ORDEN ARP/56/2018, de 4 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las comunidades de regantes para la mejora y modernización de las redes de regadíos en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Cataluña (operación 04.03.02).

SecciónDisposiciones Generales
EmisorDepartamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Rango de LeyOrden

Actualmente hay zonas de regadío que se pusieron en servicio hace más de veinticinco años. Estas zonas tienen sistemas de riego con una infraestructura obsoleta que provocan un consumo excesivo de agua, asimismo estas infraestructuras suelen tener unas grandes necesidades de mano de obra provocando grandes gastos de explotación y son un limitante para la modernización de las empresas agrarias. Paralelamente, estas instalaciones dificultan el manejo de los caudales de agua disponible para el riego, sobre todo cuando las disponibilidades hídricas son escasas, no permitiendo una gestión eficiente de los recursos disponibles, provocando que los regantes no puedan hacer frente a periodos de sequía. Por ello, se hace necesario modernizar las instalaciones y aplicar nuevas tecnologías que aumenten la eficiencia del transporte, la distribución y la aplicación del riego a los cultivos y el almacenamiento de agua y, en consecuencia, el ahorro de un bien público tan escaso. Cabe indicar que el regadío eficiente constituye una herramienta estratégica para la adaptación de la agricultura mediterránea a las limitaciones previstas consecuencia del cambio climático.

De acuerdo con el Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo, el Programa de desarrollo rural de Cataluña para el período de programación 2014 a 2020 (PDR), con el visto bueno previo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña de 15 de julio de 2014 y aprobado por la Comisión Europea mediante la Decisión de Ejecución C(2015) 5325 final de 28 de julio de 2015, modificada por la Decisión de Ejecución C(2015) 9760 final, de 18 de diciembre de 2015 por la Decisión de Ejecución C(2016) 5998 final de 16 de septiembre de 2016 y por la Decisión de Ejecución C(2017) 5971 final de 25 de agosto de 2017, prevé dentro medida de las Inversiones en activos físicos (medida 04) la operación 04.03.02 Modernización de regadíos.

El Reglamento Delegado (UE) núm. 807/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, completa el Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013 e introduce disposiciones transitorias, y el Reglamento de Ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 7 de julio de 2014, establece disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Estas ayudas dan respuesta a la prioridad 5: promover la eficiencia de los recursos y fomentar el paso a una economía baja en carbono y capaz de adaptarse al cambio climático, y el foco área de conseguir un uso más eficiente del agua en la agricultura, establecidos en el Reglamento (UE) núm. 1305/2013.

Por otra parte, el Reglamento (UE) núm.1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, establece disposiciones para mejorar la coordinación de la ejecución de los fondos de la Unión Europea con incidencia en el enfoque estratégico en el ámbito del desarrollo rural.

Estas ayudas están sometidas al régimen de transparencia y al sistema de control y sanciones establecido en el Reglamento (UE) núm. 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre financiación, gestión y seguimiento de ella Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm.165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.

Consecuentemente, valorada la conveniencia de apoyar a este sector mediante una ayuda económica, de acuerdo con el artículo 92 del Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, y a propuesta de la Dirección General de Desarrollo Rural, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

Ordeno:

Artículo 1

Aprobar las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la mejora y modernización de las redes de regadíos de las comunidades de regantes que se publican en el anexo 1 de esta orden.

Artículo 2

Aprobar el procedimiento de tramitación telemática de solicitudes que figura en el anexo 2.

Disposición adicional

Estas ayudas cofinanciadas con el FEADER se tramitan de acuerdo con las funciones de organismo pagador que establece el Decreto 393/2006, de 17 de octubre, por el que se constituye y se regula la organización y el funcionamiento del organismo pagador de las ayudas financiadas por el FEAGA y el FEADER (DOGC núm. 4743, de 19.10.2006).

Disposición derogatoria

Se deroga la Orden ARP/270/2015, de 5 de agosto (DOGC núm. 6947, de 01.09.2015) por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a las comunidades de regantes para la mejora y modernización de las redes de regadíos, y se convocan las correspondientes a los años 2015, 2016, 2017 y 2018, la cual sólo queda de aplicación a las solicitudes tramitadas a su amparo.

Disposición final

Esta Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat (DOGC).

Barcelona, 4 de junio de 2018

Teresa Jordà i Roura

Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

Anexo 1

Bases reguladoras:

-1 Objeto de las ayudas

El objeto de las ayudas reguladas en estas bases es fomentar la realización de las obras y las instalaciones de las redes colectivas de riego de las Comunidades de Regantes para la mejora y modernización de los regadíos, en alguna de las siguientes modalidades:

1.1 La modernización integral de un regadío existente, consistente en el cambio de la red de riego por gravedad a una red de riego presurizada o bien una mejora sustancial de un sistema de riego a presión existente.

1.2 Obras de mejora y modernización y elementos que mejoran la gestión del riego, incrementando la eficiencia y el ahorro de agua.

-2 Gastos subvencionables

2.1 Las inversiones subvencionables se destinarán a la realización de las siguientes obras:

· Construcción de redes de transporte y distribución, y cabezales de riego hasta la explotación individual.

· Sistemas de automatización y control del consumo.

· Instalaciones de captación y elevación de aguas.

· Implantación y mejora de las instalaciones eléctricas vinculadas a los sistemas de riego.

· Embalses y balsas de regulación.

2.2 Las ayudas incluyen todas las obras e instalaciones necesarias, la redacción del proyecto, la coordinación de seguridad y salud y el control de calidad, así como la dirección de obras necesaria para llevarlas a cabo, trabajos de topografía y cartografía, y otros gastos necesarios para llevar a cabo la actuación.

2.3 No son subvencionables las obras y las instalaciones de la red de distribución de regadío del interior de las parcelas.

2.4 Salvo los costes de carácter general descritos en el artículo 45.2.c) del Reglamento (UE) núm. 1305/2013, únicamente se consideran subvencionables los gastos efectuados después de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda y después de la fecha de la visita de no inicio de obras realizada por personal técnico del DARP para verificar que no se han iniciado las obras o actuaciones, y anteriores a la fecha de finalización del plazo de ejecución y justificación establecido en la resolución de concesión de la ayuda.

-3 Personas beneficiarias

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las comunidades de regantes u otras comunidades de usuarios de aguas, principalmente vinculadas al regadío que sean corporaciones de derecho público según lo indicado en el artículo 81 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de aguas, que sean titulares de infraestructuras de regadío y dispongan del derecho de agua correspondiente.

-4 Tipos y cuantía de las ayudas

4.1 La subvención para todas las actuaciones previstas será del 50% del coste elegible.

4.2 El importe máximo de la ayuda prevista en el apartado 1.1 no podrá superar 1.000.000,00 de euros por beneficiario.

4.3 El importe máximo de la ayuda prevista en el apartado 1.2 no podrá superar los 70.000,00 de euros por beneficiario.

4.4 El importe máximo subvencionable por la redacción de estudios y proyectos (incluido el estudio de seguridad y salud) y de dirección de obra (incluida la coordinación de seguridad y salud), así como otros gastos de consultoría necesarias para llevar a cabo la actuación, será de 60.000 € entre todos los conceptos y la subvención máxima será de 30.000 € por solicitud.

4.5. La financiación anual no podrá superar la consignación presupuestaria prevista para cada ejercicio establecida en la convocatoria correspondiente.

4.6. La determinación de la cuantía de las ayudas se realizará en función de la aplicación de los criterios de admisibilidad y la intensidad de ayuda fijada en los apartados 4.1, 4.2 y 4.3 de estas bases reguladoras. Una vez determinada la cuantía de las ayudas se aplicarán los criterios de priorización establecidos en el apartado 6 de estas bases reguladoras, para ordenar las solicitudes de mayor a menor puntuación. Las solicitudes que no alcancen la puntuación mínima fijada en 6 puntos y aquellas que a pesar de obtener esta puntuación mínima no resulten subvencionables por falta de disponibilidad presupuestaria en cada una de las modalidades, serán desestimadas.

4.7. Los importes serán distribuidos de la siguiente forma:

- Modernización integral de un regadío existente (apartado 1.1 de las bases) 70% del presupuesto disponible.

- Obras de mejora y modernización (apartado 1.2 de las bases) 30% del presupuesto disponible.

- Los importes atribuidos a cada uno de los apartados anteriores se podrán redistribuir según las solicitudes que resulten...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR