STSJ Asturias , 24 de Octubre de 2005

PonenteFRANCISCO SALTO VILLEN
ECLIES:TSJAS:2005:2803
Número de Recurso559/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD SEC.1 OVIEDO SENTENCIA: 01588/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS Sala de lo Contencioso-Administrativo RECURSO: 559/01 RECURRENTE: D. Gonzalo PROCURADOR: MUÑIZ SOLIS RECURRIDO: TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL SENTENCIA nº 1588/05 Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Jesús María Chamorro González Magistrados:

Dña. María José Margareto García D. Francisco Salto Villén En Oviedo a veinticuatro de octubre de de dos mil cinco.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 559/01 interpuesto por D. Gonzalo , representado por el Procurador D. Roberto Muñiz Solís , actuando bajo la dirección Letrada de D. Ignacio García García, contra la Tesorería General de la Seguridad Social, representada por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Francisco Salto Villén.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia por la que se declare no ser conforme a Derecho la Resolución del Director Provincial de Asturias de la Tesorería General de la Seguridad Social por la que resuelve desestimar el Recurso de Alzada, presentado el 25 de mayo de 2001, interpuesto por el suscribiente, contra la providencia de apremio, en el procedimiento administrativo de apremio que se sigue al demandante como supuesto responsable solidario de las deudas contraídas por la mercantil Montajes y Construcciones Alonso, S.L. agotando esta Resolución la vía administrativa y procediendo, por tanto, al levantamiento de los embargos relacionados con tales resoluciones, con imposición de costas a la parte contraria. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba .

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día resolución ordenando el archivo del presente recurso contencioso administrativo sin que proceda condena en costas..

TERCERO

La representación de la recurrente contestó suplicando se acuerde seguir por los trámites legales oportunos el procedimiento ordinario instado, y de forma subsidiaria en el caso de que se entienda procedente el archivo de las actuaciones solicitó la expresa imposición de costas a la demandada.

CUARTO

Por Auto de fecha 29 de junio de 2004 se declaró el archivo de las actuaciones con expresa condena en costas a la Tesorería General de la Seguridad Social, instándose por la recurrente la exacción de las costas producidas por el procedimiento de apremio, previa su tasación

QUINTO

Practicada tasación de costas por un total de 12.348,87 ., siendo impugnada por la representación de la Tesorería General de la Seguridad Social.

SEXTO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el pasado día 19 de octubre del presente, en que la misma tuvo lugar, habiéndose cumplido todos los trámites prescritos en la ley.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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