Prólogo

AutorJordi Nieva Fenoll
Cargo del AutorCatedrático de Derecho Procesal - Universitat de Barcelona
Páginas15-17
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PRÓLOGO
Pocas veces un director se lleva una sorpresa tan agradable con una tesis
doctoral que verdaderamente merece su nombre. «Tesis», porque el autor expone
con gran claridad sus opiniones, lo que no es nada frecuente, acostumbrados
como estamos a resúmenes y collages de opiniones ajenas. Y «doctoral», no
solamente porque el autor presente una destacada erudición en su exposición,
sino porque acudiendo al origen de la palabra, Cristian CONTRERAS ROJAS se
ha ganado con todo merecimiento la venia docendi, es decir, la posibilidad
de enseñar en una Universidad, porque todo lo que dice este libro va a acabar
siendo materia básica del aprendizaje de cualquier jurista. En resumen, cuando
uno dirige una tesis doctoral se espera encontrar simplemente con un primer
trabajo, pero en este caso nos hallamos ante un libro monográf‌ico muy sólido,
que revela en su autor una madurez científ‌ica poco usual. Por ello no nos ha
provocado ninguna duda a los codirectores de la colección Proceso y Derecho
su inmediata inclusión en la misma.
Comienza el autor con una exposición de los fundamentos de la prueba en
general, exponiendo unas conclusiones que por su carácter novedoso tienen que
f‌igurar en el primer capítulo de la obra. Se trata de toda una exposición básica
de Derecho probatorio que, si no fuera porque es el basamento que sustenta el
resto de la obra, merecería haber sido publicada como trabajo independiente,
y sin duda así será trabajada, sobre todo por estudiantes de grado y postgrado
en un futuro.
Pero luego empieza la auténtica exposición del núcleo de la obra: la valoración
de las declaraciones resultado de los interrogatorios. Hasta el momento, con
escasas excepciones la doctrina no ha entrado en esta cuestión. Se conforma
con remitir al jurista a las reglas de la sana crítica —¿cuáles?—, que en el fondo
es lo mismo que hacen las leyes. Y si uno va recorriendo juzgados y hablando
con los operadores que allí se desempeñan, se descubrirá que existe una especie
de extraña conciencia en torno a que «con la experiencia» cualquier juez, f‌iscal
o abogado avezado sabe perfectamente cuándo miente un sujeto. Desde luego,
si esa falsa habilidad efectivamente existiera, los que dicen tenerla pierden su

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