STSJ Murcia 342, 10 de Abril de 2006

PonenteJOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ
ECLIES:TSJMU:2006:342
Número de Recurso265/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución342
Fecha de Resolución10 de Abril de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 00410/2006 ROLLO Nº: RSU 0265/06 46050 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a diez de abril de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos.

Sres. Magistrados, D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por don Romeo , contra la sentencia número 290/05 del Juzgado de lo Social número 7 de Murcia, de fecha 24 de octubre de 2.005, dictada en proceso número 640/05 , sobre Incapacidad, y entablado por don Romeo frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOAQUÍN ÁNGEL DE DOMINGO MARTÍNEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- El demandante don Romeo , nacido el 6 de enero de 1.952, con DNI nº NUM000 , figura afiliado al Régimen General de la Seguridad Social en razón de la prestación de sus servicios como profesor de autoescuela. SEGUNDO.- El 11 de abril del 2005 el demandante solicitó la pensión de incapacidad permanente. Tramitado expediente de invalidez permanente, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, aceptando el dictamen propuesta del Equipo de Valoraciones de Incapacidades emitido el 9 de mayo del 2005, resolvió el día 17 del mismo mes denegar al demandante la prestación de invalidez por no alcanzar las lesiones que padece un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral para ser constitutivas de una incapacidad permanente. TERCERO.- Contra la anterior resolución formuló el demandante reclamación previa en vía administrativa, que fue desestimada por resolución expresa de 14 de julio del 2005. CUARTO.- Presenta el demandante el siguiente cuadro clínico: poliartralgias mecánicas en el contexto de un trastorno distímico; condromatosis sinovial del codo derecho tratada con rehabilitación; leve escoliosis; discopatía L5-S1; protrusión discal C5-C6. QUINTO.- La base reguladora asciende a 822,88 euros al mes en el caso de incapacidad permanente total y a 1047,74 euros mensuales en el de incapacidad permanente parcial."" y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por don Romeo contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo al referido demandado de la pretensión deducida en su contra."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el letrado don Domíngo M. Paredes Guillén, en representación de la parte demandante, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO.- Recurre la parte actora al amparo de los...

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