Sentencias sobre Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica

167 sentencias sobre Sentencias sobre Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica

  • STSJ Comunidad de Madrid , 20 de Diciembre de 2000

    RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. VEHICULO. POTENCIA FISCAL. DETERMINACIÓN. La potencia fiscal de un vehículo se determina de acuerdo con lo dispuesto en el art. 260 del Código de la Circulación. Se estima el recurso.

  • STSJ Murcia , 22 de Diciembre de 2000

    RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. IMPUESTO. MODIFICACIONES ESCENCIALES. INDEFENCIÓN. Es motivo de indefención la modificación de los elementos escenciales del tributo como su aumento cuando se realiza sin la debida motivación no conocimiento del contribuyente. Se desestima el recurso.

  • STSJ Comunidad de Madrid , 11 de Diciembre de 2000

    IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA. Pese a que la contribuyente demuestra sobradamente su separación y divorcio, olvida que entre las medidas adoptadas en las resoluciones que aporta no figura ninguna que haga referencia al vehículo, y que según ella reconoce se inscribió en la Jefatura de Tráfico a su nombre. La legislación exige que cualquier cambio en la titularidad del vehículo se...

  • STSJ País Vasco , 30 de Noviembre de 2004

    IVA. La contribuyente, incumplió el deber que sobre ella pesaba, en virtud a la Ley del Concierto económico antes analizada, ahora bien, como igualmente se indicó, se ha omitido el deber respecto de una de las administraciones implicadas, la Foral, no respecto de la otra, la Estatal y, ante el silencio de la Ley del Concierto respecto a las consecuencias de tal omisión respecto de la...

  • STSJ Castilla y León , 5 de Septiembre de 2003

    "EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCIÓN. CONVENIO COLECTIVO. No resulta aplicable al presente caso el convenio colectivo de trabajo para el Sector de las Actividades de Comercio Mixto de la Provincia de Burgos, conforme a la actividad principal de la empresa CLASSIC RANGE OF CUISINE LOGISTICA CONTROL, S.L. que es la prestación de toda clase de servicios relacionados con la exportación e importación, gestiones

  • STSJ Castilla y León , 5 de Diciembre de 2005

    RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. DEUDAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. No habiéndose desvirtuado el dato discutido de la sucesión de empresa, tampoco ofrece ninguna duda la legalidad la declaración de responsabilidad solidaria a cargo de la empresa actora por la deuda contraída con la Seguridad Social por la mercantil Alates, S.L. Se desestima el contencioso admistrativo.

  • STSJ Murcia 380/2004, 25 de Junio de 2004

    RECURSO ADMINISTRATIVO. APREMIO. FALTA DE PAGO. LIQUIDACIÓN. La cuestión litigiosa a resolver en el presente recurso contencioso administrativo consiste en determinar si la resolución del TEARM impugnada es conforme a Derecho en cuanto desestima la reclamación económico administrativa formulada por el actor frente al acuerdo de la Agencia Regional de Recaudación de la Comunidad Autónoma de la...

  • STSJ Castilla y León , 30 de Mayo de 2005

    IMPUGNACIÓN DE LIQUIDACIÓN. BIENES GANANCIALES. IMPUESTO SOBRE LAS RENTAS DE LA PERSONAS FÍSICAS. Ante un supuesto de bienes de la esposa que tuviesen la condición de gananciales y que le hubiesen sido adjudicados responderían de las deudas de referencia, ambos cónyuges que no existen bienes de esta naturaleza, y además lo que se embargan no son bienes muebles o inmuebles, que podrían tener tal...

  • STSJ Comunidad Valenciana 1429/2006, 9 de Septiembre de 2006

    DEUDA TRIBUTARIA. Existe una responsabilidad real de la masa de los bines gananciales que no desaparece por el hecho de que hayan sido adjudicados, todo lo cual determina que aún después de la disolución de la sociedad permanece viva la acción del acreedor contra los bienes consorciales (S. de 13 de junio de 1986 EDJ 1986/4070 ), pero para que el cónyuge no deudor responda con los bienes propios...

  • STSJ Murcia 804/2004, 29 de Diciembre de 2004

    IMPUESTO SOBRE TRANMISIONES PATRIMONIALES. De lo expuesto se desprende que cabe oponer frente a la providencia de embargo la falta de notificación de la providencia de apremio, ya que de no estar correctamente realizada, sería inviable la de embargo. Resulta por tanto esencial determinar si la practicada en el presente caso es correcta. De no ser así el embargo impugnado sería improcedente y por...

  • STSJ Andalucía 1065/2005, 22 de Noviembre de 2005

    ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA. APREMIO. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA DEL AYUNTAMIENTO. Dado que la entidad recurrente desatendió una orden de embargo ha incurrido en el supuesto de responsabilidad solidaria contemplado por el artículo 131.5.b) de la Ley General Tributaria de 1963 , sin que pueda descartarse la concurrencia en el caso del presupuesto de la culpa o negligencia exigido a tal fin por este...

  • STSJ Cantabria , 21 de Mayo de 2004

    LICENCIA DE AUTOTAXI. No se ofrecen datos objetivos que permitan coincidir con esta posición jurídica: caracterización demanial, no patrimonial, de la licencia que, en todo caso, es nítidamente contradictoria con el sentido autorizatorio (público) y económico (privado) del que deriva su ejercicio. Y, así, desde la primera perspectiva, difícil resulta asumir que la autorización pública para el...

  • STSJ Aragón , 24 de Septiembre de 2003

    DEUDA TRIBUTARIA. EMBARGO. Por lo expuesto en el anterior fundamento de derecho, que el demandante ha tenido perfecto conocimiento de las actuaciones para el cobro de los créditos de la Hacienda derivados de tales Actas, llegando incluso a impugnar alguna de ellas - embargo de determinado vehículo - o a comparecer, según él mismo reconoce en su demanda, el 28 de septiembre de 1988 para hacer...

  • STSJ Andalucía 3210/2003, 31 de Octubre de 2003

    RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. APREMIO. PROVIDENCIA DE EMBARGO. Contra la providencia de embargo que se origine en un procediemiento de apremio se puede hacer valer la falta de notificación notificación de la liquidación y de la providencia de apremio o prescripción de la deuda reclamada. Se estima el recurso.

  • STSJ País Vasco , 15 de Junio de 2001

    EMBARGO DE SALDO DE CUENTA CORRIENTE BANCARIA. Concretamente a la fecha de la diligencia de embargo, 14 de Octubre de 1.997, existía un saldo en cuenta corriente de 24.187.-ptas. Puesto que no constan otros datos, habría que entender que un tercio del saldo corresponde a la deudora (8.062.-ptas.) y el límite embargable vendría determinado (puesto que la suma del saldo más el exceso sobre la...

  • STSJ Cataluña , 16 de Mayo de 2003

    RECURSO ADMINISTRATIVO. DEUDA TRIBUTARIA. HEREDEROS. En el presente recurso contencioso-administrativo tanto la viuda del deudor tributario primitivo como el hijo y heredero de éste impugnan la resolución del AYUNTAMIENTO DE FOGARS DE TORDERA de 13 de marzo de 1998 por el que se requiere a aquélla y al deudor fallecido para que otorguen la escritura de los inmuebles enajenados en procedimiento de

  • STSJ Comunidad Valenciana , 7 de Julio de 2003

    ADMINISTRACIÓN PUBLICA.RESPONSABILIDAD POR FUNCIONAMIENTO DE SERVICIO PUBLICO.Concurren los requisitos legales y jurisprudenciales para atribuir a la Administración la existencia de responsabilidad patrimonial por el funcionamiento defectuoso de los servicios públicos, al exigir el pago de un impuesto que ya estaba satisfecho oportunamente y también por la tardanza y obstáculos en levantar el...

  • STSJ Murcia 751/2005, 27 de Octubre de 2005

    DEUDA TRIBUTARIA. No puede interrumpir la prescripción una notificación invalida e ineficaz, por no adecuarse a los condicionantes que, para su plena virtualidad, se exigían en los antiguos arts. 80 LPA y 271. 2 del D. 1653/1964, en supuestos en los que el interesado no ha tenido conocimiento del acto notificado, de forma que en el caso en que sean patentes las irregularidades concurrentes en la...

  • STSJ Castilla y León 1029/2006, 26 de Mayo de 2006

    DEUDAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL.EMBARGO DE BIENES. En el supuesto enjuiciado el nuevo empresario ha continuado con la actividad de que se trata (solados y alicatados) y que el personal integrante de la empresa es sustancialmente el mismo que el de la anterior, ocupando los distintos miembros de la familia Rosario Oscar Gaspar Begoña unas veces la posición de comunero, otras de socio-trabajador y...

  • STSJ Asturias , 24 de Mayo de 2002

    PATRIMONIO FAMILIAR. En lo que concierne a la parte de deuda generada desde marzo de 1995 hasta el año 1996, si bien es cierto que esa deuda ya puede considerarse como no ganancial, sin embargo: primero, el artículo 1401 del Código Civil establece que mientras no se hayan pagado por entero las deudas de la sociedad los acreedores conservarán sus créditos contra el cónyuge deudor, el cónyuge no...

  • STSJ Castilla y León , 10 de Febrero de 2000

    RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. APREMIO. DEUDA TRIBUTARIA. INTERESES. El inicio del período ejecutivo determina el devengo de un recargo del 20 por 100 del importe de la deuda no ingresada, así como el de los intereses de demora correspondientes a ésta, peroceste recargo es del 10 por 100 cuando la deuda tributaria no ingresada se satisface antes de que haya sido notificada al deudor la...

  • STSJ Comunidad de Madrid , 9 de Febrero de 2000

    IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA. COMPETENCIA: La gestión del Impuesto, así como su liquidación, inspección, recaudación y revisión, la Ley de Haciendas Locales atribuye al Ayuntamiento del domicilio que conste en el permiso de circulación. El permiso de circulación se convierte en una pieza clave del nuevo Impuesto establecido por dicha Ley, debido a la objetividad de dicho...

  • STSJ País Vasco , 23 de Julio de 2001

    IMPUESTO DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA. La propia Ley de Haciendas Locales, en la tabla de cuotas que se contiene en el artículo 96.1 demuestra el criterio del legislador, al establecer como categoría superior y cuota más gravosas la relativa a los vehículos de: más de 16 HP, indicando que los de 16 HP pertenecen a la categoría inferior, y así sucesivamente, en contra del criterio del...

  • STSJ Comunidad de Madrid , 22 de Julio de 2002

    IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS. DEFECTO FORMAL EN EL APREMIO. Las providencias de apremio sólo pueden ser impugnadas al amparo de lo dispuesto en el art. 137 de la Ley General Tributaria, en el cual, efectivamente en la letra e) se recoge el de defecto formal en la certificación o documento que inicie el procedimiento, lo cual hace resaltar la certificación de descubierto como título para...

  • STSJ Andalucía , 6 de Octubre de 2000

    RELACIÓN LABORAL. SOCIEDAD. CUENTA AJENA. Se señala que el hecho de que fuera propietario de más de la mitad del capital de la sociedad, hace que coincida en él la actividad y la titularidad de aquél a cuenta de quien trabaja. Se estima el recurso contencioso administrativo.

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