SAP Barcelona, 21 de Marzo de 2002
Ponente | FRANCISCO HERRANDO MILLAN |
ECLI | ES:APB:2002:3469 |
Número de Recurso | 240/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 21 de Marzo de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª |
SENTENCIA núm.
Ilmos. Sres.
D. JOAQUÍN DE ORO PULIDO LÓPEZ
D. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN
D. JOSÉ ANTONIO BALLESTER LLOPIS
En la ciudad de Barcelona, a veintiuno de Marzo de dos mil dos
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Once de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Menor Cuantía nª 771/98, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 27 de Barcelona, a instancia de D. Pedro Antonio PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 Nº NUM000 DE BARCELONA representado por el Procurador D. Ángel Quemada Ruiz y dirigido por el Letrado D. Joan Roca Ledesma, contra D. Juan Carlos y Dª. María , representados por el Procurador D. Josep Castells Vall, y dirigidos por la Letrada Dª. Rosa Abel Silvestre y contra PRODUCCIONES VIS A VIS, S.L. representada por la Procuradora Dª. Carmen Fuentes Millan y dirigida por el Letrado D. Alejandro Fuentes-Lajo Lastres; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia dictada en los mismos el día 11 de Enero de 2.000, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que, DESESTIMANDO la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Quemada Ruiz en nombre y representación de D. Pedro Antonio , en su calidad de Presidente de la Comunidad de Propietarios del edificio sito en el nº NUM000 de la CALLE000 de Barcelona, DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO A PRODUCCIONES VIS A VIS, S.L., A D. Juan Carlos Y A Dl María de los pedimentos frente a ellos formulados con imposición a la actora de la costas procesales".
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora y admitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento delas partes, y comparecidas las mismas, por la representación de la parte actora se solicitó el recibimiento del pleito a prueba para la práctica de la prueba testifical, y habiendo lugar a las mismas se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 7 de Marzo de 2.002, con el resultado que obra en la precedente diligencia.
En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.
VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D./Dª. FRANCISCO HERRANDO MILLÁN.
Promovió la actora las presentes actuaciones, esencialmente, sobre el carácter de elemento común de la terraza superior del inmueble; consecuente de la anterior declaración, peticionó la condena de los demandados a desocupar la terraza y eliminar las obras construidas en la misma; y a que se abstengan de su uso y utilización en exclusiva; respecto a los áticos a restituirlos a su estado primitivo eliminando las obras ejecutadas en los mismos; la prohibición de su destino a vivienda; sustituir la ocupación...
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