Ley del Impuesto sobre Sociedades (Ley 43/1995, de 27 de diciembre)

Publicado enBOE Num. 310 (1995)
Ámbito TerritorialNormativa Estatal
RangoLey
EXPOSICION DE MOTIVOS
1. Antecedentes y causas de la reforma del Impuesto sobre Sociedades
2. Principios de la reforma
3. Principales aspectos de la reforma
TÍTULO I Naturaleza y ámbito de aplicación del Impuesto Artículos 1 a 3
ARTÍCULO 1 Naturaleza.
ARTÍCULO 2 Ámbito de aplicación espacial.
ARTÍCULO 3 Tratados y convenios.
TÍTULO II El hecho imponible Artículos 4 a 6
ARTÍCULO 4 Hecho imponible.
ARTÍCULO 5 Estimación de rentas.
ARTÍCULO 6 Atribución de rentas.
TÍTULO III El sujeto pasivo Artículos 7 a 9
ARTÍCULO 7 Sujetos pasivos.
ARTÍCULO 8 Sujetos pasivos por obligación personal de contribuir.
ARTÍCULO 9 Exenciones.
TÍTULO IV La base imponible Artículos 10 a 23
ARTÍCULO 10 Concepto y determinación de la base imponible.
ARTÍCULO 11 Correcciones de valor: amortizaciones.
ARTÍCULO 12 Correcciones de valor: Pérdida de valor de los elementos patrimoniales.
ARTÍCULO 13 Provisión para riesgos y gastos.
ARTÍCULO 14 Gastos no deducibles.
ARTÍCULO 15 Reglas de valoración: Regla general y reglas especiales en los supuestos de transmisiones lucrativas y societarias.
ARTÍCULO 16 Reglas de valoración: operaciones vinculadas.
ARTÍCULO 17 Reglas de valoración: cambios de residencia, cese de establecimientos permanentes, operaciones realizadas con o por personas o entidades residentes en paraísos fiscales y cantidades sujetas a retención.
ARTÍCULO 18 Efectos de la sustitución del valor contable por el valor normal de mercado.
ARTÍCULO 19 Imputación temporal

Inscripción contable de ingresos y gastos.

ARTÍCULO 20 Subcapitalización.
ARTÍCULO 20 bis Exención para evitar la doble imposición económica internacional sobre dividendos y rentas de fuente extranjera derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español.
ARTÍCULO 20 Ter Exención de determinadas rentas obtenidas en el extranjero a través de un establecimiento permanente.
ARTÍCULO 20 Quater Deducción por inversiones para la implantación de empresas en el extranjero.
ARTÍCULO 21 Reinversión de beneficios extraordinarios.
ARTÍCULO 22 Obra benéfico-social de las Cajas de Ahorro.
ARTÍCULO 23 Compensación de bases imponibles negativas.
TÍTULO V Período impositivo y devengo del impuesto Artículos 24 y 25
ARTÍCULO 24 Período impositivo.
ARTÍCULO 25 Devengo del impuesto.
TÍTULO VI Deuda tributaria Artículos 26 a 39
CAPÍTULO I Tipo de gravamen y cuota íntegra Artículos 26 y 27
ARTÍCULO 26 El tipo de gravamen.
ARTÍCULO 27 Cuota íntegra.
CAPÍTULO II Deducciones para evitar la doble imposición Artículos 28 a 30.bis
ARTÍCULO 28 Deducción para evitar la doble imposición interna: Dividendos y plusvalías de fuente interna.
ARTÍCULO 29 Deducción para evitar la doble imposición internacional: impuesto soportado por el sujeto pasivo.
ARTÍCULO 29 Bis Deducción para evitar la doble imposición internacional en el caso de rentas obtenidas a través de establecimiento permanente.
ARTÍCULO 30 Deducción para evitar la doble imposición internacional: dividendos y participaciones en beneficios.
ARTÍCULO 30 bis Deducción para evitar la doble imposición económica internacional: Dividendos y plusvalías de fuente extranjera.
CAPÍTULO III Bonificaciones Artículos 31 y 32
ARTÍCULO 31 Bonificación por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla.
ARTÍCULO 32 Bonificación por actividades exportadoras y de prestación de servicios públicos locales.
CAPÍTULO IV Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades Artículos 33 a 37
ARTÍCULO 33 Deducción por actividades de investigación científica e innovación tecnológica.
ARTÍCULO 33 Bis Deducción para el fomento de las tecnologías de la información y de la comunicación.
ARTÍCULO 34 Deducción por actividades de exportación.
ARTÍCULO 35 Deducción por inversiones en bienes de interés cultural, producciones cinematográficas, edición de libros, sistemas de navegación y localízacíón de vehículos, adaptación de vehículos para díscapacítados y guarderías para hijos de trabajadores.
ARTÍCULO 35 BIS Deducciones por inversiones medioambientales.
ARTÍCULO 36 Deducción por gastos de formación profesional.
ARTÍCULO 36 bis Deducción por creación de empleo para trabajadores minusválidos.
ARTÍCULO 36 Ter Deducción por reinversión de beneficios extraordinarios.
ARTÍCULO 36 Quater Deducción por contribuciones empresariales a planes de pensiones de empleo, a mutualidades de previsión social que actúen como instrumento de previsión social empresarial o por aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad.
ARTÍCULO 37 Normas comunes a las deducciones previstas en el presente capítulo.
CAPÍTULO V Pago fraccionado Artículo 38
ARTÍCULO 38 El pago fraccionado.
CAPÍTULO VI Deducción de los pagos a cuenta Artículo 39
ARTÍCULO 39 Deducción de las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados.
TÍTULO VII Obligación real de contribuir Artículos 40 a 64
CAPÍTULO I Elementos personales Artículos 40 a 43
ARTÍCULO 40 Sujeto pasivo.
ARTÍCULO 41 Responsables.
ARTÍCULO 42 Representantes de los no residentes en España.
ARTÍCULO 43 Domicilio fiscal.
CAPÍTULO II Hecho imponible y formas de sujeción Artículos 44 a 47
ARTÍCULO 44 Rentas sometidas por obligación real.
ARTÍCULO 45 Rentas obtenidas en territorio español.
ARTÍCULO 46 Supuestos de exención.
ARTÍCULO 47 Formas de sujeción a la obligación real.
CAPÍTULO III Rentas obtenidas mediante establecimiento permanente Artículos 48 a 55
ARTÍCULO 48 Rentas imputables a los establecimientos permanentes.
ARTÍCULO 49 Diversidad de establecimientos permanentes.
ARTÍCULO 50 Determinación de la base imponible.
ARTÍCULO 51 Deuda tributaria.
ARTÍCULO 52 Período impositivo.
ARTÍCULO 53 Declaración del impuesto.
ARTÍCULO 54 Obligaciones contables, registrales y formales.
ARTÍCULO 55 Pagos a cuenta.
CAPÍTULO IV Rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente Artículos 56 a 64
ARTÍCULO 56 Base imponible correspondiente a las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente.
ARTÍCULO 57 Cuota tributaria.
ARTÍCULO 58 Deducciones.
ARTÍCULO 59 Devengo.
ARTÍCULO 60 Declaración.
ARTÍCULO 61 Obligaciones formales.
ARTÍCULO 62 Retenciones.
ARTÍCULO 63 Normas supletorias.
ARTÍCULO 64 Gravamen Especial sobre Bienes Inmuebles de entidades no residentes.
TÍTULO VIII Regímenes tributarios especiales Artículos 65 a 135.septies
CAPÍTULO I Regímenes tributarios especiales en particular Artículo 65
ARTÍCULO 65 Definición.
CAPÍTULO II Agrupaciones de interés económico, españolas y europeas, y de uniones temporales de empresas Artículos 66 a 68.ter
ARTÍCULO 66 Agrupaciones de interés económico españolas.
ARTÍCULO 67 Agrupaciones europeas de interés económico.
ARTÍCULO 68 Uniones temporales de empresas.
ARTÍCULO 68 Bis Criterios de imputación.
ARTÍCULO 68 Ter Identificación de socios o empresas miembros.
CAPÍTULO III Entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas Artículo 68.quater
ARTÍCULO 68 QUÁTER Ámbito de aplicación.
ARTÍCULO 68 QUINQUIES Bonificaciones.
CAPÍTULO IV Sociedades y fondos de capital-riesgo y sociedades de desarrollo industrial regional Artículos 69 y 70
ARTÍCULO 69 Sociedades y fondos de capital-riesgo.
ARTÍCULO 70 Sociedades de desarrollo industrial regional.
CAPÍTULO V Instituciones de inversión colectiva Artículos 71 a 74
ARTÍCULO 71 Tributación de las instituciones de inversión colectiva.
ARTÍCULO 72 Tributación de los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva.
ARTÍCULO 73 Rentas contabilizadas de las acciones o participaciones de las instituciones de inversión colectiva.
ARTÍCULO 74 Tributación de los socios o partícipes de las instituciones de inversión colectiva constituidas en países o territorios calificados reglamentariamente como paraísos fiscales.
CAPÍTULO VI Sociedades patrimoniales Artículos 75 a 77
ARTÍCULO 75 Régimen de las sociedades patrimoniales.
ARTÍCULO 76 Distribución de beneficios obtenidos en ejercicios en los que haya sido de aplicación el régimen de sociedades patrimoniales y transmisión de acciones o participaciones en sociedades que hayan estado sometidas al régimen de sociedades patrimoniales.
ARTÍCULO 77 Identificación de partícipes.
CAPÍTULO VII Régimen de consolidación fiscal Artículos 78 a 96
ARTÍCULO 78 Definición.
ARTÍCULO 79 Sujeto pasivo.
ARTÍCULO 80 Responsabilidades tributarias derivadas de la aplicación del régimen de los grupos de sociedades.
ARTÍCULO 81 Definición del grupo fiscal

Sociedad dominante. Sociedades dependientes.

ARTÍCULO 82 Inclusión o exclusión de sociedades en el grupo fiscal.
ARTÍCULO 83 Determinación del dominio indirecto.
ARTÍCULO 84 Aplicación del régimen de consolidación fiscal.
ARTÍCULO 85 Determinación de la base imponible del grupo fiscal.
ARTÍCULO 86 Eliminaciones.
ARTÍCULO 87 Incorporaciones.
ARTÍCULO 88 Compensación de bases imponibles negativas.
ARTÍCULO 89 Reinversión.
ARTÍCULO 90 Período impositivo.
ARTÍCULO 91 Cuota íntegra del grupo fiscal.
ARTÍCULO 92 Deducciones y bonificaciones de la cuota íntegra del grupo fiscal.
ARTÍCULO 93 Obligaciones de información.
ARTÍCULO 94 Causas determinantes de la pérdida del régimen de consolidación fiscal.
ARTÍCULO 95 Efectos de la pérdida del régimen de consolidación fiscal y de la extinción del grupo fiscal.
ARTÍCULO 96 Declaración y autoliquidación del grupo fiscal.
CAPÍTULO VIII Régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores Artículos 97 a 110
ARTÍCULO 97 Definiciones.
ARTÍCULO 98 Régimen de las rentas derivadas de la transmisión.
ARTÍCULO 99 Valoración fiscal de los bienes adquiridos.
ARTÍCULO 100 Valoración fiscal de las acciones o participaciones recibidas en contraprestación de la aportación.
ARTÍCULO 101 Régimen fiscal del canje de valores.
ARTÍCULO 102 Tributación de los socios en las operaciones de fusión, absorción y escisión total o parcial.
ARTÍCULO 103 Participaciones en el capital de la entidad transmitente y de la entidad adquirente.
ARTÍCULO 104 Subrogación en los derechos y las obligaciones tributarias.
ARTÍCULO 105 Imputación de rentas.
ARTÍCULO 106 Pérdidas de los establecimientos permanentes.
ARTÍCULO 107 Obligaciones contables.
ARTÍCULO 108 Aportaciones no dinerarias.
ARTÍCULO 109 Normas para evitar la doble imposición.
ARTÍCULO 110 Aplicación del régimen fiscal.
CAPÍTULO IX Régimen fiscal de la minería Artículos 111 a 115
ARTÍCULO 111 Entidades mineras: libertad de amortización.
ARTÍCULO 112 Factor de agotamiento: ámbito de aplicación y modalidades.
ARTÍCULO 113 Factor de agotamiento: inversión.
ARTÍCULO 114 Factor de agotamiento: requisitos.
ARTÍCULO 115 Factor de agotamiento: incumplimiento de requisitos.
CAPÍTULO X Régimen fiscal de la investigación y explotación de hidrocarburos Artículos 116 a 120
ARTÍCULO 116 Exploración, investigación y explotación de hidrocarburos: factor de agotamiento.
ARTÍCULO 117 Factor de agotamiento: requisitos.
ARTÍCULO 118 Factor de agotamiento: incumplimiento de requisitos.
ARTÍCULO 119 Titularidad compartida.
ARTÍCULO 120 Amortización de inversiones inmateriales y gastos de investigación

Compensación de bases imponibles negativas.

CAPÍTULO XI Transparencia fiscal internacional Artículo 121
ARTÍCULO 121 Inclusión en la base imponible de determinadas rentas positivas obtenidas por entidades no residentes.
CAPÍTULO XII Incentivos fiscales para las empresas de reducida dimensión Artículos 122 a 127.bis
ARTÍCULO 122 Ámbito de aplicación: cifra de negocios.
ARTÍCULO 123 Libertad de amortización.
ARTÍCULO 124 Libertad de amortización para inversiones de escaso valor.
ARTÍCULO 125 Amortización del inmovilizado material nuevo y del inmovilizado inmaterial.
ARTÍCULO 126 Dotación por posibles insolvencias de deudores.
ARTÍCULO 127 Amortización de elementos patrimoniales objeto de reinversión.
ARTÍCULO 127 Bis Tipo de gravamen.
CAPÍTULO XIII Régimen fiscal de determinados contratos de arrendamiento financiero Artículo 128
ARTÍCULO 128 Contratos de arrendamiento financiero.
CAPÍTULO XIV Régimen de las entidades de tenencia de valores extranjeros Artículos 129 a 132
ARTÍCULO 129 Entidades de tenencia de valores extranjeros.
ARTÍCULO 130 Rentas derivadas de la tenencia de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español.
ARTÍCULO 131 Distribución de beneficios.
ARTÍCULO 132 Aplicación de este régimen.
CAPÍTULO XV Régimen de entidades parcialmente exentas Artículos 133 a 135
ARTÍCULO 133 Ámbito de aplicación.
ARTÍCULO 134 Rentas exentas.
ARTÍCULO 135 Determinación de la base imponible.
CAPÍTULO XVI Régimen de las comunidades titulares de montes vecinales en mano común Artículo 135.bis
ARTÍCULO 135 bis Régimen de las comunidades titulares de montes vecinales en mano común.
CAPÍTULO XVII Régimen de las Entidades Navieras en Función del Tonelaje Artículo 135.ter
ARTÍCULO 135 Ter Ámbito de aplicación.
ARTÍCULO 135 Quáter Determinación de la base imponible en régimen de estimación objetiva.
ARTÍCULO 135 Sexies Pagos fraccionados.
ARTÍCULO 135 Septies Aplicación del régimen.
TÍTULO IX Gestión del Impuesto Artículos 136 a 148
CAPÍTULO I El índice de entidades Artículos 136 a 138
ARTÍCULO 136 Índice de entidades.
ARTÍCULO 137 Baja en el índice de entidades.
ARTÍCULO 138 Obligación de colaboración.
CAPÍTULO II Obligaciones contables. Bienes y derechos no contabilizados. Revalorizaciones voluntarias Artículos 139 a 141
ARTÍCULO 139 Obligaciones contables

Facultades de la Administración tributaria.

ARTÍCULO 140 Bienes y derechos no contabilizados o no declarados: presunción de obtención de rentas.
ARTÍCULO 141 Revalorizaciones contables voluntarias.
CAPÍTULO III Declaración autoliquidación y liquidación provisional Artículos 142 a 144
ARTÍCULO 142 Declaraciones.
ARTÍCULO 143 Autoliquidación e ingreso de la deuda tributaria.
ARTÍCULO 144 Liquidación provisional.
CAPÍTULO IV Devolución de oficio Artículo 145
ARTÍCULO 145 Devoluciones de oficio.
CAPÍTULO V Obligación de retener e ingresar a cuenta Artículos 146 y 147
ARTÍCULO 146 Retenciones e ingresos a cuenta.
ARTÍCULO 147 Obligaciones de los sujetos pasivos en relación al domicilio fiscal.
CAPÍTULO VI Facultades de la Administración para determinar la base imponible Artículo 148
ARTÍCULO 148 Facultades de la Administración para determinar la base imponible.
TÍTULO X Orden jurisdiccional Artículo 149
ARTÍCULO 149 Jurisdicción competente.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
PRIMERA Aplicación del régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activo y canje de valores
SEGUNDA Restricciones a la deducción por doble imposición de dividendos
TERCERA Grupo de sociedades de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales
CUARTA Normas sobre retención, transmisión y obligaciones formales relativas a activos financieros y otros valores mobiliarios
QUINTA Tratamiento fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de determinados derechos de suscripción preferente
SEXTA Inversiones de no residentes en letras del Tesoro
SÉPTIMA Tributación de los incrementos de patrimonio a efectos de la obligación real de contribuir en el Impuesto de Sociedades
OCTAVA Referencias a la Ley 29/1991, de 16 de diciembre, de Adecuación de Determinados Conceptos Impositivos a las Directivas y Reglamentos de las Comunidades Europeas contenidas en distintas disposiciones. Régimen del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana en determinadas operaciones
NOVENA Pago fraccionado y coeficiente de corrección monetaria para 1996
DÉCIMA Ayudas de la política pesquera comunitaria
UNDÉCIMA Modificación de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
DUODÉCIMA Deducción por inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material
DECIMOTERCERA Modificación de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados

Se modifica la disposición adicional séptima de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, con la siguiente redacción:

Se suprime en el artículo 15.3 a), párrafo 2º de la Ley 9/1992, de 30 de abril, de Mediación de Seguros Privados, el siguiente párrafo:

ni las entidades de crédito enumeradas en el apartado 2º del artículo 1 del Real Decreto Legislativo 1298/1986, de 28 de junio

.

DECIMOCUARTA Modificación de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
DECIMOQUINTA Incentivos fiscales para la renovación de la flota mercante
DECIMOSEXTA Incidencia de la Reserva para Invesiones en Canarias en el cálculo de los pagos fraccionados
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
PRIMERA Regularización de ajustes extracontables
SEGUNDA Amortización de elementos afectos a la explotación de hidrocarburos
TERCERA Saldos pendientes de inversión de las dotaciones al factor de agotamiento. Actividades de investigación y explotación de hidrocarburos regidas por la Ley 21/1974
CUARTA Exención por reinversión
QUINTA Beneficios fiscales de la reconversión y reindustrialización
SEXTA Beneficios fiscales de la Ley 12/1988, Ley 5/1990 y Ley 30/1990
SÉPTIMA Sociedades de promoción de empresas
OCTAVA Arrendamiento financiero
NOVENA Fondos de comercio, marcas, derechos de traspaso y otros elementos del inmovilizado inmaterial adquiridos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley
DÉCIMA Fusiones amparadas por la Ley 76/1980, de 26 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Fusiones de Empresas
UNDÉCIMA Saldos pendientes de la deducción por inversiones
DUODÉCIMA Bases imponibles negativas anteriores a la entrada en vigor de la presente Ley
DECIMOTERCERA Entidades exentas en virtud de una norma de asimilación con el régimen tributario del Estado o de cualquier otra entidad exenta
DECIMOCUARTA Saldos de la provisión para insolvencias amparada en el artículo 82 del Real Decreto 2631/1982, de 15 de octubre
DECIMOQUINTA Régimen de declaración consolidada
DECIMOSEXTA Régimen transitorio de los beneficios sobre operaciones financieras
DECIMOSÉPTIMA Valor fiscal de las participaciones de las instituciones de inversión colectiva
DECIMOCTAVA Cuentas de actualización
DECIMONOVENA Exención del Impuesto Especial sobre Bienes Inmuebles
VIGÉSIMA Deducción por doble imposición internacional
VIGÉSIMA PRIMERA Declaración e ingreso en obligación real de contribuir
VIGÉSIMA SEGUNDA Tributación de entidades transparentes
VIGÉSIMA TERCERA Deducción por doble imposición de dividendos en las cuentas en participaciones
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
DISPOSICIÓN FINAL
PRIMERA Entidades acogidas a la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General
SEGUNDA Entidades acogidas a la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de Cooperativas
  1. Los artículos 15.3, 17.4, 24 y 36 b) de la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de Cooperativas, quedarán redactados de la siguiente manera:

    Artículo 15.3. No obstante lo dispuesto en el número anterior, cuando se traten de cooperativas de consumidores y usuarios, vivienda, agrarias o de aquellas que, conforme a sus estatutos, realicen servicios o suministros a sus socios, se computará como precio de las correspondientes operaciones aquel por el que efectivamente se hubiera realizado, siempre que no resulte inferior al coste de tales servicios y suministros, incluida la parte correspondiente de los gastos generales de la entidad. En caso contrario se aplicará este último. En las cooperativas agrarias se aplicará este sistema tanto para los servicios y suministros que la cooperativa realice a sus socios como para que los socios realicen o entreguen a la cooperativa

    .

    Artículo 17.4. Las imputaciones al ejercicio económico de las subvenciones de capital en la forma prevista en las normas contables que sean aplicables

    .

    Artículo 36 b). Exención del Impuesto sobre Sociedades en los términos establecidos en el Capítulo XV del Título VIII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades

    .

  2. Se adiciona una nueva disposición adicional quinta en la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre el Régimen Fiscal de las Cooperativas con la siguiente redacción:

    No se considerarán incrementos patrimoniales los obtenidos como consecuencia de la atribución patrimonial de bienes y derechos de las Cámaras Agrarias que hayan tenido lugar a partir del 1 de enero de 1994

    .

TERCERA Integración y compensación de rendimientos implícitos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
CUARTA Modificaciones en el régimen de transparencia fiscal
QUINTA Modificaciones en la obligación real de contribuir
SEXTA Integración de los Impuestos sobre Sociedades y sobre la Renta de las Personas Físicas
SÉPTIMA Modificación de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio

El artículo 6 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, quedará redactado como sigue:

Artículo 6. Representantes de los sujetos pasivos no residentes en España.

Uno. Los sujetos pasivos no residentes en territorio español vendrán obligados a nombrar una persona física o jurídica con residencia en España para que le represente ante la Administración tributaria en relación con sus obligaciones por este impuesto, cuando operen por mediación de un establecimiento permanente o cuando por la cuantía y características del patrimonio del sujeto pasivo situado en territorio español, así lo requiera la Administración tributaria.

El sujeto pasivo o su representante estarán obligados a poner en conocimiento de la Administración tributaria el nombramiento, debidamente acreditado, en el plazo de dos meses a partir de la fecha del mismo.

Dos. El incumplimiento de las obligaciones a que se refiere el apartado uno constituirá una infracción tributaria simple, sancionable con multa de 25.000 a 1.000.000 de pesetas.

Tres. En todo caso, el depositario o gestor de los bienes o derechos de los no residentes responderá solidariamente del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a este Impuesto por los bienes o derechos depositados o cuya gestión tenga encomendada, en los términos previstos en el apartado 4 del artículo 37 de la Ley General Tributaria

.

OCTAVA Transparencia fiscal internacional del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
NOVENA Habilitaciones a la Ley de Presupuestos Generales del Estado
DÉCIMA Habilitación normativa
UNDÉCIMA Entrada en vigor

FELIPE GONZALEZ MARQUEZ

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