Jurisdicción y legislación

AutorRiccardo Guastini
Páginas379-387
CAPÍTULO XXXVIII
JURISDICCIÓN Y LEGISLACIÓN
1. LEGISLACIÓN Y JURISDICCIÓN
En el pensamiento jurídico moderno, la jurisdicción se caracteriza por
contraposición a la legislación.
La distinción entre legislación y jurisdicción tiene que ver con el proble-
ma más amplio de la clasif‌icación de las funciones estatales 1. Una función,
como vimos en su momento, no es otra cosa que una actividad, esto es, una
clase de actos. Distinguir entre legislación y jurisdicción no es algo diferen-
te de distinguir entre actos legislativos (leyes) y actos jurisdiccionales (sen-
tencias).
Ahora bien, hay dos formas diferentes de trazar la distinción entre actos
legislativos y actos jurisdiccionales:
a) En primer lugar, se pueden caracterizar los actos legislativos y los
actos jurisdiccionales desde un punto de vista «material» o «sustancial», esto
es, mirando a su diferente contenido.
b) En segundo lugar, se pueden caracterizar los actos legislativos y los
actos jurisdiccionales desde un punto de vista puramente «formal», esto es,
prescindiendo de su contenido.
1 Supra, cap. XXVII, quinta parte.

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