SAP Murcia 104/2007, 27 de Marzo de 2007
Ponente | ANDRES MONTALBAN AVILES |
ECLI | ES:APMU:2007:601 |
Número de Recurso | 444/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 104/2007 |
Fecha de Resolución | 27 de Marzo de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 1ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1
MURCIA
SENTENCIA: 00104/2007
AUDIENCIA PROVINCIAL DE
MURCIA
Sección 001
Domicilio : PASEO DE GARAY Nº5 MURCIA 3º PLANTA PALACIO DE JUSTICIA
Telf : 968-229183
Fax : 968-229184
Modelo : SEN00
N.I.G.: 30030 37 1 2006 0101581
ROLLO : RECURSO DE APELACION (LECN) 0000444 /2006
Juzgado procedencia : JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 3 de MURCIA
Procedimiento de origen : DIVORCIO CONTENCIOSO 0000756 /2004
RECURRENTE : Eugenia
Procurador/a : FRANCISCO BUENO SANCHEZ
Letrado/a : ANA DENIA PEREZ
RECURRIDO/A : Baltasar
Procurador/a : LEOPOLDO GONZALEZ CAMPILLO
Letrado/a :
SENTENCIA
NÚM. 104/07
ILMOS. SRS.
D. ANDRÉS PACHECO GUEVARA
PRESIDENTE
D. ANDRÉS MONTALBÁN AVILÉS
D. ÁLVARO CASTAÑO PENALVA
MAGISTRADOS
En la Ciudad de Murcia, a veintisiete de marzo de dos mil siete.
Habiendo visto en grado de apelación la Sección Primera de esta Ilustrísima Audiencia Provincial los autos de Divorcio número 756/04 que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia número 3 de los de Murcia entre las partes, como actor y aquí apelado don Baltasar, representado por el Procurador Sr. González Campillo y defendido por el Letrado Sr. Pérez Ferra, y como demandada y aquí apelante doña Eugenia, representada por el Procurador Sr. Bueno Sánchez y dirigida por la Letrada Sra. Denia Pérez. Es ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. ANDRÉS MONTALBÁN AVILÉS, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de instancia citado dictó con fecha 18 de noviembre de 2005 en los autos principales de los que dimana el presente Rollo, la sentencia cuya parte dispositiva, transcrita en lo que interesa, dice así: "FALLO: Que ESTIMANDO la demanda presentada por DON Baltasar contra DOÑA Eugenia, debo declarar y declaro DISUELTO el matrimonio celebrado entre ambos cónyuges el día 13 de noviembre de 1976 en Murcia, acordando como medidas definitivas las que constan en el anterior procedimiento de separación; condenando a la demandada al abono de las costas causadas con su demanda reconvencional."
Contra la anterior sentencia, en tiempo y forma, la representación de doña Eugenia interpuso recurso de apelación, del que se dio traslado a la parte contraria, oponiéndose. Posteriormente se remitieron los autos originales a esta Audiencia en la que se formó el oportuno Rollo por la Sección Primera con el núm. 444/06, donde se personaron ambas partes, con la representación citada en el encabezamiento, no habiéndose solicitado el recibimiento del juicio a prueba durante esta segunda instancia, por providencia de 27 de noviembre de 2006 se señaló la deliberación, votación y fallo del recurso para el 20 de marzo siguiente en que ha tenido lugar.
En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.
Se aceptan y dan por reproducidos los de la sentencia de instancia.
Conviene comenzar diciendo, que esta Sala ha acogido la corriente jurisprudencial que fundamenta la Sentencia de instancia, por ser la mas acorde con...
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