La transmisión mortis causa de las acciones de la sociedad anónima y las participaciones de la sociedad limitada

AutorMarcial Herrero Jiménez
Cargo del AutorDoctor en Derecho. Profesor de Derecho Mercantil. Universidad de Extremadura
Páginas77-90
CAPÍTULO III.
LA TRANSMISIÓN MORTIS CAUSA DE LAS ACCIONES DE
LA SOCIEDAD ANÓNIMA Y LAS PARTICIPACIONES DE LA
SOCIEDAD LIMITADA
M H J
Doctor en Derecho. Profesor de Derecho Mercantil
Universidad de Extremadura
DOI: 10.14679/2811
SUMARIO: 1. I. . C     -
 . . L     
. 3.1. La transmisión de las acciones. 3.2. La transmisión de las parti-
cipaciones. 3.3. Restricciones a la transmisibilidad. .   
     . 4.1. La transmisión
mortis causa de las acciones y de las participaciones. 4.2. La herencia yacente y la
comunidad hereditaria. 4.3. El valor razonable. Bibliografía.
1. INTRODUCCIÓN
Es causa principal o accesoria de numerosos litigios la con ictividad que
surge en los supuestos de transmisión mortis causa de acciones de una sociedad
anónima o participaciones de una sociedad limitada. En el caso de acciones
de una sociedad anónima cotizada, cuyas acciones cotizan en bolsa, las di -
cultades no suelen existir, toda vez que la identi cación de las acciones, su
numeración, los derechos inherentes y su valoración, no presentarán ninguna
duda, ni darán lugar a diferentes posibles interpretaciones o valoraciones. Sin
embargo, cuando estas acciones o participaciones pertenecen a sociedades
cerradas, o semi cerradas, donde la  gura del socio y su condición personal sí
tiene relevancia y donde pueden existir restricciones a la libre transmisibilidad
de dichos elementos, es evidente que podemos encontrarnos ante diferentes
posturas, o con ictos de intereses entre los diferentes herederos, legatarios, o
socios sobrevivientes.
De la misma forma, pueden plantearse dudas o controversias sobre el
ejercicio de los derechos del socio, inherentes a la titularidad de las acciones
o las participaciones sociales, desde el momento en que fallece el titular, hasta
el momento en que son atribuidas a su heredero o legatario, o son adquiridas

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