ORDEN FORAL 259/2006, de 27 de junio, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se crea una red de comederos de aves carroñeras de la Comunidad Foral de Navarra y se dictan normas para su funcionamiento.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

ORDEN FORAL 259/2006, de 27 de junio, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se crea una red de comederos de aves carroñeras de la Comunidad Foral de Navarra y se dictan normas para su funcionamiento.

El Reglamento CE 1774/2002, de 3 de octubre, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados a consumo humano, dispone la retirada de los cadáveres de ganado muerto y su destrucción en plantas de transformación autorizadas. Estos cadáveres constituyen la fuente de alimentación de una serie de especies de fauna silvestre amenazada que se han adaptado a su consumo tras la desaparición o rarefacción extrema de sus fuentes originales de alimentación. Por el Decreto Foral 13/2006, de 20 de febrero se establecieron las normas para el adecuado control de los operadores de materiales de las categorías 1, 2 y 3 a que se refiere el citado Reglamento CE 1774/2002.

La Directiva 79/409/CEE, de 2 de abril, de conservación de las aves silvestres, establece para los estados miembros la necesidad de adoptar las medidas necesarias para mantener las poblaciones de determinadas aves silvestres. El Anexo I de la Directiva 91/244/CE, de 6 de marzo, por la que se modifica la Directiva 79/409/CEE, incluye entre estas especies a las aves carroñeras, en concreto el buitre leonado (Gyps fulvus), el quebrantahuesos (Gypaetus barbatus) y el alimoche (Neophron percnopterus). Otras aves que también utilizan las carroñas en Navarra son el milano real (Milvus milvus), el milano negro (Milvus migrans) y el águila real (Aquila chrysaetos). Todas estas especies se encuentran también legalmente protegidas a nivel nacional y regional. Por el Real Decreto 1098/2002, de 25 de octubre, se establecieron las normas básicas relativas a los supuestos y condiciones en que se permitirá la utilización de cadáveres de animales para la alimentación de aves rapaces necrófagas en los muladares o buitreras.

La conservación de las aves carroñeras en Navarra pasa inexcusablemente por la gestión de las bajas ganaderas y este hecho es tenido en cuenta en los programas de conservación vigentes. Por ejemplo, el Plan de Recuperación del Quebrantahuesos (Decreto Foral 95/1995) y los Documentos Técnicos de Gestión realizados para Lugares de Importancia Comunitaria (92/43/CE y 79/409/CE) con aves carroñeras-. Para conjugar la conservación de éstas y otras especies de aves rapaces con la retirada de cadáveres de ganado, se promulgó la Decisión 2003/322, de 12 de mayo, admitiendo la solicitud de varios países mediterráneos para permitir en determinadas condiciones, la alimentación de las mismas con algunos materiales de categoría 1.

La presente disposición tienen por objeto establecer el marco regulador para la alimentación de aves necrófagas con animales muertos y sus productos en la Comunidad Foral de Navarra, desarrollando las disposiciones anteriormente citadas.

En su virtud, en uso de las competencias que me han sido atribuidas por el artículo 42.2 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación y del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

ORDENO:

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden Foral tiene por objeto crear la red de comederos de aves carroñeras de la Comunidad Foral de Navarra, estableciendo las normas y condiciones de alimentación de aves rapaces necrófagas con animales muertos o partes de ellos.

Artículo 2 Definiciones.

A efectos de lo previsto en la presente Orden Foral, se tendrán en cuenta las siguientes definiciones:

  1. Punto de Alimentación Suplementaria de Aves Necrófagas (PASAN) _Muladar o comedero de buitres_: Lugar acondicionado expresamente para la alimentación de aves...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR