La selección de las pruebas

AutorMichele Taruffo
Páginas37-58
CAPÍTULO II
LA SELECCIÓN DE LAS PRUEBAS
19. Relevancia y admisibilidad. En el proceso civil, el primer
problema probatorio importante es establecer qué elementos o me-
dios de prueba deben ser admitidos e incorporados al proceso. En teo-
ría, se podría usar cualquier medio de prueba en cualquier tipo de pro-
ceso y la determinación de qué medios serán los que apoyen la decisión
sobre los hechos en disputa podría ser algo que se dejara al juzgador
  -
versas razones en favor de una selección preliminar de los medios de
prueba que pueden presentarse en el curso del proceso. Por ejemplo,
las partes no deben sentirse obligadas a presentar cualquier prueba que
quieran, ni tampoco se les debe permitir hacerlo, porque esto ocasio-
naría demoras y complicaciones en el funcionamiento del proceso; al
juez no se le debe permitir ordenar motu proprio la adquisición de cual-
quier medio de prueba que desee, porque esto convertiría al proceso en
una forma intolerable de inquisición; no pueden incorporarse pruebas al
   -
ble, siempre que se pueda tomar una decisión razonable y bien fundada
en los hechos. Otras razones para seleccionar los elementos de prueba
admisibles se pueden derivar de la necesidad de proteger valores gene-
      -
ción especial. Todos los sistemas procesales incluyen normas y criterios
que tienen por objeto establecer una selección preliminar de los medios
de prueba que se pueden presentar. En general, tales normas y criterios
se deben aplicar al principio del proceso, pues su función es evitar que
las partes presenten medios de prueba que no deberían ser admitidos y
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que el juez ordene la adquisición de medios de prueba que son inadmi-
sibles o que no vale la pena considerar. Por lo general, corresponde al
        
el proceso y una indebida pérdida de tiempo en el subsecuente curso
del mismo. En todos los sistemas procesales, la selección preliminar de
pruebas se hace de acuerdo con dos criterios básicos: la relevancia de
los medios de prueba y las normas que determinan qué pruebas son ju-
rídicamente admisibles.
1. LA RELEVANCIA DE LOS MEDIOS DE PRUEBA
20.    El concepto de relevancia es espe-
cialmente importante como criterio para la selección de los medios de
prueba admisibles. La relevancia es un estándar lógico de acuerdo con
el cual los únicos medios de prueba que deben ser admitidos y toma-
dos en consideración por el juzgador son aquellos que mantienen una
conexión lógica con los hechos en litigio, de modo que pueda susten-
tarse en ellos una conclusión acerca de la verdad de tales hechos 1 . Este
estándar es obvio como medio para excluir la adquisición de pruebas
que no serían de ninguna utilidad en la adopción de la decisión sobre
los hechos en litigio: se aplica en todos los sistemas procesales, aun-
que algunos de ellos no lo estipulen expressis verbis como una condi-
ción para la admisibilidad de las pruebas 2 . Dado que la función de las
pruebas es ofrecer al juzgador información que pueda ser útil para esta-
blecer la verdad de los hechos en litigio, esta conexión lógica es cogni-
tivamente instrumental: «medios de prueba relevantes» son todos aque-
llos que puedan ofrecer una base cognitiva para establecer la verdad de
un hecho en litigio 3 , es decir, una información sobre tal hecho que sea
«superior a cero» 4.
1 Véase un panorama general de las teorías modernas de la relevancia en WIG M O R E , 1983:
t. I, 1004. Cfr. también GR A H A M , 2003: 87; WRI G H T y GRA H A M , 1977-1989: vol. 13, 48.
2 Para una perspectiva general de distintos sistemas véase TA R U F F O , 1970: 97. También NA-
G E L , 1967: 123.
3 Véanse WI G M O R E , 1983: t. I, 1030; TA R U F F O , 1970: 54. Entre los sistemas que incluyen
disposiciones expresas sobre la relevancia, el sistema estadounidense es de especial interés para
     Federal Rules of Evidence dice lo siguiente:
«son relevantes los medios de prueba que tienden a hacer que la ocurrencia de algún hecho [...]
sea más probable, o menos probable, de lo que sería sin los medios de prueba». Véanse SA L T Z -
B U R G , MA R T I N y CAP R A , 2002: 401-4; LE M P E RT , GRO S S y LI E B M A N , 2000: 204; MU E L L E R y KI R K PA -
T R I C K , 2003: 153; GR A H A M , 2003: 87; GIA N N E L L I , 2003: 106, 108; WR I G H T y GR A H A M , 1977-1989:
vol. 22, 9; WE I N S T E I N y BE R G E R , 1975: vol. 1, 401-6. Se usan también conceptos similares aun
   DE N N I S , 1999:
44; CR O S S y TA P P E R , 1990: 51; en alemán consúltense,  . MU S I E L A K y ST A D L E R , 1984: 9; ZPO-
KO M M , 1987: § 284, núm. 22; AR E N S y LÜ K E , 1992: 195; JA U E R N I G , 1991: 180. De la bibliografía
austríaca véase FA S C H I N G , 1990: 444; 1959-1974: vol. 3, § 266, núm. 1.
4 Cfr. GR A H A M , 2002: 14.

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