SAP Girona 198/2007, 4 de Mayo de 2007
Ponente | JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO |
ECLI | ES:APGI:2007:1063 |
Número de Recurso | 684/2006 |
Número de Resolución | 198/2007 |
Fecha de Resolución | 4 de Mayo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Girona, Sección 2ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIRONA
SECCION SEGUNDA
Rollo de apelación civil: nº 684/2006
Proviene: JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 6 FIGUERES
Procedimiento: nº 174/2006
Clase: Modif.Medidas con Relación Hijos (contencioso)
SENTENCIA 198/2007.
Ilmos. Sres:
PRESIDENTE
D. JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO
MAGISTRADOS
D. JOAQUIM FERNANDEZ FONT
D. JAUME MASFARRE COLL
Girona, a cuatro de mayo de dos mil siete.
En esta segunda instancia ha comparecido como parte apelante D. Juan, representada por la
Procuradora Dña. DORA RIERA REIXACH.
Ha sido parte apelada Dña. Gema representada por la Procuradora Dña. ANNA MARIA BORDAS. Y MINISTERI FISCAL.
El presente proceso se inició mediante la demanda presentada en nombre de D. Juan contra Dña. Gema.
La sentencia que puso fin a la primera instancia dice en su parte dispositiva: " Desestimo la petició formulada per l'actor de reducció de la pensió d'aliments a favor del fill menor així com la petició consistent en acordar que les despeses extraordinàries siguin satisfetes per meitat per ambdues parts en proporció a les repectives rendes.
Estimo la petició formulada per la part actora relativa a la fixació de dos dies intersetmanals, els dimecres i divendres des de la sortida del menor del centre escolar fins a les 20:00 hores, durant les setmanes en que al Sr. Juan no li correspongui tenir en la seva companyia al menor.
No és procedent efectuar cap pronunciamient sobre les costes".
En aplicación de las normas de reparto vigentes en esta Audiencia Provincial, aprobadas por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, ha correspondido el conocimiento del presente recurso a la Sección Segunda de aquélla.
En su tramitación se han observado las normas procesales aplicables a esta clase de recurso, habiendo efectuado las partes las alegaciones que pueden verse en los respectivos escritos presentados en esta segunda instancia, a los que se responde en los siguientes fundamentos jurídicos. Se señaló para la deliberación y votación del recurso el día 2 de mayo de dos mil siete.
Conforme a lo establecido en las indicadas normas de reparto, se designó ponente de este recurso al Ilmo. Sr. JOSE ISIDRO REY HUIDOBRO, quien expresa en esta sentencia el criterio unánime de la Sala.
Contra la decisión de primera instancia que no aprecia modificación de las circunstancias económicas del recurrente, padre del menor, justificativa de la disminución de la pensión de alimentos solicitada y de los gastos extraordinarios, interpone recurso de apelación dicho progenitor alegando error en la valoración de la prueba por parte del órgano "a quo", y de acuerdo con ello insiste en que en la actualidad se encuentra en situación de desempleo y que además en la fecha de suscripción del convenio regulador se dedicaba a la venta de obras de arte de su padre lo cual no puede hacer ahora al encontrarse el padre imposibilitado para desarrollar la actividad de pintor.
Sin embargo, la sentencia de primera instancia ya efectúa una crítica razonada de estos argumentos, de manera que si el recurrente está hoy en situación de desempleo, en la fecha que se establecieron las medidas cuya modificación se...
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