SAP Cantabria 736/2007, 21 de Noviembre de 2007
Ponente | JOAQUIN TAFUR LOPEZ DE LEMUS |
ECLI | ES:APS:2007:1557 |
Número de Recurso | 363/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 736/2007 |
Fecha de Resolución | 21 de Noviembre de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4
SANTANDER
SENTENCIA: 00736/2007
ROLLO NUM. 363/07
SENTENCIA NUM. 736/07
Ilma. Sra. Presidente
Doña María José Arroyo García
Ilmos. Srs. Magistrados
Don Marcial Helguera Martínez
Don Joaquín Tafur López de Lemus
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En la Ciudad de Santander, a veintiuno de noviembre de dos mil siete.
Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio verbal 239/06, Rollo de Sala núm. 363/07, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº uno de Medio Cudeyo.
En esta segunda instancia ha sido parte apelante don Matías, representado por el Procurador Sra. Mier Lisaso, y defendido por el Letrado Sr. Arronte Gutiérrez; y parte apelada don Gabriela, representado por el Procurador Sr. Vesga Arrieta, y defendido por el Letrado Sr. Somarriba Llata.
Es ponente de ésta resolución el Ilmo. Sr. Magistrado D. Joaquín Tafur López de Lemus.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. uno de Medio Cudeyo, y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 15 de enero de 2007 Sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Estimar la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Dª Jorgelina Marino Alejo, en nombre y representación de Dª Gabriela, contra D. Matías, condenando a éste a la demolición del muro de fábrica de bloques de hormigón, y a la reposición de dicho muro a su estado anterior e inicial, en toda su longitud de catorce metros y en piedras de mampostería, y al pago de las costas del procedimiento.".
Contra dicha Sentencia, la representación de la ya reseñada parte apelante interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado de Primera Instancia, e impugnado por la parte apelada. Llegados los autos a la Audiencia Provincial, y turnados a esta Sección Cuarta, se señaló para deliberación y fallo.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
El demandado se alza contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Medio Cudeyo, en petición de otra que, revocando íntegramente la anterior, desestime la demanda presentada de contrario mediante la que la actora interesó la condena del demandado a demoler el muro de fábrica del bloque de hormigón construido por el apelante, y a reponer dicho muro a su estado anterior e inicial, en toda su longitud de 14 metros y en piedras de mampostería. Conviene recordar que en este procedimiento se ha ejercitado una acción de demolición de recrecimiento de un antiguo muro de piedra de río sin mortero, que según la demandante pertenecería exclusivamente a ella, al estar levantado sobre terreno de su propiedad. Por su parte, el demandado y ahora apelante, considera que ese trozo de muro, de 14 m de longitud, le pertenecería, por existir un hecho que destruiría la presunción de medianería.
La demandante, para destruir...
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