Artículos doctrinales sobre Donaciones especiales
-
-
Artículo 647
ARTICULO 647 * La donación será revocada a instancia del donante, cuando el donatario haya dejado de cumplir alguna de las condiciones que aquél le impuso. En este caso, los bienes donados volverán al donante, quedando nulas las enajenaciones que el donatario hubiese hecho y las hipotecas que sobre ellos hubiese impuesto, con la limitación establecida, en cuanto a terceros, por...
- Usufructo de disposición y usufructo de regencia
-
Resolución de 6 de Marzo de 1997 (donación universal mortís causa; forma extranjera) BOE 31 de marzo de 1997
1. La disposición testamentaria otorgada en forma de donación es válida si reúne las exigencias de forma previstas para la validez del testamento. 2. El testimonio de exhibición de una determinada certificación debe reflejar, a los efectos de la inscripción, su fecha, el funcionario que la expide y su residencia. 3. Para la inscripción de los bienes adquiridos por herencia por un no...
-
Artículo 641
I. Idea general del artículo.-II. El pacto de reversión ha de acordarse al donar, y guardar la forma de la donación. Es de interpretación estricta.-III. Puede acordarse la reversión no sólo para si se da determinado hecho, sino a cierto plazo.-IV. La reversión a favor del donante.-V. La reversión a favor de tercero.-VI. La situación mientras la reversión pende.-VII. La naturaleza de la reversión.-
-
Artículos 642 y 643
I. Los diversos papeles de la asunción de la obligación de pagar deudas de una persona.- II. Esquema del contenido de los dos presentes artículos.- III. La responsabilidad del donatario por el incumplimiento de la obligación que asuma de pagar las deudas del donante, y su sedicente responsabilidad si la donación dejó insuficiente el patrimonio de aquél para atenderlas.- IV. Es una donación...
-
Artículo 639
I. Breve idea general del artículo.-II. La excepción que supone.-III. La disponibilidad reservada puede ser para los supuestos que se prevea, o en general a la libre voluntad del donante.-IV. Reserva de disposición de bienes y reserva de disposición de cantidad.-V. ¿Otras posibles reservas?-VI. ¿Cabe la reserva de disponer de todos los bienes donados?-VII. El establecimiento de la reserva y que...
- Donación con reserva de facultad de disponer.
- Donaciones y disposiciones testamentarias (Lo que dice el articulo 620 del código civil)
-
De nuevo sobre la donación mortís causa y el Código civil
I) Concepto clásico y perfil histórico de la donación martis causa -II) El movimiento codificador moderno : el Código Civil español.-III) Ortodoxia y heterodoxia.-IV) Interpretación del artículo 620. V) Consideración final.
-
Artículo 626
I. El presente artículo se refiere a las donaciones con carga.-II. La intervención de los legítimos representantes.
- La donación mortís causa y el Código civil
- Inteligencia y alcance del artículo 827 del Código civil