Artículos doctrinales sobre Hipoteca en garantía de letras de cambio
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- La hipoteca en garantía de letras de cambio, de J. M. González Porras.
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Resolución de 18 de Diciembre de 1996 (BOE de 13 de febrero de 1997) (hipoteca cambiaria)
1. Debe hacerse constar en las letras de cambio los datos de la fecha y notario autorizante de la escritura de constitución. 2. No es preciso presentar las letras en el Registro para hacer constar en ellas los datos de inscripción de la hipoteca. 3. La HC supone la constitución de tantas hipotecas como títulos se garantizan por lo que, en caso de pluralidad de fincas, debe especificarse...
- Resolución de 31 de octubre de 1978 (BOE de 5 de diciembre).
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La identificación de las cambiales y otras cuestiones sobre la hipoteca en garantía del pago de letras de cambio.
I. Cuestión general: sobre la admisión de la hipoteca que garantiza el pago de letras de cambio.-II. Personalidad para recurrir gubernativamente contra la calijicación que suspende o deniega la inscripción de la hipoteca cambiaría.-III. Identificación de las cambiales: reseña en la escritura de hipoteca de los datos y circunstancias de las letras y en éstas de los datos de constitución de la...
- Los títulos de valores y su garantía hipotecaria
- Los títulos de valores y su garantía hipotecaría