Justificación del mantenimiento de la clasificación

AutorAlberto Palomar Olmeda/Javier Vázquez Garranzo
Cargo del AutorMagistrado y Profesor de Derecho Administrativo/Letrado de la Seguridad Social y Abogado CAIB
Actualizado aMarzo 2018

Contenido
  • 1 Formulario
  • 2 Comentario
  • 3 Legislación básica
  • 4 Legislación citada
Formulario

a) Declaración responsable

D/Dña. .................., con DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en el correo electrónico ……, y dirección C/ ..................................... de ………. (además, en su caso, teléfono, fax, etc.) actuando en representación de .... (en su caso, en mi propio nombre y representación; o en nombre de una unión temporal a que se refiere el artículo 69 LCSP 2017), como mejor proceda en Derecho, DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:

Que de conformidad con el artículo 82.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que las circunstancias de la empresa …….., relativas a su solvencia económica y financiera (y/o solvencia técnica y profesional) que dieron lugar a su clasificación …… mediante acuerdo de ….. en el expediente nº …… no han sufrido variación alguna.

Por todo lo expuesto,

SOLICITA: Que se tenga por cumplimentado lo dispuesto en el artículo 82.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y por justificado el mantenimiento de la solvencia económica y financiera (y/o la solvencia técnica y profesional).

Lugar, fecha, sello y firma

.............................................

COMISIÓN CLASIFICADORA DE LA JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO (o, en su caso, de la JCCA autonómica)

b) Aportación documentos

D/Dña. .................., con DNI nº ............... mayor de edad y con domicilio a efectos de notificaciones en el correo electrónico ……, y dirección C/ ..................................... de ………. (además, en su caso, teléfono, fax, etc.) actuando en representación de .... (en su caso, en mi propio nombre y representación; o en nombre de una unión temporal a que se refiere el artículo 69 LCSP 2017), como mejor proceda en Derecho, DIGO:

Que de conformidad con el artículo 82.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por medio del presente escrito y con el fin de conservar la clasificación se adjunta:

Documentos...... actualizados, que justifican el mantenimiento de la solvencia económica y financiera (anualmente).

Documentos......, actualizados, que justifican el mantenimiento de la solvencia técnica y profesional (cada tres años).

Por tanto, y a efectos de conservar la clasificación ………. se mantienen la solvencia económica y financiera y, la solvencia técnica y profesional, por cuanto ……

Por todo lo expuesto,

SOLICITA: Que se tenga por cumplimentado lo dispuesto en el artículo 82.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y por justificado el mantenimiento de la solvencia económica y financiera (y/o la solvencia técnica y profesional), y por tanto se tenga por actualizada la solvencia que en su día justificó la clasificación de la empresa, y se declare la conservación de la misma.

Lugar, fecha, sello y firma

.............................................

COMISIÓN CLASIFICADORA DE LA JUNTA CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO (o, en su caso, de la JCCA autonómica)

Comentario

Conforme al artículo 65 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP 2017), para poder contratar con el sector público (incluyendo contratos subvencionados a que se refiere el artículo 23 LCSP 2017) las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, entre otros requisitos, deben tener plena capacidad de obrar, no estar incursas en una prohibición de contratar y acreditar su solvencia económica y financiera y técnica o profesional o, en los casos en que así lo exija la propia LCSP 2017, se encuentren debidamente clasificadas.

El artículo 74 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, respecto a la exigencia de solvencia, establece:

1. Para celebrar contratos con el sector público los empresarios deberán acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica que se determinen por el órgano de contratación. Este requisito será sustituido por el de la clasificación, cuando esta sea exigible conforme a lo dispuesto en esta Ley. 2. Los requisitos mínimos de
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