ORDEN FORAL 186E/2022, de 25 de mayo, de la consejera de Salud, por la que se designan los miembros del Comité de Bioética de la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

BOLETÍN Nº 115 - 10 de junio de 2022 1. Comunidad Foral de Navarra 1.2. Autoridades y Personal 1.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones ORDEN FORAL 186E/2022, de 25 de mayo, de la consejera de Salud, por la que se designan los miembros del Comité de Bioética de la Comunidad Foral de Navarra. Con fecha 14 de enero se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 9 el Decreto Foral 118/2021, de 22 de diciembre, por el que se crea y se regula el Comité de Bioética de la Comunidad Foral de Navarra.

El artículo 5 establece en cuanto a su composición, que el Comité de Bioética de la Comunidad Foral de Navarra tendrá una composición multidisciplinar y estará integrada por profesionales con acreditada cualificación en el mundo científico o jurídico en materia de bioética y con demostrada competencia en la misma, procurando, en todo caso, un equilibrio entre mujeres y hombres. Las personas integrantes del Comité de Bioética de la Comunidad Foral de Navarra serán nombradas por la persona titular del departamento competente en materia de salud por un periodo de cinco años, pudiendo ser prorrogados en su nombramiento, una sola vez, el mismo período.

El mismo artículo establece en relación a su composición que estará formado por cinco personas integrantes, que serán elegidas entre personal de medicina, de enfermería, de psicología, de trabajo social, de farmacéuticos, y otros profesionales de las ciencias de la salud con formación y experiencia contrastadas en materia de bioética. Tres personas integrantes, que tendrán formación jurídica relacionada con materias sanitarias. Una persona integrante, al menos, deberá ser experta de reconocido prestigio en el ámbito de humanidades y ciencias sociales. Una persona integrante, experta en intervenciones en ámbitos comunitarios y de salud pública. Una persona integrante, perteneciente a los servicios del ámbito sanitario público entre cuyas funciones se contemple velar por los derechos y deberes de la ciudadanía. Una persona que será integrante del Comité Ético de la Investigación Clínica en la Comunidad Foral de Navarra, a propuesta de la persona que ostente la presidencia. Una persona integrante por cada una de los comités de ética asistencial que se encuentren acreditados, designado entre sus integrantes, a propuesta de las personas que ostenten sus respectivas presidencias. Una persona integrante del Comité de Ética en la Atención Social de Navarra.

El artículo 6 señala en relación a la...

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