DECRETO FORAL 118/2021, de 22 de diciembre, por el que se crea y se regula el Comité de Bioética de la Comunidad Foral de Navarra.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyDecreto foral

BOLETÍN Nº 9 - 14 de enero de 2022 1. Comunidad Foral de Navarra 1.1. Disposiciones Generales 1.1.2. Decretos Forales DECRETO FORAL 118/2021, de 22 de diciembre, por el que se crea y se regula el Comité de Bioética de la Comunidad Foral de Navarra. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Los avances científicos y tecnológicos aplicados en la atención sanitaria actual conllevan importantes exigencias en el ámbito de la competencia profesional. Estos logros obligan, cada vez más a la adopción de decisiones complejas que generan dudas y debates por su encaje o colisión con los principios éticos que imponen el respeto por la dignidad humana.

La Bioética como disciplina del conocimiento no se agota en el espacio sanitario con los aspectos asistenciales, se ocupa, entre otras finalidades, de orientar sobre las decisiones que se toman en la práctica profesional en relación a decisiones colectivas en áreas donde confluyen la salud pública, los derechos humanos y la regulación de los avances científicos y de las ciencias de la salud, y decisiones individuales relacionadas con los derechos, valores y principios morales, así como decisiones sobre políticas de salud. Toda actividad sanitaria debe enmarcarse en la defensa de la dignidad humana, siendo este un principio ético básico para las organizaciones en su apuesta por mejorar la calidad en la atención de salud que se presta a los ciudadanos.

No es posible contemplar una prestación sanitaria de calidad sin tomar en consideración el respeto a la autonomía de las personas en las decisiones relacionadas con su atención, los derechos y libertades que son los reconocidos en la Constitución, los incluidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en los demás instrumentos internacionales de protección de los mismos, suscritos o ratificados por el Estado Español, así como los establecidos en el ámbito de la Comunidad Foral. Entre los mencionados instrumentos internacionales, la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos, aprobada por la UNESCO el 19 de octubre de 2005, supuso un hito en la historia de la bioética. Los Estados miembros firmantes se comprometen a respetar y aplicar los principios fundamentales de la bioética, como expresión de la interrelación existente entre la ética y los derechos humanos y a hacer todo lo posible para poner en práctica los principios enunciados en dicha Declaración. Por su parte, la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud, incluye, en su artículo 5, entre los derechos de ciudadanos y ciudadanas ante los servicios sanitarios de la Comunidad Foral, el respeto a su personalidad, dignidad humana, e intimidad, sin discriminación alguna.

Actualmente, existen en Navarra diferentes comités de ética asistenciales en los hospitales públicos y privados, comités de investigación clínica y comités de ética en el ámbito social. Sin embargo, es preciso crear un comité integrador de carácter consultivo en el ámbito de salud que desarrolle sus funciones sobre las materias relacionadas con las implicaciones éticas de ciencias de la salud, con pleno sometimiento al ordenamiento jurídico. El Comité Foral debe integrar a todos los existentes, y contar con representatividad de todos los ámbitos a los que afecta. Su función debe ser en esencia, aportar deliberaciones estructuradas sobre los valores, las creencias, los intereses y los dilemas relacionados con las decisiones que afectan a la salud colectiva, la organización de los servicios sanitarios o las relaciones entre colectivos profesionales y derechos de la ciudadanía, asesorar a los representantes políticos, sociales, profesionales y ciudadanía en general, sirviendo de apoyo para...

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