SAP Barcelona, 30 de Octubre de 2006

PonenteJOSE LUIS BARRERA COGOLLOS
ECLIES:APB:2006:11753
Número de Recurso81/2005
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 1ª

SENTENCIA Nº

Recurso de apelación nº 81/05

Procedente del procedimiento nº 61/04

Tramitado por el Juzgado de 1ª Instancia nº 4 del Prat de Llobregat

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona, formada por los Magistrados DON

JOSÉ LUIS BARRERA COGOLLOS, DÑA. LAURA PÉREZ DE LAZÁRRAGA VILLANUEVA y DON

ANTONIO RECIO CORDOVA actuando el primero de ellos como Presidente del Tribunal, ha visto el

recurso de apelación nº 81/05 interpuesto contra la sentencia dictada el día 15 de octubre de 2004,

en el procedimiento nº 61/04 tramitado por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 del Prat de

Llobregat, en el que son recurrentes COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CALLE CALLE000 Nº NUM000

DE EL PRAT DE LLOBREGAT, e impugnantes CENTRO EXTREMEÑO "RUTA DE LA PLATA" y

DON Fermín , previa deliberación, pronuncia en nombre de S.M. el Rey de

España la siguiente

SENTENCIA

Barcelona, 30 de octubre de 2006

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia antes señalada, tras los correspondientes Fundamentos de Derecho, establece en su parte dispositiva lo siguiente: FALLO: ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda de juicio ordinario presentada por Dña. Mª. Luisa Tamburini Serra, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de la CALLE000 , nº NUM000 de El Prat de LLobregat contra D. Fermín y el Centro Extremeño Ruta de la Plata, debo condenar y condeno al Centro Extremeño Ruta de la Plata a reparar el agujero causado en la pared comunitaria del edificio.

Cada parte abonará las costas generadas a su instancia y las comunes por mitad.SEGUNDO.- Las partes antes identificadas han expresado en sus respectivos escritos de apelación y, en su caso, de contestación, las peticiones a las que se concreta su impugnación y los argumentos en los que las fundamentan, que se encuentran unidos a los autos.

Fundamenta la decisión del Tribunal el Magistrado Ponente DON JOSÉ LUIS BARRERA COGOLLOS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El edificio sito en la CALLE000 número NUM000 de El Prat de Llobregat se encuentra dividido en régimen de propiedad horizontal y está compuesto por dos viviendas, cuyos respectivos titulares son Don Cornelio y Don Juan Ignacio , ostentando un coeficiente conjunto del 52%, así como por unos bajos comerciales, propiedad de Fermín al que se atribuye el restante 48%.

Los locales se encuentran arrendados al Centro Extremeño Ruta de la Plata, que estatutariamente define sus fines como la defensa de la identidad histórica, cultural y social de Extremadura, y la concienciación del pueblo inmigrante extremeño en Catalunya, con la promoción y organización de conferencias, exposiciones, seminarios así como otros actos de corte similar. El espacio se distribuye de manera parecida a los existentes del mismo carácter por toda la geografía (sala, televisión, despacho, aseos) e incorpora una pequeña barra de cafetería para uso de los socios que, entre otros aparatos, dispone de una plancha con un extractor doméstico.

La Comunidad de Propietarios mantiene que el establecimiento produce notables molestias en los departamentos superiores, formulando demanda de juicio ordinario sobre acción de cesación de actividades prohibidas, dañosas o ilícitas con privación del uso de la vivienda y sobre acción de modificación de elementos arquitectónicos, instalaciones y servicios alterando la estructura general del edificio sin consentimiento; y lo hace contra Don Fermín en su condición de propietario/arrendador y contra el Centro Extremeño, como arrendatario/ocupante, autor de la actividad molesta y causante de la modificación estructural.

SEGUNDO

Las cuestiones procesales planteadas en la contestación de la demanda, tales como la ausencia de requerimiento previo o la falta de legitimación de Don Fermín , han sido resueltas en la primera instancia y la parte proponente ha admitido el criterio judicial aquietándose al mismo, ya que sólo ha producido recurso frente al pronunciamiento sobre costas.

En su razón la Sala debe discernir exclusivamente sobre la acción de cesación y la acción de modificación que analizaremos separadamente.

A.- ACCIÓN DE CESACIÓN

Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar

en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos que resulten dañosas para la finca o que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 temas prácticos
  • Propiedad horizontal: derechos y obligaciones de los propietarios
    • España
    • Práctico Derechos Reales Propiedad Propiedades especiales
    • 28 February 2023
    ......Como dice la Sentencia nº 594/2014 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 30 de Octubre de 2014, [j 1] recordando doctrina de la Sala: ... La Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 30 de octubre de 2006 [j 22] indica que, para integrar este ......
  • Derechos y obligaciones de los propietarios
    • España
    • Práctico Obra Nueva y Propiedad Horizontal Derechos y obligaciones de los propietarios
    • 10 November 2023
    ...... Como dice la Sentencia nº 594/2014 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 30 de Octubre de 2014 [j 3] recordando doctrina de la Sala cualquiera ... La Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 30 de octubre de 2006 [j 30] indica que, para integrar este ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR