Resolución de conflictos entre signos distintivos y nombres de dominio en Internet

AutorRolando Joaquín Ortega Hernández
Páginas345-427
CAPÍTULO QUINTO
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Resolución de conflictos entre
signos distintivos y nombres
de dominio en Internet
I. Localización e identificación en Internet. El Sistema de nombres de dominio. II. Conflictos entre
signos distintivos y nombres de dominio (ciberpiratería). III. La Política uniforme de resolución de
disputas – Uniform Dispute Resolution Policy (UDRP)– de ICANN. 1. Orígene s y organización del
sistema: ICANN, registradores, proveedores de servicios de solución de conflictos y panelistas. 2.
Naturaleza jurídica de la UDRP. Diferencia de la UDRP con el arbitraje. 3. Condiciones de aplicación
de la UDRP. a) Identidad o similitud del nombre de dominio hasta el punto de crear confusión con
una marca de productos o servicios que el demandante tenga derechos. b) Ausencia de legitimidad
de derechos e intereses sobre el nombre de dominio. c) Registro y uso de mala fe del nombre de do-
minio. 4. El Procedimiento en la UDRP. IV. El reglamento de la UDRP y caracteres del procedimiento.
1. Procedimiento en línea. 2. Primacía de la jurisdicción y tutela judicial efectiva. 3. Especializaci ón
en decisión. Decisiones limitadas. 4. Procedimiento abreviado. Única instancia. 5. Ejecutoriedad
condicionada de las decisiones. 6. Publicidad y transparencia de las decisiones. V. El Sistema de
Gestión y Resolución de Conflictos por el Registro Abusivo de Nombres de Dominio bajo la Modali-
dad «.es». 1. Sistema de registro. 2. El procedimiento extrajudicial de resolución de conflictos bajo
el dominio «.es». VI. Resolución de conflictos del dominio «.eu». 1. Sistema de registro. 2. Proc edi-
miento extrajudicial de resolución de conflictos del dominio «.eu»
I. Localización e identificación en Internet.
El sistema de nombres de dominio
Para poder abordar la conictividad entre los signos distintivos y los nom-
bres de dominio en Internet, deb emos entender pri mero cómo se identican las
personas y sujetos en la web. Esta identicación se lleva a cabo a través de las
direcciones IP (Internet Protocol ), constituidas dentro del lenguaje TCP/IP, (Tran s-
mission Control P rotocol/Internet Protocol) y los DNS o D omain Nam e Siste m. El
lenguaje TCP se encarga de d ividir la información que pretende transmitirse en
MECANISMOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS
Rolando Joaquín Ortega Hernández
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unidades menores545, mientras que el IP constituye un número asignado por un
Internet Ser vice Provider (ISP) a cada ordenador para que éeste envíe la informa-
ción a tr avés de este númer o, de tal ma nera que cada equipo conec tado a Intern et
tiene asignada una dirección IP, que dependiendo del caso puede ser dinámica
o estática y se compone de cuatro números de hasta tres dígitos (que van de 0 a
255) y separados entre sí por un punto.
Ahora bien, Internet cómo plataforma publicitaria y de intercambio de in-
formación, no podría funcionar solamente con direcciones IP. Su n publicitario
par a el comerci o no podr ía lleva rse a ca bo debido a la ne cesidad de los usu arios de
la red de tener información más accesible; es por esto que se creó el Domain Name
System (DNS) ó Sist ema de Nombre s de Domin io546. Los nomb res de domi nio son
el equivalente en letras de las direcciones y tienen un carácter mnemotécnico
e identicativo para los usuarios, es decir son utilizados como sustitutos de las
direcciones IP dentro de la red y ayuda de memoria para los usuarios547.
Por lo tanto, podemos armar que los Nombres de Dominio, correspon-
den a una palabra o combinaciones de palabras y /o números que tienen como
545 CARBAJO CASCÓN, Fernando. Conictos entre Nombres de Dominio y Signos Distin-
tivos en Internet. 2da.Ed: Aranzadi. Navarra, 2002.P. 34.
546 La entidad encargada de otorgar y registrar el sistema DNS, además de otorgar las direc-
ciones IP es la ICANN (International Comisión for Assigned Names and Numbers), informa-
ción disponible en: https://www.icann.org/es (Última visita, 14-08-2019).
547 En este sentido CA RBAJO CASCÓN, Fernando. Señala: «El DNS constituye un sistema
mnemotécnico, más cómodo para los usuarios, que permite asignar y usar en todo el mundo un
nombre unívoco para cada uno de los equipos informáticos conectados a Internet, facilitando
así espectacular mente su interconectividad.(...).» en: Con ictos entre Signos Distintivos y
Nombres de Domin io... Op. Cit . P. 36. Igua lmente, ASENSI M ERÁS, A ltea. En: «Con ic-
tos entre los Signo s Distintivos y los Nomb res de Dominio «.es» en Inter net. Derecho de
los Negocio s, Nº 247, Sección Temas de hoy, La L ey, Abril 2011. Señ ala: «…A pesar de las
ventajas que ofrece el sistema de direcciones IP, el carácter numérico de estas direcciones sería
insuciente para garantizar una navegación fácil por Internet en la medida en que su empleo,
no favorece su memori zación ni la asociación ent re cada una de estas direcciones. Para hacer
frente a esta circunstanc ia se creó el llamado sistema de nombres de dominio (DNS o Domain
Name System) que per mite atribuir nombres diferenciados para identicar los equipos conec-
tados a la Red, haciendo posible que exista una equivalencia entre los nombres de dominio
que se utilizan en Internet y las direcciones IP, posibilitando el uso de expresiones alfabéticas,
alfanuméricas o numér icas que resulten más fáciles para recordar para el usuar io ( P. 1.
CAPÍTULO 5 | RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS ENTRE SIGNOS DISTINTIVOS Y NOMBRES DE DOMINIO EN INTERNET 347
nalidad ubicar u na dirección dentro del Ciberespacio (Internet). El DNS está
constituido por un enunciado general para todos los nombres de dominio, que es
el hipertext transfer protocol, abreviado cómo «http:», que corresp onde al lenguaje
utilizado pa ra la realización de la transmisión. Luego, encontramos a la Wo rld
Wide Web o «www», que corresponde a la red mundial global, lo cual no es otra
cosa que Internet. Seguidamente a las siglas w ww nos encontramos con una pa-
labra o combinacio nes de pala bras, o de pa labras y números y di stintos ca racteres ,
lo cual se le llama rst level domain ó domi nios de pri mer nivel. Lu ego tenemos los
dominios de segundo nivel, o second level domain, que corresponden en este caso
al carácter o criterio de búsqueda general, del DNS en general, por ejemplo «.es».
Ahora bien, dentro de los dominios de segundo nivel, encontramos a los
Top Level Domains internacionales, y a los regionales o los Country Code Top Level
Domains (c cTL Ds)548. L a característica principal de los gTLDs, viene dada porque
la prestación de su servicio no va a estar limitada a la circunscripción territo-
rial de un determinado Estado, sino que va a estar destinado a una comunidad
internacional, asignados conforme a la norma ISO 3166-1549. Como ejemplo de
los gTLDs tenemos: «.com», «.edu», «.int», «.gov», «.org», «.mil» entre otros,
en donde el término «.com», lo utili zamos para los DNS, con nes comerciales,
los «.edu» para nes educativos como son la promoción distintas u niversidades,
«.int», para organizaciones internacionales, «.gov», para instituciones guberna-
mentales, «.org», para organizaciones sin nes de lucro y ONG y «.mil», para
las instituciones militares de EUA. Mientras que los ccTLDs están destinados al
marco de acción dentro de un territorio determinado, por ejemplo, «.es», para
España «.ve» para Venezuela, «.ar» para Argentina. Dentro de la categoría de los
ccTLDs se podr ían incluir los ccTLDs de carácter supranacional, aunque hasta
el momento sólo existe el ccTLD «.eu» que está circunscrito al territorio de la
Unión Europe a550.
548 Vid. DAVARA RODRÍGUEZ , Miguel A. «Acerca de los Nombres de Dominio» Nº 4, Sec-
ción Nuevas tecnologías, Qu incena del 28 Feb. al 14 Ma r. 2009, Ref. 612/2009, Pp. 612-
616, tomo 1, Ed: LA LEY.
549 Vid. CARBAJO CASCÓN, Fernando. Conictos entre Nombres de Dominio y Signos
Distintivos...Op. Cit.P. 46.
550 En este c apítulo abordaremos la temática del sistema de resolución de conictos del
ccTLDs «.eu», llamado ADR.eu.

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