Sentencias sobre Trabajadores del mar

124 sentencias sobre Sentencias sobre Trabajadores del mar

  • STS, 28 de Mayo de 2002

    "PENSIÓN DE JUBILACIÓN DE TRABAJADORES MIGRANTES A PAÍSES DE LA COMUNIDAD EUROPEA. Cuestión distinta, a la que se ha dado solución diferente, es la de si deben entrar en el cálculo de la prorrata de la pensión española las cotizaciones compensatorias de las reducciones de la edad de jubilación en el Régimen del mar establecidas en el Decreto 2309/1970 y en el art. 4 de la OM de 17 de noviembre de

  • STS, 31 de Marzo de 2003

    JUBILACIÓN. REQUISITOS. Se impugna sentencia condenatoria. Cuando los interesados no se encuentren en el momento del hecho causante en alta o situación asimilada al alta, podrán tener derecho a la pensión de jubilación siempre que reúnan los requisitos de edad y cotización contemplados en el apartado 1 de dicho artículo. La demanda fue estimada. La suplicación fue desestimada. La casación fue...

  • STS, 31 de Mayo de 2006

    TRABAJO EN EL MAR. JUBILACIÓN. La institución que conceda la pensión española ha de calcularla como si los meses de cotización en Holanda se hubieran cumplido exclusivamente bajo su propia legislación. Las cotizaciones teóricas incorporadas a la base reguladora de las pensiones españolas han de referirse a las cotizaciones medias, y no a las cotizaciones mínimas o a las cotizaciones máximas, de...

  • STS, 25 de Septiembre de 2001

    RECURSO DE CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. PENSIÓN DE VIUDEDAD. INEXISTENSIA DE SENTENCIAS CONTRADICTORIAS. Se desestimo el recurso de Suplicación interpuesto por INSS. Contra dicha sentencia se preparó Recurso de Casación para Unificación de Doctrina. La aplicación de la doctrina expuesta al caso litigioso permite concluir, que, entre las sentencias en comparación, no concurre el...

  • STS, 27 de Julio de 2005

    SEGURIDAD SOCIAL. TRABAJADORES EXTRANJEROS. No corresponde incluir la pro rata temporis a cargo de España aquellas cotizaciones que, de manera ficticia fueron tenidas en cuenta para rebajar la edad de jubilación y también para determinar el porcentaje aplicable para calcular el importe de la pensión, a los fines de dar a lugar a la reclamación del recurrente, debiendo rechazar su pretensión, y

  • STS, 18 de Julio de 2005

    JUBILACION. INSTITUTO NACION DE MARINA. Conforme a la aludida doctrina, a diferencia de las bonificaciones de cotización por edad, las relativas a la reducción de dicha edad a causa de la penosidad son cotizaciones completamente ficticias, pues no obedecen a ninguna presunción de realidad como las anteriores, y ni siquiera son anteriores al hecho causante, pues se abonan exclusivamente para el...

  • STS, 21 de Julio de 2006

    PENSIÓN DE JUBILACIÓN. PRORRATA TEMPORIS. CÁLCULO. El actor reclama se reconozca su derecho a pensión de jubilación en un porcentaje del 100% sobre la base reguladora que pretende. Para completar periodos de cotización bastará con tomar las necesarias del país que no está haciendo el cálculo de la prestación. Para decidir el prorrateo han de computarse todas las cotizaciones de la carrera de ...

  • STS, 21 de Octubre de 2002

    Seguridad Social de los Trabajadores migrantes de la Unión Europea: Régimen Especial del Mar. Pensión de jubilación de trabajador español con cotizaciones en España y en Holanda. Calculo de la base reguladora conforme a "bases medias". Improcedencia de computar para la prorrata con cargo a España los años de cotización ficticios por bonificación previstos en la normativa española. Reitera...

  • STS, 20 de Febrero de 2006

    RÉGIMEN ESPECIAL DEL MAR. ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA. La actora reclama se le reconozca el derecho a quedar encuadrada en el Régimen Especial del Mar. Siendo el artículo 1c) del R-Decreto 2309/70 de 23-7 el que definía la actividad susceptible de incardinación en el grupo de Estibadores Portuarios, dentro de los allí descritos (Capataces generales, Capataces de operaciones, Jefes de grupo,...

  • STS, 15 de Mayo de 2004

    "TRABAJO EN EL MAR. JUBILACIÓN. La sentencia de contraste seleccionada por el demandante no es contradictoria con la recurrida. Entre la seleccionada por el Instituto Social de la Marina y la recurrida se aprecia sustancial identidad en hechos, fundamentos y pretensiones, siendo la solución de ambas contraria. En el cálculo de la pensión de jubilación de trabajadores migrantes a países de la...

  • STS, 14 de Febrero de 2003

    JUBILACIÓN. TRABAJADOR DEL MAR. EMIGRACIÓN. COTIZACIONES FICTICIAS. Se reclama contra la sentencia desestimatoria de recurso de suplicación contra sentencia parcialmente estimatoria de demanda sobre pensión de jubilación. Basado todo el sistema de seguridad social comunitario en la necesidad de garantizar la libre circulación de los trabajadores de forma que por el hecho de la emigración no se...

  • STS, 31 de Mayo de 2007

    BONIFICACIÓN DE EDAD PENSIONABLE. COEFICIENTES REDUCTORES DE EDAD. PROCEDENCIA. RECURSO DE CASACIÓN PARA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. El artículo 161.5 establece que cuando los interesados no se encuentren en el momento del hecho causante en alta o situación asimilada al alta, podrán tener derecho a la pensión de jubilación siempre que reúnan los requisitos de edad y cotización contemplados en el...

  • STS, 16 de Febrero de 2006

    TRABAJADORES MIGRANTES. PENSIÓN DE JUBILACIÓN. BASE COMPUTABLE. El actor reclama una pensión de jubilación superior a la reconocida. Debe efectuarse el cálculo de las basas reguladoras a partir de las bases medias de cotización correspondientes a la categoría del trabajador en España. En primera instancia se admite la demanda. Se desestima el recurso de casación.

  • STS, 16 de Mayo de 2002

    "RECURSO DE CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. PENSIÓN DE JUBILACIÓN. COTIZACIONES EN DIFERENTES SISTEMAS. LEY MÁS FAVORABLE. La cuestión planteada en el presente recurso versa sobre el cálculo de la pensión de jubilación a cargo de la Seguridad Social española de un trabajador que tiene acreditadas cotizaciones a nuestro sistema de Seguridad Social y también a la Seguridad Social...

  • STS, 11 de Julio de 2006

    TRABAJADORES DEL MAR. PENSIÓN DE JUBILACIÓN. PRORRATA TEMPORIS. CÁLCULO. El actor reclama pensión de jubilación superior a la que le fue reconocida. Para completar periodos de cotización bastará con tomar las necesarias del país que no está haciendo el cálculo de la prestación. Para decidir el prorrateo han de computarse todas las cotizaciones de la carrera de seguro del trabajador afectado. En...

  • STS, 10 de Octubre de 2005

    ESTIBADOR. COTIZACION. El trabajador ha prestado servicios para diferentes empresas dedicadas a la actividad de Estiba y Desestiba. Ha ostentado la categoría de Capataz General y Jefe de Taller, sin que consten las funciones realizadas. El trabajo del actor como capataz en empresas privadas de estiba y desestiba deberá tener la consideración de estibador portuario a los efectos del artículo 1.

  • STS, 15 de Abril de 2003

    "AFILIACIÓN. UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. Si las dos sentencias comparadas han resuelto, sendas controversias idénticas entre sí, puesto que lo único que las separa es el nombre de los demandantes, y han llegado a conclusiones manifiestamente contrarias respecto de la cuestión litigiosa planteada; se desprende la necesidad de unificar ambos criterios por concurrir las exigencias contenidas en...

  • STS, 15 de Enero de 2001

    SEGURIDAD SOCIAL. La condición de empresario que atribuyó el Instituto Social de la Marina al mero apoderado en la resolución impugnada de 16 de marzo de 1.998, dejada sin efecto por la sentencia recurrida, no se ajustó por tanto a lo previsto en las normas examinadas, por lo que, tal y como afirma el Ministerio Fiscal en su informe, al contener la sentencia recurrida la doctrina ajustada a ...

  • STS, 16 de Mayo de 2003

    JUBILACIÓN. CASACIÓN PARA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. El sistema de seguridad social comunitario esta basado en la necesidad de garantizar la libre circulación de los trabajadores de forma que la emigración no perjudique sus derechos. El prorrateo es una institución ajena a los principios de coordinación comunitarios. En primera instancia se estima pretensión. Se estima suplicación. Se estima...

  • STS, 19 de Septiembre de 2001

    REINTEGRO POR GASTOS. DESESTIMACIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN. INEXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN. La demanda en la que el actor reclama del Instituto Social el reintegro de los gastos ocasionados con motivo del internamiento fue estimada en la instancia, condenando la sentencia al Instituto Social a su abono. Interpuesto recurso de casación para la unificación de doctrina frente a la sentencia de la...

  • STS, 25 de Septiembre de 2001

    RECURSO DE CASACIÓN PARA LA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. TRASPASO DE FUNCIONES. La sentencia recurrida, revoca la de instancia. En estas sentencias se establece que el traspaso, al afectar al conjunto de bienes, derechos y obligaciones en relación con las funciones objeto de transferencia, supone una sucesión patrimonial que comprende no sólo la parte activa del patrimonio sino la pasiva. Aunque...

  • STS, 27 de Abril de 2001

    PRESTACIÓN POR DESEMPLEO. Según advierte la propia sentencia recurrida, esta Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha tenido en cuenta el principio de universalidad e integridad de la protección de la Seguridad Social, en supuestos similares en que el legislador no ha previsto la singularidad de la situación de incapacidad temporal de trabajadores que, en lugar de una suspensión del contrato...

  • STS, 5 de Octubre de 2006

    PENSIÓN DE JUBILACIÓN. TIEMPO TRABAJADO. BUQUES EXTRANJEROS. BASE REGULADORA.El recurso versa sobre si del art. 4 de la Orden Ministerial se deduce el derecho a tomar en consideración el tiempo durante el cual se han prestado servicios en buque extranjero, a efectos del cálculo del porcentaje de la base reguladora. La Orden Ministerial pretende una regulación específica para el personal que...

  • STSJ País Vasco 2393/2007, 25 de Septiembre de 2007

    REGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES DEL MAR. JUBILACION. De igual manera, y tal y como precisa también la resolución que se recurre, el Decreto 2864/74 de 30 de agosto , que regula el campo de aplicación del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, incluye dentro del mismo a los trabajadores por cuenta ajena, que, a), apdo. 6º realicen trabajo de estibadores portuarios. Si tenemos en cuenta...

  • STSJ Galicia 3575/2008, 1 de Octubre de 2008

    JUBILACIÓN. Cuando se ha reconocido la procedencia del derecho a la prestación, sus efectos iniciales ya han quedado fijados, de modo que si después pretende y se consigue un aumento de la cuantía, los efectos de este incremento deben retrotraerse a la fecha del reconocimiento inicial del derecho con el límite indicado de cinco años. Así pues, como el beneficiario solicitó por primera vez la...

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