SAP Pontevedra 434/2006, 23 de Junio de 2006

PonenteMAGDALENA FERNANDEZ SOTO
ECLIES:APPO:2006:1221
Número de Recurso3421/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución434/2006
Fecha de Resolución23 de Junio de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Pontevedra, Sección 6ª

JAIME CARRERA IBARZABALCELSO JOAQUIN MONTENEGRO VIEITEZMAGDALENA FERNANDEZ SOTO

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 6

PONTEVEDRA

SENTENCIA: 00434/2006

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA

Sección 006 , sede Vigo

Domicilio: C/LALÍN, NÚM. 4 - PRIMERA PLANTA - VIGO

Telf.: 986817388-986817389 - Fax: 986817387

ROLLO DE APELACIÓN: RECURSO DE APELACION (LECN) 0003421 /2005

Juzgado procedencia: JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 6 de VIGO

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000475 /2004

APELANTE: Juan Ramón

Procurador/a: EMILIO ALVAREZ PAZOS

LA SECCIÓN SEXTA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA, SEDE VIGO,

compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados JAIME CARRERA IBARZABAL, Presidente; CELSO JOAQUIN MONTENEGRO VIEITEZ, SUPLENTE y MAGDALENA FERNANDEZ SOTO, han

pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

La siguiente

SENTENCIA NÚM.434

En Vigo (Pontevedra), a diecinueve de julio de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 006 de la Audiencia Provincial de PONTEVEDRA, sede Vigo, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000475 /2004, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 6 de VIGO , a los que ha correspondido el núm. de Rollo de apelación 0003421 /2005, es parte apelante-demandado: D. Juan Ramón, representado por el procurador D. EMILIO ALVAREZ PAZOS y asistido del Letrado D.CLARA BEIRO CALVO ; y, apelado-demandante: DIRECCION000 representado por el procurador D.FATIMA PORTABALES BARROS y asistido del Letrado D.VICENTE VISO VEGA ,como apelado-demandado PROMOCIONES HERCON AREAL 82-84 representado por el procurador DÑA. GLORIA QUINTAS Y asistido del letrado MANUEL ZORRILLA RIVEIRO y como apelado-demandado BETICO GALAICA S.A Y AXA SEGUROS representado por el procurador RICARDO ESTEVEZ CERNADAS y asistido del letrado FIDEL DIEZ UDIAS .

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D./Dª MAGDALENA FERNANDEZ SOTO, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 6 de Vigo, con fecha 21 de junio de 2005, se dictó sentencia cuyo fallo textualmente dice:

"Con estimación parcial de la demanda interpuesta por la procuradora Dº Fátima Portabales Barros, en nombre y representación de la DIRECCION000 DE VIGO,Dº Ariadna,D, Cosme Y D. Santiago, contra PROMOCIONES HERCOM AREAL 82-84 S.A.,MAPFRE INDUSTRIAL SOCIEDAD ANONIMA DE SEGUROS,representadas por la Procuradora Dº Gloria Quintas Rodríguez,BETICO GALAICA S.A.,AXA GESTION DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. ,representadas por el Procurador D. Ricardo Estévez Cernadas y D. Juan Ramón,representado por el procurador D. Emilio Alvarez Pazos, debo:

  1. -CONDENAR Y CONDENO solidariamente a PROMOCIONES HERCOM AREAL 82-84 S-A-, MAPFRE INDUSTRIAL SOCIEDADA ANONIMA DE SEGUROS,ésta con la limitación consistente en el importe de la franquicia pactada,1202,02 euros,BETICO GALAICA, S.A., AXA GESTION DE SEGUROS Y REASEGUROS Y D. Juan Ramón, a pagar.1) A la Comunidad de Propietarios demandante, la cantidad de cuatro mil treinta y seis euros y cincuenta y seis céntimos de euro (4.036,56 euros),2) a D Ariadna , la cantidad de mil cuatrocientos cincuenta y un euros y dieciséis céntimos de euro (1451,16 euros), 3) a D. Cosme, la cantidad de mil novecientos cincuenta y cuatro euros y sesenta céntimos de euro (1954,60 euros),4) y a D. Santiago,la cantidad de mil cuatrocientos sesenta y un euros y dos céntimos de euro (1461,02 euros).Dichas cantidades devengarán, desde la fecha de esta sentencia hasta el pago, un interés anual igual al legal del dinero incrementado en dos puntos.

  2. - CONDENAR Y CONDENAR solidariamente a BETICO GALAICA S.A. Y A AXA GESTION DE SEGUROS Y REASEGUROS a pagar a Dº Ariadna la cantidad de setecientos cincuenta euros y veintiocho centimos de euro (750,28 euros) incrementada con el interés anual igual al legal del dinero incrementado en dos puntos que se devengue desde la fecha de esta sentencia hasta el pago.

  3. - No procede efectúar condena en costas."

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por el Procurador EMILIO ALVAREZ PAZOS, en nombre y representación de Juan Ramón, se preparó y formalizó recurso de apelación que fue admitido a trámite y, conferido el oportuno traslado, se formuló oposición al mismo por la parte contraria.

Una vez cumplimentados los trámites legales, se elevaron las presentes actuaciones a la Audiencia Provincial de Pontevedra, correspondiendo por turno de reparto a esta Sección Sexta, sede Vigo, señalándose para la deliberación del presente recurso el día 13 DE JULIO.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia se han cumplido todas las prescripciones y términos legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La DIRECCION000 y otros , como se recoge en el exhaustivo fundamento de derecho primero de la impugnada, demandaron en su día por los daños que en su inmueble le ocasionó la construcción de un edificio de nueva planta que se llevaba a cabo en el solar colindante y para ello dirigieron su acción frente a la promotora, constructora, arquitecto y las entidades aseguradoras de las dos primeras; demanda a la que se dio lugar en parte en primera instancia, condenando a todos los demandados a que solidariamente pagasen a las demandantes las cantidades que en el primer pronunciamiento de la parte dispositiva se señalan y frente al que se alza en apelación la representación del...

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