STSJ Comunidad Valenciana 4191/2002, 4 de Julio de 2002

PonenteISABEL MORENO DE VIANA CARDENAS
ECLIES:TSJCV:2002:7532
Número de Recurso3513/2001
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución4191/2002
Fecha de Resolución 4 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Social

D. José María Ordeig FosD. Victor José Barrachina JuanDª. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

5

R.C.Sent nº 3.513/2.001 3.513/2.001

Recurso contra Sentencia núm. 3513/2001

Ilmo. Sr. D. José María Ordeig Fos

Presidente

Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan

Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

En Valencia, a cuatro de julio de dos mil dos.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente,

SENTENCIA Nº 4.191 de/2.002

En el Recurso de Suplicación núm. 3513/01, interpuesto contra la sentencia de fecha 17 de septiembre de 2001, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 4 de Valencia, en los autos núm. 499/00, seguidos sobre Prestación viudedad, a instancia de Elena asistida por la letrado Amparo Garcia Tamarit, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, Jesús María , MAPA SPONTEX S.A. Y ORGANISMO AUTONOMO TRABAJOS PENITENCIARIOS, y en los que es recurrente la parte demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 17 de septiembre de 2001 dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Desestimando la excepción planteada, debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Dª Elena frente al ORGANISMO AUTONOMO TRABAJOS PENITENCIARIOS, la empresa MAPA SPONTEX S.A., la empresa Jesús María (REST. BARBACOA) y el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, que quedan absueltas de las pretensiones en su contra formuladas ".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- Que Dª Elena , viuda de S. Luis Andrés , recluso del Centro Penitenciario de Picasent (Valencia) y fallecido en el Hospital General de dicha ciudad, sin que consta el motivo, en fecha 26.11.96 solicita la pensión de viudedad ante el I.N.S.S. diendo desestimada por Resolución de la Dirección provincial del I.N.S.S. en 27.03.00. Formula reclamacion previa en fecha 13.04.00, se desestimo por resolución de fecha 16.9.00.- SEGUNDO.-D. Luis Andrés , a la fecha de su fallecimiento (26.11.96). Se encontraba en situación de baja en el régimen general de la Seguridad Social desde 04.94. Tiene acreditados como cotizados en el régimen de la s.social un total de 4.081 dias (7 años, 11 meses y 13 dias) según el detalle que figura en autos a través de su vida laboral y que obrando en autos por su extensión se da por reproducido a estos efectos. Trabajo en los talleres del Centro Penitenciario de Picasent (Valencia) en la empresa Spontex S.A. desde Enero 95 a Marzo 95 y desde Enero 96 a Abril 96. En dichos periodos se le abono la nómina correspondiente y se cotizó a la S.social por Enfermedad profesional y Acidente Laboral. Ha permanecido (según certificado que obra en autos) en los siguientes centros penitenciarios: Murcia, Castellon y Valencia durante los periodos: 09.01.77 a 10.02.77, 02.12.78-04.12.78, 11.06.80-22.01.81, 23.01.81-11.03.83, 30.03.84-16.08.84, 16.03.85-15.04.85, 16-04.85.-05.02.86, 06.02,86.-03.03.86. 04.03.86-29.04.86, 30.04.86-13.05.86, 14.05.86-25.06.87, 26.06.87-07.07.87, 08.07.87-23.09.87, 24.09.87-07.10.87, 08.10.87-12.11.87, 13.11.87-17.11.87, 18.11.87-01.02.89, 02.02.89-08.02.89, 09.02.89-11.12.90, 12.12.90-24.12.90. 25.12.90-17.02.91, 18.02.91-26.04.94, 26.04.94-28.04.94, 29.04.94-10.05.94, 11.05.94-23.11.96, 26.11.96- (fallecimiento). En el periodo 26.04.94 a 28.04.94 consta como evadido.-TERCERO.- En fecha 09.07.92 se formalizó entre el Organismo Autonómo "Trabajos Penitenciarios" y la empresa " Spontex S.A" a través de sus legales representantes taller de fregasuelos (mochos), y que obrando en autos, por su extensión, se da por reproducido a estos efectos. Instituciones penitenciarias, facturaba a la empresa Spontex S.A. semanalmente (cláusula 10 del contrato) el importe de los salarios y los gastos generales más el canon de beneficios de "Trabajos Penitenciarios" a mes vencido. Igualmente facturaba por el resultante de los costos ocasionados por la S.Social.-CUARTO.- La bas reguladora mensual de la prestación demandada, asciende a 54.111 ptas y en su caso fecha efectos de 21.12.99.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante siendo impugnado de contrario. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre en suplicación la parte actora, e impugnan el Abogado del Estado y la empresa demandada Mapa Spontex España S.A., la sentencia que denegó la prestación de Viudedad reclamada en la demanda, interesando en el primer motivo de recurso, y por el apartado b) del art. 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, la modificación del relato probado, para que se sustituya en el hecho probado segundo la frase "Se encontraba en situación de baja en el Régimen General de la Seguridad Social desde el 04-94", por la de "Se encontraba en situación asimilada al alta, dada su situación de recluso interno en un Centro Penitenciario y su demostrada disponibilidad para el trabajo", lo que apoya con los documentos situados en los folios 18 y 22 de las actuaciones, que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR