Solicitud de reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria

Actualizado aAgosto 2022
PRESTACIÓN DE ASISTENCIA SANITARIA
6-071 cas V.15 20220317
INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA SOLICITUD
¿Cuándo puede presentar esta solicitud?
A. Si es residente en España y no se encuentra en alguna de estas situaciones:
- es trabajador/a por cuenta propia o ajena,
- pensionista o perceptor/a de prestaciones periódicas de la Seguridad Social,
- está desempleado/a tras haber agotado la prestación o el subsidio de desempleo.
RECUERDE: en las situaciones citadas el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria se realizará de oficio por
el INSS sin necesidad de presentar solicitud.
B. Si ya tiene reconocido el derecho a la asistencia sanitaria como titular y quiere solicitar este derecho para nuevos
beneficiarios/as.
C. Si la solicitud de la prestación de asistencia sanitaria es para menores de edad sujetos a tutela administrativa. La
solicitud se presentará en nombre del menor por la Administración Pública competente que tenga atribuida la tutela.
D. Si solicita la asistencia sanitaria como beneficiario/a por ser separado/a o divorciado/a del titular.
¿Cómo debe cumplimentar esta solicitud?
En I. DATOS DEL SOLICITANTE deberá cumplimentar los datos de la persona interesada en presentar la solicitud
teniendo en cuenta las especialidades que a continuación se señalan para cada supuesto del A al D.
En todo caso, la solicitud deberá ser firmada en la página 2 por la persona que presenta la solicitud, bien en nombre propio,
bien en nombre de tercero al que representa (representante, apoderado inscrito en el registro electrónico de apoderamientos
o persona que presta medidas de apoyo a personas con discapacidad).
Supuesto A - TITULAR RESIDENTE EN ESPAÑA
Deberá cumplimentar además el apartado II. OTROS DATOS DEL TITULAR RESIDENTE EN ESPAÑA.
Si su cónyuge o pareja de hecho es titular de la prestación de asistencia sanitaria, debe ser él/ella quien solicite su
inclusión como beneficiario (Supuesto B – TITULAR QUE SOLICITA PARA SUS BENEFICIARIOS).
Para solicitar su derecho como residente en España no debe tener cobertura sanitaria por otra vía como por ejemplo ser
mutualista o beneficiario de una mutualidad (MUFACE, MUGEJU, ISFAS) ni tener derecho a exportar la prestación
sanitaria desde su país de procedencia u origen.
Supuesto B- TITULAR QUE SOLICITA PARA SUS BENEFICIARIOS
Deberá cumplimentar los datos de los nuevos beneficiarios/as para los que solicita la asistencia sanitaria que se hará constar
en el apartado III. DATOS DE LOS BENEFICIARIOS DEL TITULAR.
Podrá incluir como beneficiarios de asistencia sanitaria a:
- su cónyuge o pareja de hecho,
- hijos/as, nietos/as, hermanos/as, menores de 26 años, o mayores de esa edad si tienen reconocido un grado de
discapacidad mayor o igual al 65%,
- menores sujetos a tutela o acogimiento.
Si sus beneficiarios son menores de 14 años podrá comunicar el DNI en cualquier momento. Al cumplimiento de los 14
años este dato es de carácter obligatorio, y deberá ser comunicado para su incorporación en la base de datos de asistencia
sanitaria del Instituto Nacional de Seguridad Social.
Supuesto C - MENOR TUTELADO POR LA ADMINISTRACIÓN
La persona física que representa a la Administración que tutela al menor deberá cumplimentar los datos del apartado
I. DATOS DEL SOLICITANTE.
Además, deberá cumplimentar los datos del menor tutelado en el apartado IV. DATOS DEL MENOR TUTELADO.
Supuesto D – SEPARADO/A O DIVORCIADO/A DEL TITULAR
Deberá cumplimentar los datos del titular del que está separado/a o divorciado/a en el apartado V. DATOS DEL TITULAR
DEL QUE ESTÁ SEPARADO/A O DIVORCIADO/A.
Alegaciones
Si quiere añadir algo que considere importante para tramitar su solicitud y que no ve recogido en el formulario, hágalo
constar de la forma más breve y concisa posible en el apartado VI. ALEGACIONES.

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