STSJ Andalucía 887/2007, 6 de Marzo de 2007
Ponente | MARIA ELENA DIAZ ALONSO |
ECLI | ES:TSJAND:2007:2176 |
Número de Recurso | 48/2006/ |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 887/2007 |
Fecha de Resolución | 6 de Marzo de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
887/2007
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
Recurso nº.- 48/06 -JJ
Autos nº.- 716/05.- SEVILLA-9
Ldo.- D. ANTONIO CEPAS MORA POR Dª. Filomena
LDO. JUNTA ANDALUCIA POR CONSEJERIA JUSTICIA Y ADMON. PUBLICA
ILTMOS.SRES.
D. JOAQUIN LUIS SANCHEZ CARRION
Dª. Mª ELENA DÍAZ ALONSO, PONENTE
D. BENITO RECUERO SALDAÑA
En Sevilla, a 6 de marzo de 2007.
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA NUM. 887 /2.007
En el recurso de suplicación interpuesto por la representación procesal de Dª. Filomena, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 9 de Sevilla, Autos nº 716/05; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Mª ELENA DÍAZ ALONSO, Magistrada.
Según consta en autos, se presentó demanda por Dª. Filomena contra la CONSEJERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACION PUBLICA DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, se celebró el juicio y se dictó sentencia, por el Juzgado de referencia, en la que se desestimó la demanda.
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:
"1º.- La actora Dª. Filomena, DNI nº NUM000, presta sus servicios por cuenta y bajo la dependencia de la Consejería de Educación y Ciencia, ostentando la categoría profesional de limpiadora, realizando sus funciones en el IES Miguel de Mañara de San José de la Rinconada (Sevilla), siendo retribuida conforme establece el Convenio Colectivo de aplicación.
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- Con fecha 9/9/02, sufrió un accidente de bicicleta, que le produjo lesiones en el miembro superior izquierdo, determinando el INSS el siguiente cuadro clínico residual: tendinosis del supraespinoso MSI por atrapamiento en desfiladero subracromial; tendinosis de subescapular con pequeña rotura parcial y alteraciones en tendón distal; y las limitaciones orgánicas y funcionales siguientes: movilización completa-manejo de carga MSI, siendo declarada por el INSS en IP Parcial.
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- Solicitada a la demandada el cambio de puesto de trabajo por el artículo 23.1 del VI Convenio Colectivo, fue desestimada por resolución de 20/5/05 de la D.G. de la función pública, tras informe desfavorable de la Subcomisión de Salud Laboral de 5/5/05 y de la Comisión de Convenio de 19/5/05.
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- Se agotó la vía previa."
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte actora, que fue impugnado de contrario.
La demandante, personal laboral de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, con la categoría profesional de limpiadora, interpuso demanda en la que solicitaba el cambio de puesto de trabajo por disminución de capacidad, con base en el artículo 23 del VI Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA de 28 de noviembre de 2.002 ), petición que le había sido denegada por resolución de la Dirección General de la Función Pública de 20 de mayo de 2.005, tras el informe desfavorable de la Subcomisión de Salud Laboral y de la Comisión del Convenio.
La sentencia de instancia desestimó sus pretensiones, por considerar que el cambio de puesto de trabajo es potestativo y no imperativo para la Junta de Andalucía, por lo que ha sido recurrida en suplicación por la actora, al amparo del artículo 191 b) y c) de la Ley de Procedimiento Laboral, solicitando en primer lugar la adición de una nueva frase...
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