Sentencias sobre Entidades gestoras

1408 sentencias sobre Sentencias sobre Entidades gestoras

  • STS, 12 de Diciembre de 2006

    COMPLEMENTO SALARIAL DE ANTIGÜEDAD. Procede reconocer el complemento de antigüedad en favor de los trabajadores temporales, pese a la indicación en contrario por parte de la norma pactada colectiva. En primera instancia se estima la demanda. Se desestima el recurso de suplicación. Se desestima el recurso de casación para la unificación de la doctrina.

  • STS, 12 de Julio de 2007

    "PRESTACIîN DE INCAPACIDAD TEMPORAL. EXTINCIîN. INCOMPARECENCIA DEL ASEGURADO AL RECONOCIMIENTO MƒDICO. La actora reclama que se deje sin efecto el acuerdo de la Mutua demandada por el que se dispuso la extinci—n de la prestaci—n de IT. La capacidad de gesti—n de la Mutua -se trata de contingencias comunes- alcanza a todos los supuestos contemplados en el repetido art. 131 bis LGSS ; esto es, los

  • STS, 25 de Enero de 2000

    "RETA. REVISIÓN DE ACTO DECLARATIVO DE DERECHOS. La Ley 30/95, dispuso en conclusión la necesidad de cubrir un mínimo, y se conforma con la incorporación a una Mutualidad de Previsión cuando el interesado ha optado por ello en lugar de por el RETA, pero no dispone prohibición ni incompatibilidad entre ambas como de la mera literalidad del precepto pudiera desprenderse, como se ha dicho. Se...

  • STS, 7 de Marzo de 2001

    "JUBILACIÓN. Las pensiones de jubilación a causar con posterioridad a la integración habrán de someterse inexcusablemente a la normativa del Régimen General. Las únicas y exclusivas particularidades previstas en el propio Real Decreto 480/1.993, no son susceptibles de aplicación extensiva. Si conforme a las reglas del Régimen General, es inexcusable para cualquier beneficiario cumplir con el...

  • STS, 28 de Junio de 2007

    PENSIîN DE VIUDEDAD. MUTUALIDAD GENERAL DE LA ABOGACêA ESPA„OLA. COMPETENCIA JURISDICCIONAL. La actora reclama prestaci—n de viudedad y subsidio de defunci—n. La exclusi—n de la jurisdicci—n social de las cuestiones litigiosas promovidas entre los asociados y las mutualidades de los Colegios profesionales, una de las cuales es sin duda la Mutualidad General de la Abogac’a espa–ola, no deja lugar...

  • STS, 26 de Diciembre de 2007

    Jubilación. Trabajadores del Sector Textil. Encuadradas en la Caja de Jubilaciones y Subsidios del Sector Textil antes de 1967. Porcentaje reductor de la pensión. Se aplica el establecido en el art. 6 de los Estatutos de la Caja Textil aprobados por Orden de 4 de marzo de 1.955, siempre que sea más favorable que el establecido en el nº 9 de la Transitoria Primera de la O. 18 enero 1967. Se trata...

  • STS, 12 de Julio de 2005

    ADMINISTRACIÓN ESTATAL Y AUTONÓMICA. TRANSFERENCIA DE PERSONAL. PAGOS. RESPONSABLE. La transferencia de personal que prestando en principio servicio a órganos de la Administración del Estado, pasa a depender de una Comunidad Autónoma, implica la responsabilidad de la Administración Estatal del pago de los atrasos o cualesquier indemnización a que tuviera derecho el personal por razón de su...

  • STS, 17 de Enero de 2007

    INSTITUTO DE SALUD. ANTIGÜEDAD. En el presente recurso se debate si el actor, personal laboral temporal al servicio del IMSALUD, tiene derecho al percibo de trienios. Debe declarase el derecho del personal laboral temporal del IMSALUD al percibo de la correspondiente retribución por antiguedad. Esta resolución reconoce el derecho de esos trabajadores temporales a perfeccionar trienios dado que su

  • STS, 23 de Junio de 2005

    "SEGURIDAD SOCIAL. TRANSFERENCIA DE CUOTAS. PERIODOS ANTERIORES A LA TRANSFERENCIA. La situación de hecho base de esta litis se centra sobre la transferencia de personal que, prestando en principio servicio a órganos de la Administración del Estado, pasa a depender de una Comunidad Autónoma. L a Disposición Adicional primera de la Ley 12/1983 del Proceso Autonómico dice: ""La Administración...

  • STS, 29 de Abril de 2005

    PERSONAL ESTATUTARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. REINTEGRO DE CUOTAS COLEGIALES. Queda claro, por consiguiente, que el organismo que ha de abonar a los actores las cantidades que reclaman en la demanda que dio comienzo a este proceso, es el Instituto Nacional de la Salud (hoy denominado Instituto Nacional de Gestión Sanitaria), debiendo ser absuelto el Instituto Madrileño de la Salud. En primera...

  • STS, 20 de Mayo de 2005

    PERSONAL ESTATUTARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. REINTEGRO DE CUOTAS COLEGIALES. Queda claro, por consiguiente, que el organismo que ha de abonar a los actores las cantidades que reclaman en la demanda que dio comienzo a este proceso, es el Instituto Nacional de la Salud (hoy denominado Instituto Nacional de Gestión Sanitaria), debiendo ser absuelto el Instituto Madrileño de la Salud. En primera...

  • STS, 15 de Noviembre de 2005

    ACCIDENTE DE TRABAJO.- No se advierte razón alguna que pueda fundamenta tal limitación de la legitimación activa de la Mutua. Ciertamente puede ésta postular que, partiendo de las lesiones, afecciones o déficits funcionales apreciados al trabajador, se declare que se deben a un proceso de enfermedad común y no a un accidente laboral o enfermedad profesional. Pero la Mutua puede también...

  • STS, 11 de Julio de 2007

    ACCIDENTE DE TRABAJO. INDEMNIZACIÓN. De todo lo expuesto se deduce que estos ""intereses de capitalización"" forman parte integrante de los conceptos que se tienen que abonar para constituir el capital coste de renta, y en consecuencia la Mutua tiene derecho a que los mismos se comprendan en el reintegro que ha de recibir de la entidad o empresa responsable, como consecuencia de la subrogación...

  • STS, 19 de Diciembre de 2006

    CONTRATO DE TRABAJO.REGIMEN RETRIBUTIVO. PERSONAL ESTATUTARIO.Se reclama contra la sentencia que estima el recurso interpuesto contra la sentencia que declara el derecho de la recurrente a que se le reconozcan los cinco trienios cumplidos, así como el derecho a que se le haga efectivo el importe de los mismos, condenado a la demandada a su efectivo pago.Resulta indudable que el contrato no puede...

  • STS, 7 de Marzo de 2007

    RECURSO DE CASACIÓN PARA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. DERECHOS Y CANTIDAD. La aplicación al personal laboral del régimen retributivo previsto para el personal estatutario no tiene un origen legal, sino, claramente, contractual, por lo que no cabe, que el contrato establezca disposiciones discriminatorias como es, en el presente caso, el impago de los trienios al personal laboral temporal que se halla

  • STS, 27 de Diciembre de 2006

    TRIENIOS PERSONAL LABORAL DEL INSTITUTO MADRILEÑO DE SALUD. LA APLICACIÓN DEL REGIMEN RETRIBUTIVO DEL PERSONAL ESTATUTARIO ESTABLECIDA EN EL CONTRATO DE TRABAJO ESTA SOMETIDA A LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 3.1.C) DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES, POR LO QUE ES APLICABLE EL ARTÍCULO 15-6 DE DICHO CUERPO LEGAL Y NO JUEGA LA LIMITACIÓN DEL ARTÍCULO 44 DEL ESTATUTO MARCO DEL PERSONAL ESTATUTARIO....

  • STS, 31 de Mayo de 2007

    TRIENIOS PERSONAL LABORAL DEL INSTITUTO MADRILEÑO DE SALUD. Es de significar, por tanto, que la aplicación a este personal laboral del régimen retributivo previsto para el personal estatutario no tiene un origen legal, sino, claramente, contractual, por lo que no cabe, en modo alguno, que el contrato establezca disposiciones discriminatorias como es, en el presente caso, el impago de los...

  • STS, 15 de Marzo de 2007

    INCAPACIDAD TEMPORAL. AUSENCIA INJUSTIFICADA A CONVOCATORIAS PARA EXAMENES MÉDICOS. FACULTADES DE LA MUTUA. ACTO DE GESTIÓN. La decisión extintiva de la prestación tomada por la Mutua lo fue en el ejercicio de sus facultades de gestión de la propia prestación y por ello la resolución impugnada no era un acto sancionador sino un acto de gestión de la prestación económica dictada no en aplicación...

  • STS, 27 de Febrero de 2007

    "PRESTACIÓN ECONÓMICA POR PATERNIDAD MÚLTIPLE. ADOPCIÓN. EQUIPARACIÓN CON LA PATERNIDAD BIOLÓGICA. Se reclama contra la sentencia que desestima el recurso de suplicación interpuesto contra sentencia estimatoria de cantidad sobre prestación económica por paternidad múltiple. Es imposible aceptar una interpretación extensiva, tanto más cuanto que ni de la finalidad de la Ley 39/1999 para promover...

  • STS, 24 de Septiembre de 2008

    Previsión Sanitaria Nacional. Los demandantes, facultativos que han venido prestando servicios en distintas entidades de asistencia médico farmaceútica, han estado afiliados y cotizando en Previsión Sanitaria Nacional, quien les denegó la pensión de jubilación porque había sido solicitada con posterioridad al 1-1-00, fecha en que se extinguió el Régimen de Previsión Social en virtud de la...

  • STS, 23 de Abril de 2007

    INCAPACIDAD TEMPORAL. Si se une que el artículo 131-bis-1 de la L.G.S.S. en su redacción actual, dada por el art. 34-4 de la Ley 24/2001, responde a la puesta en marcha de medidas contra el fraude en el cobro de las prestaciones por incapacidad temporal, según lo convenido en la Recomendación 13ª del Pacto de Toledo, se comprende que el espíritu de la norma era facultar a la Mutua a extinguir la...

  • STS, 18 de Mayo de 2005

    INSALUD. PERSONAL. TRIENIOS. ANTIGÜEDAD. Se presenta demanda peticionando el pago de trienios. El nacimiento del derecho a la retribución por antigüedad sólo puede producirse con el nombramiento en propiedad y, en consecuencia, como el actor no obtuvo ese nombramiento, no puede abonársele la retribución por antigüedad por el periodo anterior a esa fecha que reclama, ya que sin derecho a la...

  • STS, 6 de Junio de 2007

    INCAPACIDAD TEMPORAL POR ACCIDENTE DE TRABAJO. COMPETENCIA DEL INSS PARA DETERMINAR LA CONTINGENCIA DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL. Negar al INSS la facultad de calificar unas dolencias como constitutivas de accidente, reservando estas facultades a la Mutuas Patronales, implica otorgar la Entidad Gestora, Mutuas Patronales y empresas colaboradoras una posición de total igualdad, susceptible de...

  • STS, 9 de Junio de 2003

    ACIDENTE DE TRABAJO. Los trabajadores españoles en Ecuador y los trabajadores ecuatorianos en Españ estarán sujetos a las legislaciones sobre seguridad Social aplicables en los respectivos países y se beneficiarán de las mismas, así como sus familiares y derechohabientes, en iguales condiciones que los nacionales de cada uno de los países. Se desestima la casación.

  • STS, 21 de Noviembre de 2007

    PRESTACIONES DE INCAPACIDAD TEMPORAL. ENTIDAD RESPONSABLE DEL PAGO. Se discute cuál es la entidad responsable del pago de prestaciones de incapacidad temporal cuando la Mutua cesa en la cobertura de esta contingencia, pasando la misma a ser cubierta por otra entidad aseguradora. La entidad que asumía el pago de la prestación por incapacidad temporal debe seguir abonando el subsidio, pese a...

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