SAP Murcia 198/2006, 3 de Mayo de 2006

PonenteJOSE JOAQUIN HERVAS ORTIZ
ECLIES:APMU:2006:959
Número de Recurso117/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución198/2006
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

JOSE MANUEL NICOLAS MANZANARESMIGUEL ANGEL LARROSA AMANTEJOSE JOAQUIN HERVAS ORTIZ

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5

CARTAGENA

SENTENCIA: 00198/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MURCIA

SECCIÓN QUINTA (CARTAGENA)

ROLLO Nº 117/2006 (CIVIL)

ILTMO. SR. D. JOSÉ MANUEL NICOLÁS MANZANARES

Presidente

ILTMO. SR. D. MIGUEL ÁNGEL LARROSA AMANTE

ILTMO. SR. D. JOSÉ JOAQUÍN HERVÁS ORTIZ

Magistrados

En Cartagena, a tres de mayo de dos mil seis.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, compuesta por los Ilustrísimos Señores citados

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A Nº 198

Vistos, en grado de apelación, por la Sección Quinta de esta Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres. expresados, los autos de juicio ordinario número 173/05 (Rollo nº 117/06), que en primera instancia se han seguido en el Juzgado de Primera Instancia número tres de Cartagena , siendo partes, como demandante, "AZOHÍA PLAYA, S.L.", representada por el Procurador D.Jesús Bartolomé López-Mulet Martínez y defendida por el Letrado D.Andrés Cano Lorenzo, y, como demandada, "ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE LA URBANIZACIÓN SAN GINÉS", representada por el Procurador D.Pedro Domingo Hernández Saura y defendida por el Letrado D.Francisco José Lorente Sánchez, actuando en esta alzada, como apelante, la parte actora, y, como apelada, la parte la parte demandada, ha sido Magistrado ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ JOAQUÍN HERVÁS ORTIZ, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia número tres de Cartagena, en los referidos autos de juicio ordinario, tramitados con el número 173/05, se dictó Sentencia con fecha 14 de diciembre de 2.005 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Estimar parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. López Mulet Martínez, en nombre y representación de Azohía Playa, S.L. contra la Asociación de Propietarios de la Urbanización San Ginés, declarando que la demandante tiene derecho a realizar el entronque con la red general de agua y saneamiento de la urbanización y el deber de abonar la cantidad resultante de contribuir al sostenimiento de los elementos comunes con el abono de las cuotas de participación correspondiente a su coeficiente y con arreglo al régimen de propiedad horizontal, incluidos por tanto los gastos por consumo de agua de la urbanización.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.".

Posteriormente, en fecha 10 de enero de 2.006, se dictó Auto de aclaración de Sentencia , en el que se aclaraba que la aplicación de la Ley de Propiedad Horizontal determinaba la obligación de abono por parte de la actora de los gastos de la parte vencida de la anualidad corriente en que tenga lugar la adquisición y los del año natural anterior.

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la parte actora, que, una vez admitido a trámite, interpuso en tiempo y forma, exponiendo por escrito y dentro del plazo que al efecto le fue conferido, la argumentación que le sirve de sustento. Del escrito de interposición del recurso se dio traslado a la parte demandada, emplazándola por diez días para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resultara desfavorable, dentro de cuyo plazo presentó escrito de oposición al recurso, solicitando la confirmación de la Sentencia dictada en primera instancia, con expresa condena en costas a la contraparte. Seguidamente, se remitieron los autos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente rollo de apelación, con el número 117/06, que ha quedado para Sentencia sin celebración de vista, tras señalarse para el día 2 de mayo de 2.006 su votación y fallo.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Desfavorable acogida debe merecer de la Sala el recurso de apelación interpuesto, debiendo ser confirmada la Sentencia apelada, por sus propios, razonados y acertados fundamentos, que la Sala comparte y asume plenamente y que aquí deben darse por íntegramente reproducidos en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 artículos doctrinales
  • Regulación legal: aplicación de la LPH
    • España
    • La propiedad horizontal de hecho Régimen jurídico de las comunidades de propietarios sin título constitutivo
    • 1 de janeiro de 2019
    ...Civil”. Criterio extendido asimismo, a las urbanizaciones privadas, tal y como recoge la anteriormente citada sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia de 3 de mayo de 2006225. También quedan sometidas al régimen legal de la propiedad horizontal, aquellas comunidades que reuniendo los ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR