SAP Alicante 459/2006, 13 de Septiembre de 2006

PonenteJULIO JOSE UBEDA DE LOS COBOS
ECLIES:APA:2006:2044
Número de Recurso218/2006
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución459/2006
Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

ALICANTE

ROLLO DE APELACIÓN Nº 218-06

JUICIO DE FALTAS Nº 732-06

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 1 DE ALICANTE

SENTENCIA DE APELACIÓN Nº 459-06

En Alicante a trece de septiembre de dos mil seis.

El Iltmo. D. Julio José Úbeda de los Cobos, Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 26 de mayo de 2006, dictada por el Juzgado de Instrucción nº 1 DE ALICANTE, en juicio de faltas nº 732-06 sobre vejaciones, habiendo actuado como parte apelante Juan Manuel.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Son HECHOS PROBADOS de la sentencia apelada, del tenor literal siguiente: Juan Manuel formuló denuncia el día 17 de mayo de 2006 contra su vecino, Leonardo, en la que manifestaba que el denunciado, vecino del piso inferior al suyo, había instalado una turbina para quitar humedades, y que ello le ocasiona graves molestias por el ruido del aparato, así como que utiliza disolventes saliendo el agua de sus aseos de color cobre.

No constan acreditados los hechos denunciados. HECHOS PROBADOS que se: aceptan.

SEGUNDO

El FALLO de dicha sentencia literalmente dice: "Que debo absolver y absuelvo libremente a Leonardo de la falta de vejaciones de las que venía siendo denunciado, declarando de oficio las costas causadas."

TERCERO

Contra dicha sentencia, en tiempo y forma y por Juan Manuel se interpuso el presente recurso alegando error en la valoración de la prueba.

CUARTO

Admitido el recurso, cumplido el trámite de alegaciones con la/s parte/s apelada/s - que interesó la confirmación de la sentencia impugnada - y habiendo sido elevadas las actuaciones a esta Sección se procedió a formar el presente Rollo de Apelación nº 218-06, en el que se dicta esta resolución.

QUINTO

En la sustanciación de las dos instancias seguidas por el presente asunto, se observaron las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como único motivo de recurso se alega por la recurrente que en el plenario se practicó prueba de cargo bastante para enervar la presunción de inocencia del acusado, por lo que procedía su condena como autor de una falta de vejaciones del artículo 620.2 del Código Penal.

Como único motivo de recurso se alega por la recurrente que en el plenario no se practicó prueba de cargo bastante para enervar la presunción de inocencia del acusado, por lo que procedía la absolución del delito de robo con violencia intentado, de los artículos 237, 242.1, 16 y 62 del Código Penal ; y de la falta de lesiones del artículo 617.1, fundamento de la acusación

La prueba practicada en el plenario fue principalmente de carácter personal: testifical y declaración del acusado. La valoración que realiza el Juez a quo de la prueba personal ha de mantenerse salvo que resulte ilógica o manifiestamente errónea ya que esta fase procesal, a diferencia de la primera instancia, carece de inmediación por lo que se desconoce la forma concreta en que las declaraciones se prestaron. En este sentido se ha pronunciado de forma muy reiterada la Jurisprudencia, pudiendo recordar las SSTS de 24 de enero de 2000, 12 de junio de 2001, 23 de mayo de 2002, 25 de febrero y 6 de marzo de 2003, 15 de julio de 2005 ó 28 de febrero de 2006.

La reciente STS de 28 de junio de 2006 efectúa unas interesantes afirmaciones en esta materia:

Este Tribunal no ve, ni oye, ni percibe la reacción de quienes declaran, el tono de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR