SAP Málaga 54/2007, 31 de Enero de 2007
Ponente | JOSE LUIS LOPEZ FUENTES |
ECLI | ES:APMA:2007:52 |
Número de Recurso | 860/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 54/2007 |
Fecha de Resolución | 31 de Enero de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª |
S E N T E N C I A Nº 54/07
AUDIENCIA PROVINCIAL MÁLAGA
SECCIÓN CUARTA
PRESIDENTE ILMO. SR.
D. MANUEL TORRES VELA
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D. JOSE LUIS LOPEZ FUENTES
D. MELCHOR HERNANDEZ CALVO
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 7 DE MÁLAGA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 860/2006
JUICIO Nº 610/2005
En la Ciudad de Málaga a treinta y uno de enero de dos mil siete.
Visto, por la SECCIÓN CUARTA de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Juan Carlos que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. ALICIA MARQUEZ GARCIA y defendido por el Letrado D. ANTONIO JOSE ALES CAMPOS. Es parte recurrida Aurora que está representado por el Procurador D. MATEO CROSSA y ROSA MARIA y defendido por el Letrado D. FERNANDEZ CORUJO y Mª. TERESA, que en la instancia ha litigado como parte demandante.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 31/05/06, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dª Rosa Mateo Crossa en nombre y representación de Dª Aurora contra D. Juan Carlos :
Se declara la validez, vigencia y eficacia del pacto de alimentos acordado en escritura pública de 1/12/83, con la modificación producida de la cuantía establecida en 300,51 €.
Debo condenar y condeno al demandado a que abone a la actora la cantidad de DOS MIL CIENTO TRES EUROS CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS (2.103,57 €) así como el interés legal de dicha suma, computado desde la fecha de interposición de la demanda hasta su completo pago, que incrementará en dos puntos desde la fecha de esta resolución.
Asimismo, debo condenar y condeno al demandado a abonar las cantidades que se hayan devengado durante la tramitación del presente procedimiento, a razón de 300,51 € mensuales así como el interés legal de dicha suma.
Todo ello se entiende con expresa imposición al demandado de las costas procesales."
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 16/1/07 quedando visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS LOPEZ FUENTES quien expresa el parecer del Tribunal.
Frente a la sentencia de instancia, que, estimando la demanda interpuesta por la actora, declara la validez, vigencia y eficacia del pacto de alimentos acordado entre las partes, y la condena del demandado a satisfacer a la actora la suma de 2.103,57 €, más los intereses correspondientes, se alza la demandada-apelante argumentando, en síntesis, los siguientes motivos: a) error de la sentencia en la calificación jurídica del pacto suscrito entre las partes, al considerarlo como un contrato de renta vitalicia, siendo así que, por el contrario, nos encontramos ante una pensión de alimentos entre parientes regulado en los artículos 142 y ss del Código Civil ; b) al decretarse el divorcio y romperse el vínculo matrimonial desaparece la relación de parentesco, y con ella la razón de ser de la prestación de alimentos; c) error de la sentencia respecto de la cuantificación de la fortuna del demandado y de la actora; d) la actora, a pesar de que en el momento de la separación contaba 50 años, no ha realizado intento alguno por encontrar trabajo, a pesar de ostentar el título de enfermera.
La parte apelada solicita la confirmación de la sentencia apelada en todos sus pronunciamientos.
El contrato suscrito ante Notario entre las partes con fecha de 1 de Diciembre de 1.983...
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