Una redefinición de los conceptos de vulnerabilidad y dependencia
Autor | Andrés Lazo Jara |
Cargo del Autor | Abogado de los Tribunales de Justicia de la República del Ecuador, en la Universidad del Azuay, Cuenca ? Ecuador |
Páginas | 49-104 |
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Capítulo II
UNA REDEFINICIÓN DE LOS CONCEPTOS
DE VULNERABILIDAD Y DEPENDENCIA
1. DEFINIENDO LA VULNERABILIDAD Y LA
DEPENDENCIA
En este capítulo trataré de identificar y explicar las caracterís-
ticas que entiendo que son importantes para hablar sobre el tema
de la vulnerabilidad y analizar el vínculo que tiene la dependencia
entre las personas con la vulnerabilidad humana, con el fin de de-
finir mejor el significado de la dependencia y la vulnerabilidad. En
ese sentido, comenzaré haciendo un análisis de algunos puntos de
vista con respecto a la vulnerabilidad humana y me centraré en una
teoría del cuerpo que servirá como base para ir delineando la idea
de vulnerabilidad y dependencia. De esta manera, se señalarán las
características y el uso de la vulnerabilidad como un camino hacia
una mejor comprensión de la persona política y de sus derechos,
que permita, a futuro, avanzar en una teoría de los derechos que
sirva por igual para todos los seres humanos, niños, niñas, adultos o
cualquier persona de los diversos colectivos sociales.
Aunado a lo anterior, abordaré los datos comunes y las di-
ferencias que existen entre el concepto de vulnerabilidad y el
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Andrés Lazo Jara
concepto de dependencia, que, como se verá, puede ser defini-
da como un derivado de la condición de vulnerabilidad del ser
humano, aunque también tenga sus propias distinciones, que es
importante anotar a fin de clarificar el tema que trato.
El libro en esta parte se centrará, aunque no se agotará, en las
teorías de autoras y autores como Anna Grear, Martha Albertson
Fineman o Maurice Merleau–Ponty.
2. LA VULNERABILIDAD COMO CONDICIÓN DE LOS
SERES HUMANOS
2.1. El cuerpo y la vulnerabilidad
2.1.1. A propósito de la relación entre razón y cuerpo
Para empezar con el estudio de la vulnerabilidad humana,
comenzaré por referirme a nuestra condición como seres corpó-
reos, esto es, reconocer el cuerpo humano como elemento inte-
gral de nuestras reflexiones. Lo cual implica que debemos ir más
allá de una concepción del cuerpo como un simple límite externo
del sujeto de la política y del sujeto de derechos, que en las teorías
clásicas presenta al ser humano en una relación que enfatiza la
racionalidad incorpórea, la agencia moral, como un elemento dis-
tinto, extraño o contrario hasta cierto punto con el propio cuer-
po, llevando a una dicotomía excluyente entre razón y cuerpo 45.
En un intento de superar esa aparente contradicción entre
razón y cuerpo, algunos pensadores revelan que nuestra interac-
ción con el mundo en el que nos desenvolvemos se realiza a través
de nuestros sentidos, de nuestro cuerpo, al que debemos una re-
flexión para establecer su posición dentro de la ética, las ciencias
jurídicas y políticas, y más específicamente los derechos funda-
45 P. HALEWOOD, “Law’s Bodies: Disembodiment and the struc-
ture of liberal property rights”, Iowa Law review, vol. 81, núm. 5, 1996, pp.
1335–1336.
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Autonomía, vulnerabilidad, dependencia y derechos humanos
mentales 46. Las sensaciones corporales son parte importante en la
producción de nuestro conocimiento y de nuestros razonamien-
tos. Así es como, por ejemplo, Enrique Dussel afirma que nuestra
primera interacción humana se realiza a través del contacto con
nuestras madres, el calor materno es fuente de vida, por lo que,
al referirse a esta proximidad corpórea, señala que nacemos de
alguien y nos alimentamos de alguien, nuestra proximidad prima-
ria se realiza a través del cuerpo, en la inmediatez del contacto del
niño que nace de la madre 47. En todo caso, el estudio que propon-
go realizar del cuerpo pretende profundizar en la vulnerabilidad
humana como condición inseparable del ser humano y como ele-
mento inevitable de la reflexión ética, jurídica y política.
En ese sentido, Anna Grear nos ofrece una valoración del
cuerpo como parte de la experiencia humana 48; basando su aná-
lisis en el trabajo de Merleau-Ponty –del que haré uso en este epí-
grafe, sin ahondar demasiado en toda su obra, puesto que no es
ése el propósito de este libro 49–, pretende mostrar el modo en el
que cuerpo y mente se integran en una sola experiencia, en la que
46 Vid., entre otros, A. GREAR, Redirecting Human Rights: Facing the
challenge of corporate legal humanity, cit.; E. GILSON, The Ethics of vulnerabili-
ty: A feminist analysis of social life and practice, Routledge – Taylor & Francis
Group, New York & London, 2014; M. FINEMAN, “The vulnerable subject:
anchoring equality in the human condition”, en ID. (ed.), Transcending the
boundaries of Law: generations of feminism and legal theory, Routledge – Taylor &
Francis Group, New York & London, 2011; o P. HALEWOOD, “Law’s Bodies:
Disembodiment and the structure of liberal property rights”, cit.
47 E. DUSSEL, Filosofía de la Liberación, Fondo de Cultura Económica,
México D.F., 2011, pp. 46-47.
48 A. GREAR, Redirecting Human Rights: Facing the challenge of corporate
legal humanity, cit., pp. 114–136.
49 Para un análisis introductorio y comprensivo de la obra de Maurice
Merleau–Ponty, vid. T. CARMAN, Merleau–Ponty, Routledge – Taylor &
Francis Group, New York & London, 2008; o para análisis más profundos
en especial sobre los conceptos de la “carne” y “quiasma”, que no puedo tra-
tar en amplitud aquí, puede verse la recopilación hecha por F. EVANS & L.
LAWLOR (eds.), Chiasm: Merleau-Ponty’s notion of the flesh, State University of
New York Press, New York, 2000.
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