Sentencias sobre Dependencia o subordinación

236 sentencias sobre Sentencias sobre Dependencia o subordinación

  • STSJ Cataluña 5028/2006, 3 de Julio de 2006

    DESPIDO. En el presente caso esas notas no están presentes, puesto que el actor tiene una participación importante en el accionariado de la empresa y, aun cuando efectivamente no pueda ser de aplicación la exclusión que entiende concurrente el juzgador a quo, regulada en el art. 1.3 e) ET, puesto que la relación de parentesco no vaya acompañada del segundo de los elementos precisos para su...

  • STSJ Aragón , 24 de Abril de 2000

    ALTA EN SEGURIDAD SOCIAL. El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos afecta al que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo. La actividad de dar las clases de esquí a los clientes de la Estación, la realizan directa, personal y habitualmente los profesores demandantes, pero porque están integrados en...

  • STSJ Canarias 494/2008, 8 de Abril de 2008

    DESPIDO. Aparte de que, como se expuso, actualmente la diferencia entre la relación especial de representante de comercio y la relación mercantil del agente comercial, es puramente formal y aquí no existe contrato escrito, lo que llevaría en todo caso a afirmar la relación especial y consecuentemente laboral, es que en el supuesto que nos ocupa tampoco concurren los requisitos que caracterizan...

  • STSJ Cataluña , 29 de Junio de 2004

    RELACIÓN LABORAL. INEXISTENCIA. La total y absoluta libertad de la que gozaban los demandantes para organizar libremente su trabajo a trav?s de la sociedad por ellos constituida, demuestra que no estaban sometidos a las ?drenes e instrucciones directas de la clínica, ni por lo tanto bajo el ?nimbito de organización y dirección de la misma, sino que dispongan de plena autonomía para organizar su...

  • STSJ Aragón 1937, 5 de Diciembre de 2005

    DESPIDO IMPROCEDENTE. PRINCIPIO DE COSA JUZGADA MATERIAL. La posterior observancia por el empresario de los requisitos incumplidos no constituirá, en ningún caso, subsanación del primitivo acto extintivo, sino un nuevo acuerdo de extinción con efectos desde su fecha. En primera instancia se estima parcialmente la demanda. Se desestima la suplicación.

  • STSJ Cataluña , 18 de Noviembre de 2003

    DESPIDO. CADUCIDAD DE LA ACCIÓN. Se impugna sentencia. En el supuesto en que se presenta la reclamación previa una vez transcurridos los veinte d?as h?biles siguientes de aquel en que se hubiere producido el despido (arts. 59.3 ET y 103.1 LPL) deber?a entenderse caducada la acción e in?til por extempor?nea la formulación de la reclamación previa, debe tambi?n entenderse que si presentada en...

  • STSJ Comunidad Valenciana 2197/2006, 20 de Junio de 2006

    CONTRATO DE TRABAJO. NOTAS FUNDAMENTALES. GRUPO DE EMPRESAS. RESPONSABILIDAD SOLIDARIA. Existe contrato de trabajo ya que la prestación de servicios dentro del ámbito de la organización y dirección de otro y la retribución percibida a cambio es una características determinante de la existencia del contrato. No basta el hecho de que dos o más empresas pertenezcan al mismo grupo empresarial para...

  • STSJ Canarias , 7 de Septiembre de 2005

    DESPIDO. El actor desde su puesto como consultor del Departamento de Marketing participó activamente en la reventa de derechos de multipropiedad, en el abono de comisiones por reventas, y en los pagos a los directivos de Anfi actuaciones a las que Anfi del Mar S.A. procuró dotar de independencia a través de la constitución de sendas sociedades, Canarias Return S.L y Resiak Consultant BV, ajenas a

  • STSJ Galicia 3671/2008, 14 de Octubre de 2008

    DESPIDO. Aunque en las actuaciones figuran recibos de salario, lo cierto es que ninguno de los socios ostentaba, al menos antes de julio de 2.004, una situación de preeminencia en cuya virtud pudiera aseverarse la concurrencia de la nota de dependencia o de actuación en el seno del ámbito directivo y organizador de los otros socios, sino que su hermano Juan Miguel y el propio actor, como gestor...

  • STSJ Galicia , 26 de Enero de 2004

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. TRIBUNAL. FACULTADES. La naturaleza extraordinaria del recurso se suplicación implica que el Tribuna ad quem deba resolver sólo aquellas infracciones legales que hayan sido aducidas por los recurrentes. Se desestima el recurso.

  • STSJ Comunidad de Madrid 808/2005, 21 de Noviembre de 2005

    ANTIGÜEDAD. CONTRATO DE DURACÓN DETERMINADA. FRAUDE DE LEY. PRESUNCIÓN DE LABORABILIDAD. Existen diversos contratos administrativos, con objetos no totalmente coincidentes, y en los que las discrepancias no alcanzan a los servicios contratados. El transcurso de un plazo superior a los 20 días entre el contrato extinguido y la suscripción del posterior, debe traducirse en el cómputo, a efectos de...

  • STSJ Cataluña 11134, 2 de Diciembre de 2005

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES. APLICACIÓN. El Estatuto de los Trabajadores resulta aplicable a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario. Se desestima el recurso.

  • STSJ Galicia , 2 de Diciembre de 2005

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. CONTRATO DE TRABAJO. CARACTERES. El art. 1.1 del E.T . describe el contrato de trabajo por las notas de prestación voluntaria de servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección del empleador. Se desestima el recurso.

  • STSJ Comunidad de Madrid 809/2005, 21 de Noviembre de 2005

    CONTRATOS ADMINISTRATIVOS CON INTERVALO SUPERIOR A VEINTE DIAS. ANTIGÜEDAD. Dado que en el caso de autos existen distintos contratos administrativos, con expresión de su objeto, y al menos entre dos de ellos medió un intervalo superior al plazo de caducidad de 20 días, durante el cual no se prestó actividad alguna, ni ésta se retribuyó, no estando acreditado de que dicho intervalo obedecÃ

  • STSJ Cataluña 5344/2002, 19 de Julio de 2002

    RELACION LABORAL. NOTAS. Que de lo dicho puede afirmarse que no concurre la nota de programación del trabajo por parte de la empresa ya que el actor contaba con total libertad y autonomía organizativa, tampoco existe una ordenación de sus tareas en comunicaciones detalladas, sino meras instrucciones generales que con igual carácter de generalidad se dan a todos los consultores, por ello el...

  • STSJ Castilla y León , 14 de Abril de 2004

    RELACIÓN LABORAL. RECLAMACIÓN. Para determinar la existencia de una relación laboral de las previstas en el Real Decreto 1006/85, no se exige licencia federativa de jugador profesional. En primera instancia se estima la demanda. Se desestima el recurso de suplicaci?

  • STSJ Castilla y León , 20 de Marzo de 2001

    DESPIDO. La actividad fundamental de la demandante a lo largo de su relación ha sido efectivamente aquella para la que fue contratada, esto es la mediación en la producción de seguros y su retribución la típica de este tipo de relación mercantil actuando con plena independencia funcional, rigiendo por sus propios criterios su actividad y el tiempo destinado a la misma, y limitándose las...

  • STSJ País Vasco , 20 de Febrero de 2001

    DESPIDO. CONFLICTO DE COMPETENCIA. Corresponde a los Juzgados y Tribunales del orden social enjuiciar las pretensiones derivadas del contrato de trabajo que se formulen por un trabajador frente a su empresario, pero no las que se formulen como consecuencia de servicios prestados en virtud de vínculos contractuales distintos (salvo los de las cooperativas de trabajo asociado sociedades anónimas...

  • STSJ Andalucía , 5 de Abril de 2000

    RECLAMACIÓN SOBRE DECLARATIVA DE DERECHOS. DECLARACIÓN DE EXISTENCIA DE UNA RELACIÓN LABORAL. En el caso que se examina concurren las notas previstas en el artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores para aseverar la existencia de vínculo laboral entre la actora y la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, en cuanto que aquella presta sus servicios, contratada por ésta, en...

  • STSJ Asturias , 16 de Marzo de 2001

    DESPIDO. La sentencia de instancia dejó de examinar la validez y consecuencias de la decisión extintiva adoptada por la empresa, examen que esta Sala de lo Social no puede acometer sin un previo pronunciamiento sobre la cuestión por le Juzgado de lo Social, por impedirlo la configuración legal del proceso laboral y su sistema de recursos. Procede, por ello, declarar la nulidad de la sentencia y...

  • STSJ Navarra , 31 de Enero de 2000

    ABUSO DEL PODER DE ORGANIZACIÓN. DESESTIMACIÓN: La Sentencia del Juzgado de lo Social previa declaración de incompetencia de jurisdicción respecto del conocimiento de la demanda planteada por el personal funcionario, desestima la pretensión suscitada declarando ajustadas a Derecho las órdenes de trabajo de 23 y 28 de mayo de 1.997 del Director del Area de Salud de Tudela. Frente a dicha...

  • STSJ La Rioja , 21 de Noviembre de 2002

    CONTRATO DE TRABAJO. CONCEPTO. El contrato de trabajo existe cuando hay trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario. El contrato de trabajo se podrá celebrar por escrito o de palabra. Se presumirá existente entre todo el que presta un...

  • STSJ Cataluña 5567/2006, 20 de Julio de 2006

    RELACION NO LABORAL. DESPIDO. Pues bien, en el caso de autos el demandante no prueba de manera satisfactoria todos los extremos anteriormente señalados, por lo que se desconoce si se está ante una relación que cumpla todos los requisitos para que exista contrato de trabajo establecidos en el artículo 1.1 del Estatuto de los Trabajadores, consistentes en voluntariedad, ajenidad, dependencia y...

  • STSJ Navarra , 14 de Febrero de 2001

    ALTA DE SEGURIDAD SOCIAL. DESESTIMACIÓN. La sentencia de instancia, estimatoria de la demanda interpuesta por la empresa "" contra EL TRABAJADOR y Tesorería General de la Seguridad Social, dejó sin efecto la Resolución de 27 de abril de 2000 de la Tesorería dando de alta de oficio al trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social. El Letrado de la Administración de la Seguridad Social...

  • STSJ País Vasco , 26 de Junio de 2001

    PROCESO. NULIDAD DE LAS ACTUACIONES. REQUISITOS. Para que pueda declararse la nulidad de lo actuado es necesario que: a) se prescinda total y absolutamente de las normas esenciales del procedimiento; y b) que se hubiera producido indefensión. Se desestima la demanda. Se desestima el recurso de suplicación.

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