La regulación legal

AutorLothar Kuhlen
Páginas27-41
27
CAPÍTULO I
LA REGULACIÓN LEGAL
El tipo penal del delito de fraude f‌iscal está regulado en el § 370 de la
Ley General Tributaria (AO). Mientras que los distintos tipos de impues-
tos están regulados por las llamadas leyes de impuestos concretos como la
del Impuesto sobre el IVA (UStG), la Ley General Tributaria contiene dis-
posiciones generales para todos los impuestos establecidos por el Derecho
federal 1. Se remonta a la Ley Tributaria del Imperio (RAO) del año 1919 2
y su redacción actual se corresponde en gran parte con el texto legislativo
que entró en vigor el 1 de enero de 1977 3. El fraude f‌iscal es el delito penal
f‌iscal más importante (§ 369.1 AO), entre los que también se encuentra el
contrabando 4 y el encubrimiento de la defraudación f‌iscal (§ 374 AO). Las
leyes de impuestos concretos no contienen en su mayoría disposiciones pe-
nales propias 5, el fraude de los impuestos que regulan está incluido en el tipo
genérico del § 370 AO.
Según el § 370.1 AO, será penado con pena de prisión de hasta cinco
años o con multa,
«quien
1) dé una información falsa o incompleta a las autoridades f‌iscales u otras
autoridades sobre hechos f‌iscales relevantes,
2) infringiendo un deber oculte hechos f‌iscales relevantes,
1 Así como para los impuestos que están regulados por el Derecho comunitario y que son
administrados por autoridades f‌inancieras alemanas (§ 1.1.1 AO) y para los impuestos territoria-
les e industriales gestionados de forma conjunta (§§ 1.2 y 3.2 AO). Al respecto, TIPKE/Lang, § 2,
marg. 13.
2 RGBl. I, pp. 1993 y ss.
3 Ley General Tributaria de 16 de marzo de 1976 (BGBl. I, pp. 613 y ss.), llamada «AO 1977».
4 «Comete delito de contrabando quien importa, exporta o transporta objetos en contra de
una prohibición» (§ 372.1 AO).
5 Sobre excepciones como el § 23 de la Ley de Apuestas de Carreras y Loterías, así como
el § 26c UStG (perjuicio en banda o de manera profesional de los ingresos por el IVA), véase
KOHLMANN-Ransiek, § 369 AO, marg. 21.

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