Sentencias sobre Principios laborales

614 sentencias sobre Sentencias sobre Principios laborales

  • STSJ Cataluña 5796/2007, 5 de Septiembre de 2007

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. CONTRATO. INTERPRETACIÓN. Si los términos del contrato son claros y no dejan lugar a dudas sobre la intención de los contratantes se esta al sentido literal de sus cláusulas. Se estima el recurso.

  • STSJ País Vasco 2299/2007, 11 de Septiembre de 2007

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. CONVENIOS ESTATUTARIOS. ALCANCE. Los convenios estatutarios obligan a todos los trabajadores y empresarios incluidos en su ámbito de aplicación y durante todo el tiempo de su vigencia. Se desestima el recurso.

  • STSJ Comunidad de Madrid 670/2007, 23 de Octubre de 2007

    PLUS DE TRANSPORTE. ""...El recargo por mora sólo será procedente cuando la realidad y cuantía de los salarios dejados de percibir consten de un modo pacífico e incontrovertido, es decir, cuando se trate de una cantidad exigible, vencida y líquida, sin que la procedencia o improcedencia de su abono se discuta por los contratantes"", de modo que ""cuando lo reclamado como principal es problemático

  • STSJ Cataluña 487/2009, 22 de Enero de 2009

    IMPUGNACIÓN DO CONVENIO COLECTIVO. No cabe su inclusión en la referencia final del último inciso del artículo 14 de la CE, referido a ""cualquier otra condición o circunstancia personal o social"", porque, pese a la aparente amplitud de la expresión, debe entenderse referida a condiciones que guarden analogía con las específicamente contempladas por el artículo 14, analogía que no concurre...

  • STSJ Castilla y León 436/2008, 10 de Septiembre de 2008

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. DERECHOS. VACACIONES. CONVENIO COLECTIVO. se respetan como derechos ad personam las condiciones de vacaciones más beneficiosas que viniesen disfrutando los trabajadores y trabajadoras dentro de la empresa antes de la entrada en vigor del Convenio. Se desestima el recurso.

  • STSJ Cataluña 5165/2008, 19 de Junio de 2008

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. CONVENIO COLECTIVO. APLICABILIDAD. Respecto de todas aquellas condiciones y estipulaciones de ordenación legal y laboral no pactadas o previstas en el contrato se esta a cuanto exprese o venga a disponer el Convenio Colectivo respectivo. Se desestima el recurso.

  • STSJ Cantabria 268/2008, 2 de Abril de 2008

    CONTRATO DE TRABAJO. DIFERENCIAS SALARIALES. Para que pueda sostenerse la existencia de una condición más beneficiosa es preciso que ésta se haya adquirido y disfrutado en virtud de la consolidación del beneficio que se reclama, por obra de una voluntad inequívoca de su concesión. En primera instancia se estima la demanda. Se desestima el recurso de suplicación.

  • STSJ Comunidad de Madrid 620/2007, 8 de Octubre de 2007

    CONFLICTO COLECTIVO. Es cierto, que el carácter sustancial de la modificación de condiciones de trabajo se refiere al alcance o importancia de la modificación y no a la naturaleza de las condiciones modificadas. Pero no es menos verdad que una modificación que afecta al reajuste de 138 horas en el año 2003 entre tiempo libre y tiempo de trabajo es una modificación sustancial, en el sentido de...

  • STSJ Canarias 17/2009, 19 de Enero de 2009

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. CONDICIÓN MAS BENEFICIOSA. BASE. La base esencial de la condición más beneficiosa es la voluntad de otorgar o establecer el beneficio correspondiente, superando las condiciones legales que puedan regir en la materia. Se estima el recurso.

  • STSJ Cataluña 5979/2007, 14 de Septiembre de 2007

    EXTINCIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. DESPIDO. DESPIDO VERBAL. A la vista del resultado de la prueba valorando conjuntamente la misma, debemos concluir que las diversas contradicciones entre los testigos, así como las imprecisiones y vaguedades constatadas, y las respectivas relaciones existentes entre algunos de los testigos y el actor o la empresa demandada impiden conceder mayor credibilidad a

  • STSJ País Vasco , 6 de Noviembre de 2007

    SALARIO. MEJORA VOLUNTARIA. En suma, pues, ni es suficiente con que el beneficio se disfrute reiteradamente en el tiempo, ni es precisa esa nota de duración o permanencia para que exista la obligación; lo esencial radica en determinar si ha habido un acto de voluntad empresarial de obligarse para el futuro y con qué alcance. En primera instancia se estima parcialmente la demanda. Se estima la...

  • STSJ Canarias 311/2007, 11 de Abril de 2007

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. DERECHOS LABORALES. EMPRESARIO. Exista la necesidad de garantizar que los derechos fundamentales del trabajador no sean desconocidos por el empresario bajo la cobertura formal del ejercicio por parte de éste de los derechos y facultades reconocidos por las normas laborales para organizar las prestaciones de trabajo. Se desestima el recurso.

  • STSJ Galicia , 19 de Septiembre de 2001

    CONFLICTO COLECTIVO. PLUS DE PRODUCCION. COMPENSACION Y ABSORCION. Aunque el plus de producción tuviese el carácter de condición más beneficiosa o de derecho adquirido, podría ser absorbible y compensable, salvo prohibición específica que en el caso no se da, por cuanto el artículo 5 del Convenio no afecta a la absorción operada por la patronal. Se desestima la demanda.

  • STSJ País Vasco , 17 de Septiembre de 2002

    CONVENIO COLECTIVO. DESESTIMACIÓN. El sindicato ""Confederación General del Trabajo"" (en adelante, CGT) promovió demanda de conflicto colectivo solicitando se declarara la existencia de modificación sustancial de las condiciones de trabajo de los delegados sindicales de la empresa demandada, la nulidad e injustificación de la medida empresarial combatida, así como que se declarara el derecho de...

  • STSJ Cataluña 2572/2005, 22 de Marzo de 2005

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. DESPIDO OBJETIVO. PREAVISO. Se establece como requisito formal del despido objetivo la concesión de un plazo de preaviso de 30 días, y en los casos de despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción del escrito de preaviso se dará copia a la representación legal de los trabajadores para su conocimiento. Se estima el recurso.

  • STSJ Castilla-La Mancha 1000/2006, 13 de Junio de 2006

    MODIFICACION DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. En el caso que nos ocupa, la atribución de rutas no puede ser encuadrada en ninguno de los supuestos expresamente enunciados por el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, pues no estamos en presencia de un sistema de trabajo o rendimiento ni de un sistema de retribución, pues un sistema supone la aplicación de unas normas de valoración...

  • STSJ Extremadura 92/2007, 13 de Febrero de 2007

    CONVENIO COLECTIVO. DESCANSOS. CONDICIÓN MAS BENEFICIOSA. Para que pueda sostenerse la existencia de una condición más beneficiosa es preciso que ésta se haya adquirido y disfrutado en virtud de la consolidación del beneficio que se reclama, por obra de una voluntad inequívoca de su concesión, de suerte que la ventaja que se concede se haya incorporado al nexo contractual en virtud de un acto de

  • STSJ Cataluña 5771/2006, 28 de Julio de 2006

    CONTRATO DE TRABAJO. AYUDA DE COMIDA. CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA. REQUISITOS: Para que pueda sostenerse la existencia de una condición más beneficiosa es preciso que ésta se haya adquirido y disfrutado en virtud de la consolidación del beneficio que se reclama, por obra de una voluntad inequívoca de su concesión de suerte que la ventaja que se concede se haya incorporado al nexo contractual en...

  • STSJ País Vasco 4515, 2 de Noviembre de 2005

    CONFLICTO COLECTIVO. La condición más beneficiosa es un beneficio cuyo origen está en la unilateral voluntad del empresario y no en lo dispuesto en normas legales o pactadas, pactos colectivos o individuales o usos y costumbres. Una vez que el trabajador lo acepta, bien expresamente, bien tácitamente al recibirlo, se produce el concurso de voluntades generador de fuerza de obligar, al no...

  • STSJ Cataluña 3546/2006, 9 de Mayo de 2006

    CONTRATO DE TRABAJO. DERECHOS. De conformidad con la doctrina jurisprudencial de referencia, al encontrarnos en el presente supuesto ante una materia comprendida en el artículo 4.9 del Decreto 20/1961 , tan sólo un acuerdo con los representantes legales de los trabajadores podía anular el beneficio consolidado en el tiempo, el cual constituye una condición más beneficiosa incorporada al contrato...

  • STSJ Cataluña 3649/2006, 12 de Mayo de 2006

    CONFLICTO COLECTIVO. CONVENIO COLECTIVO. Teniendo en cuenta que la voluntad de vincular el incremento del denominado ""complemento"" al convenio colectivo no se materializó hasta el año 2001 y fue fruto de un acuerdo entre las partes, no aplicándose por igual a todos los trabajadores, no puede hablarse de una condición más beneficiosa que hubieran consolidado por voluntad de la empresa de otorgar

  • STSJ Comunidad de Madrid 422/2007, 10 de Julio de 2007

    CONVENIO COLECTIVO. La existencia de una condición más beneficiosa exige no sólo que la conducta del empleador se haya mantenido durante un período más o menos largo de tiempo, sino que es preciso que esta actuación persistente de la empresa descubra su voluntad de introducir un beneficio que incremente lo previsto en la Ley o en el convenio, no siendo esencial la mayor o menor duración, sino la...

  • STSJ Canarias , 28 de Abril de 2004

    DESPIDO IMPROCEDENTE. RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. Derecho adquirido será el surgido de un hecho ya acaecido con arreglo al derecho objetivo vigente en el momento de producirse tal hecho. No es necesario que un derecho nacido bajo la legislación anterior se haya consumado o se esté ejerciendo para que merezca respeto, también un derecho no ejercitado es un derecho tan adquirido como el que se hubiera

  • STSJ Galicia , 24 de Octubre de 2003

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. CONTRATO DE TRABAJO. MEJORA. PRUEBA. Para tener como adquirida una mejora en las condiciones del contrato de trabajo a favor del trabajador se necesita probar la voluntad empresaria en tal sentido. Se estima el recurso.

  • STSJ Andalucía , 7 de Febrero de 2003

    SALARIO. PLUS DE RESIDENCIA. CONVENIO COLECTIVO. Se declara que cualquier concepto retributivo o cualquier condición establecida por virtud de la Ley o de norma reglamentaria o colectiva, incluso aclarada o interpretada por sentencia normativa dictada en proceso de conflicto colectivo, puede ser eliminada o excluida por otra Ley o Norma reglamentaria o norma convencional. En primera instancia se...

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