Presentación de la doble labor judicial en el tratamiento de igualdad de trato y no discriminación y sobre su imprescindibilidad

AutorIxusko Ordeñana Gezuraga
Páginas187-188
Como apuntábamos, anteriormente, entendemos esenciales dos
labores o funciones judiciales, consecutivas, respecto al hecho tipicado
en relación a la violencia de género. En primer lugar, cuando un varón
comete un delito relativo a la violencia machista, es incuestionable la
necesidad de una respuesta penal, mediante la judicialización del tipo en
cuestión, siguiendo un proceso penal con las garantías que requiere un
Estado de Derecho.
En un segundo momento, si tras superar la presunción de inocencia,
con prueba de cargo suciente, se condena al sujeto activo del comporta-
miento no deseado, la aplicación de la normativa vigente, y el bien común
que la inspira, requieren su reeducación y resocialización (art. 25 CE),
para que deje de ser violento y desarrolle nuevos comportamientos ba-
sados en el respeto y la igualdad entre géneros y en la resolución pacíca
de los conictos.
PRIMERA PARTE CAPÍTULO 4
PRESENTACIÓN DE LA DOBLE
LABOR JUDICIAL EN EL
TRATAMIENTO DE IGUALDAD DE
TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN Y
SOBRE SU IMPRESCINDIBILIDAD
TRATAMIENTO JUDICIAL DE LOS HOMBRES VIOLENTOS DE GÉNERO: ANÁLISIS LEGE DATA
Y PROPUESTAS DE MEJORA LEGE FERENDA IXUSKO ORDEÑANA GEZURAGA
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