubre de 2005, consta nuevo contrato de trabajo de duración determinada con efectos desde el día 18 a nombre de D. Carlos Jesús con la empresa "Refre S.L", de Chiclana, para prestar servicios como director del departamento de administración y finanzas. Duración hasta el día 17.4.2006.

    Figuró en alta en al seguridad social al servicio de las empresas "Transportes José Carrillo Benítez S.A, desde 1.7.1986 a 22.9.1994; con la empresa "José Carrillo Benítez S.A" desde el día 23.9.1994 a 9.2.1995; y en la empresa Transportes Frigoríficos Andaluces S.A, desde el día 1.12.1990 a 30.11.2002.

  4. - Según información recibida de la Jefatura Provincial de Trafico, el vehículo (tractocamión) matricula.... NXC, su titular actual es D. Miguel. El vehículo (tractocamión) matricula.... QFR su titular es Sdad. Coop. Valenciana Limitada de Transportes la VII, con domicilio en determinada localidad de Valencia. El vehículo (tracto - camión) matricula.... RCN, su titular es D. Miguel. El vehículo (tractocamión) matricula 4264 BPT es titular "Transportes Frigoríficos Andaluces, S.A, domicilio polígono Trocadero, parcela D2. Vehículo (tractocamión), matricula 4263 BPT es titular "Transportes Frigoríficos Andaluces S.A", domicilio polígono Trocadero parcela D". Vehículo (tractocamión), matriculo CA 9853 BP, su titular es "Recacor S.A" domiciliado en Córdoba. Vehículo (tractocamión), matricula CA 9852 BP, su titular "Menchen y Romero S.L", de la localidad de Manzanares, Ciudad Real; y vehículo (tractocamión) matricula CA 6119 BH idéntica titularidad que el inmediato anterior.

    En los dos vehículo que figuran al nombre del codemandado Sr. Miguel consta una marginal del siguiente tenor literal: "limitaciones de disposición: concepto "leasing"; no, registro "Regis. B.M; de fecha "14.12.2004", financiera y domicilio "1101620040020262". En el segundo vehículo cambia la fecha (24.01.2002) y el dato financiero (1101620020000763).

    El vehículo (camión).... RCN, que figura propiedad de D. Miguel, en diversas ocasiones del mes de diciembre de 2004 y primeros días del mes de febrero de 2005, sería conducido por el actor D. Luis Miguel prestando su actividad profesional para la empresa "Transportes Frigoríficos Andaluces S.A".

  5. - En la fecha común de 4 de julio de 2005 y firmado por D. Miguel, "por la Dirección", la empresa "Transportes Frigoríficos Andaluces S.A" comunicaba a los actores la extinción objetiva de sus respectivos contratos de trabajo por causas económicas con efectos desde el día 5 de agosto de 2005. Citaba los preceptos que amparaban tal decisión previa exposición de su situación económica (perdidas años 2002, 2003 y 2004 ) ofreciendo además cuantos datos quisieren consultar al respecto. Se fijaban las sumas indemnizatorias a favor de cada uno de ellos, a razón de 20 días de salario por año de servicios; se advertía la suma asumible por la empresa y las que podrían solicitar del Fondo de Garantía Salarial en aplicación del art. 33.8 del E.T. Consta la efectiva transferencia de tales cantidades a cada uno de los demandantes. Se indicaba igualmente a todos que el día 4 de agosto de 2005 recibirían las cantidades que se reseñaban en concepto de liquidación y finiquito. No...

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