Disposiciones normativas sobre Arbitrajes
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Artículos desde 33 hasta 34
ARTÍCULO 33 Jurisdicción y competencia. El conocimiento y resolución de los litigios que puedan suscitarse al amparo de esta ley corresponderán a los juzgados y tribunales del orden jurisdiccional civil.
- Derrogado Real Decreto-Ley de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles (Real Decreto-Ley 5/2012, de 5 de marzo)
- Vigente Real Decreto por el que el Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación Asume parte de las Funciones que tiene Encomendadas (Real Decreto 2756/1979, de 23 de noviembre)
- Derrogado Ley de Arbitraje (Ley 36/1988, de 5 de diciembre)
- Vigente Ley reguladora de la Mediación Familiar en la Comunidad Autónoma de Andalucía (Ley 1/2009, de 27 de febrero)
- Vigente Real Decreto-Ley sobre Creación del Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación (Real Decreto-Ley 5/1979, de 26 de enero)
- Vigente Decreto de creación del Instituto Regional de Arbitraje de Consumo de Madrid (Decreto 246/2001, de 18 octubre)
- Vigente Reglamento de Arbitraje, Conciliación y Mediación Cooperativos de Extremadura (Decreto 245/2000, de 5 diciembre)
- Derrogado Versión original Real Decreto-ley 5/2012, de 5 de marzo, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
- Vigente Reglamento de la Corte de Arbitraje de Comunidad Valenciana (Acuerdo de 29 marzo 2004)