Las relaciones de naturaleza contractual del art. 19.2 TRLGDCU y su remisión al art. 59 TRLGDCU

AutorCristina Fuenteseca Degeneffe
Páginas51-60
COLECCIÓN DE DERECHO CIVIL Y DERECHO ROMANO
BOSCH
EDITOR
51
También es preciso analizar la remisión que el art. 19.2, último párrafo, del
TRLGDCU efectúa respecto del art. 59 del TRLGDCU con el f‌in de averiguar si
puede servir para aclarar o explicar ese deslinde entre prácticas comerciales y las
relaciones de naturaleza contractual propugnada por el tenor literal de aquél y
de 27 de abril, han aprovechado para modif‌icar.
A mi juicio, el contenido del art. 59 TRLGDCU no resulta de ninguna
utilidad para comprender la razón por la que sirve de fundamento a la sepa-
ración entre prácticas comerciales y relaciones de naturaleza contractual en
el art. 19.2, último párrafo, del TRLGDCU. Abona esta solución el propio
tenor literal de este art. 59 TRLGDCU como intento argumentar en el presente
apartado.
Parece que la remisión del art. 19.2, último párrafo, del TRLGDCU al art.
59 de la misma norma habría que entenderla como una remisión genérica a la
regulación de los contratos celebrados con consumidores, esto es, a los artículos
59 y ss. TRLGDCU, y no sólo estrictamente ceñida al art. 59. Y ello debido a que
el art. 59.1 muestra una redacción muy general (su rúbrica indica que está regu-
lando el «Ámbito de aplicación» de los contratos con consumidores y usuarios)
que es desarrollada en los preceptos que le siguen.
CAPÍTULO 5
Las relaciones de naturaleza
contractual del art. 19.2
TRLGDCU y su remisión

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