SAP Asturias 474/2002, 16 de Octubre de 2002

PonenteFRANCISCO TUERO ALLER
ECLIES:APO:2002:3781
Número de Recurso171/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución474/2002
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 4ª

D. Ramón Avello ZapateroD. José Ignacio Álvarez SánchezD. Francisco Tuero Aller

Rollo: RECURSO DE APELACIÓN 171 /2002

NUMERO 474

En OVIEDO a dieciséis de Octubre de dos mil dos, la Sección Cuarta de la Iltma. Audiencia

Provincial de Oviedo, compuesta por los Ilmos. Sres Don Ramón Avello Zapatero, Presidente, Don José Ignacio Álvarez Sánchez y Don Francisco Tuero Aller, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A

.En el recurso de apelación numero 171/2002 en autos de Juicio de Cognición n°318/1999, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Luarca, promovido por Finanzia Servicios Financieros EFC SA, como demandante en primera instancia contra Doña Remedios , como demandada en primera instancia, representada en los estrados del Tribunal por su incomparecencia siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Francisco Tuero Aller.-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que por el Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Luarca, se dictó Sentencia con fecha veintisiete de Febrero de dos mil dos, cuya parte dispositiva dice así: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Financia Servicios Financieros EFC, SA., contra Dª. Remedios , absolviendo a la demandada de las pretensiones de contrario.

Todo ello imponiéndolas costas de esta primera instancia a la demandante.

SEGUNDO

Contra la expresada resolución se interpuso por la parte demandante recurso de apelación, del cuál se dio el preceptivo traslado que fue admitido en ambos efectos, y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial se sustanció el recurso, señalándose para deliberación y fallo el día nueve de Octubre de dos mil dos.

TERCERO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

La sentencia de primera instancia desestimó íntegramente la demanda por entender que se está en presencia de un crédito al consumo, regulado en la Ley de 23 de marzo de 1995, y la financiera demandante, que reclama su importe, no acreditó la validez ni el buen fin del contrato de consumo vinculado a ese préstamo.

No comparte esta Sala dicho razonamiento por la fundamental razón de que los extremos indicados no fueron cuestionados pro nadie a lo largo del procedimiento, sin que sea factible proceder al examen de oficio de la validez o de la eficacia de un contrato que ni siquiera es objeto de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
10 sentencias
  • SAP Santa Cruz de Tenerife 143/2006, 26 de Abril de 2006
    • España
    • 26 Abril 2006
    ...del 5 % (sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba de 18 de febrero de 2003 ), o incluso un 34 % (sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias de 16 de octubre de 2002 ); también esta misma Audiencia y Sección ha considerado abusiva una cláusula en un contrato de préstamo al consu......
  • AAP Santa Cruz de Tenerife 221/2008, 25 de Septiembre de 2008
    • España
    • 25 Septiembre 2008
    ...del 5 % (sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba de 18 de febrero de 2003 ), o incluso un 34 % (sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias de 16 de octubre de 2002 ); también esta misma Audiencia y Sección ha considerado abusiva una cláusula en un contrato de préstamo al consu......
  • SAP Guipúzcoa 137/2013, 8 de Mayo de 2013
    • España
    • Audiencia Provincial de Guipúzcoa, seccion 3 (civil y penal)
    • 8 Mayo 2013
    ...del 5 % ( sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba de 18 de febrero de 2003 ), o incluso un 34 % ( sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias de 16 de octubre de 2002 ); también esta misma Audiencia y Sección ha considerado abusiva una cláusula en un contrato de préstamo al con......
  • SAP Vizcaya 538/2012, 5 de Diciembre de 2012
    • España
    • 5 Diciembre 2012
    ...del 5 % ( sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba de 18 de febrero de 2003 ), o incluso un 34 % ( sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias de 16 de octubre de 2002 ); también esta misma Audiencia y Sección ha considerado abusiva una cláusula en un contrato de préstamo al con......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR