La tipicidad. Generalidades

AutorFrank Mila
Páginas333-381
333MANUAL DE DERECHO PENAL
PARTE GENERAL
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PARTE II CAPÍTULO VI
La tipicidad
Generalidades
PARTE II
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FRANK MILA
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1. Generalidades acerca de la tipicidad
En lo expuesto en esta obra se indicó que el delito se conforma por la acción y
sus predicados, siendo uno de estos últimos la tipicidad, elemento del delito que surge
en el causalismo, no en la primera formulación del concepto del delito que se limitaba
a la acción antijurídica y culpable, sino en 1906, de la mano de Ernst von Beling con
su teoría del tipo y la famosa denominación del tipo como «Tatbestand»1067, que ac-
1067 Etimológicamente tipo reconoce el sentido de «golpe» o «huella de un golpe» y en castellano pre-
domina el de «modelo» o «ejemplar», lo que introduce un matiz que altera en buena medida la idea
alemana original. ZAFFARONI, Eugenio Raúl, ALAGIA, Alejandro y SLOKAR, Alejandro. Trata-
CAPÍTULO VI
TIPICIDAD. GENERALIDADES
335MANUAL DE DERECHO PENAL
PARTE GENERAL
tualmente a nivel jurídico-penal se concibe como supuesto de hecho, lo cual permitió
la incorporación de la tipicidad como elemento del delito, entre la acción y la antijuri-
cidad106 8.
En términos generales, la formulación previa realizada por el causalismo era
caracterizada como «difusa» porque no permitía reconocer qué cualidades debía tener
una conducta para estar amenazada con pena. Frente a esto, gracias a Beling surgió
la nueva categoría del tipo para asignar una f‌irme posición sistemática a numerosos
«elementos errant es», que no encontraban sitio, tales como las teorías del resultado de
la acción, de la causalidad, del objeto del hecho, del contenido de los delitos de omi-
sión1069, ent re otras.
Actualmente, la tipicidad es un elemento básico del delito e incluso es el que
abarca mayor contenido en la teoría del delito, trascendiendo a la mera descrip-
ción de una conducta como delictiva (tipo) sino que comprende aspectos generales
relacionados con su función, evolución, clasif‌icación, estructura (contemplando el
contenido relativo al tipo objetivo y al tipo subjetivo, con las respectivas teorías de
la imputación (objetiva y subjetiva) la teoría del error, el tipo de omisión, el tipo im-
prudente y los denominados ampli f‌icadores (tipos de imperfecta realización y tipos
de autoría y de participación) , contenidos lo suf‌icientemente amplios para abarcar
cada uno su teoría, sin embargo, todos están contemplados en el estudio de la deno-
minada tipicidad.
Vale destacar, que en la actualidad el tipo penal es ref‌lejo del principio de le-
galidad, como fundamento del derecho penal moderno, el cual se erige en la formu-
lación de reglas previas y claras, que permitan concebir conductas como delictivas y
adicionalmente, a través de la dogmática penal se permite interpretar y determinar el
alcance del tipo, conforme a la ciencia jurídico-penal. Visto lo anterior, se procede a
realizar a lgunas precisiones relacionadas con los conceptos básicos que giran en torno
a la tipicidad.
do de Derecho Penal. Parte General. Ediar. Buenos Aires. 1980. p. 435. Igualmente, se sostiene que
proviene del latín typus, que signif‌ica –en términos generales– el símbolo representativo de una
cosa f‌igurada, o la imagen principal de algo a lo que se le otorga una f‌isonomía propia» y en materia
de norma penal, supuesto de hecho (Tatbestand) siendo designación propia del imperativismo,
según VELÁZQUEZ VELÁZQU EZ, Fernando. Manual de Derecho Penal Parte General. Quinta
Edición, Ediciones Jurídicas Andrés Morales. Colombia. 2013. p. 343.
1068 Independientemente de la existencia de la teoría de los elementos negativos del tipo que trabaja fu-
sionando los elementos en un componente positivo (tipicidad) y negativo (causas de justif‌icación).
1069 ROXIN, Claus. Derecho Penal. Parte General. Tomo I. Fundamentos. La estructura de la teoría del
delito. Traducción de Diego Luzón Peña, Miguel Díaz y Javier Remesal. Civitas y omson Reuters.
España. 2008. p. 277.

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