Sentencias sobre Recursos administrativos

605 sentencias sobre Sentencias sobre Recursos administrativos

  • STS, 5 de Octubre de 2005

    SUELO NO URBANIZABLE. RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. INTERPOSICIÓN EXTEMPORANEA. NO AGOTAMIENTO DE LA VÍA ADMINISTRATIVA. Contra las disposiciones administrativas de carácter general no cabrá recurso en vía administrativa. La causa de inadmisibilidad del recurso contencioso- administrativo consistente en la presentación del escrito inicial fuera del plazo establecido, dos meses a contar...

  • STS, 5 de Diciembre de 2005

    CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. NO INCOACIÓN DE EXPEDIENTE DISCIPLINARIO. LEGITIMACIÓN PARA RECURRIR TAL RESOLUCIÓN. El recurrente está en desacuerdo la resolución del Pleno del Consejo General del poder Judicial que resuelve no incoar el expediente disciplinario contra el magistrado denunciado. La legitimación y su atribución a un sujeto determinado responden a una misma idea que es la...

  • STS, 30 de Noviembre de 2004

    IMPUESTO DE SOCIEDADES. LIQUIDACIÓN. Se trata de una valoración de los hechos, no susceptible de revisión en casación, y que ha sido inferida de los datos obrantes en el pleito, sin que dicha inferencia pueda ser tachada de errónea, arbitraria, o, conculcadora de principios lógicos o jurídicos universalmente admitidos. Se desestima la casación.

  • STS, 20 de Octubre de 2000

    INSPECCION TRIBUTARIA. INCLUSION DE CONTRIBUYENTES EN PLANES SECTORIALES. CONFIDENCIALIDAD. Continúan, pues, siendo reservados y confidenciales los actos concretos de inclusión de los contribuyentes en los Planes sectoriales y desagregados de Inspección, si bien los contribuyentes dispondrán de nuevos elementos de juicio precisos (directrices y criterios) para apreciar cualquier causa o motivo...

  • STS, 2 de Junio de 2003

    TUTELA JUDICIAL EFECTIVA. No se lesiona, este derecho fundamental cuando en una jurisdicción se decida que la cuestión controvertida no pertenece a su ámbito, pues no se ha producido una negativa a otorgar la tutela, sino una declaración de que el derecho aplicable es ajeno a su campo de actuación y que debe ser otro órgano judicial el que resuelva el litigio. Se desestima la casación.

  • STS, 18 de Septiembre de 2001

    IMPUGNACIÓN DE LIQUIDACIÓN DE IMPUESTOS. DESESTIMACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN. REQUISITOS DE INTERPOSICIÓN. Siendo los requisitos previstos por la ley que en el escrito de interposición de la alzada deberá exponerse los motivos en que se funde y podrá acompañar los documentos que estime pertinentes, sin que en la segunda instancia sea procedente la puesta de manifiesto del expediente para...

  • STC 179/1989, 2 de Noviembre de 1989

    ACTO ADMINISTRATIVO. PRINCIPIO DE SEGURIDAD JURÍDICA. No puede, reputarse inconstitucional, por vulneración de lo dispuesto en el art. 1.1 C.E., la exigencia de una mayoría cualificada en determinados procedimientos parlamentarios de las Asambleas de las Comunidades Autónomas. Ante la ausencia de previsiones constitucionales al respecto, el punto de referencia para determinar la legitimidad...

  • STS, 18 de Febrero de 2009

    Procede recordar que, como ha tenido ocasión de declarar esta Sala, refiriéndose a la alegación de posibles irregularidades en la tramitación de expedientes administrativos: que, en principio, la comisión de la existencia de las mismas no ha de ser suficiente para proceder a anular el acto administrativo si no se ha producido indefensión del afectado. Por tanto, para que el defecto o...

  • STS, 2 de Febrero de 2000

    ADMINISTRACIÓN DE LOTERÍAS. La sentencia recurrida ha de confirmarse, pues, es evidente, que en sus aspectos materiales -superficie, escaparates, amplitud del despacho al público-, el local del Sr. Pedro Jesús era más atractivo desde este punto de vista comercial, dada su mayor amplitud y su ubicación en un punto de la ciudad de mayor población y netamente diferenciado del resto. Caso de que la...

  • STS, 21 de Diciembre de 2001

    RECURSO DE CASACIÓN. ALTERACIÓN DE HECHOS DECLARADOS PROBADOS EN LA INSTANCIA. No cabe que en vía casacional se alteren los hechos declarados en la prueba en base a alegaciones puramente subjetivas del recurrente, que se limita a la cita genérica de varias sentencias de esta Sala dictada en supuestos diferentes al de la presente, dado que ello impide apreciar la invocación de la infracción de la...

  • STS, 1 de Febrero de 2006

    "PROPIETARIO DE COMUNIDAD DE VIVIENDAS. INCONGRUENCIA OMISIVA. APROBACIÓN DEFINITIVA. LÍMITES DE CONTROL. ARBITRARIEDAD. RECURSO DE CASACIÓN. No puede entenderse cometida la infracción del art. 67.1 de la LJCA, de incongruencia omisiva, al no decidirse en la sentencia sobre una cuestión que ni tan siquiera fue alegada por el demandante en el proceso, y por ende, no fue cuestión controvertida en

  • STS, 12 de Julio de 2006

    LIQUIDACIÓN DE IMPUESTOS DE SOCIEDADES. RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA NULA. PRESCRIPCIÓN. Para resolver el recurso planteado, hay que resolver el problema de si el recurso de alzada interpuesto ante el Tribunal Económico Administrativo Central, era o no extemporáneo. Para ello, hay que partir de que hubo dos notificaciones del fallo, encontrándose glosado en autos certificado con acuse de recibo,...

  • STS, 9 de Junio de 2003

    CONCESIÓN DE AGUAS DE MANANTIAL. Las aguas denominadas de manantial, aunque su clasificación, la delimitación del perímetro de protección y la fijación del caudal máximo de extracción se deba decidir por la Administración minera, sólo pueden ser explotadas o comercializadas por quien tenga su disponibilidad, que no la atribuye dicha Administración sino el título para su aprovechamiento con...

  • STS, 27 de Junio de 2005

    ACUERDO PLENO. IMPUGNACIÓN. No es interés legítimo el de la mera defensa de la legalidad y ese es el único título que podría invocar la recurrente aquí, ya que el acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ni le supone una desventaja ni le priva de un beneficio. Es significativo que en su demanda no sea capaz de precisar cuál es el perjuicio que le ha deparado...

  • STS, 24 de Mayo de 2005

    MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN. La actora no acredita el periculum in mora, ya que pendía una condición de cuyo cumplimiento depende la ejecución de la obra urbanizadora. No hay necesidad de adoptar una decisión con base en el fumus boni iuris, tanto porque los actores no alegan que la inaplicación de las normas les coloque en una situación perjudicial que pueda ser evitada con la medida cautelar,

  • STS, 8 de Junio de 2005

    "ARCHIVO. EXPEDIENTE DISCIPLINARIO. MAGISTRADOS. El objeto del recurso se concreta en determinar la conformidad al ordenamiento jurídico del Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial que inadmite el recurso de alzada interpuesto contra el Acuerdo del Pleno de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León, adoptado en reunión por el que se dispone el...

  • STS, 1 de Diciembre de 2008

    I.S. Ejercicio 1993. Tratamiento fiscal de las operaciones con "Bonos austriacos" anteriores a la modificación, el 24 de febrero de 1995, del Convenio hispano-austriaco para evitar la doble imposición, de 20 de diciembre de 1966. Incrementos y disminuciones de patrimonio.La diferencia negativa entre el valor de adquisición de los bonos emitidos por el Estado austriaco y el valor de enajenación,...

  • STS, 9 de Julio de 2002

    RECURSO DE CASACIÓN. RECLAMO ADMINISTRATIVO. CRITERIO ANTIFORMALISTA. Los preceptos administrativos sobre la admisión de recursos, deben partir de un criterio antiformalista para hacer posible el ejercicio de las acciones que asisten al administrado. Se estima el recurso.

  • STS, 5 de Marzo de 2001

    "IMPUESTO MUNICIPAL SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS. PRESCRIPCIÓN. Concurren los dos requisitos necesarios para estimar la prescripción del derecho al cobro de la liquidación tributaria cuestionada. Entre la interposición del recurso de alzada, y el acuerdo del TEAC parcialmente estimatorio del mismo, han transcurrido con exceso los 5 años previstos en el art. 64 de la LGT. Frente...

  • STS, 25 de Junio de 2003

    RECURSO DE CASACIÓN. ADMISIBILIDAD. CUANTÍA. Se impugna sentencia. Para que el recurso sea admitido la cuantía debe superar 25 millones de pesetas. La demanda fue estimada. La casación fue desestimada

  • STS, 16 de Febrero de 2005

    CONCENTRACIÓN PARCELARIA. La concentración parcelaria es un acto dirigido a una pluralidad indeterminada de sujetos, que constituye, el acto inicial de un procedimiento complejo establecido en los artículos 171 y ss. LRDA. No incorpora un contenido normativo que se integre en el ordenamiento jurídico, con el establecimiento de derechos y obligaciones, sino que, adoptando una decisión gubernativa,

  • STS, 5 de Marzo de 2009

    Recurso de alzada interpuesto por el Director del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria contra resolución del TEAR de Andalucia sin formular alegaciones

  • STS, 15 de Enero de 2009

    Venta de acciones de "La Cruz del Campo, S.A." Estimación del motivo relativo a la falta de alegaciones en el escrito de interposición del recurso de alzada del Director General del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria de la AEAT (artículos 121,122 y 123 del Reglamento de Reclamaciones Económico Administrativas, aprobado por Real Decreto 391/1996, de 1 de marzo).

  • STS, 15 de Enero de 2009

    Venta de acciones de "La Cruz del Campo, S.A." Estimación del motivo relativo a la falta de alegaciones en el escrito de interposición del recurso de alzada del Director General del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria de la AEAT (artículos 121,122 y 123 del Reglamento de Reclamaciones Económico Administrativas, aprobado por Real Decreto 391/1996, de 1 de marzo).

  • STS, 4 de Diciembre de 2008

    Venta de acciones de "La Cruz del Campo, S.A." Estimación del motivo relativo a la falta de alegaciones en el escrito de interposición del recurso de alzada del Director General del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria de la AEAT (artículos 121,122 y 123 del Reglamento de Reclamaciones Económico Administrativas, aprobado por Real Decreto 391/1996, de 1 de marzo).

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