INFORME nº 1528 de 2023 de Tribunal de Cuentas, 27-07-2023

Fecha27 Julio 2023
EmisorTribunal de Cuentas
N.º 1.528
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES ANTIFRAUDE
APROBADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE
PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN
DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de su función fiscalizadora establecida en los
artículos 2.a), 9 y 21.3.a) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, y a
tenor de lo previsto en los artículos 12 y 14 de la misma disposición y concordantes de la Ley 7/1988,
de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, ha aprobado, en su sesión de 27 de julio
de 2023, el Informe de fiscalización de los planes antifraude aprobados por las entidades locales
que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, y ha acordado su elevación a las Cortes Generales, así como a los Plenos de las
Corporaciones Locales, según lo prevenido en el artículo 28 de la Ley de Funcionamiento.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 1
ÍNDICE
I. INTRODUCCIÓN ....................................................................................................................... 9
I.1. INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO .................................................................................. 9
I.2. ÁMBITO DE LA FISCALIZACIÓN ..................................................................................... 9
I.2.1. Ámbito subjetivo .................................................................................................... 9
I.2.2. Ámbito objetivo .................................................................................................... 10
I.2.3. Ámbito temporal ................................................................................................... 10
I.3. TIPO DE FISCALIZACIÓN Y OBJETIVOS ...................................................................... 10
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN ............................................................................... 13
II.1. DETERMINACIÓN DE LA CONDICIÓN DE ENTIDAD EJECUTORA EN LAS EELL .... 14
II.2. AUTOEVALUACIONES DEL CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS DE GESTIÓN
DEL PRTR EN MATERIA ANTIFRAUDE ..................................................................... 17
II.3. APROBACIÓN DE LOS PMA ......................................................................................... 20
II.4. PROCEDIMIENTOS DE ELABORACIÓN DE LOS PMA Y EXTERNALIZACIÓN DE
SERVICIOS................................................................................................................... 25
II.5. CONTENIDO E IMPLANTACIÓN DE LOS PMA ............................................................. 29
II.5.1. Medidas de prevención ....................................................................................... 31
II.5.2. Medidas de detección ......................................................................................... 46
II.5.3. Medidas de corrección y persecución ............................................................... 52
II.6. MEDIDAS ANTIFRAUDE DESARROLLADAS POR LAS ENTIDADES SIN PMA
APROBADO A 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022 ............................................................ 55
II.7. CASOS POTENCIALES O REALES DE FRAUDE O CONFLICTO DE INTERÉS
PRODUCIDOS .............................................................................................................. 55
II.8. TRANSPARENCIA DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA ................................................... 56
III. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ......................................................................... 59
III.1. REFERIDAS A LA DETERMINACIÓN DE LA CONDICIÓN DE ENTIDAD
EJECUTORA EN LAS EELL (SUBAPARTADO II.1) ................................................... 59
III.2. REFERIDAS A LAS AUTOEVALUACIONES DEL CUMPLIMIENTO DE LOS
PRINCIPIOS DE GESTIÓN DEL PRTR EN MATERIA ANTIFRAUDE
(SUBAPARTADO II.2) .................................................................................................. 59
III.3. REFERIDAS A LA APROBACIÓN DE LOS PMA (SUBAPARTADO II.3) ..................... 59
III.4. REFERIDAS A LOS PROCEDIMIENTOS DE ELABORACIÓN DE LOS PMA Y
EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS (SUBAPARTADO II.4) ..................................... 60
III.5. REFERIDAS AL CONTENIDO E IMPLANTACIÓN DE LOS PMA (SUBAPARTADO
II.5) ................................................................................................................................ 61
III.5.1. Medidas de prevención (Epígrafe II.5.1) ............................................................ 61
III.5.2. Medidas de detección (Epígrafe II.5.2) .............................................................. 62
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III.5.3. Medidas de corrección y persecución (Epígrafe II.5.3) .................................... 63
III.6. REFERIDAS A LAS MEDIDAS ANTIFRAUDE DESARROLLADAS POR LAS
ENTIDADES SIN PMA APROBADO (SUBAPARTADO II.6) ....................................... 63
III.7. REFERIDAS A LOS CASOS −POTENCIALES O REALES− DE FRAUDE O
CONFLICTO DE INTERÉS PRODUCIDOS (SUBAPARTADO II.7) ............................. 63
III.8. REFERIDAS A LA TRANSPARENCIA DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA
(SUBAPARTADO II.8) .................................................................................................. 64
ANEXOS ............................................................................................................................... 67
ALEGACIONES FORMULADAS ............................................................................................. 149
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RELACIÓN DE ABREVIATURAS, SIGLAS Y ACRÓNIMOS
AGE Administración General del Estado
BBDD Bases de datos
BDNS Base de Datos Nacional de Subvenciones
CCAA Comunidades autónomas
CI Cabildo Insular
DDPP Diputaciones provinciales
DP Diputación provincial
EDUSI Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible Integrado
EELL Entidades locales
FEDER Fondo Europeo de Desarrollo Regional
LRBRL Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
LTAIPBG Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno
MHFP Ministerio de Hacienda y Función Pública
MRR Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
OCEX Órganos de Control Externo
Orientaciones Documento de Orientaciones del MHFP para el Refuerzo de los mecanismos
para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los
conflictos de interés publicado por el MHFP el 24 de enero de 2022
PCSP Plataforma de Contratación del Sector Público
PMA Plan de medidas antifraude
PRTR Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
TREBEP Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
SGFE Secretaría General de Fondos Europeos
SNCA Servicio Nacional de Coordinación Antifraude
TCu Tribunal de Cuentas
UE Unión Europea
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RELACIÓN DE CUADROS
CUADRO 1. TIPOLOGÍA DE LAS ENTIDADES SELECCIONADAS Y DISTRIBUCIÓN
AUTONÓMICA ....................................................................................................... 14
CUADRO 2. ENTIDADES SIN PMA APROBADO A 30/09/2022 ............................................... 22
CUADRO 3. N.º DE CONTRATOS Y OTROS INSTRUMENTOS Y COSTE INCURRIDO
EN LA ELABORACIÓN DE LOS PMA Y OTROS ASPECTOS DE LA
ORDEN HFP/1030/2021 ......................................................................................... 29
CUADRO 4. DEFICIENCIAS DE LOS PMA EN RELACIÓN CON EL CONFLICTO DE
INTERÉS ................................................................................................................ 42
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RELACIÓN DE GRÁFICOS
GRÁFICO 1. OBJETIVOS GENERALES DE LA ACTUACIÓN FISCALIZADORA ..................... 11
GRÁFICO 2. EVOLUCIÓN DE LA DETERMINACIÓN DEL CONCEPTO DE ENTIDAD
EJECUTORA EN EL ÁMBITO LOCAL DESDE 2021 ............................................ 17
GRÁFICO 3. ASPECTOS BÁSICOS DE LA AUTOEVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO ........... 18
GRÁFICO 4. AUTOEVALUACIONES REALIZADAS A 30/09/22 ............................................... 18
GRÁFICO 5. SITUACIÓN DE LAS ENTIDADES EN RELACIÓN CON LA
APROBACIÓN DE LOS PMA A 30/09/2022 (ANÁLISIS AGREGADO
TCU-OCEX)............................................................................................................ 21
GRÁFICO 6. ALCANCE DE LOS PMA APROBADOS A 30/09/22 ............................................. 23
GRÁFICO 7. PLAZOS DE APROBACIÓN DE LOS PMA Y DEMORA PRODUCIDA ................. 24
GRÁFICO 8. PROCEDIMIENTOS DE ELABORACIÓN DE LOS PMA ....................................... 27
GRÁFICO 9. MEDIDAS ANALIZADAS DEL CICLO ANTIFRAUDE ........................................... 30
GRÁFICO 10. NIVELES DE ANÁLISIS ......................................................................................... 31
GRÁFICO 11. DECLARACIÓN ANTIFRAUDE A 30/09/22 ........................................................... 32
GRÁFICO 12. COMITÉ ANTIFRAUDE A 30/09/22 ....................................................................... 34
GRÁFICO 13. CÓDIGO ÉTICO A 30/09/22 ................................................................................... 37
GRÁFICO 14. EVALUACIÓN DEL RIESGO A 30/09/22 ............................................................... 38
GRÁFICO 15. CONFLICTO DE INTERÉS A 30/09/22 .................................................................. 41
GRÁFICO 16. DOBLE FINANCIACIÓN A 30/09/22 ...................................................................... 43
GRÁFICO 17. FORMACIÓN A 30/09/22 ....................................................................................... 45
GRÁFICO 18. GRADO DE IMPLANTACIÓN DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN A
30/09/2022 (ANÁLISIS AGREGADO TCU-OCEX)................................................. 45
GRÁFICO 19. CONSULTAS A BBDD A 30/09/22 ........................................................................ 46
GRÁFICO 20. INDICADORES DE RIESGO A 30/09/22 ................................................................ 48
GRÁFICO 21. CANALES DE DENUNCIA A 30/09/22 .................................................................. 49
GRÁFICO 22. GRADO DE IMPLANTACIÓN DE LAS MEDIDAS DE DETECCIÓN A
30/09/2022 (ANÁLISIS AGREGADO TCU-OCEX)................................................. 52
GRÁFICO 23. SITUACIÓN DE LAS MEDIDAS DE CORRECCIÓN Y PERSECUCIÓN A
30/09/2022 (ANÁLISIS ESPECÍFICO TCU) ........................................................... 54
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 9
I. INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO
El Pleno del Tribunal de Cuentas (TCu), en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo
3.a) de su Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento, aprobó, en sesión de 24 de febrero de
2022, el Programa de Fiscalizaciones para el año 2022, en el que figura, entre las programadas a
iniciativa del propio Tribunal, la Fiscalización de los planes antifraude aprobados por las entidades
locales que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Esta fiscalización se enmarca en el Plan Estratégico del TCu para el periodo 2018-2021, aprobado
el 25 de abril de 2018. En el anexo I se indican los objetivos específicos, las medidas y las
actuaciones del citado plan en las que se encuadra la actuación fiscalizadora.
Asimismo, esta actuación se vincula a la primera fase a la que se refiere el Acuerdo marco, aprobado
por el Pleno el 28 de abril de 2022, sobre la programación del ejercicio de la función fiscalizadora
por el TCu en relación con la puesta en marcha, ejecución y evaluación de resultados del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Según este acuerdo, este tipo de
fiscalizaciones se consideran actuaciones de importancia cuantitativa, de actualidad e interés social
que revisten carácter estratégico para el TCu. En el anexo II se detallan los antecedentes de la
creación del PRTR y su marco regulador.
Esta actuación se ha desarrollado de forma coordinada entre el TCu y los Órganos de Control
Externo (OCEX) de las comunidades autónomas (CCAA), habiendo sido considerada de interés
prioritario para el desarrollo de fiscalizaciones conjuntas en el año 2022 por la Comisión de
Coordinación en el ámbito local del TCu y los OCEX.
Cada OCEX ha llevado a cabo la actuación fiscalizadora sobre las entidades del ámbito territorial
en el que desarrolla su competencia fiscalizadora y el TCu la ha realizado sobre las entidades de
las CCAA sin OCEX (Cantabria, Castilla-La Mancha
1
, Extremadura, La Rioja y Región de Murcia),
así como sobre aquellas en las que dichos órganos no participaron de esta actuación coordinada
(Andalucía y Canarias). En el anexo III se exponen las pautas de procedimiento seguidas para la
ejecución de los trabajos.
I.2. ÁMBITO DE LA FISCALIZACIÓN
I.2.1. Ámbito subjetivo
El ámbito subjetivo de la actuación fiscalizadora está constituido por las entidades integrantes del
sector público local que participen de las medidas del PRTR y que hubiesen adquirido la condición
1
La Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha fue creada por la ley 7/2021, de 3 de diciembre. No obstante, no comenzó
su funcionamiento hasta la aprobación de su Reglamento de Organización y Funcionamiento el 30 de marzo de 2023.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 10
de «entidad ejecutora
2
» durante el primer semestre desde la entrada en vigor de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR, esto
es, entre el 1 de octubre de 2021 y el 31 de marzo de 2022
3
.
I.2.2. Ámbito objetivo
El ámbito objetivo se refiere a los planes de medidas antifraude aprobados por las entidades locales
(EELL) integradas en el ámbito subjetivo, en ejecución de las acciones contempladas en el PRTR,
así como a cualquier otro mecanismo desarrollado por las entidades que refuerce las actuaciones
de prevención del fraude, con independencia de la fecha de su aprobación.
I.2.3. Ámbito temporal
El ámbito temporal se extiende desde la fecha de entrada en vigor de la Orden HFP/1030/2021, el
1 de octubre de 2021, hasta el 15 de agosto de 2022, sin perjuicio del examen de actuaciones
llevadas a cabo en momentos anteriores o posteriores en la medida en que se considere oportuno
para el mejor cumplimiento de los objetivos de la fiscalización.
I.3. TIPO DE FISCALIZACIÓN Y OBJETIVOS
Esta fiscalización tiene carácter horizontal. Se trata de una fiscalización de cumplimiento, así como
operativa o de gestión. Es de cumplimiento, en la medida en que tiene como finalidad verificar si las
entidades ejecutoras de las medidas del PRTR han dispuesto de los planes antifraude o planes de
medidas antifraude (PMA) previstos en la normativa aplicable. También es operativa, en cuanto a
que se han valorado los sistemas y procedimientos adoptados por las entidades para la aprobación,
implantación y seguimiento de los PMA en relación con los cuatro elementos clave del «ciclo
antifraude», esto es, la prevención, la detección, la corrección y la persecución.
Los objetivos generales de esta fiscalización, de acuerdo con las Directrices Técnicas, han sido los
siguientes:
2
De acuerdo con la Resolución 1/2022, de 12 de abril, de la Secretaría General de Fondos Europeos, por la que se
establecen instrucciones a fin de clarificar la c ondición de entidad ejecutora, la designación de órganos responsables de
medidas y órganos gestores de p royectos y subproyectos, en el marco del sistema de gestión del PRTR, son entidades
ejecutoras del PRTR todas las entidades locales contempladas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora
de las Bases del Régimen Local, que tengan asignado un subproyecto; esto es, cuando reciban fondos destinados a la
realización de acciones contempladas en el PRTR, con independencia de la naturaleza del instrumento jurídico empleado.
3
Entidades locales beneficiarias de ayudas, subvenciones y recursos vinculados a la ejecución del PRTR y transferidos
a través de instrumentos jurídicos formalizados entre el 1 de octubre de 2021 y el 31 de marzo de 2022.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 11
GRÁFICO 1. OBJETIVOS GENERALES DE LA ACTUACIÓN FISCALIZADORA
Fuente: Elaboración propia.
La actuación fiscalizadora se ha abordado desde una doble perspectiva. Con objeto de lograr una
visión de conjunto y permitir un análisis comparado de las actuaciones llevadas a cabo por las EELL
del territorio nacional integradas en el ámbito subjetivo, los resultados del examen del cumplimiento
de los objetivos 1, 2 y 3 se exponen de forma agregada en los subapartados II.2 a II.6, recogiendo
los resultados tanto de los OCEX que han participado como los que el Tribunal ha obtenido
4
.
Respecto del cumplimiento de los objetivos 4 y 5, los subapartados II.5 y II.7 incluyen los resultados
relativos a las entidades situadas en los ámbitos territoriales de las CCAA de Andalucía, Canarias,
Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, La Rioja y Región de Murcia, apreciados por el TCu.
Asimismo, se ha verificado la observancia de la normativa reguladora en materia de transparencia
(subapartado II.8) y de igualdad efectiva de mujeres y hombres en todo aquello que, de conformidad
con dicha normativa, pudiera tener relación con el objeto de las actuaciones fiscalizadoras
4
Al margen de que cada OCEX que tome parte en esta actuación fiscalizadora integre, en su caso, en su respectivo
informe dichos resultados sobre las entidades de su ámbito.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 12
(subepígrafe II.5.1.2). Por el contrario, de acuerdo con el ámbito objetivo de la fiscalización, no se
ha examinado la sostenibilidad ambiental de las actuaciones y entidades fiscalizadas.
En el desarrollo de los trabajos, se han aplicado las Normas de Fiscalización del TCu, aprobadas
por su Pleno en sesión de 23 de diciembre de 2013.
Las entidades fiscalizadas han cumplido, en general, con su deber de colaboración, habiendo
aportado la información, documentación y aclaraciones requeridas para el adecuado cumplimiento
de los objetivos de la actuación fiscalizadora.
En relación con el deber de colaboración de las entidades fiscalizadas, hay que destacar la situación
del Ayuntamiento de Cuenca, que aprobó su PMA el 30 de septiembre de 2022, último día del
periodo analizado. Ni durante la realización de los trabajos de fiscalización ni durante el plazo
habilitado para actualizar los datos aportados previamente, la entidad informó de tal acuerdo ni
aportó el documento aprobado.
Este Tribunal no ha tenido conocimiento de la aprobación del PMA hasta el final del plazo del que
disponía la Entidad para la formulación de alegaciones prorrogado tras su solicitud. Fue en ese
momento ocho meses después de su aprobación y finalizados los trabajos de la fiscalización
cuando el ayuntamiento informó a este Tribunal de la aprobación de su PMA, si bien tampoco aportó
el plan aprobado.
Esta falta de colaboración del Ayuntamiento de Cuenca durante los trabajos de fiscalización ha
condicionado y limitado su desarrollo, imposibilitando el análisis del contenido de su plan. Por ello,
los resultados que se exponen en el subapartado II.5 no incluyen los referidos a dicha entidad.
De las 214 entidades integrantes de la muestra, el Ayuntamiento de Cervera, la Comarca del Baix
Camp y las entidades locales menores de Campredó y L’Estartit de la CA de Cataluña no atendieron
las solicitudes de información y documentación realizadas por la Sindicatura de Comptes de
Catalunya.
Esta falta de colaboración, aunque ha imposibilitado el desarrollo de los trabajos sobre estas
entidades, no ha impedido dar cumplimiento de los objetivos generales de la actuación fiscalizadora
coordinada. En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras no se han producido limitaciones que
hayan impedido cumplir los objetivos previstos.
Si bien en el anexo VI, referido a la rendición de cuentas, se hace referencia a la totalidad de las
214 entidades fiscalizadas, atendiendo a lo anterior, los resultados que se exponen excluyen a las
4 arriba citadas y se refieren a las 210 restantes.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 13
II. RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
En el desarrollo de la actuación fiscalizadora y para la consecución de los objetivos anteriormente
mencionados, se han llevado a cabo todas las pruebas y actuaciones que se han considerado
precisas, y se han empleado los procedimientos y técnicas de auditoría que se han entendido
necesarios para la obtención de las evidencias que sustentan los resultados obtenidos.
Las verificaciones se han realizado sobre una muestra de 214 entidades adjudicatarias de recursos
durante el primer semestre de vigencia de la Orden HFP/1030/2021, esto es, entre el 1 de octubre
de 2021 y el 31 de marzo de 2022.
La inexistencia de una fuente centralizada, completa y accesible de información, que incluyese la
totalidad de convocatorias de ayudas y subvenciones con cargo al MRR, así como las entidades
beneficiarias de estos que hubiesen adquirido la condición de entidad ejecutora, ha dificultado la
identificación del universo de entidades a partir del cual seleccionar la muestra sobre la que realizar
los trabajos de fiscalización.
En este sentido, ni la Plataforma CoFFEE-MRR (Plataforma Común de Fondos Europeos, módulo
del MRR), sistema de información de gestión del PRTR establecido por el Ministerio de Hacienda y
Función Pública (MHFP) para la agrupación de toda la información generada en los procesos de
gestión de las iniciativas por los ministerios, las comunidades autónomas (CCAA), las entidades
locales (EELL) y demás entes habilitados, ni la Unidad de Seguimiento del PRTR de la Secretaría
General de Asuntos Económicos y G20 de la Presidencia del Gobierno de España, encargada de
la elaboración de los distintos informes de seguimiento de la ejecución del PRTR, disponían, a la
finalización del periodo analizado (en septiembre de 2022), de la información necesaria para los
Órganos de Control a los efectos de delimitar las obligaciones derivadas para las entidades
5
.
En el anexo IV se detallan los procedimientos empleados para la identificación de las entidades
adjudicatarias de los recursos durante ese periodo y en el anexo V se identifican las entidades
seleccionadas en la muestra y se desarrollan los criterios tenidos en consideración para su elección.
El siguiente cuadro muestra la tipología de las entidades seleccionadas y su distribución
autonómica:
5
En la tramitación del Anteproyecto de informe de fiscalización sobre las medidas adoptadas en el ámbito auto nómico
para la implementación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el Ministerio de Hacienda y Función
Pública, a quien fue remitido el Anteproyecto para la formulación de alegaciones, informó al Tribunal de Cuentas el 27 de
marzo de 2023 que a esa fecha “el sistema CoFFEE dispone de todas las funcionalidades para la carga de la información”.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 14
CUADRO 1. TIPOLOGÍA DE LAS ENTIDADES SELECCIONADAS Y DISTRIBUCIÓN
AUTONÓMICA
COMUNIDAD AUTÓNOMA
N.º
AYUNTAMIENTOS
N.º DDPP O
ENTIDADES
EQUIVALENTES
N.º
OTRAS
EELL1
Andalucía
13
2
-
Aragón
18
1
3
Canarias
2
1
-
Cantabria
10
-
-
Castilla y León
18
9
-
Castilla-La Mancha
11
5
-
Cataluña
24
3
10
Comunidad de Madrid
14
-
-
Comunidad Foral de Navarra
2
-
-
Comunitat Valenciana
13
-
-
Extremadura
3
1
-
Galicia
18
3
1
Illes Balears
10
-
-
La Rioja
3
-
-
País Vasco
5
-
-
Principado de Asturias
6
-
-
Región de Murcia
5
-
-
TOTAL
175
25
14
1 Área metropolitana (1), c omarcas (6), consorcios (2), entidades locales menores (2),
mancomunidades (2) y organismo autónomo (1).
Fuente: Elaboración propia.
Respecto al ámbito temporal de la actuación fiscalizadora, como se ha indicado previamente en el
epígrafe I.2.3, se extiende desde la fecha de entrada en vigor de la Orden HFP/1030/2021, el 1 de
octubre de 2021, hasta el 15 de agosto de 2022, sin perjuicio del examen de actuaciones llevadas
a cabo en momentos posteriores, en la medida en que se haya considerado oportuno para el mejor
cumplimiento de los objetivos de la fiscalización. Por ello, teniendo en cuenta el carácter progresivo
de la implantación de las distintas medidas objeto de análisis, se hace constar que los resultados
referidos a los avances realizados por las entidades en materia antifraude se extienden hasta la
fecha de cierre de los trabajos de fiscalización por las instituciones de control, esto es, el 30 de
septiembre de 2022
6
.
Se exponen, a continuación, los resultados obtenidos en la actuación fiscalizadora:
II.1. DETERMINACIÓN DE LA CONDICIÓN DE ENTIDAD EJECUTORA EN LAS EELL
Los PMA se configuran como el instrumento exigido legalmente para toda entidad que participe en
la ejecución de las medidas del PRTR.
6
Los resultados expuestos se refieren a la fecha indicada, excepto los de las CCAA de Castilla y León y País Vasco, que
se refieren a la situación a 15 de septiembre, y la Comunitat Valenciana, que se extienden hasta noviembre.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 15
Con el objetivo de garantizar la correcta gestión de los fondos y dar cumplimiento a las exigencias
comunitarias en relación con la protección de los intereses financieros de la Unión, impuestas en el
Reglamento (UE) 2021/241, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
(MRR)
7
, el apartado primero del artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021 establece la necesidad de
que toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR
disponga de un PMA. Este PMA le debe permitir garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito
de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas
aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la
corrupción y los conflictos de intereses.
Teniendo en cuenta las implicaciones que suponen para una entidad ser considerada «entidad
ejecutora», es necesario identificar los requisitos que deben cumplir las entidades adjudicatarias de
los recursos para poder ser calificadas como tales. Esto permitirá diferenciar las entidades
ejecutoras, obligadas a aprobar un PMA, de aquellas que no deban ser consideradas como tales,
para las cuales la disponibilidad de estos planes se trataría de una medida conveniente incardinada
en el marco de las buenas prácticas en materia de lucha contra el fraude.
A estos efectos, la Orden HFP/1030/2021 incorpora un glosario de términos para facilitar la
interpretación uniforme del sistema de gestión. Entre estos términos se encuentran los de «entidad
decisora» y «entidad ejecutora».
Se atribuye la condición de «entidad decisora» a los departamentos ministeriales, a los que les
corresponde la responsabilidad de la planificación y seguimiento de las reformas e inversiones a
realizar en el marco del PRTR, así como del cumplimiento de los hitos y objetivos de estas. Por su
parte, las «entidades ejecutoras» se definen como aquellas a las que les «corresponde, en el ámbito
de sus competencias, la ejecución de los distintos proyectos o subproyectos
8
de las pertinentes
reformas e inversiones, bajo los criterios y directrices de la entidad decisora».
La SGFE, apreciando que, avanzado el proceso de definición de los proyectos por parte de los
ministerios, se habían recibido diversas consultas sobre la condición de entidad ejecutora del PRTR,
consideró necesario dictar unas instrucciones de aplicación general con el fin de clarificar las
previsiones contenidas en la Orden HFP/1030/2021
9
. Esta Resolución precisaba que, en el ámbito
local, eran entidades ejecutoras del PRTR todas las EELL, que tuviesen asignado un subproyecto;
esto es, cuando recibieran fondos destinados a la realización de acciones contempladas en el
PRTR, con independencia de la naturaleza del instrumento jurídico empleado (convocatorias de
subvenciones, formalización de convenios, etc.).
Adicionalmente, la SGFE del MHFP creó un centro de atención a usuarios en relación con la
tramitación de los fondos del PRTR que, entre otras funcionalidades, disponía de un área dedicada
7
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece
el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en relación con la protección de los intereses financieros de la Unión.
8
El citado anexo define a los proyectos como el «Conjunto de acciones, recursos y medios bajo la dirección de un único
responsable (Entidad ejecutora) que se crea para conseguir, en un plazo determinado de tiempo, la finalidad o resultados
para los que se han definido las Medidas del PRTR». Por su parte, los subproyectos surgen de la descomposición de
parte de un proyecto o de otro subproyecto, cuando para su ejecución interviene más de una entidad ejecutora. La
descomposición en subproyectos lleva asociada la transferencia de recursos económicos y el compromiso de
cumplimiento de hitos y objetivos a la entidad ejecutora responsable del subproyecto.
9
Resolución 1/2022, de 12 de abril, de la SGFE, por la que se establen instrucciones a fin de clarificar la condición de
entidad ejecutora, la designación de órganos responsables de medidas y órganos gestores de proyectos y subproyectos,
en el marco del sistema de gestión del PRTR.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 16
particularmente a dar respuesta a las cuestiones que se pudiesen suscitar en relación con su
gestión
10
, en la que se publicaba a modo de «preguntas frecuentes», diversa información que podía
resultar de interés para las entidades.
En dicho sitio web constaba, entre otras, una publicación, fechada en el primer trimestre de 2022,
en la que se indicaba que las entidades públicas que aprobaban las convocatorias tenían la
consideración de ejecutoras. Además, se precisaba que, para la ejecución de los proyectos
financiados con esas convocatorias, las EELL adjudicatarias tendrían que incurrir en gastos, a
través de licitaciones públicas, por lo que adquirirían, igualmente, la consideración de entidad
ejecutora, con las obligaciones que a las mismas les imponen las órdenes HFP/1030/2021 y
HFP/1031/2021
11
.
La CA de Aragón, conocido lo establecido en la Orden HFP/1030/2021 y la Orden HFP/1031/2021,
de 29 de septiembre, así como la Instrucción aclaratoria sobre la delimitación de la condición de
entidad ejecutora dictada por la SGFE en abril de 2022, se planteaba dudas sobre la posición que
ocupan las EELL en el marco del sistema de gestión del PRTR cuando no les correspondía
directamente la ejecución de un proyecto o subproyecto del PRTR, por no quedar claro los requisitos
que debían cumplir
12
y, el 26 de mayo de 2022 elevó a la Administración General del Estado (AGE)
una consulta específicamente referida a las EELL. La respuesta complementó la información
disponible indicando, como criterio general, que:
Cuando la convocatoria esté destinada a EELL únicamente, con independencia del tipo de convocatoria
que fuese, estas pasarán a ser entidades ejecutoras y como tal, están obligadas a las obligaciones que
como tales tienen […]. Sin embargo, cuando las EELL se presentan a convocatorias a las que concurran
con empresas privadas y/o públicas o cualquier otra institución, figurarán como los beneficiarios de las
mismas y no tendrán que figurar como entidades ejecutoras y en consecuencia no tendrán las obligaciones
que lleve aparejado ser entidad ejecutora.
Esta respuesta a la consulta fue notificada a la CA de Aragón y no fue publicada en el sitio web de
la SGFE.
Finalmente, en marzo 2023, dieciocho meses después de la aprobación de HFP/1030/2021, de 29
de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR, y 12 meses después de la
aprobación de la Resolución 1/2022, de 12 de abril, de la SGFE, por la que se establecen
instrucciones a fin de clarificar la condición de entidad ejecutora, la designación de órganos
responsables de medidas y órganos gestores de proyectos y subproyectos, en el marco del sistema
de gestión del PRTR, la SGFE del MHFP publicó una aclaración en el centro de atención al usuario
en la que indicaba que las EELL beneficiarias de alguna subvención financiada con el MRR tenían
la condición de entidad ejecutora y, por lo tanto, la obligación de aprobar un PMA
13
.
10
El sitio web dedicado a la resolución de las cuestiones era: https://soportesgffee.zendesk.com/hc/es.
11
Fuente de la publicación: https://soportesgffee.zendesk.com/hc/es/articles/4979887390865--Qui%C3%A9n-tiene-que-
realizar-el-Plan-de-medidas-antifraude-y-todo-lo-derivado-de-las-%C3%B3rdenes-ministeriales-El-que-solicita-y-recibe-
una-ayuda-como-beneficiario-de-la-misma-o-bien-la-entidad-p%C3%BAblica-que-realiza-la-convocatoria-.
12
Fuente: Consulta realizada por la CA de Aragón el 26 de mayo de 2022.
13
Fuente de la publicación: https://soportesgffee.zendesk.com/hc/es/articles/12898653364241-Condici%C3%B3n-de-las-
entidades-locales-beneficiarias-de-alguna-subvenci%C3%B3n-financiada-con-el-Mecanismo-de-Recuperaci%C3%B3n-
y-Resiliencia-MRR-.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 17
Por todo lo expuesto, cabe apreciar la dificultad que tuvieron las EELL a la hora de considerarse o
no entidades ejecutoras, lo que pudo influir en la demora en el plazo en que las entidades elaboraron
los PMA, como se desarrolla en el subapartado II.3.
En el gráfico siguiente se muestra la evolución en la determinación del concepto de entidad
ejecutora en el ámbito local desde 2021 hasta la actualidad:
GRÁFICO 2. EVOLUCIÓN DE LA DETERMINACIÓN DEL CONCEPTO DE ENTIDAD
EJECUTORA EN EL ÁMBITO LOCAL DESDE 2021
Fuente: Elaboración propia.
II.2. AUTOEVALUACIONES DEL CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS DE GESTIÓN DEL
PRTR EN MATERIA ANTIFRAUDE
La Orden HFP/1030/2021 establece en su artículo segundo una serie de principios transversales
de obligatoria consideración en la planificación y ejecución del PRTR, entre los que destaca el
refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los
conflictos de interés. En el marco del desempeño de la función de control de gestión, los órganos
responsables y gestores deben llevar a cabo una autoevaluación de sus procedimientos a la entrada
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 18
en vigor de la orden y repetirla, al menos, una vez al año durante la vigencia del PRTR. El objetivo
es garantizar que el resultado de dicha autoevaluación configura un escenario de «riesgo bajo».
Para facilitar esta autoevaluación, la orden incluye seis cuestionarios
14
y el método de cálculo del
riesgo, estableciendo tres tramos en función de las puntuaciones obtenidas (bajo, medio y alto) y
que determinarán las medidas que deberán adoptar las entidades orientadas a mejorar las
carencias apreciadas.
En el gráfico siguiente se resumen los aspectos básicos contenidos en la Orden HFP/1030/2021
referidos a las autoevaluaciones de cumplimiento:
GRÁFICO 3. ASPECTOS BÁSICOS DE LA AUTOEVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO
Fuente: Elaboración propia.
A la fecha de cierre de los trabajos, únicamente el 57 %
de las 210 entidades, 119 de ellas, habían realizado
una autoevaluación de sus procedimientos. Entre las
14
Los seis cuestionarios están referidos a:
1. Aspectos esenciales.
2. Control de gestión.
3. Hitos y objetivos.
4. Daños medioambientales.
5. Conflicto de interés, prevención del fraude y la corrupción.
6. Compatibilidad régimen de ayudas de Estado y evitar doble financiación.
Fuente: Elaboración propia.
GRÁFICO 4. AUTOEVALUACIONES
REALIZADAS A 30/09/22
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 19
90 entidades que no realizaron tal autoevaluación
15
, como indicaba la citada orden (se identifican
todas ellas en el anexo VII), destacan, por su tamaño, los ayuntamientos de A Coruña, Getafe,
Girona, Huelva, Leganés, León, Lugo, San Cristóbal de La Laguna y Santiago de Compostela,
además de las Diputaciones Provinciales (DDPP) de A Coruña, Albacete, Ciudad Real, Cuenca,
Granada
16
, Guadalajara, León, Teruel y Toledo.
Puesto que estos ejercicios han sido realizados por las propias entidades, podrían llevar implícita
cierta carga de subjetividad. La puntuación obtenida por el 39 % de las 119 entidades, 46 de ellas,
no alcanzó la mitad de la calificación máxima. En el 61 % restante, 73 entidades, se rebasó la mitad
de los puntos máximos y, de ellas, 44 obtuvieron una puntuación superior al 75 % de la puntuación
máxima.
En general, las entidades realizaron estas autoevaluaciones durante 2022, el 84 % de ellas (100
entidades), y el 8 %, 10 de ellas, a lo largo del último trimestre de 2021. Las 9 entidades restantes
no aportaron la fecha de su realización.
Además, la mayor parte de las entidades realizaron sus autoevaluaciones antes o simultáneamente
a la aprobación de sus PMA, habiéndose observado que la mayoría de las entidades que realizaron
las autoevaluaciones antes o simultáneamente a la aprobación de sus PMA obtuvieron peores
puntuaciones (una media de 37 sobre 64 puntos) respecto de aquellas que las cumplimentaron
después de la aprobación de estos (una media de 51 sobre 64).
En cuanto al personal que debe realizar estas autoevaluaciones, es recomendable que las
autoevaluaciones sean realizadas por un equipo evaluador multidisciplinar que conozca en
profundidad los sistemas y procesos de la entidad. Sin embargo, el 24 % de las 119 entidades que
llevaron a cabo tales autoevaluaciones, 28 de ellas, externalizaron su realización.
En general, esas externalizaciones se llevaron a cabo a través de contratos menores
17
cuyo objeto
abarcaba no sólo este servicio, sino que incluía, además, otros aspectos vinculados al cumplimiento
de la Orden HFP/1030/2021, tales como la elaboración de códigos éticos, evaluaciones de riesgos
vinculados con el fraude, la corrupción, el conflicto de interés y la doble financiación, alcanzando,
además, en algunos casos, la elaboración de los propios PMA. El análisis de los procedimientos de
contratación para la elaboración de las autoevaluaciones y los PMA se desarrolla posteriormente
en el subapartado II.4.
Por su parte, el Ayuntamiento de Teruel encargó su realización a una sociedad municipal mediante
una encomienda de gestión.
En cuanto al plazo para realizar la autoevaluación del procedimiento, tal y como se ha indicado
previamente, y, de acuerdo con el artículo 2 de la Orden HFP/1030/2021, debe ser una tarea
recurrente para las entidades y debe reiterarse en el tiempo con una periodicidad de, al menos, una
15
Los ayuntamientos de Besalú y El Astillero y la Comarca del Berguedà realizaron la autoevaluación de sus
procedimientos con posterioridad al periodo analizado. No se dispuso de esta información del Ayuntamiento de Cuenca.
16
La entidad puso de manifiesto en el trámite de alegaciones haber realizado la evaluación de sus procedimientos en el
propio PMA, en el que se incluyen notas a pie con la correlación entre las medidas antifraude y las preguntas de
autoevaluación que componen el test del anexo II.B.5 de la Orden HFP/1030/2021. Sin embargo, no ha podido verificarse
su efectiva realización, al no estar cumplimentado el anexo 7 de autoevaluación de su PMA ni haberse puntuado las
distintas cuestiones a valorar.
17
En el Ayuntamiento de Madrid se formalizó un contrato no menor de asistencia técnica especializada para los programas
de ayudas europeas, como se desarrolla en el subapartado II.4.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 20
vez al año durante la vigencia del PRTR. No obstante, 9 de ellas
18
tenían previsto realizarlas en
plazos más amplios, en contra de lo establecido en el citado artículo, y en otras 4, el plazo se
establecía como anual o bienal en función del riesgo.
Asimismo, 4 entidades, los ayuntamientos de Dos Hermanas, Talavera de la Reina y Vigo, así como
la Diputación Provincial (DP) de Lleida, no tenían prevista una periodicidad específica, lo que
supone, además del incumplimiento de lo establecido en la normativa, un riesgo por la falta de
adaptación ante escenarios cambiantes. Por su parte, 9 entidades no facilitaron esta información
19
.
II.3. APROBACIÓN DE LOS PMA
El 81 % de las 210 entidades que aportaron información había aprobado un PMA a la fecha de
cierre de los trabajos de fiscalización, en cumplimiento de las obligaciones derivadas de su
participación en el PRTR.
Por su parte, el 19 % restante de las entidades, 40 de ellas, no disponía de un PMA a 30 de
septiembre de 2022. De ellas, 5 renunciaron a su participación en el PRTR y, por lo tanto, a los
recursos asignados. Las causas de su renuncia fueron las siguientes:
Imposibilidad de dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de la gestión del PRTR en
los ayuntamientos de Abanilla, Escucha y Villacañas.
No disposición de recursos financieros suficientes para cumplir con los compromisos
adquiridos en las resoluciones de asignación, situación concurrente en los ayuntamientos
de Collado Villalba y Sant Llorenç des Cardassar.
En el gráfico siguiente se muestra el resumen de las entidades seleccionadas y su situación en
relación con la aprobación de un PMA a 30 de septiembre de 2022:
18
Los ayuntamientos d e Canovelles, Consuegra, Coslada, Ermua, Sant Feliu de Guíxols, Santa Margalida, así como la
Comarca de La Garrotxa, la Mancomunidad del Alto Valle del Aragón y el Consorcio de les Vies Verdes de Girona.
19
Los ayuntamientos de Aranjuez, Daimiel, Lalín, Pontevedra, San Xoán de Río, Santander, Torrijos y Tui y la DP de
Ourense no aportaron tal información.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 21
GRÁFICO 5. SITUACIÓN DE LAS ENTIDADES EN RELACIÓN CON LA APROBACIÓN DE
LOS PMA A 30/09/2022 (ANÁLISIS AGREGADO TCU-OCEX)
Fuente: Elaboración propia.
Por su parte, en el cuadro siguiente se indican las 35 entidades que, no habiendo renunciado a su
participación en el PRTR, tampoco habían aprobado un PMA a la fecha de cierre de los trabajos
20
,
así como el importe de los recursos adjudicados durante el periodo analizado.
20
Los ayuntamientos de Adra, Almadén, As Pontes de García Rodríguez, Besalú, Biota, Boiro, Càlig, Camargo,
Consuegra, Castro-Urdiales, El Astillero, Maracena, Montanuy, Piélagos, Sariñena y Tapia de Casariego y la Comarca
del Matarraña aprobaron sus PMA después del periodo analizado.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 22
CUADRO 2. ENTIDADES SIN PMA APROBADO A 30/09/2022
COMUNIDAD AUTÓNOMA/
PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
RECURSOS
ASIGNADOS
Andalucía
8.000,00
Almería
Ayuntamiento de Adra
25.501
4.000,00
Granada
Ayuntamiento de Maracena
22.358
4.000,00
Aragón
11.460.878,52
Huesca
Ayuntamiento de Montanuy
215
8.000.000,00
Ayuntamiento de Sariñena
4.173
628.435,64
Comarca de Cinca Medio
-
1.000.000,00
Teruel
Comarca de Matarraña
-
1.679.000,00
Zaragoza
Ayuntamiento de Biota
912
153.442,88
Cantabria
322.192,59
Ayuntamiento de Camargo
30.497
3.301,53
Ayuntamiento de Castro-Urdiales
32.975
3.301,53
Ayuntamiento de El Astillero
18.116
2.701,02
Ayuntamiento de Noja
2.650
308.388,51
Ayuntamiento de Piélagos
26.035
4.500,00
Castilla y León
72.305,13
Ávila
Ayuntamiento de Solana de Rioalmar
145
1.379,40
León
Ayuntamiento de Sahagún
2.441
52.379,04
Palencia
Ayuntamiento de Bárcena de Campos
52
968,00
Salamanca
Ayuntamiento de Arapiles
669
4.000,00
Segovia
Ayuntamiento de Fuente de Santa Cruz
108
3.500,00
Valladolid
Ayuntamiento de Traspinedo
1.149
6.078,69
Zamora
Ayuntamiento de Fuentesaúco
1.608
4.000,00
Castilla-La Mancha
3.173.709,74
Albacete
Ayuntamiento de Yeste
2.567
99.000,00
Ciudad Real
Ayuntamiento de Almadén
5.105
64.738,14
Toledo
Ayuntamiento de Consuegra
9.942
9.971,60
Cataluña
8.540.554,00
Barcelona
Ayuntamiento de Balsareny
3.278
1.600,00
Consorci del Bages per la Gestió de Residus
-
8.536.394,00
Girona
Ayuntamiento de Besalú
2.502
1.200,00
Tarragona
Ayuntamiento de Banyeres del Penedès
3.280
1.360,00
Comunitat Valenciana
8.000,00
Castellón/Castelló
Ayuntamiento de Càlig
2.002
4.000,00
Valencia/València
Ayuntamiento de Mogente
4.326
4.000,00
Extremadura
4.000,00
Badajoz
Ayuntamiento de Higuera la Real
2.202
4.000,00
Galicia
2.337.641,60
A Coruña
Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez
10.032
100.000,00
Ayuntamiento de Boiro
18.955
237.641,60
Pontevedra
Ayuntamiento de Baiona
12.286
2.000.000,00
Illes Balears
666.000,00
Ayuntamiento de Alcúdia
20.651
666.000,00
La Rioja
23.287,18
Ayuntamiento de Daroca de Rioja
62
23.287,18
Principado de Asturias
1.642.500,00
Ayuntamiento de Tapia de Casariego
3.683
1.642.500,00
Fuente: Elaboración propia.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 23
En cuanto al alcance de los planes aprobados por las entidades a la fecha de cierre de los trabajos
21
,
en el 78 % de los casos, 131 PMA, estos se referían a la totalidad de la organización y las entidades
de su sector público, mientras que los restantes 38 PMA hacían referencia exclusivamente a la
entidad o a un ámbito inferior a esta, refiriéndose únicamente, en ocasiones, a determinado personal
encargado de la gestión de los fondos del PRTR. El gráfico siguiente muestra el alcance de los PMA
aprobados. El alcance concreto del PMA de cada entidad consta en el anexo VII
22
.
GRÁFICO 6. ALCANCE DE LOS PMA APROBADOS A 30/09/22
Fuente: Elaboración propia.
Respecto al momento en el que las entidades debían tener aprobado los PMA, la Orden
HFP/1030/2021 estableció un plazo para la aprobación de estos de 90 días desde su entrada en
vigor o, en su caso, desde que las entidades tuvieran conocimiento de la participación en la
ejecución del PRTR.
De los 170 planes, 131, el 77 %, fueron aprobados en plazo, mientras que el 23 % restante, 39 de
ellos, lo fueron en un plazo superior, destacando, por su tamaño, los ayuntamientos de Coslada,
Cuenca, Getafe, Leganés, Lugo, Palma, Palencia, Salamanca, Tarragona y Valladolid y las DDPP
de A Coruña, Cuenca, Guadalajara, Soria y Zamora.
Del análisis de las demoras observadas, se obtuvieron los siguientes resultados:
En 22 entidades, el retraso no superó los 50 días.
En 14 entidades, la demora osciló entre los 51 y 100 días.
En 3 entidades, los ayuntamientos de Alcorisa, Cuenca y Pollença, se superaron los 100
días de demora, duplicando, por tanto, el plazo máximo establecido en la Orden
HFP/1030/2021 para su aprobación.
En el gráfico siguiente se muestra el cumplimiento del plazo fijado para la aprobación de los PMA y
la demora producida en aquellas entidades que los aprobaron con posterioridad. Por su parte, en el
21
No se ha podido verificar el alcance del PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
22
El 23 de diciembre de 2022 el Ayuntamiento de Teruel modificó su PMA para incluir en su ámbito subjetivo todas las
entidades del sector público municipal.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 24
anexo VII se indican las entidades que aprobaron sus PMA excediendo los 90 días y se detalla el
retraso por tramos
23
24
.
GRÁFICO 7. PLAZOS DE APROBACIÓN DE LOS PMA Y DEMORA PRODUCIDA
Fuente: Elaboración propia.
Por su parte, respecto del órgano encargado de la aprobación de los PMA, la Orden HFP/1030/2021
no atribuye expresamente a ninguno la aprobación de estos. No obstante, el MHFP, a través de las
recomendaciones contenidas en la Guía para la aplicación de medidas antifraude en la ejecución
del PRTR, del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA), sugiere que sean los máximos
órganos o autoridades de gobierno en cada entidad local los que aprueben estos planes, por
asimilación con las entidades integrantes del sector público institucional, en las que se atribuye
dicha competencia a la presidencia, directores o cargos equivalentes.
En general, y conforme a las recomendaciones anteriores, los PMA de los ayuntamientos fueron
aprobados al más alto nivel en proporciones similares por el pleno, la junta de gobierno local o la
presidencia de las entidades. Por su parte, en las DDPP, entidades equivalentes y resto de EELL,
también fueron aprobados por los máximos órganos o autoridades de gobierno, fundamentalmente
por sus plenos.
Por otra parte, el SNCA recomienda a las entidades la remisión de los planes aprobados, así como
de cualquier actualización o revisión que se produzca, a través de la dirección de correo electrónico
habilitada que consta en la Guía, a los efectos de lograr su incardinación entre los objetivos de la
Estrategia Nacional Antifraude. Si bien el envío de los planes tiene el carácter de recomendación, y
en ningún caso implica que éstos sean sometidos a evaluación por el SNCA, lo consideran útil para
23
El Ayuntamiento de Mérida puso de manifiesto en el trámite de alegaciones no haber excedido el plazo establecido por
la Orden HFP/1030/2021 para aprobar su PMA, al considerar qu e la publicación en el BOE el 8 de diciembre de 2021
del Real Dec reto 1074/2021, de 7 de diciembre, que regulaba la concesión directa de subvenciones destinadas a la
financiación de pro yectos sostenibles de mantenimiento y rehabilitación del patrimonio histórico con uso turístico, en el
marco del PRTR, otorgaba al Ayuntamiento la condición de «potencial beneficiario» y no la de beneficiario definitivo.
24
El Ayuntamiento de Torrelavega puso de manifiesto en el trámite de alegaciones no haber excedido el plazo establecido
por la Orden HFP/1030/2021 para aprobar su PMA, al considerar que la subvención co ncedida por el Decreto 109/2021,
de 10 de diciembre, de concesión directa de subvenciones a Entidades Locales para la dotación de bibliotecas públicas
en el marco del PRTR, no le otorgó la condición de entidad ejecutora ni le exigía expresamente la aprobación del PMA,
aduciendo un «cambio posterior de criterio» para la determinación del concepto de entidad ejecutora.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 25
mejorar la definición de la citada estrategia. Sin embargo, únicamente el 35 % de las 170 entidades
que aprobaron un PMA los remitieron al SNCA
25
26
.
Asimismo, resulta relevante indicar que, de las 170 entidades que aprobaron un PMA al cierre de
los trabajos, 52 de ellas disponían, además, de instrumentos adicionales en materia de lucha contra
el fraude y los conflictos de interés, tales como otros planes antifraude diferentes de los establecidos
en la Orden HFP/1030/2021, códigos de buen gobierno o sistemas de integridad:
33 entidades pusieron de manifiesto disponer de otros planes antifraude, 29 de los cuales
estaban relacionados con actuaciones anteriores cofinanciadas por recursos comunitarios,
provenientes del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), dentro del marco de las
Estrategias de Desarrollo Urbano Sostenible Integrado (EDUSI), aprobados durante el
periodo de programación 2014-2020
27
, así como otros planes o sistemas de integridad
diferentes de estos
28
.
Otras 21 entidades
29
tenían aprobados códigos de buen gobierno que, si bien no tenían
carácter obligatorio, recogían recomendaciones de buenas prácticas e incluían principios,
normas y reglas al objeto de mejorar su gobierno corporativo.
II.4. PROCEDIMIENTOS DE ELABORACIÓN DE LOS PMA Y EXTERNALIZACIÓN DE
SERVICIOS
El MHFP, a través de la Guía del SNCA, recomendaba la elaboración interna de los PMA, sin recurrir
a su externalización mediante contratación pública u otro tipo de negocio jurídico. No obstante,
consciente de la situación de carencia de medios materiales y técnicos en las entidades,
especialmente en las de menor dimensión, sugería a aquellas que no dispusieran de recursos para
su elaboración que acudiesen a la figura de la encomienda de gestión, prevista en el artículo 11 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP). Como alternativa,
sugería también su adhesión a los PMA de la administración pública de tutela, adscripción o
vinculación, o bien la asunción del plan elaborado por las entidades decisoras, debiendo realizar,
en ambos casos, las necesarias adaptaciones a su estructura organizativa y peculiaridades en la
gestión.
25
No se ha podido verificar la remisión al SNCA del PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
26
En el trámite de alegaciones, el CI de Gran Canaria ac reditó haber enviado su PMA al SNCA como consecuencia de
las recomendaciones incluidas en el Anteproyecto de informe remitido.
27
Lo s ayuntamientos de Alicante, Aranjuez, Ávila, Azuqueca de Henares, Baeza, Cáceres, Cádiz, Ibiza, Lalín, León,
Logroño, Málaga, Mérida, Orihuela, Oviedo, Palma, Pontevedra, San Cristóbal de La Laguna, San Javier, Santander,
Soria, Talavera de la Reina, Toledo, Torrelavega, Torrent, Úbeda, València, Vélez-Málaga y la DP de Granada disponían
de otros planes antifraude vinculados a la realización de actuaciones anteriores financiadas con fondos europeos
28
Los ayuntamientos de Barcelona, Gijón, Mataró y Vigo disponían de otros planes o sistemas de integridad diferentes.
29
Los ayuntamientos de Barcelona, Girona, L'Hospitalet de Llobregat, Lloret de Mar, Madrid, Salamanca, Sant Feliu de
Guíxols, Santa Eulària des Riu, Segovia, Tarragona y Zamora; las DDPP de Ávila, Burgos, Palencia, Salamanca, Segovia
y Tarragona, el Consorcio de les Vies Verdes de Girona, la Comarca de Berguedà, el Área Metropolitana de Barcelona y
el Organismo Autónomo Patronat Municipal d e Cultura de les Franqueses del Vallès tenían aprobados c ódigos de buen
gobierno.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 26
Los procedimientos de elaboración de los 170 PMA aprobados fueron los siguientes:
La mayor parte de las entidades, 117, elaboraron internamente los planes, el 69 %. Algunas
recurrieron a diversos modelos o plantillas tipo como punto de partida para elaborar sus
planes, reproduciendo e integrando parte del contenido de ellas, si bien adaptaron los
documentos a sus circunstancias específicas y peculiaridades organizativas.
4 entidades se adhirieron a los planes de otras AAPP, lo que requirió su adaptación a la
estructura organizativa y las peculiaridades de gestión. El Ayuntamiento de Eivissa se adhirió
al Plan del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y los de Alcubierre y
Benasque y la Mancomunidad del Alto Valle del Aragón al de la CA de Aragón. Únicamente
el Ayuntamiento de Eivissa había realizado ajustes para adaptarlo a sus circunstancias
específicas.
El del Ayuntamiento de Cuenca fue realizado a partir de un convenio con la Universidad de
Castilla-La Mancha.
El Ayuntamiento de Teruel encomendó su realización a una sociedad municipal que, a su
vez, subcontrató el servicio con una empresa privada.
Las 47 entidades restantes
30
, el 28 %, externalizaron, total o parcialmente, su elaboración
con terceros, fundamentalmente a través de contratos menores, todas excepto los
ayuntamientos de A Pobra de Trives
31
, Madrid y Torrejón de Ardoz
32
, que formalizaron
contratos de servicios de asistencia técnica.
30
Los ayuntamientos de A Pobra de Trives, Aínsa-Sobrarbe, Alfaro, Aranjuez, Barcelona, Borja, Castropol, Daroca, Ejea
de los Caballeros, El Prat de Llobregat, Ermua, Getafe, Girona, La Sotonera, Lalín, LHospitalet de Llobregat, Lloret de
Mar, Logroño, Los Alcázares, Madrid, Manzanares, Mérida, Monzón, Paradela, Reinosa, Ribeira, Roses, Sabadell, San
Cristóbal de La Laguna, San Javier, Donostia-San Sebastián, Sant Feliu de Guíxols, Sevilla, Tarragona, Torrejón de Ardoz,
Torrelavega, Viladecans, Vilagarcía de Arousa y Zaragoza; las DDPP de Cáceres, Ciudad Real, Cuenca y Zamora, el CI
de Gran Canaria, las comarcas de La Garrotxa y El Ripollés y el Consorcio de les Vies Verdes de Girona externalizaron
la elaboración de sus PMA. La DP de Cáceres, en el trámite de alegaciones, aclaró que el objeto del servicio contratado
consistió en la realización de talleres de mentorización y tutorización para la elaboración de l PMA de la entidad y su
adaptación a los municipios de la provincia.
31
El Ayuntamiento de A Pobra de Trives había formalizado un contrato de consultoría para el apoyo general en su
actividad administrativa en el marco del cual se elaboró el plan. El importe de dicho contrato no fue facilitado.
32
El contrato fue celebrado por un consorcio del que el Ayuntamiento era una de las entidades consorciadas.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 27
Elaboración interna
personal municipal
69 %
Externalización a
terceros
28 %
Adhesión a planes
de otras AAPP
2 %
Otros
1 %
En el gráfico siguiente se muestra el resumen de los procedimientos utilizados para la elaboración
de los PMA en las entidades:
GRÁFICO 8. PROCEDIMIENTOS DE ELABORACIÓN DE LOS PMA
Fuente: Elaboración propia.
En relación con el coste de elaboración de los PMA, el importe total de la contratación ascendió a
505.176,34 euros (IVA incluido). Casi una cuarta parte del importe correspondía al contrato
formalizado por el Ayuntamiento de Madrid para la prestación de servicios de asistencia
especializada a los programas de ayudas europeas, por 121.532,40 euros, encuadrado en uno de
los lotes del Acuerdo marco de asistencia técnica en materia fiscal, económica, financiera y laboral,
para el desarrollo de planes y proyectos y la realización de estudios y evaluaciones del Área de
Gobierno de Hacienda y Personal.
El resto de los contratos no superaron los 15.000 euros establecidos como límite máximo para la
celebración de contratos menores (18.150 euros con IVA).
La mayor parte de las contrataciones no tenían por objeto exclusivo la elaboración de los PMA, sino
que incluían, además, otros servicios vinculados a los requisitos en materia antifraude establecidos
por la Orden HFP/1030/2021, tales como la práctica de autoevaluaciones de los procedimientos, la
elaboración de códigos éticos o de conducta, la realización de evaluaciones de riesgos vinculados
con el fraude, la corrupción, el conflicto de interés y la doble financiación, la elaboración de
procedimientos para abordar el conflicto de interés, la implantación de canales de denuncias, el
diseño de herramientas de detección de fraude o el desarrollo de actuaciones formativas, entre
otras.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 28
Además, algunas de las entidades que externalizaron la elaboración de los PMA a través de
contratos que incluían únicamente ese servicio celebraron otros adicionales para el desarrollo de
algunas de las actividades anteriormente referidas, por un importe de 60.403,20 euros
33
.
Por su parte, 19 entidades
34
de las 117 que elaboraron internamente sus PMA también celebraron
contratos relacionados con el cumplimiento de otros requisitos en materia antifraude establecidos
por la Orden HFP/1030/2021 distintos de la elaboración del plan.
El importe total de la contratación de estos servicios adicionales ascendió a 129.950,15 euros,
7.219,45 euros de media
35
, destacando, por su importe, el de la DP de Barcelona, cuyo objeto era
la realización de una evaluación de riesgos, así como la adquisición de una herramienta para la
detección del fraude, por importe de 20.383,30 euros, y los del Ayuntamiento de Vigo y del Área
Metropolitana de Barcelona, ambos de 18.089,50 euros, que tenían por objeto la autoevaluación de
sus procedimientos, en el primero, y el desarrollo de una metodología global y su implantación, en
cumplimiento de las necesidades derivadas de la orden HFP/1030/2021, en el segundo.
El coste del convenio formalizado por el Ayuntamiento de Cuenca con la Universidad de Castilla-La
Mancha para la elaboración de su PMA ascendió a 25.000 euros, e incluía, además, el cumplimiento
de otros requisitos en materia antifraude establecidos por la Orden HFP/1030/2021 distintos de la
elaboración del plan.
Por último, en relación con la encomienda formalizada por el Ayuntamiento de Teruel, anteriormente
referida, el importe abonado a la sociedad municipal ascendió a 17.684 euros
36
. Además, el
ayuntamiento formalizó un contrato para la adquisición de un software antifraude, por importe de
2.746,70 euros.
En el anexo VIII se detalla el coste incurrido en cada una de las entidades, cuyo resumen consta en
el siguiente cuadro:
33
Las 6 entidades fueron los ayuntamientos de Barcelona (17.315 euros), Borja (1.452 euros), El Prat de Llobregat (9.813
euros), L'Hospitalet de Llobregat (13.310 euros), Girona (2.904 euros) y la DP de Cáceres (15.609 euros).
34
Los ayuntamientos de Alcorisa, Gijón, La Vall dUixó, Manresa, Ma taró, Salou, Santa Eulària des Riu, Santa Susanna,
Segovia, Vigo, Vila-seca y Zumarraga; las DDPP de Albacete, Barcelona, Burgos, Ourense, Salamanca y Tarragona y el
Área Metropolitana d e Barcelona celebraron contratos relacionados con el cumplimiento d e los re quisitos en materia
antifraude establecidos por la Orden HFP/1030/2021 distintos de la elaboración del Plan.
35
La DP de Ourense no aportó in formación sobre el importe del contrato y el Ayuntamiento de Mataró y la DP de
Tarragona implantaron un canal de denuncias facilitado sin coste por un Consorcio de la CA de Cataluña.
36
El contrato formalizado por la sociedad municipal derivado de la encomienda realizada incluía prestaciones adicionales
a la elaboración del PMA, en el marco de un servicio global de asistencia técnica especializada en gestión de fondos
europeos.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 29
CUADRO 3. N.º DE CONTRATOS Y OTROS INSTRUMENTOS Y COSTE INCURRIDO EN LA
ELABORACIÓN DE LOS PMA Y OTROS ASPECTOS DE LA ORDEN HFP/1030/2021
TIPO DE CONTRATO/OTRO INSTRUMENTO
N.º
IMPORTE
Contratos menores para la elaboración de los PMA
44
365.627,04
Contratos menores para otras prestaciones
26
193.100,05
Contratos de servicios de asistencia técnica, y otros instrumentos para la elaboración
de los PMA
5
182.233,30
TOTAL
75
740.960,39
Fuente: Elaboración propia.
II.5. CONTENIDO E IMPLANTACIÓN DE LOS PMA
Los requerimientos mínimos que deben contener los PMA se recogen en el artículo 6 de la Orden
HFP/1030/2021, que establece la necesidad de que las medidas que comprendan se estructuren,
de manera proporcionada, en torno a los cuatro elementos clave del «ciclo antifraude», esto es, la
prevención, la detección, la corrección y la persecución. Estos elementos se desarrollan en el
documento Orientaciones para el refuerzo de los mecanismos para la prevención, detección y
corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses, referidos en el artículo 6 de la
Orden HFP/1030/2021 (Orientaciones), publicado por el MHFP el 24 de enero de 2022, y en la Guía
del SNCA, ya mencionada en el subapartado II.3.
En el desarrollo de los trabajos se han verificado las medidas contenidas en los PMA referidas a
estos cuatro elementos que se detallan en el gráfico siguiente, cuyos resultados se exponen en los
tres primeros epígrafes del presente subapartado.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 30
GRÁFICO 9. MEDIDAS ANALIZADAS DEL CICLO ANTIFRAUDE
Fuente: Elaboración propia.
Por su parte, en el cuarto y último subapartado se expone si las entidades han dado cumplimiento
a los procedimientos establecidos en el caso de haberse detectado situaciones de fraude, efectivo
o potencial, o situaciones potenciales de conflicto de interés.
Antes de abordar el análisis de las medidas incluidas en los PMA, conviene destacar el distinto
grado de exigencia de su obligatoriedad que se irá detallando a continuación, para cada una de
las medidas, puesto que, mientras que en algunos casos se trata de meras orientaciones y
recomendaciones encaminadas a la lucha contra el fraude y los conflictos de interés, en otros, su
cumplimiento tiene carácter obligatorio. En este sentido, la elección de las medidas de prevención
y detección no obligatorias se deja a juicio de cada entidad, atendiendo a sus características
específicas y siempre teniendo en cuenta la necesidad de garantizar una conveniente protección
de los intereses de la Unión. Para ello, la citada orden incorpora en su anexo III una orientación
sobre las posibles medidas a adoptar para garantizar una protección adecuada de los intereses
financieros de la Unión en la ejecución de actuaciones financiadas por el MRR.
En el presente subapartado se exponen dos niveles de análisis para cada uno de los tipos de
medidas del ciclo antifraude
37
38
:
1. Análisis agregado TCu-OCEX: como se ha indicado en el subapartado I.3, y con la finalidad
de lograr una visión de conjunto de las actuaciones llevadas a cabo por las EELL del territorio
nacional, se recogen, de forma agregada, los resultados del examen del cumplimiento de
37
Se exponen los dos niveles de resultados para los distintos tipos de medidas, excepto en relación con la prevención de
la doble financiación y la formación del personal en materia antifraude, que se analizan para la totalidad de las entidades.
38
Por lo expuesto al inicio del presente apartado, no ha sido posible analizar el PMA del Ayuntamiento de Cuenca, por lo
que los resultados que se exponen en el presente subapartado se refieren a 169 PMA aprobados en vez de a los 170.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 31
los objetivos 1, 2 y 3 en las 169 entidades que habían aprobado un PMA a fecha de cierre
de los trabajos (de las 214 analizadas).
2. Análisis específico TCu: se recogen los resultados respecto a los objetivos 4 y 5 en las 41
entidades situadas en las CCAA de Andalucía, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha,
Extremadura, La Rioja y Región de Murcia que habían aprobado un PMA a 30 de septiembre
de 2022 (de las 56 analizadas).
El alcance de ambos niveles de análisis se esquematiza en el gráfico siguiente:
GRÁFICO 10. NIVELES DE ANÁLISIS
Fuente: Elaboración propia.
II.5.1. Medidas de prevención
De los cuatro elementos del ciclo antifraude, la prevención se configura como clave en la lucha
contra el fraude, la corrupción, los conflictos de interés y la doble financiación, al producir un efecto
disuasorio, contribuir a atenuar los riesgos y reducir el coste de los controles ex post. Las medidas
de prevención deben ser proporcionales a la probabilidad y al impacto de los riesgos que se quieren
evitar o mitigar, y han de estar vinculadas a la detección, siguiente etapa del ciclo antifraude.
Las medidas analizadas han sido:
Aprobación de políticas antifraude.
Creación de comités antifraude.
Aprobación de códigos éticos.
Realización de evaluaciones de riesgos.
Disposición de medidas para prevenir los conflictos de interés.
Establecimiento de procedimientos para evitar la doble financiación.
Formación en materia antifraude.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 32
De las medidas anteriores, la Orden HFP/1030/2021 configura como actuaciones obligatorias la
evaluación de riesgo de fraude y la disposición de medidas para prevenir y abordar los conflictos de
interés.
En el anexo IX se muestra el resultado del análisis de estas medidas para cada una de las entidades.
Tanto la Orden HFP/1030/2021 como el documento de Orientaciones del MHFP y la Guía del SNCA
hacen patente la necesidad de que las organizaciones manifiesten un compromiso firme contra el
fraude y una tolerancia cero ante este a través de una declaración institucional firmada al más alto
nivel que siente las bases de la política antifraude. Para facilitar su cumplimiento, las Orientaciones
del MHFP proponen un modelo de declaración.
1) Análisis agregado TCu-OCEX
El 97 % de las 169 entidades que habían aprobado
un PMA a 30 de septiembre de 2022
39
, 164 de ellas,
disponían de una declaración institucional en la que
se manifestaba su compromiso firme contra este. Las
únicas 5 entidades que no habían aprobado una
declaración de este tipo fueron los ayuntamientos de
Berga, Lloret de Mar y Salas y las DDPP de Cuenca
y León.
La necesidad de que estas declaraciones se firmen al
más alto nivel supone la implicación de las autoridades de las organizaciones en la lucha contra el
fraude. Respecto de la aprobación de las políticas en las 164 entidades que disponían de ellas (133
ayuntamientos, 25 DDPP y entidades equivalentes y 8 entidades diferentes de las anteriores
(comarcas, consorcios, mancomunidades, etc.):
De los 133 ayuntamientos, el 93 % de las declaraciones antifraude fueron suscritas por el
pleno, la alcaldía o la junta de gobierno local; 4 % fueron aprobadas por autoridades de
menor rango y un 3 % no aportaron información sobre el órgano que aprobó sus políticas
antifraude
40
.
De las 25 DDPP y entidades equivalentes, en 22 fueron firmadas al más alto nivel, por la
presidencia o la junta de gobierno en el Cabildo Insular (CI) de Gran Canaria, el órgano
encargado fue el Consejo de Gobierno Insular. Sin embargo, en las DDPP de Lleida y
Pontevedra fueron suscritas por autoridades de menor rango; la DP de Soria no aportó
información sobre el órgano que aprobó su política antifraude.
En las 8 entidades restantes, las declaraciones también fueron firmadas al más alto nivel.
39
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
40
En los ayuntamientos de Córdoba, Coslada, Getafe, Manresa y Torrejón de Ardoz las declaraciones fueron aprobadas
por autoridades de menor rango y los de Aranjuez, Medinaceli, Santa Susanna y Sanxenxo no aportaron información
sobre el órgano que aprobó sus políticas antifraude.
Fuente: Elaboración propia.
GRÁFICO 11. DECLARACIÓN
ANTIFRAUDE A 30/09/22
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 33
El alcance de la mayor parte de las políticas aprobadas se circunscribía a la actividad de gestión de
los fondos del MRR, situación que se produjo en 107 de las 164
41
entidades. Por su parte, en otras
40, el alcance de las políticas tenía carácter general y se extendía a toda su actividad y en las 16
restantes se refería expresamente a otros fondos europeos distintos del MRR.
2) Análisis específico TCu
Las declaraciones de los ayuntamientos de Cádiz y Logroño, firmadas en 2017 y 2021,
respectivamente, no fueron realizadas en el marco del PRTR, sino que estaban vinculadas a la
gestión de otros fondos europeos recibidos con anterioridad, en el marco de las estrategias EDUSI.
La mayor parte de las entidades incluyeron las declaraciones institucionales en sus PMA,
generalmente como un anexo, aprobándose conjuntamente en el mismo acto, excepto los referidos
ayuntamientos de Cádiz y Logroño, el de Mérida y la DP de Albacete, que aprobaron la declaración
antes que sus PMA, y el Ayuntamiento de Daimiel y el CI de Gran Canaria, que lo hicieron después.
En relación con el contenido de las declaraciones, ninguna de ellas contemplaba expresamente las
definiciones de fraude, corrupción y/o conflicto de interés, si bien estos conceptos estaban incluidos
en sus PMA. El Ayuntamiento de Santander, por su parte, optó por remitirse a la legislación
comunitaria que aborda estas definiciones.
Por su parte, el concepto expreso de tolerancia cero ante el fraude estaba incluido en todas las
declaraciones institucionales, excepto en las de los ayuntamientos de Manzanares, Murcia,
Santander, Santoña y Torrelavega
42
y la DP de Albacete.
Para lograr la concienciación entre los trabajadores de las organizaciones y la efectividad en la
implantación de la política antifraude, resulta necesario garantizar su difusión, que puede realizarse
a través de diversos canales como su publicación en la intranet y/o mediante la remisión de un
correo electrónico. De las 40 entidades que disponían de estas declaraciones, los ayuntamientos
de Manzanares y Torrijos y la DP de Toledo no les dieron difusión entre sus trabajadores, limitando,
por tanto, su conocimiento entre su personal.
Los comités antifraude, u órganos de naturaleza similar, encargados de elaborar, aplicar y llevar a
cabo el seguimiento de las disposiciones contenidas en los PMA, es otro de los instrumentos
preventivos. Entre sus principales funciones se encuentran las de efectuar las evaluaciones de
fraude, examinar denuncias, valorar las situaciones que puedan ser constitutivas de fraude o
corrupción y, en caso necesario, comunicarlas a las entidades correspondientes, así como proponer
medidas correctivas, sin perjuicio de que cada entidad, desde su plena potestad de
autoorganización, decida distribuir dichas labores y cualquiera otra entre uno o varios órganos.
41
El Ayuntamiento de Aranjuez no aportó información sobre el alcance de su política antifraude.
42
Los ayuntamientos de Santoña y Torrelavega sí consideraban la tolerancia cero ante el fraude, la corrupción y los
conflictos de intereses entre las funciones de sus respectivas unidades antifraude. Por su parte, en el trámite de
alegaciones, el Ayuntamiento de Santander acreditó haber incluido dicho concepto en su declaración institucional, lo que
se produjo con posterioridad al cierre de los trabajos de fiscalización.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 34
Estas unidades pueden ser unipersonales o colegiadas, debiendo estar dotadas de autonomía y
tener, preferentemente, conocimientos y experiencia en materia antifraude, quedando a discreción
de cada entidad la periodicidad de sus reuniones.
En cuanto a la composición, el documento de Orientaciones del MHFP propone que, a nivel local,
estos órganos estén constituidos por quienes ejerzan funciones análogas a las de subsecretario,
como responsable, y por personal perteneciente a diversas unidades, tales como la inspección de
servicios, el control interno o auditoría, el servicio jurídico, gestores de los subproyectos, etc.
1) Análisis agregado TCu-OCEX
A pesar de la necesidad de disponer de estos órganos,
el 30 % de las entidades que aprobaron un PMA a 30
de septiembre de 2022
43
, 50 de ellas, no habían
constituido formalmente un comité antifraude, órgano
fundamental para asegurar la implantación de la cultura
antifraude
44
.
De las 119 entidades que disponían de estos comités,
8 ya tenían constituido un órgano de naturaleza
similar
45
con antelación a la entrada en vigor de la
Orden HFP/1030/2021. La creación de estos órganos
en las 111 entidades restantes derivó de su
participación en la ejecución del PRTR, y se produjo
entre noviembre de 2021 y septiembre de 2022.
En cuanto al perfil de los miembros de los órganos de esta naturaleza, cabe destacar que en el 27
% de las entidades, 32 de las 119, carecían de formación y experiencia en materia antifraude que
les permitiera un mejor desarrollo de sus funciones
46
.
43
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
44
Los ayuntamientos de A Pobra de Trives, Alcubierre, Aranda de Duero, Aranjuez, Berga, Canovelles, Carreño,
Castropol, Ejea de los Caballeros, Gea de Albarracín, La Matanza de Acentejo, La Sotonera, Leganés, Manresa,
Manzanares, Marín, Oia, Palencia, Paradela, Parla, Pinto, Pollença, Puente Genil, Reinosa, Roses, Salas, San Cristóbal
de La Laguna, San Javier, San Xoán de Río, Santa María de Cayón, Santiago de Compostela, Santoña, Sanxenxo, Sevilla,
Torrelodones, Torrijos, Úbeda, Zamora y Zaragoza; las DDPP de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Granada, Guadalajara,
Lleida y Tarragona y el CI de Gran Canaria; el Consorcio de les Vies Verdes de Girona, la Mancomunidad del Alto Valle
de Aragón y el Patronat Municipal de Cultura de les Franqueses del Vallès no habían constituido formalmente su comité
antifraude. En el trámite de alegaciones, la DP de Granada acreditó la constitución de su com ité antifraude, lo que se
produjo con posterioridad al cierre de los trabajos de fiscalización.
45
Los ayuntamientos de A Coruña, Algeciras, Ávila, Lalín, Vélez-Málaga, Vigo y Viladecans y la DP de Barcelona ya
tenían constituido un órgano de naturaleza similar con antelación a la entrada en vigor de la orden.
46
Carecían de formación y e xperiencia en la materia los miembros de los comités antifraude de los ayuntamientos de A
Coruña, Alcorisa, Azuqueca de Henares, Benasque, Bigastro, Bisbal d'Empordà, Borja, Cáceres, Canals, Casarrubuelos,
Córdoba, Daroca, Huelva, Huesca, Leoz, Lloret de Mar, Manacor, Marratxí, Medinaceli, Moratalla, Muro, Novelda,
Salamanca, Sant Feliu de Guíxols, Santa Eulària des Riu, Santa Margalida, Teruel, Vélez-Málaga y Vila-seca, y las DDPP
de León, Teruel y Toledo. No se dispuso de tal información de los miembros del comité de la DP de Ourense. En el trámite
de alegaciones, el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares puso de manifiesto la aprobación de su Plan de Formación
para 2023, en el que se incluían acciones formativas obligatorias sobre ética púbica y política antifraude, entre otras
materias.
Fuente: Elaboración propia.
GRÁFICO 12. COMITÉ ANTIFRAUDE A
30/09/22
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 35
2) Análisis específico TCu
En relación con el contenido de los PMA, en los 41 aprobados a 30 de septiembre de 2022
47
en las
EELL de las CCAA de Andalucía, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, La Rioja
y Región de Murcia, se preveía, con mayor o menor detalle, la existencia de algún tipo de órgano o
comité encargado del control y el seguimiento de las medidas antifraude. No obstante, únicamente
24 entidades lo habían constituido formalmente.
Además de las 17 entidades que no contaban con un comité, se verificaron incidencias en los
ayuntamientos de Cádiz y Huelva y la DP de Cádiz que sí disponían, en tanto que estos órganos
no habían comenzado a funcionar, a fecha de cierre de los trabajos
48
.
Casi la totalidad de los comités antifraude, 22 de los 24, se crearon como consecuencia de la
participación de las entidades en la ejecución del PRTR. Los ayuntamientos de Algeciras y Vélez-
Málaga disponían de estos órganos desde el año 2017, debido a su participación en la gestión de
otros fondos europeos en el marco de las estrategias EDUSI. El Ayuntamiento de Algeciras había
adaptado su comité a los nuevos requerimientos de gestión del PRTR.
En líneas generales, la regulación de su composición, funciones, régimen de reuniones y emisión
de informes de estos 24 órganos antifraude se recoge en los propios PMA, si bien algunas entidades
las incluyeron en otras disposiciones específicas.
En cuanto a su funcionamiento, lo habitual es que la celebración de reuniones estuviese
programada con una frecuencia, al menos, anual o incluso mayor (semestral o trimestral), aunque
los ayuntamientos de Santander
49
y Vélez-Málaga no habían establecido una periodicidad concreta.
Asimismo, estaba previsto que estos órganos emitieran informes anualmente, siendo habitual el
establecimiento de su remisión a los niveles más altos de las organizaciones, esto es, la alcaldía o
la presidencia, la junta de gobierno o el pleno, según la entidad. No obstante, 5 ayuntamientos no
habían previsto la emisión de informes periódicos
50
.
Todos los comités constituidos eran colegiados, con un número de miembros que oscilaba entre los
tres y los trece, pertenecientes, todos ellos, a servicios tales como secretaría, intervención,
tesorería, contratación, asesoría jurídica, fondos europeos, etc., en línea con la propuesta realizada
en el documento de Orientaciones del MHFP.
En relación con la observancia de la normativa reguladora en materia de igualdad, se ha verificado
la composición de los 24 comités formalmente constituidos, en atención a lo dispuesto en la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, resultando que
47
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
48
En el trámite de alegaciones, la DP de Cádiz acreditó el inicio de las actuaciones de su comité, lo que se produjo con
posterioridad al cierre de los trabajos de fiscalización.
49
En el trámite de alegaciones, el Ayuntamiento de Santander puso de manifiesto haber e stablecido una periodicidad
semestral para las reuniones de 2023.
50
Los ayuntamientos de Azuqueca de Henares, Cádiz, Málaga, Toledo y Vélez-Málaga no habían previsto la emisión de
informes periódicos.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 36
en 16 de ellos
51
no había una presencia equilibrada
52
, siendo superior, en 10 de los 16, el número
de hombres respecto al de mujeres; en los 6 restantes se produjo la situación inversa
53
.
No obstante, este desequilibrio tuvo su origen, en algunos casos, en que la designación de la mayor
parte de las personas que componían estos comités estaba vinculada al cargo que desempeñaban
en las entidades (intervención municipal, tesorería, secretaría o servicio de contratación, entre
otros). En otros, el número de personas integrantes de los mismos dificultaba su cumplimiento,
situación que se produjo en aquellos compuestos por un máximo de hasta 3 personas.
La implantación y el desarrollo en las organizaciones de una cultura ética es otro elemento clave
para la prevención del fraude y el conflicto de interés, así como para la reducción de su riesgo a un
nivel aceptable. Esta cultura ha de basarse en el fomento de valores como la integridad, la
objetividad y la rendición de cuentas, resultando necesario el establecimiento de un código ético o
de conducta que regule, entre otras cuestiones, la política de obsequios, la de confidencialidad o
los cauces de denuncia. Es necesario que estos códigos tengan difusión entre el personal de las
organizaciones a través de su publicación en la intranet o mediante la remisión de un correo
electrónico a cada miembro, que incluya, además, un enlace a este.
Para facilitar su elaboración, las Orientaciones del MHFP ofrecen un modelo de código de conducta
y la Guía del SNCA completa el contenido proponiendo la inclusión expresa de determinadas
referencias legislativas al capítulo VI del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprobó el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP)
Deberes de los empleados públicos. Código de Conducta, y al artículo 26 de la Ley 19/2013, de
9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIPBG)
Principios de buen gobierno.
1) Análisis agregado TCu-OCEX
El 11 % de las entidades que aprobaron un PMA a 30 de septiembre de 2022
54
, 18 de ellas, no
disponía de códigos éticos o de conducta reguladores del conflicto de interés y de las políticas de
51
La composición de los comités antifraude de los ayuntamientos de Algeciras, Azuqueca de Henares, Baeza, Cáceres,
Cádiz, Córdoba, Logroño, Los Alcázares, Málaga, Moratalla, Murcia, Santander, Talavera de la Reina, Torrelavega y
Vélez-Málaga y de la DP de Cáceres no era equilibrada.
52
De acuerdo con l a disposición adicional primera de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, debe entenderse por
composición equilibrada la presencia de mujeres y hombres de forma que, en el conjunto al que se refiera, las personas
de cada sexo no superen el 60 % ni sean menos del 40 %.
53
El mayor desequilibrio se produjo en los ayuntamientos de Cáceres, Córdoba, Logroño, Los Alcázares, Moratalla y
Talavera y la DP de Cáceres, en las que, al menos, el 80 % del comité estaba formado por personas del mismo sexo.
54
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 37
obsequios y confidencialidad en sus organizaciones
55
,
que impulsaran el desarrollo e implantación de una cultura
ética
56
.
Las 151 entidades restantes disponían de estos
instrumentos, que, en su mayor parte, estaban contenidos
en sus PMA, y fueron aprobados conjuntamente. Cabe
destacar, no obstante, que 25 de estas 151 entidades no
realizaron una adecuada divulgación de sus códigos, al
no difundirlos internamente entre sus empleados, lo que
dificultaba su conocimiento por el personal y limitaba, por
tanto, la aplicación de las medidas de prevención en
ellas
57
.
Poniendo en relación la disposición por las entidades de códigos éticos con la rendición al TCu y
los OCEX de sus cuentas anuales (cuyo análisis se desarrolla en el anexo VI), se produjeron
mejores resultados entre las entidades que disponían de estos códigos frente a las que no contaban
con ellos, ascendiendo la rendición de las cuentas del ejercicio 2021 al 89 % de las entidades en
las primeras, frente al 83 % en las segundas, y resultando que 22 entidades disponían de código
ético y no habían cumplido con sus obligaciones de rendición.
2) Análisis específico TCu
Aun cuando la mayor parte de los códigos estaban contenidos en los PMA, aprobándose
conjuntamente, los ayuntamientos de Algeciras, Santander y Torrelavega y la DP de Cádiz contaban
con códigos independientes, que fueron aprobados durante 2022, excepto la DP de Cádiz, que ya
disponía con anterioridad de este código, al adherirse en 2016 al Código de Buen Gobierno Local
de la Federación Española de Municipios y Provincias.
Todos estos códigos seguían el modelo propuesto en el documento de Orientaciones del MHFP y
consistían en un compendio de la normativa estatal, autonómica y local reguladora de la conducta
de los empleados que desempeñan sus funciones al servicio de las organizaciones, especialmente
la referida en los artículos 52 a 54 del TREBEP, recogiendo aspectos tales como la obligación de
confidencialidad que les incumbe y la política de regalos.
55
Los ayuntamientos de Alcubierre, Berga, Canals, Carreño, Huelva, Logroño, Novelda, Ribeira, Salamanca, Salas, San
Cristóbal de La Laguna, Santa María de Cayón, Santoña, Torrijos, Vélez-Málaga y Vilagarcía de Arousa, el CI de Gran
Canaria y la DP de León no disponían de códigos éticos o de conducta. El Ayuntamiento de Vélez-Málaga puso de
manifiesto, en el trámite de alegaciones, contar con una declaración institucional contra el fraude y la corrupción, pero
este documento no puede considerarse un código ético.
56
Destacaron, por su mayor población, los ayuntamientos de Huelva, Logroño, Salamanca y San Cristóbal de La Laguna,
la DP de León y el CI de Gran Canaria.
57
Los códigos aprobados no tuvieron difusión entre el personal de los ayuntamientos de Aranjuez, Baeza, Casarrubuelos,
Castropol, Getafe, La Matanza de Acentejo, Leganés, Manacor, Manzanares, Marratxí, Murcia, Muro, Palma, Puente
Genil, Reinosa, San Javier, Sant Feliu de Guíxols, Sevilla, Oia y Paradela; las DDPP de Guadalajara, Lleida, Tarragona y
Toledo y el Patronat Municipal de Cultura de les Franqueses del Vallés. Los ayuntamientos de A Coruña, Daimiel, Marín
y Sanxenxo y las DDPP de Ciudad Real, Cuenca y Ourense no aportaron información acerca de la difusión de sus códigos
éticos. En el trámite de alegaciones, la DP de Guadalajara acreditó haber realizado tal difusión como consecuencia de las
recomendaciones incluidas en el Anteproyecto de Informe remitido.
Fuente: Elaboración propia.
GRÁFICO 13. CÓDIGO ÉTICO A
30/09/22
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 38
A este respecto, la DP de Cádiz fue la única entidad que estableció normas específicas adicionales
al principio general de rechazar cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que
vaya más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, previsto para la política de regalos en
el citado artículo 54, fijando en 150 euros el límite del valor de los regalos que pueden ser aceptados
durante el periodo de un año, procedentes de la misma persona física o jurídica, siempre y cuando
correspondan a usos sociales o de cortesía.
La evaluación del riesgo de fraude es otra de las medidas de prevención obligatoria para los órganos
gestores recogida en la Orden HFP/1030/2021. Las entidades han de prever en sus PMA la
realización de una evaluación del riesgo de fraude, de su impacto y probabilidad, en los procesos
clave de la ejecución del PRTR, así como su revisión periódica, que debe ser bienal o anual en
función del nivel de riesgo de fraude y, en todo caso, cuando se detecte algún caso de fraude o
haya cambios significativos en los procedimientos o en el personal.
Para la realización de las evaluaciones, se establecen una serie de pasos clave, como son la
cuantificación de la probabilidad y el impacto del riesgo de fraude específico, la evaluación de los
controles de mitigación existentes, la evaluación del riesgo considerando el efecto de los controles
y su eficacia, así como la definición de controles específicos adicionales y la evaluación del riesgo
residual tras los controles adicionales planeados.
Asimismo, la Guía del SNCA propone una herramienta de evaluación, o matriz de riesgos, que no
sólo se centra en el riesgo de fraude, sino que comprende los otros tres riesgos que afectan a la
ejecución del MRR: la corrupción, los conflictos de interés y la doble financiación. El objetivo de esta
matriz es facilitar la evaluación de la probabilidad y el impacto de determinados riesgos en los
métodos de gestión más comunes aplicados en ejecución del MRR.
1) Análisis agregado TCu-OCEX
Un 50 % de las 169 entidades
58
, 84 de ellas, incumplieron
la obligación de realizar una evaluación del riesgo de
fraude
59
. En el anexo IX
60
se recoge el detalle de las
entidades que no habían llevado a cabo dicha
evaluación.
De las evaluaciones de riesgo aportadas por las 85
entidades restantes, 73 fueron realizadas entre marzo de
2021 y noviembre de 2022; el Ayuntamiento de Vélez-
58
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
59
Entre las entidades que no habían realizado evaluaciones del riesgo de fraude destacaron, por su población, los
ayuntamientos de Burgos, Córdoba, Leganés, Murcia, Oviedo, Santander y Zaragoza, así como 17 DDPP y el CI de Gran
Canaria. Con posterioridad al cierre de los trabajos, el Ayuntamiento de Oviedo realizó una evaluación del riesgo de fraude
en febrero de 2023.
60
El Ayuntamiento de Santander, en el trámite de alegaciones, puso de manifiesto estar llevando a cabo la evaluación
del riesgo de fraude, tarea aún no finalizada.
Fuente: Elaboración propia.
GRÁFICO 14. EVALUACIÓN
DEL RIESGO A 30/09/22
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 39
Málaga la llevó a cabo en 2017 y los de Bilbao y Eivissa la efectuaron al año siguiente
61
.
La elaboración de un modelo de evaluación de riesgos requiere un equipo evaluador multidisciplinar
que conozca en profundidad los procesos de la entidad. Este equipo debe incluir personal de
diferentes departamentos y con distintas responsabilidades, siendo recomendable que esta
actuación no sea externalizada, ya que requiere de un adecuado conocimiento de los sistemas y
los procesos de la entidad. En todo caso, las evaluaciones han de realizarse de forma objetiva e
independiente.
No obstante, y en contra de las citadas recomendaciones contenidas en la Guía del SNCA, las
evaluaciones de 14 entidades fueron íntegramente externalizadas
62
. De las 69 entidades
restantes
63
, 51 las realizaron internamente
64
y 18 con ayuda de entidades externas
65
.
2) Análisis específico TCu
En relación con el contenido de los PMA de las entidades de las CCAA de Andalucía, Canarias,
Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, La Rioja y Región de Murcia, los 41 aprobados a 30
de septiembre de 2022
66
preveían, con mayor o menor grado de detalle, la realización de
evaluaciones del riesgo de fraude, así como su posterior revisión. No obstante, únicamente 21
entidades efectuaron tales evaluaciones.
La mayor parte de las evaluaciones realizadas, el 81 % de ellas, se enmarcaban en la ejecución del
PRTR y estaban adaptadas a las particularidades de cada entidad. Sin embargo, las de los
ayuntamientos de Algeciras, Azuqueca de Henares
67
, Málaga y Vélez-Málaga estaban vinculadas
a la gestión de fondos EDUSI y no se ajustaban a lo estipulado en el documento de Orientaciones
y en la Guía del SNCA.
61
Los ayuntamientos de Getafe, Lalín, Pontevedra, San Xoán de Río, Santiago de Compostela, Sa nxenxo y Tui y las
DDPP de Ourense y Pontevedra no aportaron la fecha de las evaluaciones.
62
Las evaluaciones de los ayuntamientos de A Pobra de Trives, Aínsa-Sobrarbe, Alfaro, Borja, Daroca, La Sotonera,
Reinosa, Ribeira, San Cristóbal de La Laguna, Sant Feliu de Guíxols, Tarragona y Viladecans, la DP de Ourense y el
Consorcio de les Vies Verdes de Girona fueron íntegramente externalizadas.
63
No se dispuso de la información de los ayuntamientos de Getafe y Vélez-Málaga.
64
Los ayuntamientos de A Coruña, Algeciras, Alicante, Ávila, Azuqueca de Henares, Baeza, Bilbao, Cáceres, Cádiz,
Canovelles, Castelló de la Plana, Coslada, Dos Hermanas, Eivissa, Fuenlabrada, Gandia, Gijón, Huesca, Lalín, Logroño,
Lugo, Málaga, Manresa, Mataró, Palma, Pamplona, Parla, Pollença, Pontevedra, San Xoán de Río, Santa Eulària des Riu,
Santa Margalida, Santiago de Compostela, Sanxenxo, Soria, Torrejón de Ardoz, Torrelavega, Úbeda, València, Valladolid,
Vigo, Vila-real, Vitoria-Gasteiz y Zumarraga; las DDPP de Burgos, diz, Granada, Palencia, Pontevedra y Valladolid, y
el Área Metropolitana de Barcelona realizaron ellas mismas las evaluaciones.
65
Las evaluaciones fueron realizadas con ayuda de entidades externas en los ayuntamientos de Alcalá de Henares,
Aranjuez, Barcelona, El Prat de Llobregat, Ermua, Girona, L’Hospitalet de Llobregat, Los Alcázares, Madrid, Manzanares,
Mérida, Roses, Sabadell, San Javier, Donostia-San Sebastián, Sevilla y Tui y la Comarca del Ripollès. Sin embargo, el
ayuntamiento de Tui no aportó documentación justificativa de esta asistencia.
66
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
67
En el trámite de alegaciones, el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares puso de manifiesto haber concluido con
posterioridad al cierre de los trabajos, noviembre de 2022, la evaluación del riesgo de fraude, utilizando para ello el modelo
de la Guía del SNCA, si bien no aportó documentación justificativa de la evaluación realizada.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 40
Entre los indicadores de riesgo incluidos en las evaluaciones analizadas
68
, se ha verificado que
todas contemplaban el riesgo de fraude, de corrupción, de conflicto de interés y de doble
financiación, excepto los ayuntamientos de Cáceres, Los Alcázares, Mérida y Úbeda
69
, que no
consideraban este último.
La mayor parte de las entidades pusieron de manifiesto tener experiencia previa en la realización
de evaluaciones de este tipo de riesgos, 15 de las 21, como consecuencia, fundamentalmente, de
la realización de otros análisis previos vinculados a gestión de fondos EDUSI. Por el contrario, los
ayuntamientos de Alfaro, Dos Hermanas, Los Alcázares, Manzanares, Reinosa y San Cristóbal de
La Laguna afirmaron no disponer de tal experiencia previa.
Para la determinación de los riesgos y la realización de las evaluaciones, en la mayor parte de las
entidades se realizaron consultas al personal clave de su estructura organizativa (encargados de
los procesos y procedimientos, órganos de control interno y alta dirección). Únicamente el
Ayuntamiento de Reinosa puso de manifiesto no haber consultado a ninguno de los sujetos
anteriores.
Asimismo, aunque la mayoría de las entidades utilizaron los resultados de las auditorías y controles
internos durante el proceso de diseño de sus evaluaciones, los ayuntamientos de Algeciras, Reinosa
y San Cristóbal de La Laguna omitieron esta fuente de información, en contra de lo establecido en
la Guía del SNCA, lo que podría suponer una limitación en la determinación de los riesgos reales
en dichas evaluaciones.
Por otra parte, la Orden HFP/1030/2021 prevé la revisión periódica de las evaluaciones, bienal o
anual, según el riesgo de fraude, así como, en todo caso, cuando se detecte algún caso de fraude
o haya cambios significativos en los procedimientos de las entidades o en el personal. Todos los
PMA analizados contemplaban la revisión periódica de las evaluaciones, a excepción del plandel
ayuntamiento de Vélez-Málaga, en el que, si bien se indicaba la revisión de las evaluaciones, no se
establecía una periodicidad específica.
Los PMA de los ayuntamientos de Logroño, San Cristóbal de La Laguna, Sevilla, Vélez-Málaga y la
DP de Granada no preveían su revisión en caso de detección de un caso de fraude, ni si hubiese
cambios significativos en los procedimientos o en el personal, en contra de las citadas
prescripciones. Por su parte, el del Ayuntamiento de Mérida únicamente la preveía en el caso de
cambios significativos en los procedimientos y el de los ayuntamientos de Reinosa y San Javier ante
la detección de casos de fraude.
Entre las actuaciones obligatorias vinculadas a la prevención de situaciones de conflicto de interés
establecidas por la Orden HFP/1030/2021 destacan la cumplimentación por las entidades de
declaraciones de ausencia de conflicto de interés (DACI) y la disponibilidad de procedimientos
68
No se han podido verificar los indicadores de riesgo i ncluidos en la evaluación del Ayuntamiento de Vélez-Málaga. En
el trámite de alegaciones, puso de manifiesto disponer de «banderas rojas» en su PMA, pero no ha sido posible verificar
que estos indicadores se correspondan con los considerados en la referida evaluación de riesgos, que fue realizada en
2017 en el marco de la Estrategia DUSI.
69
Los ayuntamientos de Los Alcázares y Úbeda pusieron de manifiesto en el trámite de alegaciones haber contemplado
el riesgo de doble financiación. No obstante, no pueden aceptarse tales alegaciones dado que este riesgo, a pesar de ser
contemplado por ambas entidades en otras facetas de su gestión, no s e encontraba expresamente incluido en las
evaluaciones realizadas.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 41
específicos para abordar tales conflictos. En este marco, son los PMA los que deben definir
específicamente procedimientos relativos a la prevención y corrección de este tipo de situaciones.
En relación con las DACI, las entidades deben disponer de modelos que han de cumplimentarse
por el personal que participa en la gestión de los fondos (responsables de los órganos de
contratación y concesión de subvenciones, personal que redacte los documentos de licitación, las
bases y las convocatorias, expertos que evalúen las solicitudes, ofertas y propuestas y demás
órganos colegiados del procedimiento). Para facilitar su diseño, la orden incluye un modelo para su
utilización.
De igual forma, la cumplimentación de estos documentos es también obligatoria para los
beneficiarios que, dentro de los requisitos de concesión de las ayudas, deban llevar a cabo
actividades que presenten un potencial conflicto de interés.
1) Análisis agregado TCu-OCEX
Casi la totalidad de las entidades que habían aprobado un PMA al cierre de los trabajos, 167 de las
169
70
, disponían de modelos de DACI
71
.
Igualmente fueron mayoritarias las entidades que contaban con procedimientos para abordar los
conflictos de interés, si bien el 11 % de las EELL que habían aprobado un PMA no disponía de ellos,
19 entidades
72
, incumpliendo la obligación establecida en la Orden HFP/1030/2021.
GRÁFICO 15. CONFLICTO DE INTERÉS A 30/09/22
Fuente: Elaboración propia.
Los conflictos de interés hay que abordarlos como un riesgo con tratamiento diferenciado, debiendo
recoger los PMA tres elementos: su definición, los posibles actores implicados (empleados públicos
que realizan tareas de gestión, control y pago y otros agentes en los que se hayan podido delegar
estas funciones, así como beneficiarios privados, socios, contratistas y subcontratistas, cuyas
actuaciones sean financiadas con fondos, que puedan actuar en favor de sus propios intereses,
70
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
71
El Ayuntamiento de Berga y la Mancomunidad de Salnés fueron las únicas entidades que no habían redactado modelos
de DACI.
72
Los ayuntamientos de A Coruña, Berga, Barcelona, Bigastro, Bisbal d'Empordà, Cádiz, Carreño, Marín, Mataró, Ribeira,
Salas, San Cristóbal de La Laguna, Sanxenxo, Vigo y Vilagarcía de Arousa; las DDPP de Lleida, Ourense y Tarragona y
la Mancomunidad de Salnés no disponían de procedimientos para abordar los conflictos de interés. El Ayuntamiento de
Cádiz, en el trámite de alegaciones, manifestó contar con un protocolo de esta naturaleza en el marco de la estrategia
DUSI, si bien este documento se focaliza en materia antifraude pero no contiene un procedimiento específico para abordar
los conflictos de interés.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 42
pero en contra de los intereses financieros de la UE, en el marco de un conflicto de interés) y las
tipologías de conflictos de interés (aparente, potencial y real).
Sin embargo, los PMA aprobados por algunas de las entidades presentaban deficiencias en esta
materia, que se resumen en el siguiente cuadro:
CUADRO 4. DEFICIENCIAS DE LOS PMA EN RELACIÓN CON EL CONFLICTO DE INTERÉS
Fuente: Elaboración propia.
2) Análisis específico TCu
Los modelos de DACI redactados por las 41 entidades
73
se ajustaban al contenido propuesto por la
Orden HFP/1030/2021. Todas ellas se incluían como anexos a sus PMA. En todos los planes,
excepto en los de los ayuntamientos de Reinosa y San Cristóbal de La Laguna, se establecía la
obligatoriedad expresa de su cumplimentación por los responsables indicados.
De las 41 entidades, 7 de ellas no adaptaron el modelo de DACI para su firma por los contratistas,
subcontratistas y beneficiarios de subvenciones
74
. Asimismo, en 8 entidades no se formalizaron las
DACI preceptivas por los actores implicados descritos en sus PMA
75
.
73
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
74
Los ayuntamientos de Córdoba, Manzanares, Moratalla, Reinosa, San Javier y Torrijos y la DP de Ciudad Real no
adaptaron el modelo de DACI para su firma por los contratistas, subcontratistas y beneficiarios de subvenciones.
75
En los ayuntamientos de Daimiel, Moratalla, San Javier y Santoña; las DDPP de Ciudad Real, Cuenca y Toledo, y el CI
de Gran Canaria no se formalizaron las DACI preceptivas por los actores implicados descritos en los PMA.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 43
Como medida para la prevención del conflicto de interés, la comunicación e información al personal
de las distintas modalidades de conflicto de interés y de las formas de evitarlo constituye un
elemento esencial. Así estaba previsto en 32 de los 41 PMA aprobados
76
77
.
Además de las medidas relacionadas con la prevención del conflicto de interés, cuyo núcleo
fundamental lo constituye la implantación del uso de las DACI en las entidades, la orden contempla
determinadas disposiciones encaminadas a abordarlo, entre las que hay que destacar la
comunicación de la situación que pudiera suponer su existencia al superior jerárquico y la aplicación
estricta de la normativa interna correspondiente, en particular el artículo 24 de la LRJSP (relativo a
la recusación) y la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública
y buen gobierno.
Todos los PMA aprobados preveían la comunicación al superior jerárquico de potenciales
situaciones de conflicto de interés, y todos, a excepción de los de los ayuntamientos de Cádiz y San
Cristóbal de La Laguna, describían algún tipo de procedimiento en este sentido.
La prevención expresa de la doble financiación es una materia relevante que no se inserta
propiamente en el ciclo antifraude, estableciendo la Orden HFP/1030/2021 que las entidades que
participen en la ejecución del PRTR deben aplicar procedimientos que permitan asegurar el respeto
a la normativa relativa a las ayudas de Estado, así como garantizar la ausencia de doble
financiación.
Para ello, recoge un cuestionario de autoevaluación que contiene el estándar mínimo a cumplir, así
como una referencia orientativa para facilitar la observancia de los requerimientos sobre la
compatibilidad con el régimen de ayudas de Estado y la prevención de la doble financiación.
Se recomienda que en los PMA se describan los procedimientos implantados en los sistemas de
control interno de gestión para asegurar que en la ejecución de los fondos del MRR no se produce
doble financiación y que los gastos están vinculados a la ejecución de este. Tales controles no sólo
deben basarse en autodeclaraciones de los destinatarios y beneficiarios finales en las que se afirme
que para el mismo gasto no se percibe financiación
pública de otra fuente, sino que también conviene acudir
a la separación sistémica de los flujos de financiación
recurriendo, por ejemplo, a una contabilidad separada
por proyectos y a la realización de verificaciones
cruzadas a través de la consulta a distintas bases de
datos (BBDD).
A pesar de ello, únicamente el 43 % de las entidades, 73
de las 169
78
, disponían de procedimientos para valorar
la posible existencia de doble financiación en la
76
No estaba previsto e n los ayuntamientos de Azuqueca de Henares, Baeza, Cádiz, Mérida, Reinosa, San Cristóbal de
la Laguna y Santander, y las DDPP de Cáceres y Cuenca. No obstante, a pesar de no estar previsto en su PMA, el
Ayuntamiento de Santander puso de manifiesto haber llevado a cabo dicha comunicación después del cierre de los
trabajos.
77
El Ayuntamiento de Cádiz, en el trámite de alegaciones, puso de manifiesto que su PMA preveía tal comunicación, lo
que se ha verificado, si bien no contenía referencias expresas a las modalidades de conflictos de interés.
78
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
Fuente: Elaboración propia.
GRÁFICO 16. DOBLE
FINANCIACIÓN A 30/09/22
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 44
ejecución del PRTR dentro de su ámbito de gestión, si bien no en todos los casos se ajustaban
plenamente a las citadas indicaciones. No obstante, 25 de ellas
79
pusieron de manifiesto carecer de
recursos humanos específicos para realizar tales tareas, limitándose el control efectivo de la posible
concurrencia de doble financiación.
El 57 % restante, 96 de las 169, no disponía de procedimientos específicos para valorar la posible
existencia de doble financiación. En el anexo IX
80
se incluye el detalle de las 96 entidades
81
.
De las entidades analizadas, únicamente dos, las DDPP de A Coruña y Cádiz, indicaron haber
tenido incidencias previas a su participación en el PRTR en relación con la doble financiación en la
gestión de fondos europeos. En la DP de A Coruña, estas incidencias estuvieron vinculadas a
beneficiarios de subvenciones, mientras que la de Cádiz detectó, en sus controles internos previos,
casos en los que no se apreciaba una contabilidad separada y en los que existían errores u
omisiones en los controles, por lo que la entidad retiró los gastos asociados antes de la validación
de los diferentes beneficiarios afectados.
La formación y la concienciación del personal de las entidades, a ser posible, a todos los niveles
jerárquicos, son aspectos clave en la lucha contra el fraude, la corrupción, los conflictos de interés
y la doble financiación. El objetivo fundamental es que todos los integrantes de una organización se
sensibilicen sobre la necesidad de luchar contra esta problemática, que conozcan la política
antifraude de su corporación y que identifiquen y evalúen los riesgos en esta materia para poder
actuar en el caso de que estos riesgos se materialicen. Conviene, además, que la formación en este
campo sea un proceso formal, documentado y periódico.
79
Los ayuntamientos de Alcalá de Henares, Barcelona, Canovelles, Castropol, Ermua, Gijón, Leganés, Novelda, Pinto,
Pollença, Sabadell, San Javier, San Xoán de Río, Santa Margalida, Santa Susanna, Sevilla, Soria, Toledo, Torrelavega,
Tui, Viladecans y Zumarraga, y las DDPP de Ávila, Guadalajara y Valladolid c arecían de recursos humanos específicos
para la realización de estas tareas.
80
El Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en el trámite de alegaciones, puso de manifiesto haber implantado un
sistema de control interno para evitar la doble financiación en la ejecución de l os fondos del MRR, si bien no indicó la
fecha de tal implantación ni aportó documentación justificativa.
81
Destacaron, por su mayor población, los ayuntamientos de A Coruña, Córdoba, Málaga, Vigo y Zaragoza, así como las
DDPP de Albacete, Cáceres, Ciu dad Real, Cuenca, León, Lleida, Ourense, Salamanca, Soria, Tarragona, Toledo y
Zamora, así como el CI de Gran Canaria. Por otra parte, el Ayuntamiento de La Sotonera, incluido en el anexo IX, modificó
el 31 de marzo de 2023 su PMA e introdujo, entre las medidas de prevención, procedimientos para valorar la posible
existencia de doble financiación.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 45
No obstante lo anterior, 91 de las 169 entidades con
PMA aprobado
82
pusieron de manifiesto que el personal
implicado en estas cuestiones había recibido formación
sobre la materia en el marco del PRTR. No obstante,
únicamente 59 de las 91 entidades acreditaron haber
impartido este tipo de formación entre el 1 de enero de
2021 y el 30 de septiembre de 2022. La formación se
articuló a través de cursos, charlas, seminarios,
reuniones o grupos de trabajo, y también a través de
otras vías, tales como boletines o sesiones formativas
de menor entidad. Estas entidades se identifican en el
anexo IX
83
.
En general, estaba previsto que la formación alcanzara
a todos los niveles jerárquicos de la organización, a
excepción de 10 entidades
84
en las que iba específicamente dirigida al personal integrante de los
comités antifraude, a los trabajadores encargados de la gestión de los fondos del MRR, a los
responsables de los procesos de contratación y subvenciones y/o a los equipos de gobierno.
En el gráfico siguiente se resumen las medidas de prevención analizadas más extendidas en la
totalidad de las entidades a 30 de septiembre de 2022:
GRÁFICO 18. GRADO DE IMPLANTACIÓN DE LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN A 30/09/2022
(ANÁLISIS AGREGADO TCU-OCEX)
Fuente: Elaboración propia.
82
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
83
No se dispuso de datos de los ayuntamientos de A Coruña y la DP de Ourense.
84
No e staba previsto que la formación alcanzara a toda la organización en los ayuntamientos de Castelló de la Plana,
Ermua, Roses, Sant Feliu de Guixols, Santoña, Segovia, Torrelavega, València, Vitoria-Gasteiz y Zumarraga.
99
%
Conflicto de interés (modelos DACI)
Política antifraude (declaraciones institucionales)
97
%
Código ético
89
%
Comité antifraude
70
%
Conflicto de interés (procedimientos)
89
%
43
%
Doble financiación
Evaluación de riesgos
50
%
Formación
54
%
Fuente: Elaboración propia.
GRÁFICO 17. FORMACIÓN A
30/09/22
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 46
II.5.2. Medidas de detección
Cuando las medidas preventivas no han resultado suficientes en la lucha contra el fraude, las
actuaciones de detección adquieren una relevancia especial; el establecimiento de controles para
detectar lo más rápidamente posible las situaciones de fraude se configura como elemento clave
en la lucha contra el mismo. Estas medidas deben ser eficientes y proporcionales a la relevancia y
a la naturaleza de los riesgos identificados.
Las medidas de detección analizadas han sido:
La consulta de información relevante contenida en BBDD.
El desarrollo de catálogos de indicadores de riesgo de fraude.
El establecimiento de mecanismos para informar de las posibles sospechas de fraude.
Gran parte de los indicadores de fraude y otras conductas irregulares, sean reales o potenciales,
pueden identificarse utilizando técnicas y herramientas de tratamiento y análisis de datos. Estas
herramientas utilizan pruebas e identifican relaciones que no resultan inicialmente obvias, con el
objetivo de poner de relieve potenciales fraudes y conductas irregulares que a priori puedan pasar
inadvertidas, permitiendo detectar irregularidades que siguen determinados patrones, gestionar y
analizar grandes cantidades de datos e identificar elementos que se comportan de forma anómala.
La Guía del SNCA sugiere como sistemas de información que pueden consultarse ARACHNE de la
Comisión Europea, la Plataforma de Intermediación de Datos, el Registro de Titularidades Reales
del Colegio de Registradores, la Base de Datos de Titular Real del Consejo General del Notariado,
el Sistema de Exclusión y Detección Precoz, Financial Transparency System, la Base de Datos
Nacional de Subvenciones, la Plataforma de Contratación del Sector Público, información sobre
convenios y encomiendas, el Inventario de entidades del sector público estatal, autonómico y local
(INVENTE), el Registro Público Concursal, LibreBOR o Infocif, así como MINERVA, herramienta de
data mining con sede en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
1) Análisis agregado TCu-OCEX
El 34 % de las entidades que habían aprobado un PMA
a 30 de septiembre de 2022
85
, 58 de ellas, no realizaron
consultas a las BBDD existentes con el objetivo de
conocer posibles vinculaciones entre empresas y/o
participantes en los procedimientos de concesión de
ayudas o de adjudicación de contratos. El detalle de las
85
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
Fuente: Elaboración propia.
GRÁFICO 19. CONSULTAS A
BBDD A 30/09/22
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 47
entidades que no habían efectuado tales comprobaciones se recoge en el anexo X
86
.
Por su parte, las BBDD más consultadas por las entidades que realizaban estas comprobaciones
87
fueron: la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), consultada por 92 de ellas, la
Plataforma de Contratación del Sector Público (PCSP), consultada por 92, y el Registro Mercantil
(consultada por 59). La mayor parte de las entidades, 91, consultaron, al menos, dos de las bases
anteriores.
2) Análisis específico TCu
En relación con el contenido de los PMA, 39 de los 41 aprobados a 30 de septiembre de 2022
88
en
las entidades de las CCAA de Andalucía, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura,
La Rioja y Región de Murcia, preveían, con mayor o menor grado de detalle, la realización de estas
consultas. No obstante, únicamente 23 entidades manifestaron haberlas efectuado.
Las EELL que procedieron a realizar estos cruces y comprobaciones, utilizaron varias BBDD, a
excepción de 3 de ellas, los ayuntamientos de Algeciras y San Javier y la DP de Albacete, que
recurrieron, únicamente, a una.
Las tareas de consulta fueron realizadas por personal perteneciente a los servicios de contratación,
intervención, asesoría jurídica y gestión económica de las entidades y, en el caso del Ayuntamiento
de La Matanza de Acentejo y la DP de Cádiz, también por el personal de su comité antifraude y de
su unidad de control antifraude, respectivamente. No obstante, de las 23 entidades que realizaron
las consultas, únicamente el Ayuntamiento de San Javier tenía definido un procedimiento que
regulase quiénes podían realizar estas comprobaciones y cómo debían llevarse a cabo.
Ninguna de las entidades analizadas desarrolló herramientas propias para la detección del fraude,
la corrupción, los conflictos de interés y/o la doble financiación que permitieran el almacenamiento
de datos, su procesamiento masivo y el análisis de resultados.
Otra herramienta determinante para la detección del fraude es el desarrollo de catálogos de
indicadores de riesgo de fraude o banderas rojas, así como la definición del procedimiento a seguir
en caso de que se detecten.
86
Entre las entidades que no habían efectuado tales comprobaciones destacaron, por su población, los ayuntamientos
de Burgos, Córdoba, Getafe, L'Hospitalet de Llobregat, Logroño, Madrid, Pamplona, San Cristóbal de la Laguna y Vigo y
las DDPP de Ávila, Ciudad Real, Cuenca, Granada, Guadalajara, León, Lleida, Segovia y Tarragona. No se dispuso de
información de las consultas a BBDD del Ayuntamiento de Marín. No obstante, el Ayuntamiento de Madrid y la DP de
Granada pusi eron de manifiesto haber comenzado a realizar tales comprobaciones con posterioridad al cierre de los
trabajos de fiscalización.
87
No se d ispuso de información de las consultas realizadas por los ayuntamientos de A Coruña, Ermua, Ourense y
Vilagarcía de Arousa.
88
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 48
Si bien una bandera roja no implica necesariamente la existencia de fraude, sí indica que una
determinada área de actividad necesita atención adicional para descartar o confirmar un fraude
potencial.
1) Análisis agregado TCu-OCEX
A pesar de su relevancia, el 11 % de las entidades
que habían aprobado un PMA a 30 de septiembre
de 2022
89
no habían definido indicadores de riesgo
o señales de alerta para la lucha contra el fraude y
la corrupción, 19 entidades
90
.
2) Análisis específico TCu
En relación con el contenido de los PMA, 37 de los
41 aprobados
91
a 30 de septiembre de 2022 en las
entidades de las CCAA de Andalucía, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, La
Rioja y Región de Murcia habían definido banderas rojas para la lucha contra el fraude y la
corrupción. Los PMA de los ayuntamientos de Daimiel, Manzanares y Moratalla y de la DP de
Albacete fueron los únicos que no contenían la definición de estos indicadores
92
.
La definición de tales indicadores puede afectar a varias áreas de gestión. Todas las entidades que
habían definido indicadores lo hicieron para el área de contratación, el 54 % lo hicieron para el área
de subvenciones, el 32 % lo hicieron en relación con los encargos a medios propios y el 30 % con
respecto a los convenios.
La existencia de indicadores de alerta, que obliga a los responsables a permanecer vigilantes y a
adoptar las medidas necesarias para confirmar que existe un riesgo de fraude, requiere la
comunicación de su existencia a todo el personal en posición de detectar esas señales de alerta.
No obstante, 10 de las 37 entidades
93
pusieron de manifiesto no haberlas divulgado, limitando la
utilidad práctica de estas herramientas
94
.
Las vías de comunicación utilizadas por las 23 entidades que llevaron a cabo tal difusión fueron,
fundamentalmente, el correo electrónico, la realización de sesiones formativas específicas sobre la
materia, así como la publicación de los PMA en sus páginas web y/o sedes electrónicas
corporativas. Sin embargo, hay que resaltar que no debiera considerarse un mecanismo efectivo
como medida de detección del riesgo de fraude su mera publicación, al no asegurar que los
89
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
90
Los ayuntamientos de Alcubierre, Barcelona, Berga, Bisbal dEmpordá, Daimiel, Eivissa, Manresa, Manzanares, Mataró,
Moratalla, Novelda, Sabadell, Salas y Santa Margalida, las DDPP de Albacete, Barcelona, León y Tarragona y el Área
Metropolitana de Barcelona.
91
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
92
Los ayuntamientos de Daimiel y M anzanares definieron indicadores de riesgo o s eñales de alerta con posterioridad al
cierre de los trabajos.
93
Los ayuntamientos de Baeza, La Matanza de Acentejo, Puente Genil, Reinosa, San Cristóbal d e La Laguna, Toledo,
Torrijos y Úbeda y las DDPP de Guadalajara y Toledo no comunicaron la existencia de banderas rojas al personal en
posición de detectar estas señales de alerta. En el trámite de alegaciones, la DP de Guadalajara acreditó haber realizado
tal difusión como consecuencia de las recomendaciones incluidas en el Anteproyecto de informe remitido.
94
No se dispuso de esa información en el ayuntamiento de Santa María de Cayón y las DDPP de Ciudad Real y Cuenca.
Fuente: Elaboración propia.
GRÁFICO 20. INDICADORES DE
RIESGO A 30/09/22
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 49
destinatarios sean conocedores del contenido de interés de los planes para el desarrollo de sus
funciones.
La tercera medida de detección del fraude analizada se refiere al establecimiento de mecanismos
para informar de las sospechas de fraude por quienes los hayan detectado. Contar con un canal de
denuncias es esencial para la detección del fraude, la corrupción, los conflictos de interés o la doble
financiación con la mayor celeridad posible tras la materialización de tales riesgos. Disponer de este
canal no sólo puede permitir suplir un eventual funcionamiento inadecuado de las medidas
preventivas, sino que su mera existencia puede llegar a actuar como elemento disuasorio.
Son posibles cauces de denuncia tanto un buzón propio en las entidades (canal interno) como la
inclusión en los PMA de un enlace al canal de denuncias Infofraude
95
del SNCA (canal externo).
Este canal del SNCA fue habilitado desde abril de 2017 para recibir e investigar denuncias
relacionadas con operaciones financiadas con fondos europeos en el ámbito estatal, autonómico y
local, y fue posteriormente modificado para canalizar las denuncias procedentes de la ejecución del
MRR, habiendo sido designado como el canal externo oficial de denuncias relativas a los fondos
procedentes de la ejecución del PRTR.
1) Análisis agregado TCu-OCEX
El 34 % de las entidades que aprobaron un PMA a 30 de
septiembre de 2022
96
, 57 de ellas
97
, no tenían
establecidos canales para que cualquier persona,
perteneciente o ajena a la organización, pudiera
interponer denuncias por supuestos casos de fraude,
corrupción o conflicto de interés, así como sospechas de
doble financiación ocurridas o presuntamente producidas.
El detalle de las entidades que no disponían de canales
de denuncias se recoge en el anexo X
98
.
Los canales internos de denuncias establecidos por las
entidades eran accesibles tanto para su propio personal como para cualquier otra persona ajena,
excepto en los ayuntamientos de Palencia y Sabadell, donde su acceso estaba restringido al
personal de la propia entidad.
95
El canal se encuentra en la siguiente dirección electrónica: https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-
ES/Paginas/denan.aspx.
96
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
97
La DP de Ourense no aportó información sobre la disponibilidad de canal de denuncias.
98
Entre las entidades que no tenían establecidos canales de denuncia destacaron, por su población, los ayuntamientos
de Leganés, Logroño, Málaga, San Cristóbal de La Laguna, Pamplona, Santander, Sevilla, Teruel y las DDPP de A
Coruña, Albacete, Cuenca, Guadalajara, L eón, Soria, Tarragona y Toledo y el CI de Gran Canaria. Con p osterioridad al
cierre de los trabajos, los ayuntamientos de Santander y Teruel, el CI de Gran Canaria y la DP de Guadalajara habilitaron
un canal de denuncias.
Fuente: Elaboración propia.
GRÁFICO 21. CANALES DE
DENUNCIA A 30/09/22
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 50
Además, únicamente 42 entidades
99
tenían establecidas medidas para intentar detectar la
interposición de posibles denuncias falsas en sus canales internos y definidos procedimientos a
seguir en el caso de producirse.
Desde el 1 de enero de 2021, y hasta la finalización de trabajos, sólo 7 entidades manifestaron
haber recibido denuncias a través de los canales establecidos, los ayuntamientos de Barcelona,
L'Hospitalet de Llobregat, Lleida, Madrid y Sabadell y las DDPP de Barcelona y Pontevedra.
2) Análisis específico TCu
En relación con el contenido de los PMA, en los 41 aprobados a 30 de septiembre de 2022
100
en las
entidades de las CCAA de Andalucía, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, La
Rioja y Región de Murcia estaba prevista explícitamente la existencia de un canal de denuncias
para la interposición de alertas o denuncias de fraude, corrupción, conflicto de interés y/o sospechas
de doble financiación ocurridas o presuntamente producidas. No obstante, únicamente 21 entidades
los habían habilitado.
De estas 21 entidades, 11 disponían tanto de canales propios o internos, como de un enlace al
canal externo Infofraude, habiéndose observado respecto al acceso a los mismos, tres situaciones
diferentes:
1) El acceso a ambos tipos de canales se realizaba directamente desde sus páginas web en los
ayuntamientos de Mérida y Murcia y las DDPP de Cádiz y Cáceres.
2) Para acceder a los canales de los ayuntamientos de Daimiel y Manzanares y de las DDPP
de Ciudad Real y Granada era preciso acceder previamente a la publicación de sus
respectivos PMA, para identificar así los mecanismos existentes y las vías disponibles de
comunicación, lo que dificultaba su utilización.
3) En los ayuntamientos de Cádiz, Los Alcázares y Talavera de la Reina, si bien se podía
acceder a los canales internos a través de sus respectivas páginas web, para la presentación
de denuncias a través del canal externo era necesario acudir a sus PMA publicados para
obtener la ruta de acceso. Además, en los PMA aprobados por los ayuntamientos de Cádiz
y Los Alcázares
101
existía un error en los enlaces de acceso que impedía hacer un uso
efectivo de ellos.
99
Los ayuntamientos de Albentosa, Alcalá de Henares, Alcorisa, Alfaro, Alicante, Arganda del Rey, Azuqueca de Henares,
Baeza, Barcelona, Bilbao, Burgos, Dos Hermanas, Eivissa, El Prat de Llobregat, Ermua, Fuenlabrada, Girona, La Matanza
de Acentejo, La Sotonera, Lleida, Manacor, Manresa, Marratxí, Monzón, Muro, Pollença, Sabadell, Salamanca, Soria,
Tarragona, Torrejón de Ardoz, Torrelavega, Torrent, Valladolid, Viladecans, Zaragoza y Zumarraga; las DDPP de Burgos,
Cádiz, Teruel y Salamanca y el Área Metropolitana de Barcelona habí an establecido medidas para intentar detectar
denuncias falsas y habían definido procedimientos a seguir en caso de producirse.
100
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
101
Los ayuntamientos de Cádiz y Los Alcázares indicaron en el trámite de alegaciones el adecuado funcionamiento del
enlace a sus canales internos de denuncias, si bien la deficiencia detectada se refiere a la ruta de acceso al canal externo
Infofraude que constaba en sus PMA.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 51
Por su parte, 4 ayuntamientos disponían de buzones de denuncia propios, accesibles a través de
internet, y los 6 restantes, aunque no habían desarrollado canales propios, también disponían de
enlaces a uno o varios canales externos en sus webs oficiales
102
.
De las verificaciones realizadas se ha puesto de manifiesto que, en algunos casos, resultaba
complejo localizar el acceso a los canales para quienes no conociesen su dirección electrónica
específica, lo que supone una limitación a la eficacia de la implantación de los canales como medida
de detección del fraude y los conflictos de interés
103
. Entre las principales causas observadas
pueden citarse la obtención de resultados ineficaces utilizando palabras clave en las búsquedas, la
existencia de varios canales web para la presentación de denuncias generales en función de la
materia sobre la que se presenta o la dificultad para identificar el acceso concreto al canal dentro
de las páginas web.
Un aspecto fundamental para el uso eficaz de estos canales es la difusión de su existencia entre
los empleados de las organizaciones. A este respecto, en los ayuntamientos de Baeza, La Matanza
de Acentejo y Manzanares no se había comunicado a su personal la existencia de tales canales de
denuncia, lo que supuso una nueva limitación en su utilización. Las vías de difusión utilizadas por
el resto de las entidades consistieron en la publicación de estos canales en la intranet y en la
remisión de correos electrónicos al personal informado de su existencia y utilidad.
Para la coordinación y el seguimiento de la gestión de las denuncias que se reciban a través de los
canales, es recomendable que haya unidades específicas con funciones de control de gestión, sin
embargo, y aun cuando así estaba previsto en sus PMA, 7 entidades no disponían de unidades
especializadas encargadas de examinar las denuncias recibidas y de proponer las medidas
pertinentes
104
.
La implantación de medidas que garanticen la protección del denunciante, aspecto clave en la
recientemente aprobada Ley 2/2023
105
, es un elemento indispensable para incrementar la eficacia
de estos canales. A este respecto, casi la mitad de las entidades que tenían algún tipo de canal, 9
de las 21, no habían establecido medidas solventes destinadas a salvaguardar la confidencialidad
de los denunciantes
106
.
En el gráfico siguiente se resumen las medidas de detección analizadas más extendidas en la
totalidad de las entidades a 30 de septiembre de 2022:
102
Los ayuntamientos de los de Alfaro, Dos Hermanas, La Matanza de Acentejo y Vélez-Málaga disponían de buzones
propios. En las páginas web de los ayuntamientos de Algeciras, Azuqueca de Henares, Baeza, Cáceres, Córdoba y
Torrelavega constaban enlaces a Infofraude (en los de Algeciras y Córdoba, además, había enlace a la OLAF).
103
Se encontraron dificultades en los ayuntamientos de Alfaro, Baeza, Cáceres y Manzanares.
104
Los ayuntamientos de Cádiz, La Matanza de Acentejo y San Javier y las DDPP de Cáceres, Cádiz, Ciudad Real y
Granada no disponían de unidades especializadas encargadas de examinar las denuncias recibidas. Con posterioridad
al cierre de los trabajos, la DP de Cádiz asignó esta función a la Unidad de Verificación y Control Antifraude.
105
Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas
y de lucha contra la corrupción.
106
Los ayuntamientos de Alfaro, Daimiel, Dos Hermanas, La Matanza de Acentejo, Talavera de la Reina y Vélez-Málaga
y las DDPP de Cáceres, Ciudad Real y Granada no habían establecido medidas solventes destinadas a salvaguardar la
confidencialidad de los denunciantes.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 52
GRÁFICO 22. GRADO DE IMPLANTACIÓN DE LAS MEDIDAS DE DETECCIÓN A 30/09/2022
(ANÁLISIS AGREGADO TCU-OCEX)
Fuente: Elaboración propia.
II.5.3. Medidas de corrección y persecución
En caso de detección de fraude, o su sospecha fundada, la Orden HFP/1030/2021 establece la
necesidad de suspender inmediatamente el procedimiento identificado, notificar en el más breve
plazo posible tales circunstancias a las autoridades interesadas y a los organismos implicados en
la realización de las actuaciones, así como revisar aquellos proyectos, subproyectos o líneas de
acción que hayan podido estar expuestos al mismo.
Asimismo, las entidades afectadas deben evaluar la incidencia del posible fraude y calificarlo como
sistémico o puntual y, en todo caso, retirar los proyectos o la parte de los proyectos afectados por
el fraude y financiados o a financiar por el MRR.
De igual forma, la citada normativa contempla medidas de persecución del fraude, estableciendo
que las entidades afectadas deben comunicar los hechos producidos y las medidas adoptadas a la
entidad decisora o a la entidad ejecutora que le haya encomendado la ejecución de las actuaciones,
denunciar los hechos a las autoridades públicas competentes (SNCA) para su valoración y eventual
comunicación a la Oficina Europea de Lucha Contra el Fraude (OLAF), iniciar una información
reservada para depurar responsabilidades o incoar un expediente disciplinario, y denunciar los
hechos ante el Ministerio Fiscal cuando fuera procedente.
Por su parte, las Orientaciones del MHFP proponen, a este respecto, un protocolo para la corrección
y persecución como documento de utilidad para las entidades que necesiten implantarlo.
1) Análisis agregado TCu-OCEX
El 87 % de las 169 entidades que aprobaron un PMA a 30 de septiembre de 2022
107
habían
establecido procedimientos a seguir en los supuestos de detección de posibles fraudes o su
sospecha fundada, que incluían medidas correctivas y/o de persecución
108
.
107
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
108
Las 22 entidades que no disponían de procedimientos a seguir en los supuestos de detección de posibles fraudes o
su sospecha fundada eran los ayuntamientos de Alcalá de Henares, Berga, Bisbal d’Empordà, Carreño, Casarrubuelos,
Castropol, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, L'Hospitalet de Llobregat, Mataró, Moratalla, Pinto, Puente Genil, Salas, Santa
Susanna, Santoña, Torrijos y Vila-seca; las DDPP de Cuenca y Tarragona y el Consorcio de les Vies Verdes de Girona.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 53
2) Análisis específico TCu
En relación con el contenido de los PMA, los 41 aprobados a 30 de septiembre de 2022
109
en las
entidades de las CCAA de Andalucía, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, La
Rioja y Región de Murcia incluían medidas de corrección y persecución del fraude. No obstante, 5
entidades pusieron de manifiesto no haber establecido procedimientos para los supuestos de
detección de posibles fraudes o su sospecha fundada, en contra de lo establecido en la Orden
HFP/1030/2021.
En relación con las medidas de corrección en las 36 entidades que establecieron estos
procedimientos, todas ellas preveían la suspensión inmediata de las actuaciones en los supuestos
de detección de posible fraude, así como la notificación de las circunstancias sospechosas a las
autoridades interesadas y a los organismos implicados en la realización de las actuaciones en el
menor plazo posible
110
.
Por su parte, en los procedimientos de los ayuntamientos de Daimiel, La Matanza de Acentejo y
Reinosa no se estableció la necesaria evaluación de la incidencia del posible fraude ni su
clasificación como sistémico o puntual, y el del CI de Gran Canaria, aunque sí contenía esta
evaluación, no hacía referencia a su calificación.
Además, los procedimientos de los ayuntamientos de Reinosa y Sevilla y de la DP de Granada no
preveían la revisión de los proyectos, subproyectos o líneas de acción que hubiesen podido estar
expuestos al fraude, y los del Ayuntamiento de Reinosa y la DP de Albacete no contemplaban retirar
los proyectos o la parte de estos que pudieran estar afectados por el fraude.
En relación con las medidas de persecución, las 36 entidades preveían la comunicación de los
hechos producidos y las medidas adoptadas a la entidad decisora o ejecutora que le hubiese
encomendado la realización de las actuaciones. Asimismo, en todas las entidades, excepto en el
ayuntamiento de Reinosa, estaba prevista expresamente la denuncia de los hechos a las
autoridades competentes para su valoración y eventual comunicación a la OLAF (aunque sí se
preveía expresamente el traslado de los hechos a las autoridades competentes para la exigencia
de responsabilidades administrativas, patrimoniales y penales).
De igual forma, los procedimientos de todas las entidades incluían entre sus medidas de
persecución la denuncia de los hechos ante el Ministerio Fiscal cuando fuere procedente.
Por su parte, los PMA de los ayuntamientos de Reinosa y San Javier y la DP de Granada no
preveían, de forma explícita, el inicio de una información reservada para depurar responsabilidades
o la incoación de un expediente disciplinario. No obstante, los planes de las dos segundas contenían
protocolos de actuación en el caso de denuncias de sospechas de fraude o corrupción por parte de
sus comités antifraude. En dichos protocolos se contemplaba la incoación de expedientes
informativos, estando encargados sus respectivos servicios jurídicos de determinar la calificación
jurídica de los hechos y dar lugar a los trámites oportunos que permitiesen restituir los importes
defraudados y la legalidad vigente.
Hay que indicar que, si bien el PMA del Ayuntamiento de Daimiel contenía medidas de persecución
y corrección, no estaban adecuadamente separadas, constando integradas las primeras dentro de
las segundas. Asimismo, las medidas de corrección se referían expresamente a los supuestos de
109
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
110
Con la incidencia que se expone posteriormente relativa al Ayuntamiento de Daimiel.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 54
existencia de sospechas de conflicto de interés, lo que podía llevar a error en la interpretación de
su verdadero alcance, por no hacer una referencia explícita a la corrección del fraude. En el gráfico
siguiente se muestra la situación a 30 de septiembre de 2022 de las medidas de corrección y
persecución contenidas en los planes de las 36 entidades:
GRÁFICO 23. SITUACIÓN DE LAS MEDIDAS DE CORRECCIÓN Y PERSECUCIÓN A
30/09/2022 (ANÁLISIS ESPECÍFICO TCU)
Fuente: Elaboración propia.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 55
II.6. MEDIDAS ANTIFRAUDE DESARROLLADAS POR LAS ENTIDADES SIN PMA APROBADO
A 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022
De las 35 entidades que a la finalización de los trabajos no disponían de un PMA ni habían
renunciado a los recursos del MRR, 17 de ellas lo aprobaron con posterioridad
111
, entre octubre de
2022 y marzo de 2023: los ayuntamientos de Almadén, Biota, Boiro y Sariñena en octubre de 2022;
los de Besalú, Càlig, Consuegra y El Astillero en noviembre; los de Camargo, Castro-Urdiales,
Piélagos y Tapia de Casariego en diciembre; el de As Pontes de García Rodríguez
112
, en enero de
2023; la Comarca del Matarraña en febrero, los Ayuntamientos de Adra y Montanuy en marzo y el
de Maracena en mayo.
De las 18 entidades restantes, 4 desarrollaron otras actuaciones en materia antifraude, con el
siguiente detalle:
El Ayuntamiento de Balsareny disponía de un código de conducta.
El Ayuntamiento de Mogente había emitido una declaración formal manifestando su
compromiso contra el fraude y su tolerancia cero ante el mismo y disponía de un órgano con
competencias en materia antifraude.
El Ayuntamiento de Noja disponía de una evaluación de riesgos de cohecho y tráfico de
influencias, un código ético, un código anticorrupción y procedimientos para abordar el
conflicto de interés; había celebrado, además, un contrato con una empresa para la
elaboración de un PMA.
La Comarca del Cinca Medio había iniciado actuaciones previas para la elaboración del plan.
Los ayuntamientos de Alcudia, Arapiles, Baiona, Banyeres del Penedés, Bárcena de Campos,
Daroca de Rioja, Fuente de Santa Cruz, Fuentesaúco, Higuera la Real, Sahagún, Solana de
Rioalmar, Traspinedo y Yeste y el Consorci del Bages per la Gestió de Residus pusieron de
manifiesto no haber desarrollado actuaciones en materia antifraude.
II.7. CASOS POTENCIALES O REALES DE FRAUDE O CONFLICTO DE INTERÉS
PRODUCIDOS
De las 56 entidades analizadas, situadas en las CCAA de Andalucía, Canarias, Cantabria, Castilla-
La Mancha, Extremadura, La Rioja y Región de Murcia, el Ayuntamiento de Murcia fue la única que
puso de manifiesto haber identificado algún indicio de fraude, corrupción, conflicto de interés o doble
financiación entre el 1 de enero de 2021 y el 30 de septiembre de 2022.
En concreto, se trató de una sospecha de conflicto de interés, comunicada por el Servicio de
Contratación Municipal, al haberse tenido conocimiento de que el administrador de una sociedad
mercantil que había concurrido a través de una unión temporal de empresas a una licitación del
ayuntamiento financiada con fondos del PRTR era, a su vez, gerente de otra que ya prestaba
asistencia técnica a una empresa pública municipal.
111
Las m edidas contra el fraude contenidas en los PMA de estas entidades no se analizan en el presente Informe por
haber sido aprobados después del cierre de los trabajos.
112
Los ayuntamientos de As Pontes de García Rodríguez y Boiro se adhirieron al PMA de la DP de A Coruña.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 56
La denuncia fue recibida a finales de junio de 2022 a través del correo habilitado al efecto como
canal interno de denuncias. De acuerdo con lo establecido en el PMA, la comisión antifraude de la
entidad estudió el caso y, como medida cautelar, suspendió el procedimiento de contratación
afectado.
No obstante, finalmente, esta comisión concluyó, el 21 de julio de 2022, la inexistencia del conflicto
de interés, situación que fue comunicada al Servicio de Contratación a los efectos de reanudar el
procedimiento de adjudicación previamente suspendido.
II.8. TRANSPARENCIA DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Son múltiples las disposiciones que en el ordenamiento jurídico español regulan, desde diversas
perspectivas y en distintos ámbitos, el principio de transparencia al que han de ajustarse las
entidades públicas, siendo, de entre ellas, la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIPBG) la que aborda la materia de forma
global. En el mismo sentido, las CCAA han aprobado normativa específica propia en la materia.
Los resultados que se exponen a continuación se derivan de las comprobaciones realizadas hasta
la primera quincena de marzo de 2023 en los portales de transparencia y las sedes electrónicas de
las 56 entidades seleccionadas en las CCAA de Andalucía, Canarias, Cantabria, Castilla-La
Mancha, Extremadura, La Rioja y Región de Murcia en las que el TCu desarrolló actuaciones.
El análisis no ha tenido por objeto una revisión global del cumplimiento de la normativa de
transparencia, sino que se ha dirigido a determinados aspectos puntuales que pudieran resultar
relevantes en relación con el objeto de la actuación fiscalizadora.
El artículo 5 de la LTAIPBG recoge los principios generales que deben regir la publicidad activa y
determina que la información sujeta a las obligaciones de transparencia debe ser publicada en las
correspondientes sedes electrónicas o páginas web de las entidades de una manera clara,
estructurada y entendible para los interesados, preferiblemente en formatos reutilizables. Se ha
verificado que todas las entidades disponían de páginas web, sedes electrónicas y/o portales de
transparencia, excepto el Ayuntamiento de Daroca de Rioja.
Por su parte, el artículo 6 prescribe la obligación de publicar determinada información referente a
aspectos relacionados con la estructura organizativa de las entidades y con los planes y programas
anuales y plurianuales en los que se fijen objetivos concretos, así como su grado de cumplimiento
y resultados, que deben ser objeto de evaluación y publicación periódica.
Si bien los PMA no pueden considerarse expresamente incluidos en tal prescripción, se ha
verificado que, en líneas generales, era en los propios planes donde se establecía la necesidad de
su publicación en las páginas web, sedes electrónicas y/o portales de transparencia de las entidades
que los habían aprobado, con las siguientes particularidades
113
114
:
113
No se incluyen resultados de los ayuntamientos de Adra, Cuenca, Higuera la Real, Maracena, Noja y Yeste por no
haber aprobado un PM A, así como los de Abanilla y Villacañas, por haber renunciado a los recursos del PRTR, y el de
Daroca de Rioja que no disponía ni de PMA ni de página web.
114
No se ha analizado el PMA del Ayuntamiento de Cuenca.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 57
Aun cuando los PMA de 27 entidades
115
preveían expresamente su publicación, los de 3
ayuntamientos no estaban publicados, los de Santa María de Cayón, Santander
116
y
Santoña.
Los planes de 14 entidades
117
no preveían expresamente la necesidad de su publicación,
si bien todas ellas, a excepción de los ayuntamientos de Puente Genil y Úbeda y la DP
de Guadalajara, los tenían publicados en sus sitios web
118
.
Además, los planes de 10 de estas 14 entidades preveían la publicación de sus
declaraciones institucionales contra el fraude y/o sus códigos éticos; sin embargo, los
ayuntamientos de Cádiz, Puente Genil y Úbeda
119
y la DP de Guadalajara no dieron
cumplimiento a esta publicidad.
Los PMA de los ayuntamientos de Almadén, Camargo, Consuegra, Castro-Urdiales, El
Astillero y Piélagos, que fueron aprobados con posterioridad al cierre de los trabajos, se
encontraban publicados en sus sitios web.
Por otra parte, respecto de la publicidad de otros planes de lucha contra el fraude, se ha verificado
que 17 entidades tenían también publicados otro tipo de documentos vinculados con el fraude y el
conflicto de interés, fundamentalmente en el marco de recursos vinculados a EDUSI
120
.
Por su parte, el artículo 8 de la LTAIPBG recoge la necesidad de publicar determinada información
de gestión administrativa con repercusiones económicas, habiéndose analizado la publicación de
las retribuciones percibidas por altos cargos, las declaraciones anuales de bienes y actividades de
los representantes locales, en los términos previstos en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local (LRBRL), las autorizaciones de compatibilidad que afecten a los
empleados públicos y de ejercicio de actividad privada al cese de los altos cargos y, por último, las
indemnizaciones percibidas con ocasión del abandono del cargo.
En relación con la publicación de las retribuciones percibidas anualmente por los altos cargos y
máximos responsables de las entidades, 13 de ellas
121
no tenían publicada dicha información y la
115
Los PMA de los ayuntamientos de Alfaro, Algeciras, Azuqueca de Henares, Cáceres, Córdoba, Logroño, Los Alcázares,
Málaga, Moratalla, Murcia, Reinosa, San Cristóbal de La Laguna, San Javier, Santa María de Cayón, Santander, Santoña,
Sevilla, Talavera de la Reina, Torrelavega, Torrijos y Vélez -Málaga; las DDPP de Albacete, Cádiz, Cuenca, Granada y
Toledo, y el CI de Gran Canaria preveían su publicación en sus páginas web, portales de transparencia o sedes
electrónicas.
116
El Ayuntamiento de Santander, como consecuencia de la remisión del Anteproyecto de Informe a alegaciones, habilitó
en su página web un espacio específico antifraude, en el que publicar, entre otros elementos, su PMA, si bien seguía
pendiente de publicación a 31 de mayo de 2023.
117
Los PMA de los ayuntamientos de Baeza, Cádiz, Daimiel, Dos Hermanas, Huelva, La Matanza de Acentejo,
Manzanares, Mérida, Puente Genil, Toledo y Úbeda, y las DDPP de Cáceres, Ciudad Real y Guadalajara no preveían
expresamente la necesidad de su publicación.
118
El Ayuntamiento de Úbeda y la DP de Guadalajara publicaron los PMA en sus sitios web con posterioridad al cierre de
los trabajos, como consecuencia de la remisión del Anteproyecto de Informe a alegaciones.
119
El Ayuntamiento de Úbeda publicó ambos documentos con posterioridad al cierre de los trabajos, como consecuencia
de la remisión del Anteproyecto de Informe a alegaciones.
120
Los ayuntamientos de Adra, Azuqueca de Henares, Baeza, Cáceres, Cuenca, Cádiz, Logroño, Málaga, Maracena,
Mérida, San Cristóbal de La Laguna, Sevilla, Talavera de la Reina, Toledo, Úbeda y Vélez-Málaga y la DP de Granada
tenían publicados otros documentos relacionados con el fraude.
121
No se encontraba publicada dicha información en los ayuntamientos de Abanilla, Adra, Algeciras, Daroca de Rioja,
Higuera la Real, Manzanares, Moratalla, Noja, Piélagos, Reinosa, Santa María de Cayón, Villacañas y Yeste.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 58
DP de Cáceres tenía publicada información desactualizada, referida a retribuciones de cargos
electos anteriores que no coincidían con la composición de la corporación existente en ese
momento. Por su parte, la DP de Guadalajara únicamente tenía publicado el salario bruto anual de
su presidente.
Respecto de las declaraciones anuales de bienes y actividades de los representantes locales, en
los términos previstos en la LRBRL, 20 entidades
122
no tenían publicada tal información.
Por último, en relación con las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que
afecten a los empleados públicos, así como de autorización de ejercicio de actividad privada al cese
de los altos cargos, 27 entidades
123
no tenían publicada esta información. Otras 12 no tenían
publicada información de las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono
del cargo
124
. En líneas generales, predominaban los documentos publicados que se limitaban a
acreditar la inexistencia de tales indemnizaciones frente a aquellos que informaban sobre su
concesión.
122
No se encontraba publicada dicha información en los ayuntamientos de Abanilla, Adra, Alfaro, Almadén, Camargo,
Daroca de Rioja, Dos Hermanas, Los Alcázares, Manzanares, Maracena, Moratalla, Noja, Puente Genil, Reinosa, San
Javier, Santa María de Cayón, Villacañas y Yeste ni en las DDPP de Albacete y Cáceres.
123
No se encontraba publicada dicha información en los ayuntamientos de Abanilla, Adra, Alfaro, Algeci ras, Almadén,
Azuqueca de Henares, Camargo, Daimiel, Daroca de Rioja, Dos Hermanas, El Astillero, Higuera la Real, Manzanares,
Maracena, Mérida, Moratalla, Noja, Piélagos, Puente Genil, Reinosa, San Javier, Santa María de Cayón, Santoña,
Villacañas y Yeste ni en las DDPP de Albacete y Guadalajara.
124
No se encontraba publicada dicha información en los ayuntamientos de Baeza, Cáceres, Cádiz, Mérida, San Cristóbal
de La Laguna, Sevilla y Toledo; DDPP de Cádiz, Ciudad Real, Granada y Guadalajara, y CI de Gran Canaria.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 59
III. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
III.1. REFERIDAS A LA DETERMINACIÓN DE LA CONDICIÓN DE ENTIDAD EJECUTORA EN
LAS EELL (SUBAPARTADO II.1)
1. La ausencia de una fuente completa de información que incluyera la totalidad de las
convocatorias de ayudas y subvenciones con cargo al Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia (MRR) para la ejecución de las medidas contenidas en el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia (PRTR), así como las entidades beneficiarias de dichas
convocatorias y los recursos asignados a la finalización del periodo analizado (septiembre
de 2022), ha dificultado la identificación del universo de entidades sobre el que realizar los
trabajos de fiscalización.
2. En algunos casos, las entidades locales (EELL) tuvieron dificultades a la hora de
considerarse o no entidades ejecutoras y, en consecuencia, estar sometidas a la
obligación de aprobar un plan de medidas antifraude (PMA), establecida en el artículo
6.1 de la Orden HFP/1030/2021, para toda entidad, decisora o ejecutora, que participara en
la ejecución de las medidas del PRTR. En marzo de 2023, la SGFE del MHFP publicó una
aclaración que precisaba la obligatoriedad de aprobar un PMA para todas aquellas EELL
beneficiarias de alguna subvención financiada con el MRR.
RECOMENDACIÓN N.º 01:
Los órganos de la Administración General del Estado, así como los de las administraciones
autonómica y local, convocantes de ayudas y subvenciones financiadas con cargo a fondos
europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, deberían hacer constar de forma
expresa en las bases reguladoras de las subvenciones y/o en las convocatorias las
condiciones de la participación de las entidades que resulten beneficiarias de los recursos y
las obligaciones de estas, en especial, en relación con la necesidad de aprobar un plan de
medidas antifraude.
III.2. REFERIDAS A LAS AUTOEVALUACIONES DEL CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS DE
GESTIÓN DEL PRTR EN MATERIA ANTIFRAUDE (SUBAPARTADO II.2)
3) El elevado número de entidades que no disponían de autoevaluaciones de sus
procedimientos para la concreción del estándar mínimo en relación con el cumplimiento de
los principios de gestión del PRTR en materia antifraude, así como la reducida puntuación
obtenida por las entidades que sí las llevaron a cabo (en las que el 39 % no alcanzó la mitad
de la puntuación máxima), ponen de manifiesto la escasa implementación de una cultura
de lucha contra el fraude en las EELL con carácter previo a su participación en el
PRTR.
Algo más de la mitad de las entidades efectuó autoevaluaciones a 30 de septiembre
de 2022 y, además, previó su reiteración en el tiempo, si bien el 11 % de las entidades
que disponían de ellas no previeron tal reiteración anual durante la vigencia del PRTR, según
lo establecido en el artículo segundo de la Orden HFP/1030/2021.
III.3. REFERIDAS A LA APROBACIÓN DE LOS PMA (SUBAPARTADO II.3)
4) El 83 % de las entidades que no renunciaron a los recursos, 170 de ellas, disponían de
un PMA al cierre de los trabajos de fiscalización. No obstante, el 23 % de los planes, 39
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 60
de ellos, se aprobaron con retraso respecto del plazo máximo establecido de 90 días
desde la entrada en vigor de la Orden HFP/1030/2021 o, en su caso, desde que tuvieron
conocimiento de su participación en la ejecución del PRTR.
Después de la finalización de los trabajos de la fiscalización, otras 17 entidades
aprobaron sus PMA, superando, de igual forma, el citado plazo de 90 días.
Un total de 18 entidades no habían aprobado un PMA, ni en el plazo establecido ni con
posterioridad, en contra de la exigencia contenida en la Orden HFP/1030/2021, los
ayuntamientos de Alcudia, Arapiles, Baiona, Balsareny, Banyeres del Penedés, Bárcena de
Campos, Daroca de Rioja, Fuente de Santa Cruz, Fuentesaúco, Higuera la Real, Mogente,
Noja, Sahagún, Solana de Rioalmar, Traspinedo y Yeste, la Comarca de Cinca Medio y el
Consorci del Bages per la Gestió de Residus.
5) Únicamente el 35 % de las entidades que aprobaron un PMA siguió las
recomendaciones establecidas por el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA),
y remitió sus planes aprobados para que pudieran ser tenidos en cuenta en el proceso de
elaboración de la Estrategia Nacional Antifraude.
RECOMENDACIÓN N.º 02:
Las entidades deberían remitir sus PMA aprobados al Servicio Nacional de Coordinación
Antifraude al objeto de contribuir al proceso de elaboración de la Estrategia Nacional
Antifraude.
III.4. REFERIDAS A LOS PROCEDIMIENTOS DE ELABORACIÓN DE LOS PMA Y
EXTERNALIZACIÓN DE SERVICIOS (SUBAPARTADO II.4)
6) El cumplimiento de las obligaciones en materia antifraude establecidas por la Orden
HFP/1030/2021 generó costes externos a 66 de las 170 entidades que tenían aprobado
un PMA al cierre de los trabajos, por un importe de 740.960,39 euros, derivados tanto
de las contrataciones realizadas para la elaboración de los planes como del cumplimiento
del resto de obligaciones de la citada orden.
La mayor parte de los procedimientos de contratación no tenían por objeto exclusivo la
elaboración de los PMA, sino que incluían, además, otros servicios vinculados al
cumplimiento de los requisitos en materia antifraude, tales como la práctica de
autoevaluaciones, la elaboración de códigos éticos o la implantación de canales de
denuncias, entre otros.
El coste total incurrido por las entidades fiscalizadas que externalizaron, total o parcialmente,
la elaboración de sus PMA, así como por el ayuntamiento que lo realizó mediante la
formalización de un convenio con una universidad, ascendió a 530.176,34 euros, mientras
que el coste en aquellas que elaboraron internamente sus PMA y formalizaron contratos
para el cumplimiento de otras obligaciones de la citada orden, así como el ayuntamiento que
lo encomendó a una sociedad municipal, ascendió a 210.784,05 euros.
7) El 69 % de las entidades elaboraron internamente sus PMA, 118 de las 170, de acuerdo
con la Guía del SNCA, y las 48 restantes externalizaron su elaboración, no siguiendo
dichas recomendaciones. Por su parte, 4 entidades se adhirieron a los planes de otras
AAPP, realizando, únicamente, 1 de ellas las necesarias adaptaciones a su estructura
organizativa y peculiaridades en la gestión.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 61
RECOMENDACIÓN N.º 03:
Tanto las entidades que aún no hayan aprobado su PMA y se encuentren en fase de
elaboración, como aquellas que procedan a la revisión de sus planes ya aprobados, deberían
dotarse de los medios adecuados para poder realizar estos procesos internamente, tal y
como recomienda la Guía del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude, evitando recurrir
a su externalización.
III.5. REFERIDAS AL CONTENIDO E IMPLANTACIÓN DE LOS PMA (SUBAPARTADO II.5)
8) Los PMA aprobados, en general, se articulaban en torno a los cuatro elementos clave
del ciclo antifraude, esto es, la prevención, la detección, la corrección y la persecución,
aunque se encontraron deficiencias en la definición de algunas de las medidas en ellos
contenidas.
9) Existe un amplio margen de mejora en la implantación de los PMA, puesto que, a 30 de
septiembre de 2022, no se encontraban desarrolladas la totalidad de las medidas previstas
en estos documentos. Únicamente el 13 % de las entidades que los habían aprobado
contaban con todas las medidas en ellos contenidas.
La implantación efectiva de las medidas ha estado condicionada por la naturaleza de
estas, resultando que las actuaciones consistentes en formalizaciones documentales se han
puesto en práctica por la casi totalidad de las entidades. Es el caso, entre otras, de la
declaración institucional contra el fraude, la definición de modelos de declaración de
ausencia de conflicto de interés o la inclusión de medidas de corrección y persecución en
los PMA.
Por el contrario, las entidades presentaron carencias a la hora de desarrollar actuaciones
que suponían mayores implicaciones y requerimientos en el seno de las instituciones, tales
como la constitución de comités antifraude que se reunieran periódicamente, la evaluación
del riesgo de fraude, la impartición de formación sobre la materia entre su personal o el
establecimiento de canales de denuncia.
III.5.1. Medidas de prevención (Epígrafe II.5.1)
10) En el 75 % de las entidades, el alcance de las medidas de lucha contra el fraude se
circunscribía a la gestión de fondos europeos, fundamentalmente, del MRR, mientras que,
únicamente, en el 25 % de ellas tenían carácter general y se extendían sobre toda su
actividad.
11) Exclusivamente el 20 % de las entidades que habían aprobado un PMA contaba con
todas las medidas de prevención analizadas: esto es, habían suscrito declaraciones
institucionales que sentaban las bases de sus políticas antifraude, habían constituido
comités antifraude, contaban con códigos éticos, habían realizado evaluaciones de riesgo
de fraude, disponían de medidas para prevenir los conflictos de interés, habían establecido
procedimientos para evitar la doble financiación y se había recibido formación en la materia.
No obstante, las entidades disponían de la mayor parte de las medidas de prevención
analizadas: el 66 % de las entidades contaba con, al menos, cinco de las siete medidas y el
83 % con al menos cuatro.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 62
12) La gran mayoría de las entidades dispuso, como medidas de prevención, de la elaboración
de declaraciones de ausencia de conflicto de interés DACI (99 % de las entidades);
declaraciones institucionales como manifestación de un compromiso firme contra el fraude,
aprobadas al más alto nivel (97 %); códigos éticos y procedimientos en caso de conflicto de
interés (89 %); comités antifraude encargados de elaborar, aplicar y llevar a cabo el
seguimiento de las disposiciones contenidas en los PMA (70 %).
Sin embargo, la formación en materia antifraude sólo alcanzó al 54 % de las entidades; la
evaluación del riesgo de fraude, de su impacto y probabilidad, en los procesos clave de la
ejecución del PRTR, al 50 %; y los procedimientos para evitar la doble financiación
únicamente estaban implantados en el 43 %.
13) En el 66 % los comités antifraude constituidos por las entidades no había una presencia
equilibrada de mujeres y hombres. El desequilibrio tuvo su origen, en algunos casos, en
que la designación de la mayor parte de las personas que componían estos comités estaba
vinculada al cargo que desempeñaban en las entidades, y en otros, por el reducido número
de personas integrantes de los mismos que dificultaba su cumplimiento.
14) Se pusieron de manifiesto importantes carencias en la difusión entre el personal de las
entidades de algunas de las medidas de prevención analizadas, tales como la
comunicación de la existencia de las políticas antifraude y los códigos éticos aprobados.
RECOMENDACIÓN N.º 04:
Los ayuntamientos de Manzanares y Torrijos y la Diputación Provincial de Toledo deberían
difundir entre su personal las políticas antifraude aprobadas, al objeto de incrementar la
concienciación de sus trabajadores sobre la importancia de la materia.
Los ayuntamientos de Baeza, La Matanza de Acentejo, Manzanares, Puente Genil, Reinosa,
San Javier y Sevilla y la Diputación Provincial de Toledo deberían difundir entre su personal
los códigos éticos y/o de conducta aprobados, al objeto de facilitar su conocimiento y
fomentar su cumplimiento.
III.5.2. Medidas de detección (Epígrafe II.5.2)
15) En líneas generales, las entidades disponían de la mayor parte de las medidas de detección
de situaciones de fraude analizadas consulta de información relevante contenida en BBDD,
desarrollo de catálogos de indicadores de riesgo de fraude y establecimiento de mecanismos
para informar de las posibles sospechas de fraude y el 81 % de ellas contaban con, al
menos, dos de ellas. Sin embargo, sólo el 41 % de las entidades que habían aprobado un
PMA contaban, a 30 de septiembre de 2022, con todas las medidas de detección
analizadas, esto es, consultaban información relevante contenida en bases de datos,
habían desarrollado catálogos de indicadores de riesgo de fraude y habían establecido
canales de denuncia para informar de las posibles sospechas de fraude por quienes los
hubiesen detectado.
16) Por tipo de medida de detección, el desarrollo de catálogos de indicadores de riesgo de
fraude fue la medida más implantada, puesto que el 89 % de las entidades que aprobaron
un PMA disponían de ellos. Por su parte, 66 % habían establecido canales de denuncias u
otros mecanismos para informar de las posibles sospechas de fraude por quienes los
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 63
hubiesen detectado y el 65 % había consultado información relevante contenida en bases
de datos.
No obstante, los canales habilitados por algunas de las entidades no eran fácilmente
accesibles y las consultas realizadas por la mayor parte de ellas se limitaron a un reducido
número de fuentes, lo que condicionaba la efectividad de las medidas.
17) Al igual que en materia de prevención, se apreciaron deficiencias en la difusión entre el
personal de las entidades de algunas de las medidas de detección analizadas, tales
como la existencia de indicadores de riesgo o la existencia de canales de denuncia de
fraude.
RECOMENDACIÓN N.º 05:
Los ayuntamientos de Baeza, La Matanza de Acentejo, Puente Genil, Reinosa, San Cristóbal
de La Laguna, Toledo, Torrijos y Úbeda y la Diputación Provincial de Toledo deberían
difundir la existencia de los indicadores de riesgo entre el personal en posición de detectar
esas señales de alerta.
Los ayuntamientos de Baeza, La Matanza de Acentejo y Manzanares deberían difundir entre
su personal la existencia de los canales habilitados para la interposición de alertas o
denuncias de fraude, al objeto de facilitar su conocimiento y utilización.
III.5.3. Medidas de corrección y persecución (Epígrafe II.5.3)
18) El 87 % de las entidades que habían aprobado un PMA a 30 de septiembre de 2022 habían
establecido procedimientos con medidas de corrección y persecución a poner en
práctica en el supuesto de detectarse un posible fraude o su sospecha fundada.
III.6. REFERIDAS A LAS MEDIDAS ANTIFRAUDE DESARROLLADAS POR LAS ENTIDADES
SIN PMA APROBADO (SUBAPARTADO II.6)
19) La mayoría de las 35 entidades que no habían aprobado un PMA a la fecha de cierre de los
trabajos, ni renunciado a su participación en el PRTR, continuaron las actuaciones para dar
cumplimiento a esta obligación. De ellas, 17 lo aprobaron con posterioridad al periodo
fiscalizado, 4 no habían culminado los trabajos y 14 no habían iniciado actuaciones a este
respecto.
III.7. REFERIDAS A LOS CASOS −POTENCIALES O REALES− DE FRAUDE O CONFLICTO DE
INTERÉS PRODUCIDOS (SUBAPARTADO II.7)
20) La aplicación efectiva de las medidas de corrección y persecución sólo se pudo verificar en
el Ayuntamiento de Murcia, única entidad que identificó algún indicio de fraude, corrupción,
conflicto de interés o doble financiación entre el 1 de enero de 2021 y el 30 de septiembre
de 2022. En concreto, se trataba de un posible caso de conflicto de interés descartado
posteriormente− sobre el que el consistorio aportó documentación acreditativa que avalaba
la aplicación de las medidas definidas en su PMA ante este tipo de situaciones.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 64
III.8. REFERIDAS A LA TRANSPARENCIA DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA (SUBAPARTADO
II.8)
21) Se detectaron algunas incidencias en relación con la información publicada por las
entidades en sus páginas web, sedes electrónicas y/o portales de transparencia. Con
carácter general, era en los propios PMA donde se establecía la necesidad de que las
entidades que los habían aprobado los publicaran, lo que no llevaron a cabo los
ayuntamientos de Santa María de Cayón, Santander y Santoña. Otras tres entidades
tampoco los tenían publicados, pero en estos casos sus planes no preveían expresamente
tal necesidad.
RECOMENDACIÓN N.º 06:
Las entidades deberían revisar y mantener actualizada la información publicada en sus
páginas web, sedes electrónicas y/o portales de transparencia.
Los ayuntamientos de Santa María de Cayón, Puente Genil, Santander y Santoña deberían
publicar los PMA aprobados en sus páginas web, sedes electrónicas y/o portales de
transparencia.
De igual forma, las entidades que, no disponiendo n de PMA, los elaboren y aprueben,
deberían darles difusión a través de dichos medios, para su general conocimiento, tanto por
su propio personal como por la ciudadanía.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 65
VALORACIÓN GLOBAL
Madrid, 27 de julio de 2023
LA PRESIDENTA
Enriqueta Chicano Jávega
La participación en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ha
supuesto para las entidades locales la necesidad de disponer de medidas destinadas a
la lucha contra el fraude, la corrupción y los conflictos de interés con las que la mayoría
no contaban antes de la entrada en vigor de la Orden HFP/1030/2021.
Aunque la adaptación a estos requerimientos ha entrañado un importante esfuerzo para
la mayoría de las entidades −agravado por las dificultades iniciales a las que se
enfrentaron las entidades del sector público local para determinar si estaban o no
obligadas a aprobar un plan de medidas antifraude, los avances en esta materia se
han limitado, con carácter general, a la aprobación de los planes, quedando pendiente
la implantación efectiva de algunas de las medidas en ellos contenidas, así como el
desarrollo de una cultura de lucha contra el fraude. Esto se ha debido, en parte, a la
premura con la que las entidades tuvieron que aprobar los planes, no habiendo transcurrido,
todavía, tiempo suficiente para interiorizar un cambio tan sustancial en las organizaciones.
Por ello, tanto las entidades que ya cuenten con un plan de medidas antifraude como
aquellas que aún no lo hayan aprobado, deberían seguir avanzando en el desarrollo de
una cultura antifraude y consolidando los progresos alcanzados en esta materia,
reforzando las medidas ya implantadas y poniendo en marcha aquellas que estén
pendientes.
En este sentido, el desarrollo de una cultura antifraude en las entidades requiere del
establecimiento de procedimientos que permitan difundir al personal y a la sociedad las
distintas medidas contra el fraude, la corrupción, los conflictos de interés y la doble
financiación implantadas, que garanticen, además, su recepción y conocimiento por los
destinatarios, coadyuvando a alcanzar estos objetivos el fomento de políticas de formación
y difusión.
Finalmente, la adecuada gestión de los fondos públicos aconseja que estos principios se
extiendan a la totalidad del ámbito de gestión de las entidades, con independencia del
origen de los recursos, no circunscribiéndose, exclusivamente, a la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por lo que sería recomendable la
exigencia a las entidades locales de planes antifraude, así como el establecimiento de
controles que garanticen su efectiva implantación.
ANEXOS
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 69
RELACIÓN DE ANEXOS
ANEXO I OBJETIVOS ESPECÍFICOS, MEDIDAS Y ACTUACIONES DEL PLAN
ESTRATÉGICO EN LOS QUE SE ENCUADRA LA ACTUACIÓN
FISCALIZADORA .......................................................................................
ANEXO II ANTECEDENTES Y MARCO NORMATIVO ........................................................
ANEXO III PAUTAS DE PROCEDIMIENTO DE LA ACTUACIÓN FISCALIZADORA ...........
ANEXO IV PROCEDIMIENTO PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LAS ENTIDADES
ADJUDICATARIAS DE RECURSOS DEL MRR PARA LA EJECUCIÓN DE LAS
MEDIDAS DEL PRTR ENTRE EL 1 DE OCTUBRE DE 2021 Y EL 31 DE MARZO
DE 2022 ..............................................................................................................
ANEXO V CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y ENTIDADES INCLUIDAS ....
ANEXO VI RENDICIÓN DE CUENTAS ................................................................................
ANEXO VII APROBACIÓN Y ALCANCE DE LOS PMA Y REALIZACIÓN DE
AUTOEVALUACIONES PREVIAS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE LAS
ENTIDADES EN MATERIA ANTIFRAUDE A 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022 .....
ANEXO VIII COSTES DERIVADOS DE LA ELABORACIÓN DE LOS PMA Y DEL
CUMPLIMIENTO DE OTROS ASPECTOS DE LA ORDEN HFP/1030/2021 .......
ANEXO IX MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN LAS ENTIDADES A 30 DE SEPTIEMBRE DE
2022 ....................................................................................................................
ANEXO X MEDIDAS DE DETECCIÓN, CORRECCIÓN Y PERSECUCIÓN EN LAS
ENTIDADES A 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022 ...................................................
71
73
81
83
91
137
113
101
98
125
Anexo I
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 71
OBJETIVOS ESPECÍFICOS, MEDIDAS Y ACTUACIONES DEL PLAN ESTRATÉGICO
EN LOS QUE SE ENCUADRA LA ACTUACIÓN FISCALIZADORA
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.1: Realizar actuaciones que sirvan a las Cortes Generales y a las
Asambleas Legislativas de las comunidades autónomas para impulsar la adopción de medidas
que contribuyan a conseguir un sector público más racional y eficiente
- M 3/Actuación 7: Realización de fiscalizaciones específicas de Objetivos de Desarrollo Sostenible,
en particular, sobre buen gobierno, igualdad y medio ambiente.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.2: Fomentar buenas prácticas de organización, gestión y control de
las entidades públicas
- M 3/Actuación 15: Identificación de líneas y criterios de relevancia y actualidad para la inclusión de
fiscalizaciones en el Programa Anual de Fiscalizaciones.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.3: Identificar y fiscalizar las principales áreas de riesgo, con especial
hincapié en las prácticas que puedan propiciar el fraude y la corrupción
- M 4/Actuación 28: Intercambio de criterios de elaboración de los programas anuales entre los
Departamentos territoriales del TCu y los OCEX de las CCAA.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.5: Agilizar la tramitación de los procedimientos fiscalizadores
- M 1/Actuación 36: Establecimiento en el Programa Anual de Fiscalizaciones y las Directrices
Técnicas de ámbitos subjetivos, objetivos y temporales de una forma ajustada, priorizando la
fiscalización de aspectos específicos de riesgo de los procedimientos o entidades.
- M 1/Actuación 37: Incorporación de un cronograma de la fiscalización al procedimiento de
programación y determinación de los tiempos consumidos en las distintas fases.
- M 1/Actuación 38: Cuantificación y control de los tiempos de ejecución de las fiscalizaciones.
OBJETIVO ESPECÍFICO 2.2: Reforzar la cooperación y la coordinación del sistema de control
externo en España
- M 1/Actuación 60: Desarrollo de actuaciones fiscalizadoras conjuntas y/o coordinadas, así como
realización del seguimiento de la ejecución en los programas anuales de fiscalización del TCu y de
los OCEX de las CCAA de las actuaciones conjuntas y/o coordinadas.
OBJETIVO ESPECÍFICO 2.3: Contribuir al fortalecimiento del control interno
- M 1/Actuación 69: Fiscalización sistemática de los sistemas y procedimientos de control interno.
OBJETIVO ESPECÍFICO 3.1: Establecer los mecanismos para desarrollar un sistema de calidad
en la institución
- M 4/Actuación 111: Emisión oportuna de los resultados de las fiscalizaciones en los plazos previstos
en el PAF.
Fuente: Elaboración propia.
Anexo II - 1/7
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 73
ANTECEDENTES Y MARCO NORMATIVO
Tras la declaración por la Organización Mundial de la Salud, el 11 de marzo de 2020, de la pandemia
provocada por la COVID-19 y la rápida propagación de la enfermedad, los Estados miembros de la
Unión Europea (UE) adoptaron medidas coordinadas de emergencia para proteger la salud de la
ciudadanía y evitar el colapso de la economía, medidas que supusieron un drástico impacto
económico y social en el conjunto de los países de la UE.
El Consejo Europeo del 21 de julio de 2020, consciente de la necesidad de realizar un esfuerzo sin
precedentes y de llevar a cabo un planteamiento innovador para el impulso de la convergencia, la
resiliencia y la transformación en la UE, acordó un paquete de medidas de gran alcance con la
finalidad de contribuir a la reconstrucción de los Estados miembros, reparar los efectos económicos,
sociales y sanitarios de la pandemia e impulsar su transición ecológica y digital.
Estas medidas aúnan el Marco Financiero Plurianual para 2021-2027 y la puesta en marcha de un
Instrumento Europeo de Recuperación (NextGenerationEU) por valor de 750.000 millones de euros
en precios constantes del año 2018
1
, que se basa en tres pilares:
La adopción de instrumentos para apoyar los esfuerzos de los Estados miembros por
recuperarse, reparar los daños y salir reforzados de la crisis.
La adopción de medidas para impulsar la inversión privada y apoyar a las empresas en
dificultades.
El refuerzo de los programas clave de la UE para extraer las enseñanzas de la crisis, hacer
que el mercado único sea más fuerte y resiliente y acelerar la doble transición ecológica y
digital.
El desembolso de los recursos a los Estados miembros está previsto durante el periodo 2021-2026
y se articulará a través de varios programas, entre los que destaca el Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia (MRR), por importe total de 672.500 millones de euros, de los que 312.500 millones
se tramitarán en forma de transferencias no reembolsables y los 360.000 restantes mediante
préstamos. Este programa tiene por objeto la financiación de gastos no recurrentes, inversiones y
reformas, que conlleven un cambio estructural y tengan un impacto duradero en la resiliencia
económica y social, la sostenibilidad, la competitividad a largo plazo y el empleo.
El PRTR, España puede, constituye el instrumento a través del cual se habilita y canaliza el acceso
a los fondos europeos del MRR. Fue aprobado formalmente por las instituciones europeas el 13 de
julio de 2021, a través del Consejo ECOFIN, tras ser adoptado por el Consejo de Ministros el 27 de
abril, presentado a la Comisión Europea el 30 de abril y valorado positivamente por dicha institución
el 16 de junio. A través de este mecanismo, España recibirá hasta 140.000 millones de euros en
transferencias y créditos en el periodo 2021-2026, que se unirán a los fondos del REACT-EU (Ayuda
a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa) y al resto de instrumentos previstos
en el citado Marco Financiero Plurianual comunitario para impulsar inversiones y reformas
2
. De los
1
Equivalentes a 806.900 millones de euros a precios corrientes. Fuente: https://ec.europa.eu/info/strategy/recovery-plan-
europe_es.
2
Tales como el Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural y el Fondo de Transición Justa, entre otros.
Anexo II - 2/7
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 74
140.000 millones de euros, 70.000 se materializarán en forma de créditos y otro importe casi igual
en forma de transferencias no reembolsables.
CUADRO 1. DISTRIBUCIÓN FONDOS NEXTGENERATIONEU PARA ESPAÑA
FONDO
DOTACIÓN ECONÓMICA
(millones de euros)
MRR (Préstamos)
70.000,00
MRR (Transferencias)
69.528,001
REACT-EU
12.436,00
Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural
717,70
Fondo de Transición Justa
452,00
TOTAL
153.133,70
1 La diferencia con los 69.513 M € a recibir efectivamente procedentes del MRR
corresponde a los gastos de transferencia.
Fuente: Elaboración propia.
Con posterioridad, en diciembre de 2022, se publicó un proyecto de Adenda al PRTR para la puesta
en marcha de su segunda fase, referida al periodo 2023-2026, al objeto de movilizar el resto de los
recursos asignados a España, al añadir a los 70.000 millones de euros ya aprobados en julio de
2021, otros 7.700 millones de euros de transferencias adicionales, 84.000 millones de euros en
préstamos (en vez de los 70.000 inicialmente asignados) y casi 2.600 millones de euros procedentes
del programa REPowerEU.
El PRTR incorpora una importante agenda de inversiones y reformas estructurales para lograr los
siguientes cuatro objetivos transversales:
Transición ecológica: impulso de la inversión pública y privada para reorientar el modelo
productivo hacia la descarbonización, la eficiencia energética, etc.
Transformación digital: inversiones y reformas relativas a las infraestructuras, competencias
y tecnologías para el impulso hacia una economía digital.
Cohesión social y territorial: refuerzo del estado del bienestar y medidas específicamente
orientadas a afrontar el reto demográfico.
Igualdad de género: medidas transversales dirigidas a la lucha contra cualquier clase de
discriminación y a garantizar la igualdad de oportunidades.
Las reformas e inversiones previstas en el PRTR se organizan en torno a diez políticas palanca,
dentro de las cuales se recoge un conjunto de treinta componentes, que se materializan en un total
de 212 medidas (102 reformas y 110 proyectos de inversión).
Anexo II - 3/7
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 75
CUADRO 2. OBJETIVOS TRANSVERSALES Y POLÍTICAS PALANCA DEL PRTR
Fuente: PRTR
Dadas la incertidumbre y la dificultad de inventariar acciones a más largo plazo, el PRTR se centra
en la primera fase de ejecución. Así, se detallan las reformas e inversiones a desplegar en el
periodo 2021-2023, por un total próximo a 70.000 millones de euros.
CUADRO 4. DISTRIBUCIÓN TRANSFERENCIAS MRR 2021-2023
Fuente: PRTR.
Para que los desembolsos tengan lugar, es preciso que se cumplan los hitos y objetivos señalados
para los distintos proyectos de inversión y de reforma financiables, para lo cual los proyectos se
Anexo II - 4/7
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 76
encuentran sujetos a criterios de seguimiento y control. Se trata, en definitiva, de un plan sujeto a
una monitorización permanente por parte de los órganos y autoridades de control, europeas y
nacionales, designadas específicamente para ello.
En lo que respecta a las entidades del sector público local, según datos de la Federación Española
de Municipios y Provincias (FEMP)
3
, se asignaron a las EELL, aproximadamente, 17.720 millones
de euros para el periodo 2021-2023 y otros 3.000 millones del Proyecto estratégico para la
recuperación y transformación económica del agua. Por su parte, de acuerdo con el tercer Informe
de ejecución del PRTR, elaborado por el Gobierno de España en febrero de 2023, al cierre de 2022
se habían resuelto convocatorias y licitaciones por importe de 23.300 millones de euros, un 22 %
de los cuales estaban destinados a EELL, habiendo resultado beneficiarios más de 5.960
municipios.
La regulación principal básica sobre la materia se encuentra recogida en las siguientes
disposiciones:
Reglamento (UE) 2020/2094 del Consejo, de 14 de diciembre de 2020, por el que se
establece un Instrumento de Recuperación de la Unión Europea para apoyar la recuperación
tras la crisis de la COVID-19.
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de
2021, por el que se establece el MRR.
Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes
para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del PRTR
(convalidado por Acuerdo del Congreso de los Diputados, publicado por Resolución de 28
de enero de 2021).
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, España puede, aprobado formalmente
por las instituciones europeas el 13 de julio de 2021, tras ser adoptado por el Consejo de
Ministros el 27 de abril, presentado a la Comisión Europea el 30 de abril de 2021 y valorado
positivamente por dicha institución el 16 de junio.
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión
del PRTR.
Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y
formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal,
Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución
presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del PRTR.
Con el objetivo de garantizar la correcta gestión de los fondos y dar cumplimiento a las exigencias
comunitarias que el artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 impone a España en relación con la
protección de los intereses financieros de la Unión como Estado miembro beneficiario de los fondos
del MRR, el apartado primero del artículo 6 de la precitada Orden HFP/1030/2021 establece que
toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR
deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le permita garantizar y declarar que,
en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad
3
Informe de seguimiento de los fondos NextGenerationEU de 1 de febrero de 2023.
Anexo II - 5/7
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 77
con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección
del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
Por su parte, el apartado 5.a) del precitado artículo 6 establece el plazo de disposición de estos
planes, debiendo ser aprobados por las entidades decisoras o ejecutoras en un plazo inferior a 90
días desde la entrada en vigor de la Orden HFP/1030/2021 o, en su caso, desde que tuvieran
conocimiento de la participación en la ejecución del PRTR.
En consecuencia, los referidos planes se configuran como el instrumento exigido por la normativa
para toda entidad que participe en la ejecución de las medidas del PRTR, como una modalidad de
los conocidos como «planes de integridad», pero con un contenido, características y régimen de
aplicación específicos.
Los planes de medidas antifraude (PMA) han de estructurarse en torno a los cuatro elementos clave
del denominado «ciclo antifraude» (prevención, detección, corrección y persecución), incluyendo,
entre otras medidas, la realización de una evaluación del riesgo, impacto y probabilidad de riesgo
de fraude en los procesos clave de la ejecución del PRTR y su revisión periódica; la definición de
medidas de detección ajustadas a las señales de alerta y de las medidas correctivas pertinentes
cuando se detecta un caso sospechoso de fraude, así como la definición de procedimientos de
seguimiento para revisar los procesos, procedimientos y controles relacionados con el fraude
efectivo o potencial. Asimismo, estos planes deberán definir procedimientos para la prevención y
corrección de situaciones de conflictos de interés conforme a lo establecido en los apartados
primero y segundo del artículo 61 del Reglamento Financiero de la UE
4
.
La exigencia de estos planes y medidas antifraude ha de entenderse como una respuesta al
aumento de riesgos en la gestión de los fondos, fundamentalmente por el cambio de modelo de
control, basado en la justificación del cumplimiento de hitos y objetivos frente al control tradicional
mediante declaraciones de gasto. En definitiva, se robustecen los sistemas de control interno de las
entidades decisoras y/o ejecutoras, especialmente, con mayores exigencias de control del fraude,
la corrupción, el conflicto de intereses y la doble financiación.
Uno de los pilares sobre los que se asienta la lucha contra el fraude a nivel nacional lo constituye el
Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA), órgano encargado de coordinar las
acciones encaminadas a proteger los intereses financieros de la UE contra el fraude en colaboración
con la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude. Se encuentra integrado en la Intervención
General de la Administración del Estado y, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, tiene entre sus funciones dirigir la creación y puesta en marcha de las
estrategias nacionales y promover los cambios legislativos y administrativos necesarios para
proteger los intereses financieros de la UE, identificar deficiencias de los sistemas nacionales para
la gestión de fondos de la UE, establecer los cauces de coordinación e información sobre
irregularidades y sospechas de fraude entre las diferentes instituciones y promover la formación
para la prevención y lucha contra el fraude.
En este marco, y dentro del mandato contenido en el artículo 22 del Reglamento del MRR de adoptar
las medidas necesarias para proteger los intereses financieros de la Unión y velar por que la
utilización de los fondos se ajuste a la normativa comunitaria y nacional aplicable y, en particular,
en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos
4
Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas
financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) nº 1296/2013,
(UE) nº 1301/2013, (UE) nº 1303/2013, (UE) nº 1 304/2013, (UE) nº 1309/2013, (UE) nº 1316/2013, (UE) nº 223/2014 y
(UE) nº 283/2014 y la Decisión nº 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012.
Anexo II - 6/7
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 78
de interés, el SNCA, como coordinador general a nivel nacional de la protección de los intereses
financieros de la Unión, elaboró una Guía para la aplicación de medidas antifraude en la
ejecución del PRTR el 24 de febrero de 2022. Este documento se publicó con el objetivo de aclarar
conceptos clave en materia de protección de los intereses financieros de la UE y de formular
recomendaciones en relación con la evaluación del riesgo y las medidas de prevención y detección
del fraude, la corrupción, los conflictos de interés y la doble financiación, así como establecer la
información a suministrar en el caso del inicio de un procedimiento sancionador judicial o
administrativo que afecte a gastos financiados por el MRR.
Además de un apartado introductorio y otro con definiciones de interés sobre la materia, la Guía
consta de tres apartados más:
El primero está dedicado al contenido de los PMA (incluyendo medidas de prevención,
detección y corrección del fraude, una herramienta de evaluación de riesgos) y aborda los
conflictos de interés y la doble financiación como riesgos con tratamiento diferenciado.
El segundo delimita las funciones y el ámbito de actuación de la Fiscalía Europea
5
.
El tercero trata sobre la comunicación de procedimientos judiciales y administrativos
sancionadores, recomendando que las entidades decisoras y ejecutoras comuniquen al
SNCA el inicio de tales procedimientos que afecten a gastos financiados con el MRR, así
como cualquier cambio en la situación de un caso notificado previamente, como su archivo,
sobreseimiento o la adopción de otro tipo de resolución.
Asimismo, la Guía contiene cinco anexos, en los que ofrece a las entidades una matriz de riesgos,
un listado de banderas rojas y controles, un modelo de denuncia a la Fiscalía Europea, un formulario
de comunicación de procedimientos sancionadores y una serie de referencias normativas y otros
documentos de interés.
Por otra parte, cabe destacar también el documento de Orientaciones para el refuerzo de los
mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los
conflictos de intereses, publicado por el MHFP el 24 de enero de 2022 al objeto de servir como
referencia y ayudar a las entidades decisoras y ejecutoras a definir un modelo o sistema de gestión
del riesgo de fraude en la ejecución del PRTR, enmarcado en el ámbito de las obligaciones de
control de gestión, conforme a las previsiones de este.
En este documento −que podrá ser objeto de actualización− se abordan consideraciones
funcionales y organizativas, que se deben concretar en el plan que se defina para cada ámbito
(entidad decisora/entidad ejecutora) de la manera que se considere más adecuada.
Además de un apartado introductorio, consta de cinco apartados más:
El primero versa sobre el ámbito subjetivo (estatal, autonómico y local) de las entidades
obligadas a disponer de PMA.
El segundo se refiere a la necesidad de que se realicen determinadas funciones, incluyendo
la elaboración, aprobación, seguimiento, actualización y evaluación del PMA.
5
Regulada en el Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una
cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea, entró en funcionamiento efectivo con fecha de 1 de junio
de 2021.
Anexo II - 7/7
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 79
El tercero propone diversas consideraciones organizativas (planteando la existencia de un
comité antifraude y una unidad para la coordinación y el seguimiento de la gestión a las que
les asigna una serie de funciones).
El cuarto recoge un procedimiento para el tratamiento del posible conflicto de interés.
Por último, el quinto contiene las medidas antifraude en torno a los cuatro elementos clave
del ciclo antifraude (prevención, detección, corrección y persecución).
Por último, contiene cinco anexos en los que ofrece a las entidades un modelo de PMA, un
procedimiento para el tratamiento del conflicto de interés, una declaración institucional contra el
fraude, un código de conducta y un listado de posibles indicadores de riesgo.
Anexo III
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 81
PROCEDIMIENTO DESARROLLO DE LA ACTUACIÓN FISCALIZADORA
Esta actuación fiscalizadora ha sido considerada de interés prioritario para el desarrollo de
fiscalizaciones conjuntas en el año 2022 por la Comisión de Coordinación en el ámbito local del
TCu y los OCEX, siendo desarrollada de forma coordinada entre el TCu y los OCEX de las CCAA.
Con objeto de dar homogeneidad a los trabajos, se establecieron unas Líneas Básicas de
actuación, que han fijado con carácter común los ámbitos subjetivo, objetivo y temporal, los
objetivos de la fiscalización, los criterios de evaluación y los cuestionarios base para solicitar
información.
Cada OCEX ha llevado a cabo la actuación fiscalizadora sobre las entidades del ámbito territorial
en el que desarrolla su competencia fiscalizadora y el TCu la ha realizado sobre las entidades de
las CCAA sin OCEX (Cantabria, Extremadura, La Rioja y Región de Murcia), así como sobre
aquellas en las que dichos órganos no participaron de esta actuación coordinada (Andalucía,
Canarias y Castilla-La Mancha
130
).
Para el cumplimiento de los objetivos de la fiscalización se han utilizado los procedimientos
habituales y específicos para cada una de las diferentes áreas de fiscalización, que han quedado
plasmados en los correspondientes programas de trabajo, dirigidos a la obtención de evidencias
adecuadas y suficientes.
En el desarrollo de las actuaciones fiscalizadoras no se han producido limitaciones que hayan
impedido cumplir los objetivos previstos.
Con objeto de exponer una visión global de la situación existente en el territorio nacional, en el
presente informe se recogen los principales resultados de las actuaciones fiscalizadoras llevadas
a cabo por el TCu y los OCEX en cada uno de los territorios, cuyos resultados específicos se
muestran, en su caso, en el correspondiente informe de fiscalización elaborado por cada entidad
fiscalizadora, como un informe independiente o como un apartado específico dentro del informe
anual sobre su sector público local.
Los trabajos se han desarrollado, esencialmente, en la sede del TCu/OCEX, solicitando y
obteniendo la información y documentación a través de la sede electrónica de la institución. Se
han analizado cuantos documentos, registros, expedientes, actas o informes se han considerado
adecuados para la consecución de los objetivos. Por su parte, cada OCEX ha realizado las
oportunas verificaciones sobre las entidades del ámbito territorial en el que desarrolla su
competencia fiscalizadora. Los resultados obtenidos se han integrado para todo el territorio.
130
La Cámara de Cuentas de Castilla-La Mancha fue creada por la ley 7 /2021, de 3 de dic iembre. No obstante, no
comenzó su funcionamiento hasta la aprobación de su Reglamento de Organización y Funcionamiento el 30 de marzo de
2023.
Anexo IV - 1/8
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 83
PROCEDIMIENTO PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LAS ENTIDADES ADJUDICATARIAS DE
RECURSOS DEL MRR PARA LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PRTR ENTRE EL 1 DE
OCTUBRE DE 2021 Y EL 31 DE MARZO DE 2022
El ámbito subjetivo de la actuación fiscalizadora está constituido por las entidades integrantes del
sector público local adjudicatarias de fondos del MRR para la ejecución de las medidas del PRTR
que hubiesen adquirido la condición de entidad ejecutora durante el primer semestre desde la
entrada en vigor de la Orden HFP/1030/2021, esto es, entre el 1 de octubre de 2021 y el 31 de
marzo de 2022.
De acuerdo con la Resolución 1/2022, de 12 de abril, de la Secretaria General de Fondos Europeos,
por la que se establecen instrucciones a fin de clarificar la condición de entidad ejecutora, la
designación de órganos responsables de medidas y órganos gestores de proyectos y subproyectos,
en el marco del sistema de gestión del PRTR, son entidades ejecutoras del PRTR todas las
entidades locales contempladas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local, que tengan asignado un subproyecto; esto es, cuando reciban
fondos destinados a la realización de acciones contempladas en el PRTR, con independencia
de la naturaleza del instrumento jurídico empleado.
Como punto de partida para la determinación de
las entidades que adquirieron la condición de
entidad ejecutora en el periodo analizado, en
mayo de 2022 este Tribunal solicitó su
identificación a la Dirección General del Plan y
del MRR del Ministerio de Hacienda y Función
Pública (MHFP), que manifestó no disponer de
esta información.
Tampoco pudo obtenerse en las consultas
realizadas entre junio y septiembre de 2022 a la
Plataforma CoFFEE-MRR (Plataforma Común
de Fondos Europeos, módulo del MRR), creada
por el MHFP, a través de la Secretaría de Estado
de Presupuestos y Gastos, con el objeto de
agregar los datos generados en los procesos de
gestión de las iniciativas del PRTR por los
ministerios, las CCAA, las EELL y demás entes
habilitados, por encontrarse en fase preliminar
de funcionamiento y no contener información
completa y actualizada sobre las convocatorias
de ayudas y subvenciones realizadas.
Además, se solicitó tal información a la Unidad de Seguimiento del PRTR de la Secretaría General
de Asuntos Económicos y G20 de la Presidencia del Gobierno de España, encargada de la
elaboración de los distintos informes de seguimiento de la ejecución del PRTR.
Anexo IV - 2/8
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 84
Ante la inexistencia de una fuente completa de información con la relación de EELL
adjudicatarias de los recursos que hubiesen adquirido la condición de entidad ejecutora durante el
periodo analizado, los datos aportados por la Unidad de Seguimiento en el transcurso de la
fiscalización tuvieron que complementarse con la obtenida de cada una de las CCAA y DDPP,
cabildos, consejos insulares y entidades equivalentes de las ayudas, subvenciones y transferencias
concedidas a las EELL con cargo a los fondos del MRR durante el periodo.
De acuerdo con la información recibida y agregada de las fuentes descritas, el número total de EELL
a las que se asignaron recursos destinados a la realización de acciones contempladas en el PRTR
entre el 1 de octubre de 2021 y el 31 de marzo de 2022 ascendió a 1.103, de las que el 89 % eran
ayuntamientos, el 3 % DDPP o entidades equivalentes, el 4 % comarcas y el 4 % restante otro tipo
de EELL, como consorcios, entidades locales menores o mancomunidades. El importe total
asignado fue de 869.399.559,48 euros.
En los siguientes cuadros se indican las convocatorias de ayudas, subvenciones y transferencias
efectuadas por la Administración General del Estado, las CCAA, las DDPP y entidades
equivalentes
1
a través de las cuales las EELL resultaron adjudicatarias de recursos para la
realización de las medidas contempladas en el PRTR entre el 1 de octubre de 2021 y el 31 de marzo
de 2022
2
.
CUADRO 1. CONVOCATORIAS REALIZADAS POR LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL
ESTADO
CONVOCATORIA
IMPORTE
ATRIBUIDO
Orden ICT/949/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para el apoyo a
mercados, zonas urbanas comerciales, comercio no sedentario y canales cortos de comercialización, y se procede a su
convocatoria en el año 2021, en el marco del PRTR
62.496.262,50
Orden ICT/950/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la línea de ayudas para el apoyo de
la actividad comercial en zonas rurales y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del PRTR
4.816.467,29
Orden ICT/951/2021, de 10 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayudas para el
fortalecimiento de la actividad comercial en zonas turísticas y se procede a su convocatoria en el año 2021, en el marco del PRTR
32.019.292,24
Orden TMA/957/2021, de 7 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la
elaboración de proyectos piloto de planes de acción local de la Agenda Urbana Española y la convocatoria para la presentación de
solicitudes para la obtención de las subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva
20.000.000,00
Real Decreto 1073/2021, de 7 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación
del Plan Nacional de Sostenibilidad Turística en Destinos Xacobeo 2021, en el marco del PRTR
22.452.000,00
Real Decreto 1074/2021, de 7 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación
de proyectos sostenibles de mantenimiento y rehabilitación del patrimonio histórico con uso turístico, en el marco del PRTR
47.713.815,73
Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia
Sectorial de Turismo, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades
autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales en el marco del
Componente 14 Inversión 1 del PRTR
589.108.738,23
1
Entre las DDPP y entidades equivalentes, únicamente la DP de Valladolid y la Diputación Foral de Gipuzkoa realizaron
convocatorias de ayudas, subvenciones o transferencias durante el periodo analizado.
2
El importe consignado no se corresponde con la cuantía total de las convocatorias, al no haberse incluido el atribuido a
otro tipo de entidades, tales como las ciudades autónomas, las agencias de desarrollo local o grupos de acción local,
entre otras.
Anexo IV - 3/8
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 85
CONVOCATORIA
IMPORTE
ATRIBUIDO
Resolución de 15 de octubre de 2021, de la Secretaría General de For mación Profesional, por la que se c onvocan ayudas a
entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales para la creación de aulas de
formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de Aula Mentor
344.000,00
TOTAL
778.950.575,99
Fuente: Elaboración propia.
..
CUADRO 2. CONVOCATORIAS REALIZADAS POR CCAA, DDPP Y ENTIDADES
EQUIVALENTES
COMUNIDAD AUTÓNOMA/CONVOCATORIA
IMPORTE
ATRIBUIDO
ARAGÓN
9.242.312,35
Orden CDS/832/2021, de 9 de julio, por la que se hace pública la convoc atoria de subvenciones financiadas con cargo al Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia, para la financiación de actuaciones de creación, modernización y reforma de plazas
de centros residenciales de menores, así como de centros residenciales y de día destinados a personas mayores
6.806.000,00
Orden de la Consejería de Ciudadanía y Derechos Sociales por la que se concede a la Comarca de Cinca Medio una subvención
nominativa con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, para la financiación de la construcci ón y puesta en
funcionamiento de la residencia comarcal de Fonz
1.000.000,00
Orden ECD/1792/2021, de 29 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en
régimen de concurrencia competitiva en la Comunidad Autónoma de Aragón para la modernización de las infraestructuras de las
artes escénicas y musicales financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y por la que se aprueba
la convocatoria correspondiente al año 2021
256.460,50
Orden EPE/1890/2021, de 30 de diciembre, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones previstas en la Orden
TES/1152/2021, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para l a concesión de subvenciones públicas,
destinadas a la financiación del “Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas”, de contratación
de personas jóvenes desempleadas en el seno de los ser vicios prestados por dichas administraciones públicas, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
1.070.296,68
Orden ICD/825/2020, de 18 de agosto, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la movilidad eficiente y sostenible
(Programa MOVES II) en la Comunidad Autónoma de Aragón
9.571,37
Orden ICD/891/2021, de 19 de julio, por la que se aprueba la convocatoria en Aragón d e ayudas a la movilidad eléctrica (MOVES
III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo
99.983,80
CANTABRIA
127.292,98
Decreto 109/2021, de 10 de diciembre, de concesión directa de subvenciones a Entidades Locales para la dotación de bibliotecas
públicas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
127.292,98
CASTILLA Y LEÓN
30.334.047,32
Acuerdo de la Junta de Gobierno nº 167/21, de 26 de noviembre, por el que se convocan subvenciones para mejorar la accesibilidad
de los centros del programa Crecemos de los ayuntamientos adscritos al mismo en la provincia de Valladolid con cargo a los fondos
europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia de Castilla y León (Convocatoria realizada por la DP
de Valladolid)
238.173,48
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servi cios Sociales de Castilla y León y la Diputación Provincial de Soria para la
ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla
y León
1.707.590,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castill a y León y el Ayuntamiento de Aranda de Duero para
la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en
Castilla y León
183.402,00
Anexo IV - 4/8
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 86
COMUNIDAD AUTÓNOMA/CONVOCATORIA
IMPORTE
ATRIBUIDO
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y el Ayuntamiento de Ávila para la ejecución
de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla y León
266.450,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y el Ayuntamiento de Burgos para la ejecución
de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla y León
524.721,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y el Ayuntamiento de Laguna de Duero para
la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en
Castilla y León
82.554,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y el Ayuntamiento de León para la ejecuci ón
de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla y León
800.023,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y el Ayuntamiento de Medina del Campo para
la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en
Castilla y León
220.632,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y el Ayuntamiento de Miranda de Ebro para
la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en
Castilla y León
128.165,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y el Ayuntamiento de Palencia para la
ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla
y León
291.021,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y el Ayuntamiento de Ponferrada para la
ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla
y León
295.356,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y el Ayuntamiento de Salamanca para la
ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla
y León
636.153,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y el Ayuntamiento de San Andrés de Rabanedo
para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia
en Castilla y León
120.744,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y el Ayuntamiento de Segovia para la ejecución
de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla y León
223.512,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y el Ayuntamiento de Soria para la ejecución
de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla y León
178.827,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y el Ayuntamiento de Valladolid para la
ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla
y León
1.197.760,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y el Ayuntamiento de Zamora para la ejecución
de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla y León
264.300,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y la Diputación Provincial de Ávila para la
ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla
y León
1.550.327,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y la Diputación provincial de Burgos para la
ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla
y León
4.142.366,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y la Diputación Provincial de León para la
ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla
y León
3.083.728,83
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y la Diputación Provincial de Palencia para la
ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla
y León
1.102.038,00
Anexo IV - 5/8
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 87
COMUNIDAD AUTÓNOMA/CONVOCATORIA
IMPORTE
ATRIBUIDO
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y la Diputación Provincial de Salamanca para
la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en
Castilla y León
2.591.445,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y la Diputación Provincial de Segovia para la
ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla
y León
2.090.966,00
Convenio de colaboración entre la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León y la Diputación Provincial de Valladolid para
la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en
Castilla y León
2.430.540,00
Convenio de colaboración entre la gerencia de servicios sociales de Castilla y León y la Diputación Provincial de Zamora para la
ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia en Castilla
y León
1.001.085,00
Orden PRE/1055/2021, de 16 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
a inversiones de los municipios de Castilla y León para proyectos de accesibilidad a edificios municipales
4.982.168,01
CASTILLA-LA MANCHA
9.951.858,84
Decreto 130/2021, de 28 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las diputaciones provinciales
de Castil la-La Mancha para la garantía de cuidados d e las personas en su entorno, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia. [2021/13766]
8.666.328,00
Orden 152/2021, de 21 de octubre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras y se
convocan las subvenciones destinadas a la mejora de la accesibilidad de infraestructuras y equipamientos de las entidades locales
de Castilla-La Mancha con una población inferior o igual a mil habitantes. BDNS (Identif.): 591253 [2021/11602]
703.513,63
Orden 176/2021, de 3 de diciembre, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras y se
convocan las subvenciones para proyectos de inversión en actuaciones sobre la nueva economía de los cuidados en el Sistema
Público de Servicios Sociales en centros de titularidad municipal destinados a la atención de personas mayores y de personas con
discapacidad. Extracto BDNS (Identif.): 598884 [2021/13010]
582.017,21
CATALUÑA
12.957.692,30
Ampliación de la subvención directa otorgada al Consorcio del Bages para la Gestión de Residuos para la financiación de l as
infraestructuras de tratamiento de residuos municipales
8.536.394,00
Convenios de colaboración entre la Agència de l'Habitatge de Catalunya y varios ayuntamientos y consejos comarcales en relación
con la Oficina de Rehabilitación Municipal para la gestión de las ayudas en materia de rehabilitación residencial aprobadas por la
Generalitat de Cataluña en el marco del PRTR para hacer frente a la crisis derivada de la COVID-19, y el Instrumento de
Recuperación Next Generation EU (67 Convenios)
-3
Resolución CLT/3714/2021, de 13 de diciembre, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Administración de la Oficina
de Apoyo a la Iniciativa Cultural, por el que se aprueba la convocatoria, para su concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia no competitiva, para la adquisición de libros destinados a las bibliotecas del Sistema de Lectura Pública de Cataluña
con cargo a los Fondos Next Generation UE (ref. BDNS 600359)
655.764,99
Subvención directa otorgada al Consejo Comarcal del Baix Camp para la financiación de las actuaciones de ampliación y mejora
del Centro Comarcal de Gestión de Residuos del Baix Camp, ubicado en el municipio de Solivella
3.765.533,31
COMUNIDAD DE MADRID
8.020.320,00
Convenio de 23 de diciembre de 2021, de subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Alcalá de Henares, para la realización de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio
y la equidad-colectivos vulnerables, en el marco del PRTR
491.040,00
Convenio de 23 de diciembre de 2021, de subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Aranjuez, para la realización de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la
equidad-colectivos vulnerables, en el marco del PRTR
327.360,00
3
Los convenios establecían una aportación inicial de entre 10.000 y 30.000 euros por entidad en función de su población,
así como un importe adicional de 400 euros por habitante.
Anexo IV - 6/8
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 88
COMUNIDAD AUTÓNOMA/CONVOCATORIA
IMPORTE
ATRIBUIDO
Convenio de 27 de diciembre de 2021, de subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Collado Villalba, para la realización de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio
y la equidad-Colectivos vulnerables, en el marco del PRTR
81.840,00
Convenio del 23 de diciembre de 2021, de subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Arganda del Rey, para la realización de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio
y la equidad-colectivos vulnerables, en el marco del PRTR
81.840,00
Convenio de 23 de diciembre de 2021, de subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Coslada, para la realización de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la
equidad-colectivos vulnerables, en el marco del PRTR
491.040,00
Convenio de 23 de diciembre de 2021, de subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Fuenlabrada, a través del Centro de Iniciativas para la Formación y el Empleo, para la
realización de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad-colectivos vulnerables, en el marco del PRTR
654.720,00
Convenio de 27 de diciembre de 2021, de subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Getafe, a través de la Agenci a Local de Empleo y Formación, para la realización de
nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad-colectivos vulnerables, en el marco del PRTR
327.360,00
Convenio de 23 de diciembre de 2021, de subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Leganés, para la realización de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio y la
equidad-colectivos vulnerables, en el marco del PRTR.
245.520,00
Convenio de 27 de diciembre de 2021, de subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Madrid, a través de la Agencia para el Empleo de Madrid, para la realización de nuevos
proyectos territoriales para el reequilibrio y la equidad-colectivos vulnerables, en el marco del PRTR
4.337.520,00
Convenio de 23 de diciembre de 2021, de subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Parla, para la realización de nuevos pr oyectos territoriales para el reequilibrio y la
equidad-colectivos vulnerables, en el marco del PRTR
327.360,00
Convenio de 23 de diciembre de 2021, de subvención entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, para la realización de nuevos proyectos territoriales para el reequilibrio
y la equidad-colectivos vulnerables, en el marco del PRTR
654.720,00
GALICIA
620.327,64
Resolución de 31 de agosto de 2020 por l a que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas
correspondientes al Programa estatal de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (programa MOVES II), anualidad 2020
(códigos de procedimiento IN421Q y IN421R)
541.543,18
Resolución de 26 de julio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas
correspondientes al Programa estatal de i ncentivos a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) (códigos de procedimiento
IN421Q y IN421R)
78.784,46
ILLES BALEARS
15.025.787,1
Convenio de colaboración para la ejecución de proyectos con cargo a fondos europeos procedentes del MRR
1.031.739,01
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 27 de noviembre de 2020 por la que se convocan ayudas
correspondientes a los ejercicios 2020 a 2024 para la creación y consolidación de plazas públicas de primer ciclo de educación
infantil y para la reconversión de centros privados que atienden regularmente a niños de 0-3 años sin autorización educativa en
centros educativos de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 204, de 5 de diciembre de 2020)
13.707.968,04
Transferencia justificable a favor del Ayuntamiento de Palma para la ejecución de los fondos europeos destinados a la dotación de
bibliotecas, en el marco del Plan de Recuperación, Tr ansformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-
NextGenerationEU) (DES01 2022 1449)
45.222,45
Transferencia justificable a favor del Consell Insular de Formentera para l a ejecución de los fondos europeos destinados a la
dotación de bibliotecas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-
NextGenerationEU) (DES01 2022 1033)
4.306,90
Anexo IV - 7/8
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 89
COMUNIDAD AUTÓNOMA/CONVOCATORIA
IMPORTE
ATRIBUIDO
Transferencia justificable a favor del Consell Insular de Menorca para la ejecuci ón de fondos europeos d estinados al Archivo
Histórico de Maó para la descripción y digitalización de fondos documentales depositados en los Archivos de titularidad estatal y
gestión autonómica o insular. Proyecto C24.I3.P5.4, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (DES01
2022 2398)
29.819,50
Transferencia justificable a favor del Consell Insular de Menorca para la ejecución de los fondos europeos destinados a la dotación
de bibliotecas, en el marco del Plan de Recuperación, Tr ansformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-
NextGenerationEU) (DES01 2022 1031)
14.999,00
Transferencia justificable a favor del Consell Insular d'Eivissa para la ejecución de los fondos europeos destinados a la dotación de
bibliotecas, en el marco del Plan de Recuperación, Tr ansformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-
NextGenerationEU) (DES01 2022 990)
38.837,25
Transferencia justificable a favor del Consell Insular de Mallorca para la ejecución de los fondos europeos destinados a la dotación
de bibliotecas, en el marco del Plan de Recuperación, Tr ansformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-
NextGenerationEU) (DES01 2022 883)
152.894,95
LA RIOJA
444.588,74
Resolución de 11 de septiembre de 2020, de la Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica, por la que se aprueba la
convocatoria pública de ayudas para la realización de actuaciones dentro del Programa Moves II
70.484,30
Resolución 3208/2021, de 22 de diciembre, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, de aprobación del gasto y convocatoria
para los años 2022 y 2023 de subvenciones destinadas a la contratación por administraciones públicas y entidades del sector
público institucional de personas jóvenes desempleadas, mayores de 16 y menores de 30 años, en la modalidad de contrato en
prácticas, en aplicaci ón de la Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del "Programa de primera experiencia profesional en las
administraciones públicas", de contratación de personas jóvenes desempleadas en el seno de los servicios prestados por dichas
administraciones públicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
374.104,44
PAÍS VASCO
1.332.909,72
Bases reguladoras y convocatoria 2021 de las subvenciones a inversiones y proyectos sociales que se fi nancia con fondos
europeos procedentes del PRTR (Convocatoria realizada por la Diputación Foral de Gipuzkoa)
1.321.398,40
Resolución de 5 de julio de 2021, del Director General del Ente Vasco de la Energía (EVE), por la que se procede a la aprobación,
convocatoria y publicación de las bases reguladoras del programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo (Programa MOVES III)
11.511,32
PRINCIPADO DE ASTURIAS
37.039,19
Resolución de 4 de septiembre de 2020, de la Consejería de Industria, Empleo y Promoción Económica, por la que se procede a
la apertura del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de subvenciones correspondientes al programa de incentivos
a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES II) en el Principado de Asturias, para los ejercicios 2020 y 2021 (Extracto
37.039,19
REGIÓN DE MURCIA
2.354.807,31
Orden de la Consejería de Empresa, Industria y Portavocía por la que se convocan en la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia las ayudas correspondientes al programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa Moves II)
136.954,95
Resolución de 11 de noviembre de 2021 de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se
aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones del “Programa de primera experiencia profesional en las
administraciones públicas” en el Marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (objetivo CID 342)
2.217.852,36
TOTAL
75.693.196,39
Fuente: Elaboración propia.
Del análisis de la información anterior, cada institución de control determinó aquellas convocatorias
a considerar en su respectivo ámbito territorial e identificó las entidades adjudicatarias a partir de
las cuales seleccionar la muestra para el desarrollo de los trabajos de fiscalización. El resultado
Anexo IV - 8/8
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 90
agregado de las entidades y los importes asignados se indican en el siguiente cuadro
4
. Por su parte,
en el anexo V se desarrollan los criterios de selección de la muestra y se detallan las entidades
incluidas.
CUADRO 3. ENTIDADES E IMPORTE ASIGNADO EN LAS CONVOCATORIAS
CONSIDERADAS
COMUNIDAD
AUTÓNOMA
N.º
ENTIDADES
IMPORTE ASIGNADO
Andalucía
73
24.569.059,66
Aragón
74
47.266.966,16
Canarias
6
6.137.242,40
Cantabria
49
2.948.053,67
Castilla y León
233
97.100.355,67
Castilla-La Mancha
74
20.089.240,04
Cataluña
322
102.968.201,70
Comunidad de Madrid
14
23.696.519,00
Comunitat Valenciana
32
9.877.326,12
Extremadura
16
9.816.268,26
Galicia
23
31.355.199,02
Illes Balears
33
19.517.332,3
La Rioja
14
7.758.261,21
Navarra
2
2.209.151,20
País Vasco
13
9.336.651,60
Principado de Asturias
8
6.486.519,20
Región de Murcia
21
11.024.712,05
TOTAL
1.007
432.157.059,26
Fuente: Elaboración propia.
4
La diferencia entre los datos consignados en este cuadro y los referidos a la totalidad de las convocatorias indicadas en
los anteriores se debe, fundamentalmente, a que la mayor parte de las instituciones de c ontrol no tuvieron en
consideración la Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Turismo, pu esto que confería a
las CCAA (y no a las EELL, definidas como b eneficiarios finales) la condición de entidad ejecutora, sin perjuicio de que
estas pudieran establecer en los instrumentos jurídicos específicos mediante los que articulasen el reparto de los fondos
a las EELL de su respectivo ámbito territorial la necesidad de disponer de un PMA.
Anexo V - 1/7
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 91
CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y ENTIDADES INCLUIDAS
Para el desarrollo de los trabajos de fiscalización se seleccionó, por el TCu y los OCEX, cada uno
en su respectivo ámbito de actuación, una muestra de entidades adjudicatarias de recursos del
PRTR, durante el periodo establecido. La selección se realizó tomando en consideración las
siguientes pautas comunes:
Priorización de las ayudas, subvenciones y recursos de mayor importe.
Primar a las EELL que hubiesen resultado beneficiarias de ayudas, recursos y subvenciones
procedentes de varias convocatorias diferentes.
Ponderación del equilibrio interterritorial en las CCAA pluriprovinciales.
Al objeto de verificar los avances en materia antifraude de aquellas EELL que hubiesen
recibido ayudas de menor cuantía, que en su mayor parte coincidían con las de menor
población, inclusión de entidades en las que el importe adjudicado no hubiera excedido de
5.000 euros.
En aplicación de los criterios anteriores, se seleccionaron 214 EELL, el 21 % de las 1.007
identificadas en el anexo IV (cuadro 3), que resultaron adjudicatarias de 353.687.960,7euros, el 82
% de los recursos asignados en las convocatorias consideradas por las instituciones de control.
En el cuadro siguiente se identifican las entidades seleccionadas, su población y el importe
asignado, de acuerdo con las convocatorias identificadas en el anexo IV.
CUADRO 1. ENTIDADES SELECCIONADAS EN LA MUESTRA
E
ERUSO
(euros)
COMUNIDAD
AUTÓNOMA
PROVINCIA
TIPO DE ENTIDAD
ENTIDAD
POBLACIÓN
IMPORTE
ASIGNADO
Andalucía
Almería
Ayuntamiento
Adra
25.501
4.000,00
Cádiz
Ayuntamiento
Algeciras
122.982
688.751,06
Ayuntamiento
Cádiz
114.244
4.000,00
Diputación Provincial
Cádiz
-
1.506.521,60
Córdoba
Ayuntamiento
Córdoba
322.071
3.300.000,00
Ayuntamiento
Puente Genil
29.767
725.674,90
Granada
Ayuntamiento
Maracena
22.358
4.000,00
Diputación Provincial
Granada
-
1.070.960,80
Huelva
Ayuntamiento
Huelva
142.538
1.352.224,60
Jaén
Ayuntamiento
Baeza
15.762
3.100.000,00
Ayuntamiento
Úbeda
34.208
3.000.000,00
Málaga
Ayuntamiento
Málaga
577.405
918.424,00
Ayuntamiento
Vélez-Málaga
82.967
200.000,00
Sevilla
Ayuntamiento
Dos Hermanas
136.250
660.999,70
Ayuntamiento
Sevilla
684.234
1.234.160,00
Total Andalucía
17.769.716,66
Anexo V - 2/7
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 92
COMUNIDAD
AUTÓNOMA
PROVINCIA
TIPO DE ENTIDAD
ENTIDAD
POBLACIÓN
IMPORTE
ASIGNADO
Aragón
Huesca
Ayuntamiento
Aínsa-Sobrarbe
2.312
560.724,99
Ayuntamiento
Alcubierre
372
37.946,50
Ayuntamiento
Benasque
2.239
10.104.532,52
Ayuntamiento
Huesca
53.429
32.895,40
Ayuntamiento
La Sotonera
903
2.042.600,00
Ayuntamiento
Montanuy
215
8.000.000,00
Ayuntamiento
Monzón
17.362
1.575.010,80
Ayuntamiento
Sariñena
4.173
628.435,64
Comarca
Cinca Medio
-
1.000.000,00
Mancomunidad
Alto Valle del Aragón
-
8.000.000,00
Teruel
Ayuntamiento
Albentosa
294
1.992.600,00
Ayuntamiento
Alcorisa
3.293
3.659,66
Ayuntamiento
Escucha
782
4.000,00
Ayuntamiento
Gea de Albarracín
378
146.326,64
Ayuntamiento
Teruel
35.994
107.999,44
Comarca
Matarraña
-
1.679.000,00
Diputación Provincial
Teruel
-
404.587,00
Zaragoza
Ayuntamiento
Biota
912
153.442,88
Ayuntamiento
Borja
5.037
56.316,64
Ayuntamiento
Daroca
1.914
2.020.000,00
Ayuntamiento
Ejea de los Caballeros
17.036
600.000,00
Ayuntamiento
Zaragoza
675.301
2.101.463,33
Total Aragón
41.251.541,44
Canarias
Las Palmas
Cabildo
Gran Canaria
-
1.011.747,60
Santa Cruz de
Tenerife
Ayuntamiento
La Matanza de Acentejo
9.114
1.243.449,00
Ayuntamiento
San Cristóbal de La Laguna
158.010
3.000.000,00
Total Canarias
5.255.196,60
Cantabria
-
Ayuntamiento
Camargo
30.497
3.301,53
Ayuntamiento
Castro-Urdiales
32.975
3.301,53
Ayuntamiento
El Astillero
18.116
2.701,02
Ayuntamiento
Noja
2.650
308.388,51
Ayuntamiento
Piélagos
26.035
4.500,00
Ayuntamiento
Reinosa
8.810
654.752,17
Ayuntamiento
Santa María de Cayón
9.205
3.000,00
Ayuntamiento
Santander
172.221
1.872.921,54
Ayuntamiento
Santoña
11.011
2.701,02
Ayuntamiento
Torrelavega
51.237
5.103,07
Total Cantabria
2.860.670,39
Castilla y León
Ávila
Ayuntamiento
Ávila
57.949
3.266.450,00
Ayuntamiento
Solana de Rioalmar
145
1.379,40
Diputación Provincial
Ávila
-
3.774.226,00
Burgos
Ayuntamiento
Aranda de Duero
33.084
333.402,00
Ayuntamiento
Burgos
174.051
4.013.723,40
Diputación Provincial
Burgos
-
7.659.676,80
Anexo V - 3/7
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 93
COMUNIDAD
AUTÓNOMA
PROVINCIA
TIPO DE ENTIDAD
ENTIDAD
POBLACIÓN
IMPORTE
ASIGNADO
Castilla y León
León
Ayuntamiento
León
122.051
5.087.626,00
Ayuntamiento
Sahagún
2.441
52.379,04
Diputación Provincial
León
-
3.083.728,83
Palencia
Ayuntamiento
Bárcena de Campos
52
968,00
Ayuntamiento
Palencia
77.090
291.021,00
Diputación Provincial
Palencia
-
7.618.070,00
Salamanca
Ayuntamiento
Arapiles
669
4.000,00
Ayuntamiento
Salamanca
143.269
3.886.153,00
Diputación Provincial
Salamanca
-
2.591.445,00
Segovia
Ayuntamiento
Fuente de Santa Cruz
108
3.500,00
Ayuntamiento
Segovia
51.258
3.223.512,00
Diputación Provincial
Segovia
-
5.439.336,00
Soria
Ayuntamiento
Medinaceli
664
4.000,00
Ayuntamiento
Soria
39.695
459.574,80
Diputación Provincial
Soria
-
5.317.978,00
Valladolid
Ayuntamiento
Traspinedo
1.149
6.078,69
Ayuntamiento
Valladolid
297.775
2.572.148,22
Diputación Provincial
Valladolid
-
2.430.540,00
Zamora
Ayuntamiento
Fuentesaúco
1.608
4.000,00
Ayuntamiento
Zamora
60.297
854.761,20
Diputación Provincial
Zamora
-
2.733.807,00
Total Castilla y León
64.713.484,38
Castilla-La Mancha
Albacete
Ayuntamiento
Yeste
2.567
99.000,00
Diputación Provincial
Albacete
-
1.733.265,60
Ciudad Real
Ayuntamiento
Almadén
5.105
64.738,14
Ayuntamiento
Daimiel
17.771
19.991,10
Ayuntamiento
Manzanares
17.845
31.213,01
Diputación Provincial
Ciudad Real
-
2.933.265,60
Cuenca
Ayuntamiento
Cuenca
53.988
3.000.000,00
Diputación Provincial
Cuenca
-
1.733.265,60
Guadalajara
Ayuntamiento
Azuqueca de Henares
35.236
499.162,00
Diputación Provincial
Guadalajara
-
1.733.265,60
Toledo
Ayuntamiento
Consuegra
9.942
9.971,60
Ayuntamiento
Talavera de la Reina
83.477
204.000,00
Ayuntamiento
Toledo
85.449
4.393.410,20
Ayuntamiento
Torrijos
13.583
27.396,69
Ayuntamiento
Villacañas
9.434
3.269,28
Diputación Provincial
Toledo
-
1.733.265,60
Total Castilla-La Mancha
18.218.480,02
Anexo V - 4/7
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 94
COMUNIDAD
AUTÓNOMA
PROVINCIA
TIPO DE ENTIDAD
ENTIDAD
POBLACIÓN
IMPORTE
ASIGNADO
Cataluña 1
Barcelona
Área Metropolitana
Barcelona
-
-
Ayuntamiento
Balsareny
3.278
1.600,00
Ayuntamiento
Barcelona
1.636.732
8.162.229,60 2
Ayuntamiento
Berga
16.682
1.200,00
Ayuntamiento
Canovelles
16.872
1.360,00
Ayuntamiento
El Prat de Llobregat
65.532
2.160,00
Ayuntamiento
LHospitalet de Llobregat
264.657
-
Ayuntamiento
Manresa
78.192
5.218.135,73
Ayuntamiento
Mataró
129.120
1.700.792,82
Ayuntamiento
Sabadell
216.204
16.800,00
Ayuntamiento
Santa Susanna
3.650
5.001.200,00
Ayuntamiento
Viladecans
66.707
924.614,00
Comarca
Berguedà
-
2.500.000,00
Consorcio
Bages per a la Gestió de Residus
-
8.536.394,00
Diputación Provincial
Barcelona
-
5.598.900,00
Patronato Municipal
Les Franqueses del Vallés
-
3.520,00
Girona
Ayuntamiento
Besalú
2.502
1.200,00
Ayuntamiento
Girona
101.932
3.515.721,10
Ayuntamiento
La Bisbal dEmpordà
11.190
1.360,00
Ayuntamiento
Lloret de Mar
38.402
5.995.623,71
Ayuntamiento
Roses
19.921
3.001.360,00
Ayuntamiento
Sant Feliu de Guíxols
22.210
3.501.760,00
Comarca
La Garrotxa
-
3.500.000,00
Comarca
Ripollès
-
3.500.000,00
Consorcio
Les Vies Verdes de Girona
-
3.500.000,00
Entidad Local Menor
L’Estartit
-
1.200,00
1
La Sindicatura de Comptes de Catalunya co nsideró para la selección de la muestra la resolución provisional de la
convocatoria del Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación
digital y s ostenible del tra nsporte urbano, en el marco del PRTR , realizada por Orden TMA/892/2021, de 17 de agosto
(convocatoria no incluida en el anexo IV), en la que resultaron beneficiarios, entre otros, los ayuntamientos de Barcelona,
El Prat de Llobregat, Girona, L’Hospitalet de Llobregat, Lleida, Lloret de Mar, Manresa, Mataró, Reus, Sabadell, Tarragona
y Viladecans y el Área Metropolitana de Barcelona. La resolución p rovisional de la convocatoria se dictó en febrero de
2022, estimando el OCEX que las entidades ya podían ser conocedoras de su participación en la ejecución del PRTR
durante el ámbito temporal de la actuación fiscalizadora. Los importes asignados en dicha convocatoria no se incluyen en
la presente tabla, por no haberse publicado su resolución definitiva en el periodo analizado.
En e l Área Metropolitana de Barcelona y L ’Hospitalet de Llobregat no se ha reflejado importe, al no haber resultado
beneficiarios en ninguna de las convocatorias incluidas en el anexo IV. El Importe atribuido a estas entidades en la
convocatoria de la Orden TMA/892/2021 fue de 40 y 12,11 millones de euros, respectivamente.
2
El importe asignado al Ayuntamiento no incluye 9.319.398,05 euros, cuantía máxima destinada a esta entidad en la
Resolución de 21 de enero de 2022, de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social del
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento para la
realización de un proyecto en el marco del PRTR, disposición no incluida por la AGE en su respuesta a la consulta descrita
en el anexo IV. Este dato ha sido aportado posteriormente por la entidad fiscalizada en el curso de los trabajos.
Anexo V - 5/7
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 95
COMUNIDAD
AUTÓNOMA
PROVINCIA
TIPO DE ENTIDAD
ENTIDAD
POBLACIÓN
IMPORTE
ASIGNADO
Cataluña
Lleida
Ayuntamiento
Cervera
9.328
1.360,00
Ayuntamiento
Lleida
140.080
2.480,01
Diputación Provincial
Lleida
-
3.500.000,00
Tarragona
Ayuntamiento
Banyeres del Penedés
3.208
1.360,00
Ayuntamiento
Reus
106.084
8.000,00
Ayuntamiento
Salou
28.512
6.001.760,00
Ayuntamiento
Tarragona
135.436
3.002.480,01
Ayuntamiento
Vila-seca
22.522
5.004.000,00
Comarca
Baix Camp
-
3.765.533,31
Diputación Provincial
Tarragona
-
5.000.000,00
Entidad Local Menor
Campredó
-
1.200,00
Total Cataluña
90.475.304,29
Comunidad de Madrid
-
Ayuntamiento
Alcalá de Henares
195.982
3.741.040,00
Ayuntamiento
Aranjuez
59.833
327.360,00
Ayuntamiento
Arganda del Rey
56.386
81.840,00
Ayuntamiento
Casarrubuelos
3.939
4.000,00
Ayuntamiento
Collado Villalba
63.825
81.840,00
Ayuntamiento
Coslada
81.273
491.040,00
Ayuntamiento
Fuenlabrada
192.233
904.720,00
Ayuntamiento
Getafe
183.095
327.360,00
Ayuntamiento
Leganés
187.762
245.520,00
Ayuntamiento
Madrid
3.305.408
15.887.486,40
Ayuntamiento
Parla
131.689
327.360,00
Ayuntamiento
Pinto
53.537
472.232,60
Ayuntamiento
Torrejón de Ardoz
132.771
654.720,00
Ayuntamiento
Torrelodones
24.122
150.000,00
Total Comunidad de Madrid
23.696.519,00
Comunidad Foral de Navarra
Ayuntamiento
Leoz/Leotz 3
226
50.000,00
Ayuntamiento
Pamplona/Iruña
203.081
2.159.151,20
Total Comunidad Foral de Navarra
2.209.151,20
Comunitat Valenciana
Alicante/Alacant
Ayuntamiento
Alicante/Alacant
337.304
300.000,00
Ayuntamiento
Bigastro
6.994
619.632,60
Ayuntamiento
Novelda
25.611
2.250.256,80
Ayuntamiento
Orihuela
78.940
471.600,00
Castellón/Castelló
Ayuntamiento
Càlig
2.002
4.000,00
Ayuntamiento
Castelló de la Plana
172.589
350.000,00
Ayuntamiento
La Vall d’Uixó
31.549
295.500,00
Ayuntamiento
Vila-real
51.130
200.000,00
Valencia/València
Ayuntamiento
Canals
13.257
448.216,00
Ayuntamiento
Gandia
75.970
1.407.213,00
3
El importe corresponde a los municipios integrantes de la Agrupación de municipios AUE de Valdorba/Orbaibar, si bie n
la ayuda fue canalizada únicamente por uno de ellos, el de Leoz, gestor de las contrataciones en virtud del Convenio de
contratación conjunta. No obstante, cada uno de los ayuntamientos beneficiarios aprobó su propio PMA.
Anexo V - 6/7
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 96
COMUNIDAD
AUTÓNOMA
PROVINCIA
TIPO DE ENTIDAD
ENTIDAD
POBLACIÓN
IMPORTE
ASIGNADO
Comunitat Valenciana
Valencia/València
Ayuntamiento
Mogente
4.326
4.000,00
Ayuntamiento
Torrent
84.025
386.000,00
Ayuntamiento
València
789.744
1.860.740,40
Total Comunitat Valenciana
8.597.158,80
Extremadura
Badajoz
Ayuntamiento
Higuera la Real
2.202
4.000,00
Ayuntamiento
Mérida
59.424
3.000.000,00
Cáceres
Ayuntamiento
Cáceres
62.418
3.933.890,31
Diputación Provincial
Cáceres
-
1.725.407,10
Total Extremadura
8.663.297,41
Galicia
A Coruña
Ayuntamiento
A Coruña
245.468
250.000,00
Ayuntamiento
As Pontes de García Rodríguez
10.032
100.000,00
Ayuntamiento
Boiro
18.955
237.641,60
Ayuntamiento
Ribeira
26.839
2.000.000,00
Ayuntamiento
Santiago de Compostela
97.858
3.200.000,00
Diputación Provincial
A Coruña
-
3.000.000,00
Lugo
Ayuntamiento
Lugo
97.613
200.000,00
Ayuntamiento
Paradela
1.723
50.000,00
Ourense
Ayuntamiento
A Pobra de Trives
2.015
368.974,24
Ayuntamiento
San Xoán de Río
505
299.346,96
Diputación Provincial
Ourense
-
180.271,00
Pontevedra
Ayuntamiento
Baiona
12.286
2.000.000,00
Ayuntamiento
Lalín
20.199
150.000,00
Ayuntamiento
Marín
24.248
2.000.000,00
Ayuntamiento
Oia
3.104
1.500.000,00
Ayuntamiento
Pontevedra
83.114
2.200.000,00
Ayuntamiento
Sanxenxo
17.635
2.000.000,00
Ayuntamiento
Tui
17.398
100.000,00
Ayuntamiento
Vigo
293.837
1.291.685,80
Ayuntamiento
Vilagarcía de Arousa
37.545
3.027.874,92
Diputación Provincial
Pontevedra
-
3.583.404,50
Mancomunidad
Salnés
-
2.116.000,00
Total Galicia
29.855.199,02
Illes Balears
-
Ayuntamiento
Alcúdia
20.651
666.000,00
Ayuntamiento
Eivissa
50.643
3.766.432,00
Ayuntamiento
Manacor
44.809
936.000,00
Ayuntamiento
Marratxí
38.357
1.206.000,00
Ayuntamiento
Muro
7.515
666.000,00
Ayuntamiento
Palma
419.366
2.475.222,45
Ayuntamiento
Pollença
16.969
666.000,00
Ayuntamiento
Sant Llorenç des Cardassar
8.920
4.000,00
Ayuntamiento
Santa Eulària des Riu
40.038
1.084.450,20
Ayuntamiento
Santa Margalida
12.767
977.588,83
Total Illes Balears
12.477.693,48
Anexo V - 7/7
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 97
COMUNIDAD
AUTÓNOMA
PROVINCIA
TIPO DE ENTIDAD
ENTIDAD
POBLACIÓN
IMPORTE
ASIGNADO
La Rioja
-
Ayuntamiento
Alfaro
9.562
100.000,00
Ayuntamiento
Daroca de Rioja
62
23.287,18
Ayuntamiento
Logroño
150.808
7.316.801,77
Total La Rioja
7.440.088,95
País Vasco
Álava/Araba
Ayuntamiento
Vitoria-Gasteiz
253.093
2.049.344,60
Guipúzcoa/
Gipuzkoa
Ayuntamiento
Donostia-San Sebastián
188.102
1.354.960,00
Ayuntamiento
Zumarraga
9.668
925.246,80
Vizcaya/Bizkaia
Ayuntamiento
Bilbao
346.405
3.268.282,80
Ayuntamiento
Ermua
15.791
461.468,00
Total País Vasco
8.059.302,20
Principado de Asturias -
Ayuntamiento
Carreño
10.288
196.887,30
Ayuntamiento
Castropol
3.335
50.000,00
Ayuntamiento
Gijón/Xixón
268.896
1.208.731,90
Ayuntamiento
Oviedo
217.552
2.380.400,00
Ayuntamiento
Salas
4.878
1.000.000,00
Ayuntamiento
Tapia de Casariego
3.683
1.642.500,00
Total Principado de Asturias
6.478.519,20
Región de Murcia
-
Ayuntamiento
Abanilla
6.116
4.000,00
Ayuntamiento
Los Alcázares
16.935
1.616.339,00
Ayuntamiento
Moratalla
7.797
168.414,64
Ayuntamiento
Murcia
460.349
1.221.846,00
Ayuntamiento
San Javier
33.645
2.686.038,02
Total Región de Murcia
5.696.637,66
Fuente: Elaboración propia.
Anexo VI - 1/2
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 98
RENDICIÓN DE CUENTAS
La sujeción al régimen de contabilidad pública establecido legalmente para las EELL supone la
obligación de rendir sus cuentas, cualquiera que sea su naturaleza, al TCu y a los OCEX
1
.
Respecto a la cuenta general de 2020, 17 entidades
2
no habían cumplido su obligación de
rendición a 20 de junio de 2023. De ellas, 10 han venido incumpliendo de forma reiterada la
obligación de rendir su cuenta general, siendo la referida al año 2018 o anterior la última cuenta
recibida en el caso de los ayuntamientos de Almadén, Castro-Urdiales, Daroca de Rioja, El Astillero,
Maracena, Moratalla, Puente Genil y Vélez-Málaga y los consorcios de Bages per a la Gestió de
Residus y de les Vies Verdes de Girona.
Del resto de entidades, 140 rindieron su cuenta general en plazo y 57 lo hicieron con retraso. El
retraso medio en estas entidades fue de 120 días, destacando los ayuntamientos de Higuera la Real
y Azuqueca de Henares, con 588 y 558 días de retraso, respectivamente, Manzanares y Cádiz, con
412 y 351 días, respectivamente, la DP de Cádiz, con 345 días, los ayuntamientos de Getafe y
Mérida, con 347 y 341 días, y las DDPP de Cuenca y Lleida, con 264 y 255 días.
En el cuadro siguiente se indican el nivel de cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas
y el retraso medio de las rendidas fuera del plazo legal:
CUADRO 1. RENDICIÓN DE CUENTAS DEL EJERCICIO 2020 Y RETRASO MEDIO
Entidades
N.º
entidades
N entidades
Retraso medio en
la rendición de la
cuenta general
N.º días
En plazo
Total a
20/06/2023
N.º
%
N.º
%
Ayuntamientos
175
116
66
162
92
112
Más de 100.000 habitantes
43
32
74
43
100
118
Entre 50.001 y 100.000 habitantes
28
19
68
27
96
84
Entre 20.001 y 50.000 habitantes
27
18
67
24
89
123
Entre 10.001 y 20.000 habitantes
23
16
70
21
91
151
Hasta 10.000 habitantes
54
31
57
46
85
104
Diputaciones Provinciales y entidades equivalentes
25
17
68
25
100
166
Otras entidades
14
7
50
11
79
129
TOTAL
214
140
65
197
92
120
Fuente: Cuentas generales rendidas a 204 de junio de 2023.
Todas las DDPP y entidades equivalentes (diputaciones forales, cabildos y consejos insulares)
rindieron su cuenta general de 2020, y el retraso medio de aquellas que lo hicieron después del
plazo legal establecido fue de 166 días. El menor porcentaje de rendición se produjo entre aquellas
otras entidades que no eran ni ayuntamientos, ni DDPP o entidades equivalentes, alcanzando un
1
El plazo de rendición de cada cuenta general finaliza el 15 de octubre del ejercicio siguiente al que se refiere, excepto
en las CCAA de Andalucía, Castilla y León y la Comunidad de Madrid, donde se extiende hasta el 31 de octubre.
2
No rindieron su cuenta en el plazo legal establecido los ayuntamientos de Almadén, Arapiles, Castro -Urdiales, Daroca
de Rioja, El Astillero, Maracena, Moratalla, Noja, Puente Genil, Sahagún, Santa María de Cayón, Santoña, Vélez-Málaga
y Villacañas, los consorcios de Bages per a la Gestió de Residus y de les Vies Verdes de Girona, y el Patronat Municipal
de Cultura Les Franqueses del Vallès (Ayuntamiento de Les Franqueses del Vallès).
Anexo VI - 2/2
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 99
79 %, con un retraso medio de 129 días.
Entre los ayuntamientos, la rendición de los de población superior a 100.000 habitantes también fue
del 100 %, mientras que el porcentaje más bajo se produjo en los de menor población, inferior a
10.000 habitantes, el 85 % de estos. No obstante, el mayor retraso se produjo en los comprendidos
en el tramo de entre 10.001 y 20.000 habitantes, con 151 días de media.
Respecto a la cuenta general de 2021, 25 entidades no cumplieron con su obligación de rendición
3
y 48 lo hicieron después del plazo legal establecido. El retraso medio fue de 77 días, destacando
los ayuntamientos de Fuente de Santa Cruz, Mérida, Medinaceli, Azuqueca de Henares y Ermua,
todas ellas con un retraso superior a 190 días.
El 66 % de las entidades rindieron sus cuentas generales en el plazo legalmente establecido. En el
cuadro siguiente se indican el nivel de cumplimiento de la obligación de rendición de cuentas y el
retraso medio de las rendidas fuera de plazo:
CUADRO 2. RENDICIÓN DE CUENTAS DEL EJERCICIO 2021 Y RETRASO MEDIO
Entidades
N.º
entidades
N.º entidades
Retraso medio
en la rendición
de la cuenta
general
N.º días
En plazo
Total a
20/06/2023
N.º
%
N.º
%
Ayuntamientos
175
117
67
155
89
77
Más de 100.000 habitantes
43
33
77
42
98
57
Entre 50.001 y 100.000 habitantes
28
17
61
27
96
72
Entre 20.001 y 50.000 habitantes
27
19
70
24
89
106
Entre 10.001 y 20.000 habitantes
23
15
65
20
87
66
Hasta 10.000 habitantes
54
33
61
42
78
91
Diputaciones Provinciales y entidades equivalentes
25
17
68
23
924
81
Otras entidades
14
7
50
11
79
74
TOTAL
214
141
66
189
88
77
Fuente: Cuentas generales rendidas a 20 de junio de 2023.
Los mayores porcentajes de rendición se produjeron en los ayuntamientos, las DDPP y entidades
equivalentes. La proporción más alta se produjo en los ayuntamientos de mayor población, con un
98 %, y la más baja entre los ayuntamientos de menor población, en los que alcanzó el 78 %. Los
ayuntamientos de entre 20.001 y 50.000 habitantes, junto los de hasta 10.000 habitantes
presentaron los mayores retrasos en la rendición de su cuenta general, con 106 y 91 días,
respectivamente.
3
No rindieron su cuenta general los ayuntamientos de Almadén, Arapiles, Cádiz, Castro Urdiales, Daroca de Rioja, El
Astillero, Fuentesaúco, Higuera la Real, Leoz, Manzanares, Maracena, Moratalla, Noja, Puente Genil, Sahagún, Santa
María de Cayón, Santoña, Solana de Rioalmar, Vélez-Málaga y Villacañas; las DDPP de Cádiz y Cuenca; los consorcios
de Bages per a la Gestió de Residus y de les Vies Verdes de Girona y el Patronat Municipal de Les Franqueses del Vallès
(Ayuntamiento de Les Franqueses del Vallès).
Anexo VII - 1/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 101
APROBACIÓN Y ALCANCE DE LOS PMA Y REALIZACIÓN DE AUTOEVALUACIONES PREVIAS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE LAS
ENTIDADES EN MATERIA ANTIFRAUDE A 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
Fecha
aprobación
PMA
Aprobado
en plazo
(90 días)
Intervalo
días
(fuera de
plazo)
Autoevaluación
previa de sus
procedimientos
Alcance PMA
Andalucía
Almería
Ayuntamiento de Adra
25.501
-
-
-
Cádiz
Ayuntamiento de Algeciras
122.982
28/01/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Cádiz
114.244
27/01/2022
-
Entidad y su SP
Diputación Provincial de Cádiz
-
10/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Córdoba
Ayuntamiento de Córdoba
322.071
07/04/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Puente Genil
29.767
01/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Granada
Ayuntamiento de Maracena
22.358
-
-
-
Diputación Provincial de Granada
-
14/03/2022
-
Entidad y su SP
Huelva
Ayuntamiento de Huelva
142.538
23/02/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Jaén
Ayuntamiento de Baeza
15.762
11/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Úbeda
34.208
07/03/2022
-
Entidad y su SP
Málaga
Ayuntamiento de Málaga
577.405
09/02/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Vélez-Málaga
82.967
11/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Sevilla
Ayuntamiento de Dos Hermanas
136.250
04/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Sevilla
684.234
01/04/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Aragón
Huesca
Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe
2.312
14/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Alcubierre
372
02/08/2022
51-100
Entidad y su SP
Anexo VII - 2/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 102
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
Fecha
aprobación
PMA
Aprobado
en plazo
(90 días)
Intervalo
días
(fuera de
plazo)
Autoevaluación
previa de sus
procedimientos
Alcance PMA
Huesca
Ayuntamiento de Benasque
2.239
19/08/2022
51-100
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Huesca
53.429
28/04/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de La Sotonera
903
14/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Montanuy
215
-
-
-
Ayuntamiento de Monzón
17.362
28/02/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Sariñena
4.173
-
-
-
Comarca de Cinca Medio
-
-
-
-
Mancomunidad del Alto Valle del Aragón
-
25/07/2022
51-100
Entidad y su SP
Teruel
Ayuntamiento de Albentosa
294
31/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Alcorisa
3.293
21/09/2022
> 100
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Escucha
782
-------------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR ------------------------------
Ayuntamiento de Gea de Albarracín
378
26/01/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Teruel
35.994
29/07/2022
51-100
Entidad/Personal PRTR
Diputación Provincial de Teruel
-
29/06/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Comarca de Matarraña
-
-
-
-
Zaragoza
Ayuntamiento de Biota
912
-
-
-
Ayuntamiento de Borja
5.037
04/08/2022
51-100
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Daroca
1.914
21/07/2022
51-100
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros
17.036
11/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Zaragoza
675.301
11/03/2022
-
Entidad y su SP
Anexo VII - 3/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 103
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
Fecha
aprobación
PMA
Aprobado
en plazo
(90 días)
Intervalo
días
(fuera de
plazo)
Autoevaluación
previa de sus
procedimientos
Alcance PMA
Canarias
Las Palmas
Cabildo Insular de Gran Canaria
-
21/02/2022
-
Entidad y su SP
Santa Cruz de Tenerife
Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo
9.114
25/08/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna
158.010
23/12/2021
-
Entidad y su SP
Cantabria
Ayuntamiento de Camargo
30.497
-
-
-
Ayuntamiento de Castro-Urdiales
32.975
-
-
-
Ayuntamiento de El Astillero
18.116
-
-
-
Ayuntamiento de Noja
2.650
-
-
-
Ayuntamiento de Piélagos
26.035
-
-
-
Ayuntamiento de Reinosa
8.810
04/08/2022
51-100
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Santa María de Cayón
9.205
07/09/2022
51-100
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Santander
172.221
27/12/2021
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Santoña
11.011
31/08/2022
51-100
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Torrelavega
51.237
09/06/2022
≤ 50
Entidad/Personal PRTR
Castilla y León
Ávila
Ayuntamiento de Ávila
57.949
29/12/2021
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Solana de Rioalmar
145
-
-
-
Diputación Provincial de Ávila
-
28/02/2022
-
Entidad y su SP
Burgos
Ayuntamiento de Aranda de Duero
33.084
28/04/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Burgos
174.051
23/12/2021
-
Entidad y su SP
Diputación Provincial de Burgos
-
03/12/2021
-
Entidad y su SP
Anexo VII - 4/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 104
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
Fecha
aprobación
PMA
Aprobado
en plazo
(90 días)
Intervalo
días
(fuera de
plazo)
Autoevaluación
previa de sus
procedimientos
Alcance PMA
León
Ayuntamiento de León
122.051
04/02/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Sahagún
2.441
-
-
-
Diputación Provincial de León
-
10/02/2022
-
Entidad y su SP
Palencia
Ayuntamiento de Bárcena de Campos
52
-
-
-
Ayuntamiento de Palencia
77.090
21/04/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Diputación Provincial de Palencia
-
30/12/2021
-
Entidad y su SP
Salamanca
Ayuntamiento de Arapiles
669
-
-
-
Ayuntamiento de Salamanca
143.269
24/02/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Diputación Provincial de Salamanca
-
26/01/2022
-
Entidad y su SP
Segovia
Ayuntamiento de Fuente de Santa Cruz
108
-
-
-
Ayuntamiento de Segovia
51.258
25/02/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Diputación Provincial de Segovia
-
27/01/2022
-
Entidad y su SP
Soria
Ayuntamiento de Medinaceli
664
28/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Soria
39.695
17/02/2022
-
Entidad y su SP
Diputación Provincial de Soria
-
03/03/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Valladolid
Ayuntamiento de Traspinedo
1.149
-
-
-
Ayuntamiento de Valladolid
297.775
25/05/2022
51-100
Entidad y su SP
Diputación Provincial de Valladolid
-
09/02/2022
-
Entidad y su SP
Zamora
Ayuntamiento de Fuentesaúco
1.608
-
-
-
Ayuntamiento de Zamora
60.297
18/02/2022
-
Entidad y su SP
Diputación Provincial de Zamora
-
22/04/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Anexo VII - 5/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 105
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
Fecha
aprobación
PMA
Aprobado
en plazo
(90 días)
Intervalo
días
(fuera de
plazo)
Autoevaluación
previa de sus
procedimientos
Alcance PMA
Castilla-La Mancha
Albacete
Ayuntamiento de Yeste
2.567
-
-
-
Diputación Provincial de Albacete
-
02/06/2022
-
Entidad y su SP
Ciudad Real
Ayuntamiento de Almadén
5.105
-
-
-
Ayuntamiento de Daimiel
17.771
11/07/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Manzanares
17.845
25/07/2022
-
Entidad y su SP
Diputación Provincial de Ciudad Real
-
09/05/2022
-
Entidad y su SP
Cuenca
Ayuntamiento de Cuenca
53.988
30/09/2022
> 100
n/d
n/d
Diputación Provincial de Cuenca
-
28/09/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Guadalajara
Ayuntamiento de Azuqueca de Henares
35.236
04/05/2022
-
Entidad y su SP
Diputación Provincial de Guadalajara
-
20/09/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Toledo
Ayuntamiento de Consuegra
9.942
-
-
-
Ayuntamiento de Talavera de la Reina
83.477
24/02/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Toledo
85.449
09/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Torrijos
13.583
14/07/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Villacañas
9.434
-------------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR ------------------------------
Diputación Provincial de Toledo
-
03/06/2022
-
Entidad y su SP
Cataluña
Barcelona
Ayuntamiento de Balsareny
3.278
-
-
-
Ayuntamiento de Barcelona
1.636.732
03/02/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Berga
16.682
25/02/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Canovelles
16.872
19/07/2022
-
Entidad y su SP
Anexo VII - 6/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 106
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
Fecha
aprobación
PMA
Aprobado
en plazo
(90 días)
Intervalo
días
(fuera de
plazo)
Autoevaluación
previa de sus
procedimientos
Alcance PMA
Barcelona
Ayuntamiento de El Prat de Llobregat
65.532
07/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat
264.657
27/04/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Manresa
78.192
27/12/2021
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Mataró
129.120
03/02/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Sabadell
216.204
01/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Santa Susanna
3.650
19/04/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Viladecans
66.707
15/03/2022
-
Entidad y su SP
Diputación Provincial de Barcelona
-
24/02/2022
-
Entidad y su SP
Área Metropolitana de Barcelona
-
26/04/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Comarca del Berguedà
-
09/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Consorci del Bages per a la Gestió de Residus
-
-
-
-
Patronat Municipal de Cultura de les
Franqueses del Vallès
-
30/06/2022
-
Entidad y su SP
Girona
Ayuntamiento de Besalú
2.502
-
-
-
Ayuntamiento de Bisbal d'Empordà
11.190
14/06/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Girona
101.932
14/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Lloret de Mar
38.402
25/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Roses
19.921
30/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Sant Feliu de Guíxols
22.210
22/03/2022
-
Entidad y su SP
Comarca de La Garrotxa
-
10/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Comarca del Ripollès
-
15/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Consorcio de les Vies Verdes de Girona
-
09/05/2022
-
Entidad y su SP
Anexo VII - 7/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 107
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
Fecha
aprobación
PMA
Aprobado
en plazo
(90 días)
Intervalo
días
(fuera de
plazo)
Autoevaluación
previa de sus
procedimientos
Alcance PMA
Lleida
Ayuntamiento de Lleida
140.080
01/02/2022
-
Entidad y su SP
Diputación Provincial de Lleida
-
29/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Tarragona
Ayuntamiento de Banyeres del Penedès
3.280
-
-
-
Ayuntamiento de Reus
106.084
22/12/2021
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Salou
28.512
26/01/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Tarragona
135.436
12/05/2022
≤ 50
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Vila-seca
22.522
09/05/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Diputación Provincial de Tarragona
-
26/03/2022
-
Entidad y su SP
Comunidad de Madrid
Ayuntamiento de Alcalá de Henares
195.982
25/02/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Aranjuez
59.833
01/09/2022
51-100
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Arganda del Rey
56.386
01/04/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Casarrubuelos
3.939
07/09/2022
51-100
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Collado Villalba
63.825
-------------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR ------------------------------
Ayuntamiento de Coslada
81.273
06/05/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Fuenlabrada
192.233
11/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Getafe
183.095
11/05/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Leganés
187.762
15/07/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Madrid
3.305.408
24/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Parla
131.689
04/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Pinto
53.537
07/02/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz
132.771
14/03/2022
-
Entidad y su SP
Anexo VII - 8/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 108
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
Fecha
aprobación
PMA
Aprobado
en plazo
(90 días)
Intervalo
días
(fuera de
plazo)
Autoevaluación
previa de sus
procedimientos
Alcance PMA
Ayuntamiento de Torrelodones
24.122
23/02/2022
-
Entidad y su SP
Comunidad Foral de Navarra
Ayuntamiento de Leoz/Leotz
226
14/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Pamplona
203.081
14/03/2022
-
Entidad y su SP
Comunitat Valenciana
Alicante/Alacant
Ayuntamiento de Alicante
337.304
08/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Bigastro
6.994
30/05/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Novelda
25.611
01/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Orihuela
78.940
02/08/2022
-
Entidad y su SP
Castellón/Castelló
Ayuntamiento de Càlig
2.002
-
-
-
Ayuntamiento de Castelló de la Plana
172.589
10/02/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de La Vall d'Uixó
31.549
24/01/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Vila-real
51.130
11/03/2022
-
Entidad y su SP
Valencia/València
Ayuntamiento de Canals
13.257
04/04/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Gandia
75.970
04/04/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Mogente
4.326
-
-
-
Ayuntamiento de Torrent
84.025
08/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de València
789.744
11/03/2022
-
Entidad y su SP
Extremadura
Badajoz
Ayuntamiento de Higuera la Real
2.202
-
-
-
Ayuntamiento de Mérida
59.424
30/06/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Cáceres
Ayuntamiento de Cáceres
95.418
14/03/2022
-
Entidad y su SP
Anexo VII - 9/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 109
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
Fecha
aprobación
PMA
Aprobado
en plazo
(90 días)
Intervalo
días
(fuera de
plazo)
Autoevaluación
previa de sus
procedimientos
Alcance PMA
Cáceres
Diputación Provincial de Cáceres
-
21/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Galicia
A Coruña
Ayuntamiento de A Coruña
245.468
30/12/2021
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de As Pontes de García
Rodríguez
10.032
-
-
-
Ayuntamiento de Boiro
18.955
-
-
-
Ayuntamiento de Ribeira
26.839
23/05/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Santiago de Compostela
97.858
21/03/2022
-
Entidad y su SP
Diputación Provincial de Coruña
-
23/06/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Lugo
Ayuntamiento de Lugo
97.613
22/06/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Paradela
1.723
15/03/2022
-
Entidad y su SP
Ourense
Ayuntamiento de A Pobra de Trives
2.015
10/06/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de San Xoán de Río
505
28/06/2022
-
Entidad y su SP
Diputación Provincial de Ourense
-
25/03/2022
-
Entidad y su SP
Pontevedra
Ayuntamiento de Baiona
12.286
-
-
-
Ayuntamiento de Lalín
20.199
27/05/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Marín
24.248
04/05/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Oia
3.104
25/02/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Pontevedra
83.114
12/04/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Sanxenxo
17.635
09/02/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Tui
17.398
31/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Vigo
293.837
11/03/2022
-
Entidad y su SP
Anexo VII - 10/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 110
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
Fecha
aprobación
PMA
Aprobado
en plazo
(90 días)
Intervalo
días
(fuera de
plazo)
Autoevaluación
previa de sus
procedimientos
Alcance PMA
Pontevedra
Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa
37.545
23/07/2022
51-100
Entidad y su SP
Diputación Provincial de Pontevedra
-
04/02/2022
-
Entidad y su SP
Mancomunidad de Salnés
-
03/02/2022
-
Entidad y su SP
Illes Balears
Ayuntamiento de Alcúdia
20.651
-
-
-
Ayuntamiento de Eivissa
50.643
19/04/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Manacor
44.809
09/05/2022
≤ 50
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Marratxí
38.357
07/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Muro
7.515
02/12/2021
-
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Palma
419.366
26/05/2022
≤ 50
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Pollença
16.969
29/08/2022
> 100
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar
8.920
-------------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR ------------------------------
Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
40.038
20/05/2022
≤ 50
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Santa Margalida
12.767
31/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
La Rioja
Ayuntamiento de Alfaro
9.562
09/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Ayuntamiento de Daroca de Rioja
62
-
-
-
Ayuntamiento de Logroño
150.808
30/03/2022
-
Entidad y su SP
País Vasco
Álava/Araba
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
253.093
11/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Guipúzcoa/Gipuzkoa
Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián
188.102
15/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Zumarraga
9.668
29/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Anexo VII - 11/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 111
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
Fecha
aprobación
PMA
Aprobado
en plazo
(90 días)
Intervalo
días
(fuera de
plazo)
Autoevaluación
previa de sus
procedimientos
Alcance PMA
Vizcaya/Bizkaia
Ayuntamiento de Bilbao
346.405
16/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Ermua
15.791
11/03/2022
-
Entidad/Personal PRTR
Principado de Asturias
Ayuntamiento de Carreño
10.288
28/04/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Castropol
3.335
11/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Gijón/Xixón
268.896
11/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Oviedo
217.552
26/05/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Salas
4.878
07/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Tapia de Casariego
3.683
-
-
-
Región de Murcia
Ayuntamiento de Abanilla
6.116
-------------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR ------------------------------
Ayuntamiento de Los Alcázares
16.935
10/03/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Moratalla
7.797
26/07/2022
51-100
Entidad y su SP
Ayuntamiento de Murcia
460.349
24/02/2022
-
Entidad y su SP
Ayuntamiento de San Javier
33.645
25/07/2022
-
Entidad y su SP
Fuente: Elaboración propia.
Anexo VIII - 1/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 113
COSTES DERIVADOS DE LA ELABORACIÓN DE LOS PMA Y DEL CUMPLIMIENTO DE OTROS ASPECTOS DE LA ORDEN HFP/1030/2021
(Importe en euros)
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Externaliza la
elaboración
del PMA
Importe contrato
elaboración PMA
y de otras
prestaciones
Importe contrato
para otras
prestaciones
Importe
total
Andalucía
Almería
Ayuntamiento de Adra
25.501
-
-
-
-
Cádiz
Ayuntamiento de Algeciras
122.982
-
-
-
Ayuntamiento de Cádiz
114.244
-
-
-
Diputación Provincial de Cádiz
-
-
-
-
Córdoba
Ayuntamiento de Córdoba
322.071
-
-
-
Ayuntamiento de Puente Genil
29.767
-
-
-
Granada
Ayuntamiento de Maracena
22.358
-
-
-
-
Diputación Provincial de Granada
-
-
-
-
Huelva
Ayuntamiento de Huelva
142.538
-
-
-
Jaén
Ayuntamiento de Baeza
15.762
-
-
-
Ayuntamiento de Úbeda
34.208
-
-
-
Málaga
Ayuntamiento de Málaga
577.405
-
-
-
Ayuntamiento de Vélez-Málaga
82.967
-
-
-
Sevilla
Ayuntamiento de Dos Hermanas
136.250
-
-
-
Ayuntamiento de Sevilla
684.234
7.247,90
-
7.247,90
Aragón
Huesca
Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe
2.312
2.510,75
-
2.510,75
Ayuntamiento de Alcubierre
372
-
-
-
Ayuntamiento de Benasque
2.239
-
-
-
Anexo VIII - 2/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 114
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Externaliza la
elaboración
del PMA
Importe contrato
elaboración PMA
y de otras
prestaciones
Importe contrato
para otras
prestaciones
Importe
total
Huesca
Ayuntamiento de Huesca
53.429
-
-
-
Ayuntamiento de La Sotonera
903
4.840,00
-
4.840,00
Ayuntamiento de Montanuy
215
-
-
-
-
Ayuntamiento de Monzón
17.362
2.215,99
-
2.215,99
Ayuntamiento de Sariñena
4.173
-
-
-
-
Comarca de Cinca Medio
-
-
-
-
-
Mancomunidad del Alto Valle del Aragón
-
-
-
-
Teruel
Ayuntamiento de Albentosa
294
-
-
-
Ayuntamiento de Alcorisa
3.293
-
2.279,29
2.279,29
Ayuntamiento de Escucha
782
------------------------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR ------------------------------
Ayuntamiento de Gea de Albarracín
378
-
-
-
Ayuntamiento de Teruel
35.994
Encomienda
17.684,00
2.746,70
20.430,70
Diputación Provincial de Teruel
-
-
-
-
Comarca de Matarraña
-
-
-
-
-
Zaragoza
Ayuntamiento de Biota
912
-
-
-
-
Ayuntamiento de Borja
5.037
2.117,50
1.452,00
3.569,50
Ayuntamiento de Daroca
1.914
3.569,50
-
3.569,50
Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros
17.036
6.050,00
-
6.050,00
Ayuntamiento de Zaragoza
675.301
16.940,00
-
16.940,00
Canarias
Las Palmas
Cabildo Insular de Gran Canaria
-
5.350,00
-
5.350,00
Santa Cruz de Tenerife
Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo
9.114
-
-
-
Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna
158.010
15.943,00
-
15.943,00
Anexo VIII - 3/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 115
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Externaliza la
elaboración
del PMA
Importe contrato
elaboración PMA
y de otras
prestaciones
Importe contrato
para otras
prestaciones
Importe
total
Cantabria
Ayuntamiento de Camargo
30.497
-
-
-
-
Ayuntamiento de Castro-Urdiales
32.975
-
-
-
-
Ayuntamiento de El Astillero
18.116
-
-
-
-
Ayuntamiento de Noja
2.650
-
-
-
-
Ayuntamiento de Piélagos
26.035
-
-
-
-
Ayuntamiento de Reinosa
8.810
5.142,50
-
5.142,50
Ayuntamiento de Santa María de Cayón
9.205
-
-
-
Ayuntamiento de Santander
172.221
-
-
-
Ayuntamiento de Santoña
11.011
-
-
-
Ayuntamiento de Torrelavega
51.237
2.541,00
-
2.541,00
Castilla y León
Ávila
Ayuntamiento de Ávila
57.949
-
-
-
Ayuntamiento de Solana de Rioalmar
145
-
-
-
-
Diputación Provincial de Ávila
-
-
-
-
Burgos
Ayuntamiento de Aranda de Duero
33.084
-
-
-
Ayuntamiento de Burgos
174.051
-
-
-
Diputación Provincial de Burgos
-
-
6.800,00
6.800,00
León
Ayuntamiento de León
122.051
-
-
-
Ayuntamiento de Sahagún
2.441
-
-
-
-
Diputación Provincial de León
-
-
-
-
Palencia
Ayuntamiento de Bárcena de Campos
52
-
-
-
-
Ayuntamiento de Palencia
77.090
-
-
-
Anexo VIII - 4/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 116
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Externaliza la
elaboración
del PMA
Importe contrato
elaboración PMA
y de otras
prestaciones
Importe contrato
para otras
prestaciones
Importe
total
Palencia
Diputación Provincial de Palencia
-
-
-
-
Salamanca
Ayuntamiento de Arapiles
669
-
-
-
-
Ayuntamiento de Salamanca
143.269
-
-
-
Diputación Provincial de Salamanca
-
-
15.600,00
15.600,00
Segovia
Ayuntamiento de Fuente de Santa Cruz
108
-
-
-
-
Ayuntamiento de Segovia
51.258
-
1.579,05
1.579,05
Diputación Provincial de Segovia
-
-
-
-
Soria
Ayuntamiento de Medinaceli
664
-
-
-
Ayuntamiento de Soria
39.695
-
-
-
Diputación Provincial de Soria
-
-
-
-
Valladolid
Ayuntamiento de Traspinedo
1.149
-
-
-
-
Ayuntamiento de Valladolid
297.775
-
-
-
Diputación Provincial de Valladolid
-
-
-
-
Zamora
Ayuntamiento de Fuentesaúco
1.608
-
-
-
-
Ayuntamiento de Zamora
60.297
-
-
-
Diputación Provincial de Zamora
-
3.109,70
-
3.109,70
Castilla-La Mancha
Albacete
Ayuntamiento de Yeste
2.567
-
-
-
-
Diputación Provincial de Albacete
-
-
3.025,00
3.025,00
Ciudad Real
Ayuntamiento de Almadén
5.105
-
-
-
-
Ayuntamiento de Daimiel
17.771
-
-
-
Ayuntamiento de Manzanares
17.845
7.260,00
-
7.260,00
Diputación Provincial de Ciudad Real
-
5.929,00
-
5.929,00
Anexo VIII - 5/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 117
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Externaliza la
elaboración
del PMA
Importe contrato
elaboración PMA
y de otras
prestaciones
Importe contrato
para otras
prestaciones
Importe
total
Cuenca
Ayuntamiento de Cuenca
53.988
Convenio
25.000,00
-
25.000,00
Diputación Provincial de Cuenca
-
16.746,40
-
16.746,40
Guadalajara
Ayuntamiento de Azuqueca de Henares
35.236
-
-
-
Diputación Provincial de Guadalajara
-
-
-
-
Toledo
Ayuntamiento de Consuegra
9.942
-
-
-
-
Ayuntamiento de Talavera de la Reina
83.477
-
-
-
Ayuntamiento de Toledo
85.449
-
-
-
Ayuntamiento de Torrijos
13.583
-
-
-
Ayuntamiento de Villacañas
9.434
------------------------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR ------------------------------
Diputación Provincial de Toledo
-
-
-
-
Cataluña
Barcelona
Ayuntamiento de Balsareny
3.278
-
-
-
-
Ayuntamiento de Barcelona
1.636.732
17.545,00
17.315,10
34.860,10
Ayuntamiento de Berga
16.682
-
-
-
Ayuntamiento de Canovelles
16.872
-
-
-
Ayuntamiento de El Prat de Llobregat
65.532
17.424,00
9.813,10
27.237,10
Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat
264.657
14.399,00
13.310,00
27.709,00
Ayuntamiento de Manresa
78.192
-
5.929,00
5.929,00
Ayuntamiento de Mataró
129.120
-
Sin coste
Sin coste
Ayuntamiento de Sabadell
216.204
5.808,00
-
5.808,00
Ayuntamiento de Santa Susanna
3.650
-
1.149,50
1.149,50
Ayuntamiento de Viladecans
66.707
10.890,00
-
10.890,00
Diputación Provincial de Barcelona
-
-
20.383,30
20.383,30
Anexo VIII - 6/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 118
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Externaliza la
elaboración
del PMA
Importe contrato
elaboración PMA
y de otras
prestaciones
Importe contrato
para otras
prestaciones
Importe
total
Barcelona
Área Metropolitana de Barcelona
-
-
18.089,50
18.089,50
Comarca de Berguedà
-
-
-
-
Consorci del Bages per a la Gestió de Residus
-
-
-
-
-
Patronat Municipal de Cultura de les
Franqueses del Vallès
-
-
-
-
Girona
Ayuntamiento de Besalú
2.502
-
-
-
-
Ayuntamiento de Bisbal d'Empordà
11.190
-
-
-
Ayuntamiento de Girona
101.932
11.979,00
2.904,00
14.883,00
Ayuntamiento de Lloret de Mar
38.402
7.260,00
-
7.260,00
Ayuntamiento de Roses
19.921
16.698,00
-
16.698,00
Ayuntamiento de Sant Feliu de Guíxols
22.210
6.292,00
-
6.292,00
Comarca de Garrotxa
-
4.840,00
-
4.840,00
Comarca de Ripollès
-
7.562,50
-
7.562,50
Consorcio de les Vies Verdes de Girona
-
9.680,00
-
9.680,00
Lleida
Ayuntamiento de Lleida
140.080
-
-
-
Diputación Provincial de Lleida
-
-
-
-
Tarragona
Ayuntamiento de Banyeres del Penedès
3.280
-
-
-
-
Ayuntamiento de Reus
106.084
-
-
-
Ayuntamiento de Salou
28.512
-
2.037,65
2.037,65
Ayuntamiento de Tarragona
135.436
15.596,90
-
15.596,90
Ayuntamiento de Vila-seca
22.522
-
2.904,00
2.904,00
Diputación Provincial de Tarragona
-
-
Sin coste
Sin coste
Anexo VIII - 7/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 119
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Externaliza la
elaboración
del PMA
Importe contrato
elaboración PMA
y de otras
prestaciones
Importe contrato
para otras
prestaciones
Importe
total
Comunidad de Madrid
Ayuntamiento de Alcalá de Henares
195.982
-
-
-
Ayuntamiento de Aranjuez
59.833
2.541,00
-
2.541,00
Ayuntamiento de Arganda del Rey
56.386
-
-
-
Ayuntamiento de Casarrubuelos
3.939
-
-
-
Ayuntamiento de Collado Villalba
63.825
------------------------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR ------------------------------
Ayuntamiento de Coslada
81.273
-
-
-
Ayuntamiento de Fuenlabrada
192.233
-
-
-
Ayuntamiento de Getafe
183.095
17.968,50
-
17.968,50
Ayuntamiento de Leganés
187.762
-
-
-
Ayuntamiento de Madrid
3.305.408
121.532,40
-
121.532,40
Ayuntamiento de Parla
131.689
-
-
-
Ayuntamiento de Pinto
53.537
-
-
-
Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz
132.771
18.016,90
-
18.016,90
Ayuntamiento de Torrelodones
24.122
-
-
-
Comunidad Foral de Navarra
Ayuntamiento de Leoz/Leotz
226
-
-
-
Ayuntamiento de Pamplona
203.081
-
-
-
Comunitat Valenciana
Alicante/Alacant
Ayuntamiento de Alicante
337.304
-
-
-
Ayuntamiento de Bigastro
6.994
-
-
-
Ayuntamiento de Novelda
25.611
-
-
-
Ayuntamiento de Orihuela
78.940
-
-
-
Anexo VIII - 8/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 120
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Externaliza la
elaboración
del PMA
Importe contrato
elaboración PMA
y de otras
prestaciones
Importe contrato
para otras
prestaciones
Importe
total
Castellón/Castelló
Ayuntamiento de Càlig
2.002
-
-
-
-
Ayuntamiento de Castelló de la Plana
172.589
-
-
-
Ayuntamiento de La Vall d'Uixó
31.549
-
4.910,66
4.910,66
Ayuntamiento de Vila-real
51.130
-
-
-
Valencia/València
Ayuntamiento de Canals
13.257
-
-
-
Ayuntamiento de Gandia
75.970
-
-
-
Ayuntamiento de Mogente
4.326
-
-
-
-
Ayuntamiento de Torrent
84.025
-
-
-
Ayuntamiento de València
789.744
-
-
-
Extremadura
Badajoz
Ayuntamiento de Higuera la Real
2.202
-
-
-
-
Ayuntamiento de Mérida
59.424
1.512,50
-
1.512,50
Cáceres
Ayuntamiento de Cáceres
95.418
-
-
-
Diputación Provincial de Cáceres
-
3.750,00
15.609,00
19.359,00
Galicia
A Coruña
Ayuntamiento de A Coruña
245.468
-
-
-
Ayuntamiento de As Pontes de García
Rodríguez
10.032
-
-
-
-
Ayuntamiento de Boiro
18.955
-
-
-
-
Ayuntamiento de Ribeira
26.839
7.865,00
-
7.865,00
Ayuntamiento de Santiago de Compostela
97.858
-
-
-
Diputación Provincial de Coruña
-
-
-
-
Lugo
Ayuntamiento de Lugo
97.613
-
-
-
Ayuntamiento de Paradela
1.723
3.630,00
-
3.630,00
Anexo VIII - 9/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 121
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Externaliza la
elaboración
del PMA
Importe contrato
elaboración PMA
y de otras
prestaciones
Importe contrato
para otras
prestaciones
Importe
total
Ourense
Ayuntamiento de A Pobra de Trives
2.015
Sin datos
-
Sin datos
Ayuntamiento de San Xoán de Río
505
-
-
-
Diputación Provincial de Ourense
-
-
Sin datos
Sin datos
Pontevedra
Ayuntamiento de Baiona
12.286
-
-
-
-
Ayuntamiento de Lalín
20.199
10.089,00
-
10.089,00
Ayuntamiento de Marín
24.248
-
-
-
Ayuntamiento de Oia
3.104
-
-
-
Ayuntamiento de Pontevedra
83.114
-
-
-
Ayuntamiento de Sanxenxo
17.635
-
-
-
Ayuntamiento de Tui
17.398
-
-
-
Ayuntamiento de Vigo
293.837
-
18.089,50
18.089,50
Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa
37.545
7.865,00
-
7.865,00
Diputación Provincial de Pontevedra
-
-
-
-
Mancomunidad de Salnés
-
-
-
-
Illes Balears
Ayuntamiento de Alcúdia
20.651
-
-
-
-
Ayuntamiento de Eivissa
50.643
-
-
-
Ayuntamiento de Manacor
44.809
-
-
-
Ayuntamiento de Marratxí
38.357
-
-
-
Ayuntamiento de Muro
7.515
-
-
-
Ayuntamiento de Palma
419.366
-
-
-
Ayuntamiento de Pollença
16.969
-
-
-
Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar
8.920
------------------------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR ------------------------------
Anexo VIII - 10/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 122
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Externaliza la
elaboración
del PMA
Importe contrato
elaboración PMA
y de otras
prestaciones
Importe contrato
para otras
prestaciones
Importe
total
Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
40.038
-
6.957,50
6.957,50
Ayuntamiento de Santa Margalida
12.767
-
-
-
La Rioja
Ayuntamiento de Alfaro
9.562
16.940,00
-
16.940,00
Ayuntamiento de Daroca de Rioja
62
-
-
-
-
Ayuntamiento de Logroño
150.808
2.105,40
-
2.105,40
País Vasco
Álava/Araba
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
253.093
-
-
-
Guipúzcoa/Gipuzkoa
Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián
188.102
18.029,00
-
18.029,00
Ayuntamiento de Zumarraga
9.668
-
6.316,20
6.316,20
Vizcaya/Bizkaia
Ayuntamiento de Bilbao
346.405
-
-
-
Ayuntamiento de Ermua
15.791
10.890,00
-
10.890,00
Principado de Asturias
Ayuntamiento de Carreño
10.288
-
-
-
Ayuntamiento de Castropol
3.335
121,00
-
121,00
Ayuntamiento de Gijón/Xixón
268.896
-
13.900,00
13.900,00
Ayuntamiento de Oviedo
217.552
-
-
-
Ayuntamiento de Salas
4.878
-
-
-
Ayuntamiento de Tapia de Casariego
3.683
-
-
-
-
Región de Murcia
Ayuntamiento de Abanilla
6.116
------------------------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR ------------------------------
Ayuntamiento de Los Alcázares
16.935
4.598,00
-
4.598,00
Ayuntamiento de Moratalla
7.797
-
-
-
Anexo VIII - 11/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 123
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Externaliza la
elaboración
del PMA
Importe contrato
elaboración PMA
y de otras
prestaciones
Importe contrato
para otras
prestaciones
Importe
total
Ayuntamiento de Murcia
460.349
-
-
-
Ayuntamiento de San Javier
33.645
4.235,00
-
4.235,00
TOTAL GENERAL
547.860,34
193.100,05
740.960,39
Fuente: Elaboración propia.
Anexo IX - 1/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 125
MEDIDAS DE PREVENCIÓN EN LAS ENTIDADES A 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/
PROVINCIA
ENTIDAD
Población
PMA
aprobado a
30/09/2022
Política
antifraude
(declaración
institucional)
Comité
antifraude
Código
ético
Evaluación
de riesgos
Conflicto de interés
Doble
financiación
Formación
DACI
Procedimiento
Andalucía
Almería
Ayuntamiento de Adra
25.501
-
-
-
-
-
-
-
-
Cádiz
Ayuntamiento de Algeciras
122.982
Ayuntamiento de Cádiz
114.244
Diputación Provincial de Cádiz
-
Córdoba
Ayuntamiento de Córdoba
322.071
Ayuntamiento de Puente Genil
29.767
Granada
Ayuntamiento de Maracena
22.358
-
-
-
-
-
-
-
-
Diputación Provincial de
Granada
-
Huelva
Ayuntamiento de Huelva
142.538
Jaén
Ayuntamiento de Baeza
15.762
Ayuntamiento de Úbeda
34.208
Málaga
Ayuntamiento de Málaga
577.405
Ayuntamiento de Vélez-Málaga
82.967
Sevilla
Ayuntamiento de Dos Hermanas
136.250
Ayuntamiento de Sevilla
684.234
Aragón
Huesca
Ayuntamiento de Aínsa-
Sobrarbe
2.312
Ayuntamiento de Alcubierre
372
Ayuntamiento de Benasque
2.239
Ayuntamiento de Huesca
53.429
Anexo IX - 2/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 126
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/
PROVINCIA
ENTIDAD
Población
PMA
aprobado a
30/09/2022
Política
antifraude
(declaración
institucional)
Comité
antifraude
Código
ético
Evaluación
de riesgos
Conflicto de interés
Doble
financiación
Formación
DACI
Procedimiento
Huesca
Ayuntamiento de La Sotonera
903
Ayuntamiento de Montanuy
215
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Monzón
17.362
Ayuntamiento de Sariñena
4.173
-
-
-
-
-
-
-
-
Comarca de Cinca Medio
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Mancomunidad del Alto Valle
del Aragón
-
Teruel
Ayuntamiento de Albentosa
294
Ayuntamiento de Alcorisa
3.293
Ayuntamiento de Escucha
782
--------------------------------------------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR ---------------------------------------------------------
Ayuntamiento de Gea de
Albarracín
378
Ayuntamiento de Teruel
35.994
Diputación Provincial de Teruel
-
Comarca de Matarraña
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Zaragoza
Ayuntamiento de Biota
912
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Borja
5.037
Ayuntamiento de Daroca
1.914
Ayuntamiento de Ejea de los
Caballeros
17.036
Ayuntamiento de Zaragoza
675.301
Canarias
Las Palmas
Cabildo Insular de Gran Canaria
-
Santa Cruz de
Tenerife
Ayuntamiento de La Matanza de
Acentejo
9.114
Ayuntamiento de San Cristóbal
de La Laguna
158.010
Anexo IX - 3/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 127
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/
PROVINCIA
ENTIDAD
Población
PMA
aprobado a
30/09/2022
Política
antifraude
(declaración
institucional)
Comité
antifraude
Código
ético
Evaluación
de riesgos
Conflicto de interés
Doble
financiación
Formación
DACI
Procedimiento
Cantabria
Ayuntamiento de Camargo
30.497
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Castro-
Urdiales
32.975
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de El Astillero
18.116
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Noja
2.650
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Piélagos
26.035
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Reinosa
8.810
Ayuntamiento de Santa María
de Cayón
9.205
Ayuntamiento de Santander
172.221
Ayuntamiento de Santoña
11.011
Ayuntamiento de Torrelavega
51.237
Castilla y León
Ávila
Ayuntamiento de Ávila
57.949
Ayuntamiento de Solana de
Rioalmar
145
-
-
-
-
-
-
-
-
Diputación Provincial de Ávila
-
Burgos
Ayuntamiento de Aranda de
Duero
33.084
Ayuntamiento de Burgos
174.051
Diputación Provincial de Burgos
-
León
Ayuntamiento de León
122.051
Ayuntamiento de Sahagún
2.441
-
-
-
-
-
-
-
-
Diputación Provincial de León
-
Anexo IX - 4/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 128
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/
PROVINCIA
ENTIDAD
Población
PMA
aprobado a
30/09/2022
Política
antifraude
(declaración
institucional)
Comité
antifraude
Código
ético
Evaluación
de riesgos
Conflicto de interés
Doble
financiación
Formación
DACI
Procedimiento
Palencia
Ayuntamiento de Bárcena de
Campos
52
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Palencia
77.090
Diputación Provincial de
Palencia
-
Salamanca
Ayuntamiento de Arapiles
669
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Salamanca
143.269
Diputación Provincial de
Salamanca
-
Segovia
Ayuntamiento de Fuente de
Santa Cruz
108
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Segovia
51.258
Diputación Provincial de
Segovia
-
Soria
Ayuntamiento de Medinaceli
664
Ayuntamiento de Soria
39.695
Diputación Provincial de Soria
-
Valladolid
Ayuntamiento de Traspinedo
1.149
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Valladolid
297.775
Diputación Provincial de
Valladolid
-
Zamora
Ayuntamiento de Fuentesaúco
1.608
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Zamora
60.297
Diputación Provincial de Zamora
-
Castilla-La Mancha
Albacete
Ayuntamiento de Yeste
2.567
-
-
-
-
-
-
-
-
Diputación Provincial de
Albacete
-
Anexo IX - 5/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 129
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/
PROVINCIA
ENTIDAD
Población
PMA
aprobado a
30/09/2022
Política
antifraude
(declaración
institucional)
Comité
antifraude
Código
ético
Evaluación
de riesgos
Conflicto de interés
Doble
financiación
Formación
DACI
Procedimiento
Ciudad Real
Ayuntamiento de Almadén
5.105
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Daimiel
17.771
Ayuntamiento de Manzanares
17.845
Diputación Provincial de Ciudad
Real
-
Cuenca
Ayuntamiento de Cuenca
53.988
n/d
n/d
n/d
n/d
n/d
n/d
n/d
n/d
Diputación Provincial de Cuenca
-
Guadalajara
Ayuntamiento de Azuqueca de
Henares
35.236
Diputación Provincial de
Guadalajara
-
Toledo
Ayuntamiento de Consuegra
9.942
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Talavera de la
Reina
83.477
Ayuntamiento de Toledo
85.449
Ayuntamiento de Torrijos
13.583
Ayuntamiento de Villacañas
9.434
--------------------------------------------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR ---------------------------------------------------------
Diputación Provincial de Toledo
-
Cataluña
Barcelona
Ayuntamiento de Balsareny
3.278
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Barcelona
1.636.732
Ayuntamiento de Berga
16.682
Ayuntamiento de Canovelles
16.872
Ayuntamiento de El Prat de
Llobregat
65.532
Ayuntamiento de L'Hospitalet de
Llobregat
264.657
Anexo IX - 6/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 130
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/
PROVINCIA
ENTIDAD
Población
PMA
aprobado a
30/09/2022
Política
antifraude
(declaración
institucional)
Comité
antifraude
Código
ético
Evaluación
de riesgos
Conflicto de interés
Doble
financiación
Formación
DACI
Procedimiento
Barcelona
Ayuntamiento de Manresa
78.192
Ayuntamiento de Mataró
129.120
Ayuntamiento de Sabadell
216.204
Ayuntamiento de Santa
Susanna
3.650
Ayuntamiento de Viladecans
66.707
Diputación Provincial de
Barcelona
-
Área Metropolitana de
Barcelona
-
Comarca del Berguedà
-
Consorci del Bages per a la
Gestió de Residus
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Patronat Municipal de Cultura
de les Franqueses del Vallès
-
Girona
Ayuntamiento de Besalú
2.502
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Bisbal
d'Empordà
11.190
Ayuntamiento de Girona
101.932
Ayuntamiento de Lloret de Mar
38.402
Ayuntamiento de Roses
19.921
Ayuntamiento de Sant Feliu de
Guíxols
22.210
Comarca de La Garrotxa
-
Comarca del Ripollès
-
Consorcio de les Vies Verdes de
Girona
-
Lleida
Ayuntamiento de Lleida
140.080
Diputación Provincial de Lleida
-
Anexo IX - 7/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 131
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/
PROVINCIA
ENTIDAD
Población
PMA
aprobado a
30/09/2022
Política
antifraude
(declaración
institucional)
Comité
antifraude
Código
ético
Evaluación
de riesgos
Conflicto de interés
Doble
financiación
Formación
DACI
Procedimiento
Tarragona
Ayuntamiento de Banyeres del
Penedès
3.280
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Reus
106.084
Ayuntamiento de Salou
28.512
Ayuntamiento de Tarragona
135.436
Ayuntamiento de Vila-seca
22.522
Diputación Provincial de
Tarragona
-
Comunidad de Madrid
Ayuntamiento de Alcalá de
Henares
195.982
Ayuntamiento de Aranjuez
59.833
Ayuntamiento de Arganda del
Rey
56.386
Ayuntamiento de Casarrubuelos
3.939
Ayuntamiento de Collado
Villalba
63.825
--------------------------------------------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR ---------------------------------------------------------
Ayuntamiento de Coslada
81.273
Ayuntamiento de Fuenlabrada
192.233
Ayuntamiento de Getafe
183.095
Ayuntamiento de Leganés
187.762
Ayuntamiento de Madrid
3.305.408
Ayuntamiento de Parla
131.689
Ayuntamiento de Pinto
53.537
Ayuntamiento de Torrejón de
Ardoz
132.771
Ayuntamiento de Torrelodones
24.122
Anexo IX - 8/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 132
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/
PROVINCIA
ENTIDAD
Población
PMA
aprobado a
30/09/2022
Política
antifraude
(declaración
institucional)
Comité
antifraude
Código
ético
Evaluación
de riesgos
Conflicto de interés
Doble
financiación
Formación
DACI
Procedimiento
Comunidad Foral de Navarra
Ayuntamiento de Leoz/Leotz
226
Ayuntamiento de Pamplona
203.081
Comunitat Valenciana
Alicante/
Alacant
Ayuntamiento de Alicante
337.304
Ayuntamiento de Bigastro
6.994
Ayuntamiento de Novelda
25.611
Ayuntamiento de Orihuela
78.940
Castellón/
Castelló
Ayuntamiento de Càlig
2.002
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Castelló de la
Plana
172.589
Ayuntamiento de La Vall d'Uixó
31.549
Ayuntamiento de Vila-real
51.130
Valencia/
València
Ayuntamiento de Canals
13.257
Ayuntamiento de Gandia
75.970
Ayuntamiento de Mogente
4.326
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Torrent
84.025
Ayuntamiento de València
789.744
Extremadura
Badajoz
Ayuntamiento de Higuera la
Real
2.202
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Mérida
59.424
Cáceres
Ayuntamiento de Cáceres
95.418
Diputación Provincial de
Cáceres
-
Anexo IX - 9/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 133
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/
PROVINCIA
ENTIDAD
Población
PMA
aprobado a
30/09/2022
Política
antifraude
(declaración
institucional)
Comité
antifraude
Código
ético
Evaluación
de riesgos
Conflicto de interés
Doble
financiación
Formación
DACI
Procedimiento
Galicia
A Coruña
Ayuntamiento de A Coruña
245.468
n/d
Ayuntamiento de As Pontes de
García Rodríguez
10.032
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Boiro
18.955
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Ribeira
26.839
Ayuntamiento de Santiago de
Compostela
97.858
Diputación Provincial de Coruña
-
Lugo
Ayuntamiento de Lugo
97.613
Ayuntamiento de Paradela
1.723
Ourense
Ayuntamiento de A Pobra de
Trives
2.015
Ayuntamiento de San Xoán de
Río
505
Diputación Provincial de
Ourense
-
n/d
Pontevedra
Ayuntamiento de Baiona
12.286
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Lalín
20.199
Ayuntamiento de Marín
24.248
Ayuntamiento de Oia
3.104
Ayuntamiento de Pontevedra
83.114
Ayuntamiento de Sanxenxo
17.635
Ayuntamiento de Tui
17.398
Ayuntamiento de Vigo
293.837
Ayuntamiento de Vilagarcía de
Arousa
37.545
Anexo IX - 10/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 134
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/
PROVINCIA
ENTIDAD
Población
PMA
aprobado a
30/09/2022
Política
antifraude
(declaración
institucional)
Comité
antifraude
Código
ético
Evaluación
de riesgos
Conflicto de interés
Doble
financiación
Formación
DACI
Procedimiento
Pontevedra
Diputación Provincial de
Pontevedra
-
Mancomunidad de Salnés
-
Illes Balears
Ayuntamiento de Alcúdia
20.651
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Eivissa
50.643
Ayuntamiento de Manacor
44.809
Ayuntamiento de Marratxí
38.357
Ayuntamiento de Muro
7.515
Ayuntamiento de Palma
419.366
Ayuntamiento de Pollença
16.969
Ayuntamiento de Sant Llorenç
des Cardassar
8.920
--------------------------------------------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR ---------------------------------------------------------
Ayuntamiento de Santa Eulària
des Riu
40.038
Ayuntamiento de Santa
Margalida
12.767
La Rioja
Ayuntamiento de Alfaro
9.562
Ayuntamiento de Daroca de
Rioja
62
-
-
-
-
-
-
-
-
Ayuntamiento de Logroño
150.808
País Vasco
Álava/Araba
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
253.093
Guipúzcoa/
Gipuzkoa
Ayuntamiento de Donostia-San
Sebastián
188.102
Ayuntamiento de Zumarraga
9.668
Anexo IX - 11/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 135
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/
PROVINCIA
ENTIDAD
Población
PMA
aprobado a
30/09/2022
Política
antifraude
(declaración
institucional)
Comité
antifraude
Código
ético
Evaluación
de riesgos
Conflicto de interés
Doble
financiación
Formación
DACI
Procedimiento
Vizcaya/
Bizkaia
Ayuntamiento de Bilbao
346.405
Ayuntamiento de Ermua
15.791
Principado de Asturias
Ayuntamiento de Carreño
10.288
Ayuntamiento de Castropol
3.335
Ayuntamiento de Gijón
268.896
Ayuntamiento de Oviedo
217.552
Ayuntamiento de Salas
4.878
Ayuntamiento de Tapia de
Casariego
3.683
-
-
-
-
-
-
-
-
Región de
Murcia
Ayuntamiento de Abanilla
6.116
--------------------------------------------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR ---------------------------------------------------------
Ayuntamiento de Los Alcázares
16.935
Ayuntamiento de Moratalla
7.797
Ayuntamiento de Murcia
460.349
Ayuntamiento de San Javier
33.645
Fuente: Elaboración propia.
Anexo X - 1/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 137
MEDIDAS DE DETECCIÓN, CORRECCIÓN Y PERSECUCIÓN EN LAS ENTIDADES A 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Consultas
a bases de
datos
Indicadores
de riesgo
Canal de
denuncias
Procedimiento
de corrección y
persecución
Andalucía
Almería
Ayuntamiento de Adra
25.501
-
-
-
-
Cádiz
Ayuntamiento de Algeciras
122.982
Ayuntamiento de Cádiz
114.244
Diputación Provincial de Cádiz
-
Córdoba
Ayuntamiento de Córdoba
322.071
Ayuntamiento de Puente Genil
29.767
Granada
Ayuntamiento de Maracena
22.358
-
-
-
-
Diputación Provincial de Granada
-
Huelva
Ayuntamiento de Huelva
142.538
Jaén
Ayuntamiento de Baeza
15.762
Ayuntamiento de Úbeda
34.208
Málaga
Ayuntamiento de Málaga
577.405
Ayuntamiento de Vélez-Málaga
82.967
Sevilla
Ayuntamiento de Dos Hermanas
136.250
Ayuntamiento de Sevilla
684.234
Aragón
Huesca
Ayuntamiento de Aínsa-Sobrarbe
2.312
Ayuntamiento de Alcubierre
372
Ayuntamiento de Benasque
2.239
Anexo X - 2/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 138
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Consultas
a bases de
datos
Indicadores
de riesgo
Canal de
denuncias
Procedimiento
de corrección y
persecución
Huesca
Ayuntamiento de Huesca
53.429
Ayuntamiento de La Sotonera
903
Ayuntamiento de Montanuy
215
-
-
-
-
Ayuntamiento de Monzón
17.362
Ayuntamiento de Sariñena
4.173
-
-
-
-
Comarca de Cinca Medio
-
-
-
-
-
Mancomunidad del Alto Valle del Aragón
-
Teruel
Ayuntamiento de Albentosa
294
Ayuntamiento de Alcorisa
3.293
Ayuntamiento de Escucha
782
---------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR -------------------------
Ayuntamiento de Gea de Albarracín
378
Ayuntamiento de Teruel
35.994
Diputación Provincial de Teruel
-
Comarca de Matarraña
-
-
-
-
-
Zaragoza
Ayuntamiento de Biota
912
-
-
-
-
Ayuntamiento de Borja
5.037
Ayuntamiento de Daroca
1.914
Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros
17.036
Ayuntamiento de Zaragoza
675.301
Canarias
Las Palmas
Cabildo Insular de Gran Canaria
-
Santa Cruz de Tenerife
Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo
9.114
Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna
158.010
Anexo X - 3/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 139
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Consultas
a bases de
datos
Indicadores
de riesgo
Canal de
denuncias
Procedimiento
de corrección y
persecución
Cantabria
Ayuntamiento de Camargo
30.497
-
-
-
-
Ayuntamiento de Castro-Urdiales
32.975
-
-
-
-
Ayuntamiento de El Astillero
18.116
-
-
-
-
Ayuntamiento de Noja
2.650
-
-
-
-
Ayuntamiento de Piélagos
26.035
-
-
-
-
Ayuntamiento de Reinosa
8.810
Ayuntamiento de Santa María de Cayón
9.205
Ayuntamiento de Santander
172.221
Ayuntamiento de Santoña
11.011
Ayuntamiento de Torrelavega
51.237
Castilla y León
Ávila
Ayuntamiento de Ávila
57.949
Ayuntamiento de Solana de Rioalmar
145
-
-
-
-
Diputación Provincial de Ávila
-
Burgos
Ayuntamiento de Aranda de Duero
33.084
Ayuntamiento de Burgos
174.051
Diputación Provincial de Burgos
-
León
Ayuntamiento de León
122.051
Ayuntamiento de Sahagún
2.441
-
-
-
-
Diputación Provincial de León
-
Palencia
Ayuntamiento de Bárcena de Campos
52
-
-
-
-
Anexo X - 4/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 140
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Consultas
a bases de
datos
Indicadores
de riesgo
Canal de
denuncias
Procedimiento
de corrección y
persecución
Palencia
Ayuntamiento de Palencia
77.090
Diputación Provincial de Palencia
-
Salamanca
Ayuntamiento de Arapiles
669
-
-
-
-
Ayuntamiento de Salamanca
143.269
Diputación Provincial de Salamanca
-
Segovia
Ayuntamiento de Fuente de Santa Cruz
108
-
-
-
-
Ayuntamiento de Segovia
51.258
Diputación Provincial de Segovia
-
Soria
Ayuntamiento de Medinaceli
664
Ayuntamiento de Soria
39.695
Diputación Provincial de Soria
-
Valladolid
Ayuntamiento de Traspinedo
1.149
-
-
-
-
Ayuntamiento de Valladolid
297.775
Diputación Provincial de Valladolid
-
Zamora
Ayuntamiento de Fuentesaúco
1.608
-
-
-
-
Ayuntamiento de Zamora
60.297
Diputación Provincial de Zamora
-
Castilla-La Mancha
Albacete
Ayuntamiento de Yeste
2.567
-
-
-
-
Diputación Provincial de Albacete
-
Ciudad Real
Ayuntamiento de Almadén
5.105
-
-
-
-
Ayuntamiento de Daimiel
17.771
Ayuntamiento de Manzanares
17.845
Anexo X - 5/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 141
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Consultas
a bases de
datos
Indicadores
de riesgo
Canal de
denuncias
Procedimiento
de corrección y
persecución
Ciudad Real
Diputación Provincial de Ciudad Real
-
Cuenca
Ayuntamiento de Cuenca
53.988
n/d
n/d
n/d
n/d
Diputación Provincial de Cuenca
-
Guadalajara
Ayuntamiento de Azuqueca de Henares
35.236
Diputación Provincial de Guadalajara
-
Toledo
Ayuntamiento de Consuegra
9.942
-
-
-
-
Ayuntamiento de Talavera de la Reina
83.477
Ayuntamiento de Toledo
85.449
Ayuntamiento de Torrijos
13.583
Ayuntamiento de Villacañas
9.434
---------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR -------------------------
Diputación Provincial de Toledo
-
Cataluña
Barcelona
Ayuntamiento de Balsareny
3.278
-
-
-
-
Ayuntamiento de Barcelona
1.636.732
Ayuntamiento de Berga
16.682
Ayuntamiento de Canovelles
16.872
Ayuntamiento de El Prat de Llobregat
65.532
Ayuntamiento de L'Hospitalet de Llobregat
264.657
Ayuntamiento de Manresa
78.192
Ayuntamiento de Mataró
129.120
Ayuntamiento de Sabadell
216.204
Ayuntamiento de Santa Susanna
3.650
Ayuntamiento de Viladecans
66.707
Anexo X - 6/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 142
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Consultas
a bases de
datos
Indicadores
de riesgo
Canal de
denuncias
Procedimiento
de corrección y
persecución
Barcelona
Diputación Provincial de Barcelona
-
Área Metropolitana de Barcelona
-
Comarca del Berguedà
-
Consorci del Bages per a la Gestió de Residus
-
-
-
-
-
Patronat Municipal de Cultura de les
Franqueses del Vallès
-
Girona
Ayuntamiento de Besalú
2.502
-
-
-
-
Ayuntamiento de Bisbal d'Empordà
11.190
Ayuntamiento de Girona
101.932
Ayuntamiento de Lloret de Mar
38.402
Ayuntamiento de Roses
19.921
Ayuntamiento de Sant Feliu de Guíxols
22.210
Comarca de La Garrotxa
-
Comarca del Ripollès
-
Consorcio de les Vies Verdes de Girona
-
Lleida
Ayuntamiento de Lleida
140.080
Diputación Provincial de Lleida
-
Tarragona
Ayuntamiento de Banyeres del Penedès
3.280
-
-
-
-
Ayuntamiento de Reus
106.084
Ayuntamiento de Salou
28.512
Ayuntamiento de Tarragona
135.436
Ayuntamiento de Vila-seca
22.522
Diputación Provincial de Tarragona
-
Anexo X - 7/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 143
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Consultas
a bases de
datos
Indicadores
de riesgo
Canal de
denuncias
Procedimiento
de corrección y
persecución
Comunidad de Madrid
Ayuntamiento de Alcalá de Henares
195.982
Ayuntamiento de Aranjuez
59.833
Ayuntamiento de Arganda del Rey
56.386
Ayuntamiento de Casarrubuelos
3.939
Ayuntamiento de Collado Villalba
63.825
---------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR -------------------------
Ayuntamiento de Coslada
81.273
Ayuntamiento de Fuenlabrada
192.233
Ayuntamiento de Getafe
183.095
Ayuntamiento de Leganés
187.762
Ayuntamiento de Madrid
3.305.408
Ayuntamiento de Parla
131.689
Ayuntamiento de Pinto
53.537
Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz
132.771
Ayuntamiento de Torrelodones
24.122
Comunidad Foral de Navarra
Ayuntamiento de Leoz/Leotz
226
Ayuntamiento de Pamplona
203.081
Comunitat Valenciana
Alicante/Alacant
Ayuntamiento de Alicante
337.304
Ayuntamiento de Bigastro
6.994
Ayuntamiento de Novelda
25.611
Ayuntamiento de Orihuela
78.940
Anexo X - 8/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 144
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Consultas
a bases de
datos
Indicadores
de riesgo
Canal de
denuncias
Procedimiento
de corrección y
persecución
Castellón/Castelló
Ayuntamiento de Càlig
2.002
-
-
-
-
Ayuntamiento de Castelló de la Plana
172.589
Ayuntamiento de La Vall d'Uixó
31.549
Ayuntamiento de Vila-real
51.130
Valencia/València
Ayuntamiento de Canals
13.257
Ayuntamiento de Gandia
75.970
Ayuntamiento de Mogente
4.326
-
-
-
-
Ayuntamiento de Torrent
84.025
Ayuntamiento de València
789.744
Extremadura
Badajoz
Ayuntamiento de Higuera la Real
2.202
-
-
-
-
Ayuntamiento de Mérida
59.424
Cáceres
Ayuntamiento de Cáceres
95.418
Diputación Provincial de Cáceres
-
Galicia
A Coruña
Ayuntamiento de A Coruña
245.468
Ayuntamiento de As Pontes de García
Rodríguez
10.032
-
-
-
-
Ayuntamiento de Boiro
18.955
-
-
-
-
Ayuntamiento de Ribeira
26.839
Ayuntamiento de Santiago de Compostela
97.858
Diputación Provincial de Coruña
-
Lugo
Ayuntamiento de Lugo
97.613
Ayuntamiento de Paradela
1.723
Anexo X - 9/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 145
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Consultas
a bases de
datos
Indicadores
de riesgo
Canal de
denuncias
Procedimiento
de corrección y
persecución
Ourense
Ayuntamiento de A Pobra de Trives
2.015
Ayuntamiento de San Xoán de Río
505
Diputación Provincial de Ourense
-
n/d
Pontevedra
Ayuntamiento de Baiona
12.286
-
-
-
-
Ayuntamiento de Lalín
20.199
Ayuntamiento de Marín
24.248
n/d
Ayuntamiento de Oia
3.104
Ayuntamiento de Pontevedra
83.114
Ayuntamiento de Sanxenxo
17.635
Ayuntamiento de Tui
17.398
Ayuntamiento de Vigo
293.837
Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa
37.545
Diputación Provincial de Pontevedra
-
Mancomunidad de Salnés
-
Illes Balears
Ayuntamiento de Alcúdia
20.651
-
-
-
-
Ayuntamiento de Eivissa
50.643
Ayuntamiento de Manacor
44.809
Ayuntamiento de Marratxí
38.357
Ayuntamiento de Muro
7.515
Ayuntamiento de Palma
419.366
Ayuntamiento de Pollença
16.969
Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar
8.920
---------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR -------------------------
Anexo X - 10/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 146
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Consultas
a bases de
datos
Indicadores
de riesgo
Canal de
denuncias
Procedimiento
de corrección y
persecución
Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu
40.038
Ayuntamiento de Santa Margalida
12.767
La Rioja
Ayuntamiento de Alfaro
9.562
Ayuntamiento de Daroca de Rioja
62
-
-
-
-
Ayuntamiento de Logroño
150.808
País Vasco
Álava/Araba
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
253.093
Guipúzcoa/Gipuzkoa
Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián
188.102
Ayuntamiento de Zumarraga
9.668
Vizcaya/Bizkaia
Ayuntamiento de Bilbao
346.405
Ayuntamiento de Ermua
15.791
Principado de Asturias
Ayuntamiento de Carreño
10.288
Ayuntamiento de Castropol
3.335
Ayuntamiento de Gijón
268.896
Ayuntamiento de Oviedo
217.552
Ayuntamiento de Salas
4.878
Ayuntamiento de Tapia de Casariego
3.683
-
-
-
-
Región de Murcia
Ayuntamiento de Abanilla
6.116
---------------------- La entidad renunció a los recursos PRTR -------------------------
Ayuntamiento de Los Alcázares
16.935
Ayuntamiento de Moratalla
7.797
Anexo X - 11/11
ANEXOS AL INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EL 27/07/2023 147
COMUNIDAD
AUTÓNOMA/PROVINCIA
ENTIDAD
POBLACIÓN
PMA
aprobado a
30/09/2022
Consultas
a bases de
datos
Indicadores
de riesgo
Canal de
denuncias
Procedimiento
de corrección y
persecución
Ayuntamiento de Murcia
460.349
Ayuntamiento de San Javier
33.645
Fuente: Elaboración propia.
ALEGACIONES FORMULADAS
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 151
TRATAMIENTO DE ALEGACIONES
En cumplimiento del artículo 44 de la de Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal
de Cuentas, el Anteproyecto de Informe se remitió a los representantes legales de las entidades
locales incluidas en el ámbito subjetivo de la actuación fiscalizadora para que pudiesen efectuar
cuantas alegaciones estimasen pertinentes y presentasen los documentos y justificantes que
considerasen convenientes. Con el mismo fin, se remitió a las personas que fueron representantes
legales de dichas entidades desde el 1 de octubre de 2021 cuando no coincidían con los actuales.
Dentro del plazo concedido, se recibieron alegaciones de los actuales representantes de los
ayuntamientos de Adra, Azuqueca de Henares, Cádiz, Cuenca, Los Alcázares, Maracena, Mérida,
Santander, Torrelavega, Úbeda y Vélez-Málaga, el CI de Gran Canaria y las DDPP de Cáceres,
Cádiz, Granada y Guadalajara.
Todas las alegaciones han sido objeto de tratamiento, lo que ha dado lugar a que se hayan hecho
las modificaciones y matizaciones que se han considerado procedentes. En relación con los criterios
interpretativos y las valoraciones presentadas en las alegaciones que discrepan de los contenidos
de aquel y que no han sido asumidos por este TCu, se ha incluido una explicación sucinta de los
motivos por los que el Tribunal mantiene su interpretación o valoración frente a lo expuesto en
alegaciones. No se han valorado aquellas alegaciones que explican, aclaran o justifican
determinados resultados sin rebatir su contenido; plantean opiniones sin soporte documental o
normativo; tratan de explicar, aclarar o justificar determinadas actuaciones sin contradecir el
contenido del Informe; o señalan que las deficiencias o irregularidades se han subsanado con
posterioridad al periodo fiscalizado.
El resultado definitivo de la fiscalización es el expresado en el presente Informe, con independencia
de las consideraciones que se hayan manifestado en las alegaciones.
INFORME DE FISCALIZACIÓN APROBADO POR EL PLENO DEL TRIBUNAL DEL CUENTAS EL 27/07/2023 153
RELACIÓN DE ALEGACIONES FORMULADAS
1. Alegaciones formuladas por el alcalde del Ayuntamiento de Adra.
2. Alegaciones formuladas por el alcalde del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.
3. Alegaciones formuladas por el alcalde del Ayuntamiento de Cádiz.
4. Alegaciones formuladas por el alcalde del Ayuntamiento de Cuenca.
5. Alegaciones formuladas por el alcalde de Los Alcázares.
6. Alegaciones formuladas por la alcaldesa del Ayuntamiento de Maracena.
7. Alegaciones formuladas por el alcalde del Ayuntamiento de Mérida.
8. Alegaciones formuladas por la alcaldesa del Ayuntamiento de Santander.
9. Alegaciones formuladas por el alcalde del Ayuntamiento de Torrelavega.
10. Alegaciones formuladas por la alcaldesa del Ayuntamiento de Úbeda.
11. Alegaciones formuladas por el alcalde del Ayuntamiento de Vélez-Málaga.
12. Alegaciones formuladas por el presidente del Cabildo Insular de Gran Canaria.
13. Alegaciones formuladas por el presidente de la Diputación Provincial de Cáceres.
14. Alegaciones formuladas por el presidente de la Diputación Provincial de Cádiz.
15. Alegaciones formuladas por el presidente de la Diputación Provincial de Granada.
16. Alegaciones formuladas por el presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara.
1. Alegaciones formuladas por el alcalde del Ayuntamiento de Adra
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
MANUEL CORTES PEREZ con DNI ha registrado el trámite Trámite de alegaciones al
Anteproyecto de Informe de FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS
ENTIDADES LOCALES QUE PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. a las 11:56:38, el día 02/06/2023.
Su número de registro es el 202399900045069.
TRÁMITE DE ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN
DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE
PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
Manuel Cortés Pérez
DNI:
Cargo:
Alcalde del Ayuntamiento de Adra
Entidad:
Ayuntamiento de Adra
Periodo:
15/06/2019
Correo electrónico:
En caso de que el presidente/a o expresidente/a de la entidad no sea quien vaya a firmar el envío telemático
de las alegaciones, marque "No" y cumplimente la información identificativa del representante. En otro caso
marque "Sí".
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 1
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 1 de
3
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
14-15
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
Por su parte, el 20% restante
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
En el apartado II.3. Aprobación de los PMA, en el segundo párrafo hace referencia a que 41 entidades
no disponían de un PMA a 30 de septiembre de 2022. Como tal figura el Ayuntamiento de Adra en el
Cuadro 2 de la página 15 (Entidades sin PMA aprobado a 30/09/2022), así como en los posteriores
cuadros y resúmenes contenidos en la Fiscalización.
Con fecha 29 de marzo de 2023, se aprobó en sesión plenaria el Plan de medidas antifraude del
Ayuntamiento de Adra para la gestión del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (PRTR).
Alegación:
Se adjunta en esta alegación copia del acuerdo plenario, así como el citado plan, a fin de que se tenga
en cuenta y se pueda añadir en donde proceda la indicación de que este Ayuntamiento ya tiene un PMA
para la gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), aprobado en sesión
plenaria de fecha 29-03-2023.
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Certificado de acuerdo plenario. de aprobación. PMA y anexos de dicho plan.
Documentos:
Nombre: Plan de Medidas Antifraude Ayuntamiento de Adra.pdf, Hash: xEZxAEpxvnOU0zAs16wyOg==
Nombre: Anexo V- 23012022 Excel Analisis de Riesgos.xlsx, Hash: fQiZaFjwrFScdn22D1pU/A==
Nombre: Anexo VIII - Modelo Informe de Fraude.pdf, Hash: WNxpl89oRKrd6M/tQ4xCnA==
Nombre: Anexo X - Test de compatiblidad regimen de ayudas del Estado y evitar doble financiacion.pdf,
Hash: 2Vg2Xe+oJILssDn2tA3csA==
Nombre: Anexo I - Declaracion de Ausencia de Conflicto de Intereses.pdf, Hash:
5V+KkZU1zYcZRExsjskFhw==
Nombre: Anexo III - Declaracion institucional de lucha contra el fraude y los conflictos de intereses.pdf,
Hash: XaSFjw+5VsWuuCHBQYGOqQ==
Nombre: Anexo II - Anexo II.B.5 Test conflicto de interes prevencion del fraude y la corrupcion.xlsx,
Hash: vwFwlqYJsJ2RRMPEWLRjDA==
Nombre: Certificado plan antifraude.report (2).pdf, Hash: bfqRtYtU24+oBWEtBBtDTQ==
Nombre: Anexo VII - Procedimiento Interno y Externo para informar de Irregularidades.pdf, Hash:
Y10OpzLP/zlO0HqpEHW0eQ==
Nombre: Anexo IV - Codigo etico y de conducta .pdf, Hash: JT+nouCWjyODLv8SC9JuSQ==
Nombre: Anexo VI - Sistema de Indicadores de Fraude.pdf, Hash: sHHD5NmUgYZxY3D2pZ4uGA==
Nombre: Anexo IX - Procedimiento para tratar Conflictos de Intereses.pdf, Hash:
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 2 de
3
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Jejwjxb1IsrBWuojD72nEg==
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 3 de
3
2. Alegaciones formuladas por el alcalde del Ayuntamiento de Azuqueca
de Henares
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
NURIA con DNI ha registrado el trámite Trámite de alegaciones al
Anteproyecto de Informe de FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS
ENTIDADES LOCALES QUE PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. a las 10:42:37, el día 30/05/2023.
Su número de registro es el 202399900043954.
TRÁMITE DE ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN
DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE
PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
José Luis Blanco Moreno
DNI:
Cargo:
Alcalde del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares
Entidad:
Ayuntamiento de Azuqueca de Henares
Periodo:
2022
Correo electrónico:
En caso de que el presidente/a o expresidente/a de la entidad no sea quien vaya a firmar el envío telemático
de las alegaciones, marque "No" y cumplimente la información identificativa del representante. En otro caso
marque "Sí".
No
Persona autorizada para remitir las alegaciones
Nombre y apellidos:
Nuria
DNI:
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
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6
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CSV:
Cargo:
Técnico de Promoción Económica
Correo electrónico:
Anexos de la sección:
Nombre: 20230530_Otros_Autorizacion remision alegaciones Ayuntamiento de Azuqueca de
Henares.pdf, Hash: AHUC08LTbQ7QtGFFqxIzig==
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 5
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
26
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
8
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
En cuanto al perfil de los miembros de los órganos de esta naturaleza, cabe destacar que en el 27 % de
las entidades, 32 de las 119, carecían de formación y experiencia en materia antifraude que les
permitiera un mejor desarrollo de sus funciones (37) .
(37) Carecían de formación y experiencia en la materia los miemb
ros de los comités antifraude de los ayuntamientos de ... Azuqueca de Henares
Alegación:
El día 23 de diciembre de 20232 se aprobó por la Alcaldía el Plan de Formación del Ayuntamiento de
Azuqueca de Henares para los años 2022-2023, incluyendo los siguientes cursos obligatorios para los
empleados públicos y personal político: -NEXT GENERATION EU: UN PLAN PARA LA RECUPERACIÓN
Y MODERNIZACION DEL PAIS. SEGUIMIENTO DE HITOS Y OBJETIVOS. GESTIÓN Y CONTROL DE
FONDOS (PROYECTOS). 30 HORAS. 1º Edición: 18/01/2023 al 12/02/2023 2º Edición: 26/09/2023 AL
23/10/2023 -NEXT GENERATION: ÉTICA PÚBLICA Y POLÍTICA ANTIFRAUDE. 30 HORAS 1º Edición:
07/03/2023 al 16/04/2023 2º Edición: 10/10/2023 AL 6/11/2023
Además de esta formación, se está trabajando en el diseño de las siguientes jornadas formativas: -
PRTR: OBLIGACIONES EN MATERIA DE CONFLICTO DE INTERÉS. -MARCO FINANCIERO
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PLURIANULA; OBLIGACIONES EN MATERIA DE DNSH, HITOS Y OBJETIVOS; OBLIGACIONES EN
MATERIA DE COMUNICACIÓN. -CORRECCIONES FINANCIERAS QUE EVITAR EN LOS
PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS FINANCIADOS POR FONDOS
EUROPEOS. -PLATAFORMA COFFEE.
Grupo 2 de 5
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
31
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
2
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
La mayor parte de las evaluaciones realizadas, el 75 % de ellas, se enmarcaban en la ejecución del
PRTR y estaban adaptadas a las particularidades de cada entidad. Sin embargo, las de los
ayuntamientos de Algeciras, Azuqueca de Henares, Málaga, Úbeda y Vélez-Málaga estaban vinculadas
a la gestión de fondos EDUSI y no se ajustaban a lo estipulado en el documento de Orientaciones y en
la Guía del SNCA.
Alegación:
Según figura en la página 18 del anteproyecto de informe de fiscalización de los planes antifraude
aprobados por las EELL, el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares ya disponía de un plan antifraude
vinculado a la realización de actuaciones anteriores financiadas con fondos europeos, en concreto
actuaciones de la Estrategia DUSI. En los datos facilitados al TCU en fecha 30 de septiembre de 2022,
con objeto de la fiscalización de los planes antifraude, incluimos la siguiente apreciación al respecto:
4.- Explique brevemente el procedimiento empleado para la evaluación. : Como planteamos en el
apartado 6 del PMA, y siguiendo lo señalado en la Guía para la Aplicación de Medidas Antifraude en la
Ejecución del PRTR, donde se recomienda la utilización de los modelos de evaluación de riesgos que
ya estuviesen implementados por las entidades ejecutoras en sus sistemas de control para la gestión
de fondos de la Unión Europea , este Ayuntamiento, como entidad ejecutora de la EDUSI, tiene
implementado desde hace unos años un modelo (herramienta) de evaluación de riesgos para el control
del fraude. En el punto 6.1 del PMA de Azuqueca de Henares se recoge que “Con carácter ordinario, la
Comisión realizará de forma anual una actualización de la evaluación del riesgo y, siguiendo las
recomendaciones de la Guía para la aplicación de las medidas antifraude propuesta por el Servicio
Nacional de Coordinación Antifraude, “la actualización de la evaluación del riesgo se realizará cada dos
años si el nivel de los riesgos identificados es muy bajo y durante el año anterior no se informó de
casos de fraude, corrupción, conflictos de interés o doble financiación”. Dependiendo del resultado
obtenido en cada ejercicio, la Comisión podrá proponer nuevos controles para garantizar en un
resultado óptimo”. En base a lo anterior, en la primera reunión mantenida por la Comisión Antifraude,
se acordó actualizar la evaluación del riesgo. Al proceder a realizar esa actualización, en la segunda
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Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
reunión de la Comisión, convenimos que esa herramienta utilizada en la EDUSI para el control del
fraude precisaba de una adaptación para así hacerla más operativa para el control del fraude de los
fondos provenientes del PRTR. La reunión de la Comisión para adaptar la herramienta la tendremos el
próximo mes (septiembre 2022). En la pregunta 1 del F4S3 se ha adjuntado la herramienta de la
evaluación de riesgos utilizada para la EDUSI y, como se indica en los párrafos anteriores y en
respuesta a las cuestiones sobre las que solicitan aclaración en el correo electrónico recibido en fecha
16 de agosto del presente, próximamente se realizará una adaptación y actualización de la misma”. En
fecha 4 de noviembre de 2022 la Comisión Antifraude concluyó la evaluación del fraude utilizando el
modelo facilitado por la Guía SNCA.
Grupo 3 de 5
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
33
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
3 y 4
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
De las 41 entidades, 11 de ellas no adaptaron el modelo de DACI para su firma por los contratistas,
subcontratistas y beneficiarios de subvenciones (55). Asimismo, en 8 entidades no se formalizaron las
DACI preceptivas por los actores implicados descritos en sus PMA (56). (55) Los ayuntamientos de
Azuqueca de Henares, Cádiz, Córdoba, Manzanares, Moratalla, Reinosa, San Javier, Santander,
Torrelavega y Torrijos y la DP de Ciudad Real no adaptaron el modelo de DACI para su firma por los
contratistas, subcontratistas y beneficiarios de subvenciones.
Alegación:
El Ayuntamiento de Azuqueca de Henares ya adaptó en noviembre de 2022, fecha en que comenzaron a
adjudicarse los primeros contratos con fondos del PRTR, el modelo de DACI para su firma por los
contratistas y subcontratistas.
Grupo 4 de 5
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
34
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
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1
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Como medida para la prevención del conflicto de interés, la comunicación e información al personal de
las distintas modalidades de conflicto de interés y de las formas de evitarlo constituye un elemento
esencial. Así estaba previsto en 32 de los 41 PMA aprobados (57). (57) No estaba previsto en los
ayuntamientos de Azuqueca de Henares, Baeza, Cádiz, Mérida, Reinosa, San Cristóbal de la Laguna y
Santander, y las DDPP de Cáceres y Cuenca.
Alegación:
El Ayuntamiento de Azuqueca de Henares tenía elaborado a finales del mes de diciembre de 2022 un
documento denominado “Comunicado sobre los conflictos de intereses: modalidades, señales, forma
de evitarlo y denuncia”, para su difusión entre empleados municipales y personal político. Al haberse
producido distintas novedades legislativas (Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, Ley 31/2022, de 23 de
diciembre y Ley 2/2023, de 20 de febrero), nos encontramos en estos momentos en proceso de
adaptación de dicho documento para su comunicación e información. Además, en fecha 11 de mayo de
2023, fue aprobado por el Pleno municipal la Política del Sistema Interno de Información del
Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, que actualmente está en fase de implementación, aspecto este
que también será incorporado al “Comunicado sobre los conflictos de intereses: modalidades, señales,
forma de evitarlo y denuncia”.
Grupo 5 de 5
Tipo de alegación
Al anexo
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
IX
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
página 125 línea 7
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Relativo al procedimiento para la prevención de la doble financiación
Alegación:
En relación con la prevención de la doble financiación (páginas 34 y 35 del anteproyecto de informe de
fiscalización de los planes antifraude aprobados por las EELL,) el anexo IX del mismo señala que el
Ayuntamiento de Azuqueca de Henares no contaba con un procedimiento específico para valorar la
existencia de doble financiación. A este respecto, cabe señalar que en este Ayuntamiento se ha
implantado un sistema de control interno para asegurar que en la ejecución de los fondos del MRR no
se produce doble financiación y que los gastos están vinculados a la ejecución de este, acudiendo a la
separación sistémica de los flujos de financiación mediante una contabilidad separada por proyectos.
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 5 de
6
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Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 6 de
6
3. Alegaciones formuladas por el alcalde del Ayuntamiento de Cádiz
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
JUAN MANUEL con DNI ha registrado el trámite Trámite de alegaciones
al Anteproyecto de Informe de FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS
ENTIDADES LOCALES QUE PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. a las 12:50:00, el día 02/06/2023.
Su número de registro es el 202399900045133.
TRÁMITE DE ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN
DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE
PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
José María González Santos
DNI:
Cargo:
Alcalde del Ayuntamiento de Cádiz
Entidad:
Ayuntamiento de Cádiz
Periodo:
2015 - 2023
Correo electrónico:
En caso de que el presidente/a o expresidente/a de la entidad no sea quien vaya a firmar el envío telemático
de las alegaciones, marque "No" y cumplimente la información identificativa del representante. En otro caso
marque "Sí".
No
Persona autorizada para remitir las alegaciones
Nombre y apellidos:
Juan Manuel
DNI:
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 1 de
6
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Cargo:
Gerente IFEF
Correo electrónico:
Anexos de la sección:
Nombre: Autorizacion remision alegaciones_02062023.pdf, Hash: KNlnlKbAi5V0BgNOJ/oSfg==
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 6
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
32
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
5 (nota 54)
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
El Ayuntamiento de Cádiz no disponía de procedimientos para abordar los conflictos de interés
Alegación:
El Ayuntamiento de Cádiz cuenta con el PROTOCOLO DE EVALUACIÓN DENUNCIAS RELATIVAS AL
RIESGO DE COMISIÓN ANTIFRAUDE EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO URBANO
SOSTENIBLE E INTEGRADO DE CÁDIZ (EDUSI CADIZ2020 “Un proyecto de ciudad”), COFINANCIADA
POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO
FEDER DE CRECIMIENTO SOSTENIBLE 2014-2020, aprobado por la Junta de Gobierno Local.
Una vez finalizada la EDUSI el 31/12/2023, y a efectos de evitar duplicidades como la existente con el
PMA, se adaptará al PRTR y resto de actuaciones del Ayuntamiento de Cádiz.
Está publicado en la web https://edusi.cadiz.es/sites/default/files/media/documentos/2019-
09/Protocolo%20Antifraude%20aprobado%20JGL.pdf
Documentos (descripción de los documentos aportados):
PROTOCOLO DE EVALUACION DENUNCIAS RELATIVAS AL RIESGO DE COMISION ANTIFRAUDE EN
EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E INTEGRADO
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 2 de
6
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Documentos:
Nombre: Protocolo Antifraude aprobado JGL.pdf, Hash: Z6OoyyUBBAo2IJ/mRvZ20A==
Grupo 2 de 6
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
33
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
4 (nota 55)
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
El Ayuntamiento de Cádiz no adoptó el modelo de DACI para su firma por los contratistas,
subcontratistas y beneficiarios de subvenciones
Alegación:
El DACI es el referente a la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el
sistema de gestión del PRTR. La INSTRUCCIÓN DE 23 DE DICIEMBRE DE 2021 DE LA JUNTA
CONSULTIVA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO SOBRE ASPECTOS A INCORPORAR EN
LOS EXPEDIENTES Y EN LOS PLIEGOS RECTORES DE LOS CONTRATOS QUE SE VAYAN A
FINANCIAR CON FONDOS PROCEDENTES DEL PRTR establece que el modelo de declaración de
ausencia de conflicto de intereses está recogido en el Anexo IV.A. y C. (contratistas) de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del PRTR, y que es
el que aplicamos.
Aun así, en la modificación del PMA que aprobara la Junta de Gobierno Local en fecha 23/12/2022 sí
que se aprobó un modelo DACI expreso para contratistas y subcontratistas.
Grupo 3 de 6
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
34
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
1 (nota 57)
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 3 de
6
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Como medida para la prevención del conflicto de interés, la comunicación e información al personal de
las distintas modalidades de conflicto de interés y de las formas de evitarlo constituye un elemento
esencial. Así estaba previsto en 32 de los 41 PMA aprobados. No estaba previsto en el Ayuntamiento de
Cádiz
Alegación:
Se han comprobado en el PMA las referencias de información y comunicación al personal municipal,
que se adjuntan
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Documento descriptivo de la alegación a este apartado.
Documentos:
Nombre: Alegaciones Tcu_3Comunicacion e informacion al personal_02062023.pdf, Hash:
X1fF6UKu5pNkhba6AOJ72w==
Grupo 4 de 6
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
34
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
3
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Todos los PMA aprobados preveían la comunicación al superior jerárquico de potenciales situaciones
de conflicto de interés, y todos, a excepción del Ayuntamiento de Cádiz, describían algún tipo de
procedimiento en este sentido
Alegación:
No hay procedimiento al respecto del formato de comunicación, pero sí que se asume en el PMA la
comunicación al superior jerárquico de situaciones de conflicto de interés, en cumplimiento del art. 6.5
de la Orden HFP 1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Para reforzar este apartado, en la modificación del PMA que aprobara la Junta de Gobierno Local en
fecha 23/12/2022 se otorgan a la a Comisión de Evaluación de Riesgo de Fraude funciones técnicas
relacionadas con este apartado.
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Plan de Medidas Antifraude Ayuntamiento de Cádiz (Modificación_23122022 )
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
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6
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Documentos:
Nombre: Plan de Medidas Antifraude cons_23122022_def.pdf, Hash: Jpc67n8QQmMT3nf7s8dGyA==
Grupo 5 de 6
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
41
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
1
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
En el Ayuntamiento de Cádiz, si bien se podía acceder a los canales internos a través de sus
respectivas páginas web, para la presentación de denuncias a través del canal externo era necesario
acudir a sus PMA publicados para obtener la ruta de acceso. Además, en los PMA aprobados por el
Ayuntamiento de Cádiz existía un error en los enlaces de acceso que impedía hacer un uso efectivo de
ellos.
Alegación:
Se comprueba el adecuado funcionamiento del enlace al correo de denuncias en la web
https://institucional.cadiz.es/area/Plan-de-Recuperaci%C3%B3n,-Transformaci%C3%B3n-y-
Resiliencia/2655
Grupo 6 de 6
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
42
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
1 (nota 76)
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
El Ayuntamiento de Cádiz no había establecido medidas solventes destinadas a salvaguardar la
confidencialidad de los denunciantes
Alegación:
Se puede comprobar de conformidad con lo establecido en el PROTOCOLO DE EVALUACIÓN
DENUNCIAS RELATIVAS AL RIESGO DE COMISIÓN ANTIFRAUDE EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
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6
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE E INTEGRADO DE CÁDIZ (EDUSI CADIZ2020 “Un proyecto
de ciudad”), COFINANCIADA POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL EN EL MARCO
DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER DE CRECIMIENTO SOSTENIBLE 2014-2020, aprobado por la
Junta de Gobierno Local.
Una vez finalizada la EDUSI el 31/12/2023, y a efectos de evitar duplicidades como la existente con el
PMA, se adaptará al PRTR y resto de actuaciones del Ayuntamiento de Cádiz.
Está publicado en la web https://edusi.cadiz.es/sites/default/files/media/documentos/2019-
09/Protocolo%20Antifraude%20aprobado%20JGL.pdf
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 6 de
6
4. Alegaciones formuladas por el alcalde del Ayuntamiento de Cuenca
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
JOSE MARIA con DNI ha registrado el trámite Trámite de alegaciones al
Anteproyecto de Informe de FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS
ENTIDADES LOCALES QUE PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. a las 13:53:44, el día 16/06/2023.
Su número de registro es el 202399900049406.
TRÁMITE DE ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN
DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE
PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
José
DNI:
Cargo:
Jefe de Servicio de Movilidad, AA GG y Contratación
Entidad:
Ayuntamiento de Cuenca
Periodo:
01/10/2021 a 15/08/2022
Correo electrónico:
En caso de que el presidente/a o expresidente/a de la entidad no sea quien vaya a firmar el envío telemático
de las alegaciones, marque "No" y cumplimente la información identificativa del representante. En otro caso
marque "Sí".
No
Persona autorizada para remitir las alegaciones
Nombre y apellidos:
José María
DNI:
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 1 de
6
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Cargo:
JEFE DE SERVICIO DE MOVILIDAD, ASUNTOS GENERALES Y CONTRATACIÓN
Correo electrónico:
Anexos de la sección:
Nombre: Autorizacion remision alegaciones JUNIO23.pdf, Hash: t6HgQtOwWa84D9w7IopOTA==
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 7
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
46
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Los ayuntamientos de Adra, Cuenca y Maracena habían aprobado otros planes antifraude antes de su
participación en la ejecución de medidas del PRTR, derivados de su participación en actuaciones
cofinanciadas por recursos comunitarios provenientes del FEDER. No obstante, y a pesar de esa
experiencia previa, no habían aprobado un PMA en cumplimiento de lo establecido en la Orden
HFP/1030/2021.
Alegación:
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cuenca, en sesión de 30 de septiembre de 2022,
aprobó el "Plan de acción de medidas antifraude del Ayuntamiento de Cuenca", en cumplimiento de lo
establecido en la Orden HFP/1030/2021, por lo que no es cierto lo que se indica en este apartado
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Acuerdo JGL 30-09-2022 Aprobación Plan Antifraude Ayuntamiento de Cuenca
Documentos:
Nombre: Acuerdo JGL 30-09-2022 Aprobacion Plan Antifraude.pdf, Hash:
IgeykGw6MU0p3oTWUJ/1ug==
Grupo 2 de 7
Tipo de alegación
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 2 de
6
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
48
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
81 No se incluyen resultados de los ayuntamientos de Adra, Cuenca, Higuera la Real, Maracena, Noja y
Yeste por no haber aprobado un PMA, así como los de Abanilla y Villacañas, por haber renunciado a
los recursos del PRTR, y el de Daroca de Rioja que no disponía ni de PMA ni de página web.
Alegación:
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cuenca, en sesión de 30 de septiembre de 2022,
aprobó el "Plan de acción de medidas antifraude del Ayuntamiento de Cuenca", en cumplimiento de lo
establecido en la Orden HFP/1030/2021, por lo que no es cierto lo que se indica en este apartado
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Acuerdo JGL 30-09-2022 Aprobación Plan Antifraude Ayuntamiento de Cuenca
Grupo 3 de 7
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
51
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
6) Un total de 21 entidades no habían aprobado un PMA, ni en el plazo establecido ni con posterioridad,
en contra de la exigencia contenida en la Orden HFP/1030/2021, los ayuntamientos de Adra, Alcudia,
Arapiles, Baiona, Balsareny, Banyeres del Penedés, Bárcena de Campos, Cuenca, Daroca de Rioja,
Fuente de Santa Cruz, Fuentesaúco, Higuera la Real, Maracena, Mogente, Noja, Sahagún, Solana de
Rioalmar, Traspinedo y Yeste, la Comarca de Cinca Medio y el Consorci del Bages per la Gestió de
Residus
Alegación:
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cuenca, en sesión de 30 de septiembre de 2022,
aprobó el "Plan de acción de medidas antifraude del Ayuntamiento de Cuenca", en cumplimiento de lo
establecido en la Orden HFP/1030/2021, por lo que no es cierto lo que se indica en este apartado
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Acuerdo JGL 30-09-2022 Aprobación Plan Antifraude Ayuntamiento de Cuenca
Grupo 4 de 7
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 3 de
6
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Tipo de alegación
Al anexo
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
Anexo VII
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
5/11 página 101
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Cuenca Ayuntamiento de Cuenca 53988 No aparece fecha de aprobación de PMA ni autoevaluación
previa
Alegación:
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cuenca, en sesión de 30 de septiembre de 2022,
aprobó el "Plan de acción de medidas antifraude del Ayuntamiento de Cuenca", en cumplimiento de lo
establecido en la Orden HFP/1030/2021, por lo que no es correcto lo que se indica en este apartado.
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cuenca, en sesión de 4 de noviembre de 2022, aprobó
la "1ª revisión del Plan de acción de medidas antifraude del Ayuntamiento de Cuenca".
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Acuerdo JGL 30-09-2022 Aprobación Plan Antifraude Ayuntamiento de Cuenca y Acuerdo JGL 04-11-
2022 Primera revisión Plan Antifraude
Documentos:
Nombre: Acuerdo JGL 04-11-2022 Primera revision Plan Antifraude.pdf, Hash:
pLUq92y7vr1hEEAiINu9OA==
Grupo 5 de 7
Tipo de alegación
Al anexo
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
Anexo VIII
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
5/11 página 113
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Cuenca Ayuntamiento de Cuenca 53988 aparece x en comuna de PMA aprobado a 30-9-2022
Alegación:
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 4 de
6
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cuenca, en sesión de 30 de septiembre de 2022,
aprobó el "Plan de acción de medidas antifraude del Ayuntamiento de Cuenca", en cumplimiento de lo
establecido en la Orden HFP/1030/2021, por lo que no es correcto lo que se indica en este apartado.
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Acuerdo JGL 30-09-2022 Aprobación Plan Antifraude Ayuntamiento de Cuenca
Grupo 6 de 7
Tipo de alegación
Al anexo
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
Anexo IX
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
5/11 página 125
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Cuenca Ayuntamiento de Cuenca 53988 aparece x en columnas de PMA aprobado a 30-9-2022, Política
antifraude, Comité antifraude, Código ético, Evaluación de riesgos, Conflicto de interés (DACI y
Procedimiento)
Alegación:
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cuenca, en sesión de 30 de septiembre de 2022,
aprobó el "Plan de acción de medidas antifraude del Ayuntamiento de Cuenca", en cumplimiento de lo
establecido en la Orden HFP/1030/2021, por lo que no es correcto lo que se indica en estas columnas.
Existe en dicho Plan: Política antifraude, Comité antifraude (con Reglamento aprobado), Código ético,
Evaluación de riesgos y procedimientos para prevenir el Conflicto de interés con modelo DACI.
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Acuerdo JGL 30-09-2022 Aprobación Plan Antifraude Ayuntamiento de Cuenca, Acuerdo JGL 04-11-
2022 Primera revisión Plan Antifraude, Anuncio Reglamento
Documentos:
Nombre: Anuncio BOP 19-12-2022 aprobacion definitiva Reglamento Comite Contratacion.pdf, Hash:
JTPA9Ej80hjQBfUHJPw2Xg==
Grupo 7 de 7
Tipo de alegación
Al anexo
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 5 de
6
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Anexo X
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
5/11 página 137
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Cuenca Ayuntamiento de Cuenca 53988 aparece x en columnas de PMA aprobado a 30-9-2022,
Consultas a bases de datos. Indicadores de riesgo. Canal de denuncias y Procedimiento de corrección
y persecución.
Alegación:
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cuenca, en sesión de 30 de septiembre de 2022,
aprobó el "Plan de acción de medidas antifraude del Ayuntamiento de Cuenca", en cumplimiento de lo
establecido en la Orden HFP/1030/2021, por lo que no es correcto lo que se indica en estas columnas.
Existe en dicho Plan mecanismos previstos para Consultas a bases de datos. Indicadores de riesgo.
Canal de denuncias y Procedimiento de corrección y persecución.
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Acuerdo JGL 30-09-2022 Aprobación Plan Antifraude Ayuntamiento de Cuenca, Acuerdo JGL 04-11-
2022 Primera revisión Plan Antifraude, Anuncio Reglamento
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 6 de
6
5. Alegaciones formuladas por la alcaldesa del Ayuntamiento de Los
Alcázares
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
MARIA DEL PILAR con DNI ha registrado el trámite Trámite de
alegaciones al Anteproyecto de Informe de FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS
POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. a las 19:21:23, el día 02/06/2023.
Su número de registro es el 202399900045283.
TRÁMITE DE ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN
DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE
PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
MARIA JOSEFA BENZAL MARTÍNEZ
DNI:
Cargo:
Alcalde del Ayuntamiento de Los Alcázares
Entidad:
Ayuntamiento de Los Alcázares
Periodo:
PRIMERA TENIENTE DE ALCALDE DELEGADA EN FUNCIONES DE ALCALDÍA
Correo electrónico:
En caso de que el presidente/a o expresidente/a de la entidad no sea quien vaya a firmar el envío telemático
de las alegaciones, marque "No" y cumplimente la información identificativa del representante. En otro caso
marque "Sí".
No
Persona autorizada para remitir las alegaciones
Nombre y apellidos:
MARIA PILAR
DNI:
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 1 de
3
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Cargo:
INTERVENTOR
Correo electrónico:
Anexos de la sección:
Nombre: Autorizacion_remision_alegaciones_1_22763_126406_31.pdf, Hash:
u9HNXTtNWT9Q054d03Zp/w==
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 2
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
varias
Alegación:
SE PRESENTAN VARIAS ALEGACIONES AL TEXTO DEL ANTEPROYECTO DE INFORME, RESUELTAS
LAS MISMAS POR EL COMITÉ ANTIFRAUDE DEL AYUNTAMIENTO DE LOS ALCÁZARES, EN SESIÓN
CELEBRADA EN FECHA 1 DE JUNIO DE 2023.
DICHO INFORME ES ADMITIDO Y AUTORIZADO PARA SU ENVÍO AL TRIBUNAL DE CUENTAS POR
DECRETO DE ALCALDÍA-PRESIDENCIA Nº2023/1971, DE FECHA 2 DE JUNIO DE 2023.
SE ADJUNTAN EL REFERIDO INFORME Y EL DECRETO DE AUTORIZACIÓN.
Documentos:
Nombre: Decreto_78404_126406_30.pdf, Hash: I2xK61m7SbEfuVu9Wybwpw==
Nombre: Informe_alegaciones_de_Comision_Antifraude.pdf, Hash: PK0HF9BdoiV/M+dCOexRKw==
Grupo 2 de 2
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
varias
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 2 de
3
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Alegación:
SE PRESENTAN VARIAS ALEGACIONES AL TEXTO DEL ANTEPROYECTO DE INFORME, RESUELTAS
LAS MISMAS POR EL COMITÉ ANTIFRAUDE DEL AYUNTAMIENTO DE LOS ALCÁZARES, EN SESIÓN
CELEBRADA EN FECHA 1 DE JUNIO DE 2023.
DICHO INFORME ES ADMITIDO Y AUTORIZADO PARA SU ENVÍO AL TRIBUNAL DE CUENTAS POR
DECRETO DE ALCALDÍA-PRESIDENCIA Nº2023/1971, DE FECHA 2 DE JUNIO DE 2023.
SE ADJUNTAN EL REFERIDO INFORME Y EL DECRETO DE AUTORIZACIÓN.
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 3 de
3
6. Alegaciones formuladas por la alcaldesa del Ayuntamiento de
Maracena
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
BERTA MARIA LINARES CARMONA con DNI ha registrado el trámite Trámite de alegaciones al
Anteproyecto de Informe de FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS
ENTIDADES LOCALES QUE PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. a las 10:48:52, el día 02/06/2023.
Su número de registro es el 202399900045032.
TRÁMITE DE ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN
DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE
PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
Berta María Linares Carmona
DNI:
Cargo:
Alcaldesa Accidental
Entidad:
Ayuntamiento de Maracena
Periodo:
Julio 2022 hasta 17/06/2023
Correo electrónico:
En caso de que el presidente/a o expresidente/a de la entidad no sea quien vaya a firmar el envío telemático
de las alegaciones, marque "No" y cumplimente la información identificativa del representante. En otro caso
marque "Sí".
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 1
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 1 de
2
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Tipo de alegación
Al cuadro
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
10
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Aporta aprobación plan antifraude en sesión plenaria de fecha 25 de abril de 2023
Alegación:
Aporta aprobación plan antifraude
Documentos:
Nombre: certificado antifraude.pdf, Hash: WE6sErY0Jja7otYe6jnabQ==
Nombre: Plan de Medidas Antifraude Fondos Europeos - Ayto. Maracena.pdf, Hash:
E5MpwdPlZEK5smaCwPyMyA==
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 2 de
2
7. Alegaciones formuladas por el alcalde del Ayuntamiento de Mérida
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
ANTONIO RODRIGUEZ OSUNA con DNI ha registrado el trámite Trámite de alegaciones al
Anteproyecto de Informe de FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS
ENTIDADES LOCALES QUE PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. a las 12:30:26, el día 26/05/2023.
Su número de registro es el 202399900043235.
TRÁMITE DE ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN
DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE
PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
Antonio Rodríguez Osuna
DNI:
Cargo:
Alcalde del Ayuntamiento de Mérida
Entidad:
Ayuntamiento de Mérida
Periodo:
2019-2023
Correo electrónico:
En caso de que el presidente/a o expresidente/a de la entidad no sea quien vaya a firmar el envío telemático
de las alegaciones, marque "No" y cumplimente la información identificativa del representante. En otro caso
marque "Sí".
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 3
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 1 de
4
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Tipo de alegación
Al anexo
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
104
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Incumplimiento de aprobación en plazo del PMA
Alegación:
Entendemos que el informe se basa en algunas de las fechas:
-29 de diciembre de 2021, cuyo BOE publicó la “Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la
Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de
Turismo, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las
comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte
de entidades locales en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.”
-8 de diciembre de 2021, cuyo BOE publicó el “Real Decreto 1074/2021, de 7 de diciembre, por el que se
regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos sostenibles de
mantenimiento y rehabilitación del patrimonio histórico con uso turístico, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
No obstante, entendemos que, a pesar de ser concesiones directas, con dichas publicaciones Mérida
se convirtió en potencial beneficiaria, no habiéndose materializado la situación de beneficiario
formalmente de dichas subvenciones hasta:
- 17 de agosto de 2022, fecha en la que se firmó el “Convenio de Colaboración entre la Consejería de
Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Mérida para la ejecución
del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Mérida Arqueológica, Natural e
Inteligente", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-financiado por la
Unión Europea Next-GenerationEU". Anexo I.
- 20 de octubre de 2022, fecha en la que se emite por el Secretario de Estado de Turismo, la
“Resolución por la que se concede una subvención a la entidad local de MÉRIDA que integra la red de
Ciudades Patrimonio de la Humanidad al amparo del Real Decreto 1074/2021, de 7 de diciembre, por el
que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos
sostenibles de mantenimiento y rehabilitación del patrimonio histórico con uso turístico, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”. Anexo II.
Por su parte, el PMA del Ayuntamiento de Mérida es aprobado el día 30 de junio de 2022, con lo cual se
pone así de manifiesto el correcto cumplimiento de la citada obligación.
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 2 de
4
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Informe general de Alegaciones
Documentos:
Nombre: P0608300J_Alegaciones.pdf, Hash: 46Rhco0tviMEvPU0Vezugg==
Grupo 2 de 3
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
31
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Por otra parte, la Orden HFP/1030/2021 prevé la revisión periódica de las evaluaciones, bienal o anual,
según el riesgo de fraude, así como, en todo caso, cuando se detecte algún caso de fraude o haya
cambios significativos en los procedimientos de las entidades o en el personal. Todos los PMA
analizados contemplaban la revisión periódica de las evaluaciones, a excepción de los planes de los
ayuntamientos de Mérida y Vélez-Málaga en los que, si bien se indicaba la revisión de las evaluaciones,
no se establecía una periodicidad específica.
Alegación:
Si bien, el apartado “8. Sostenibilidad del sistema de medidas antifraude” del PMA aprobado y
publicado en la página web del Ayuntamiento de Mérida recoge que:
“La autoevaluación se realizará con carácter anual a través de convocatoria remitida por el Presidente
de la Comisión. No obstante, en caso de detectarse cambios negativos en el riesgo identificado de
fraude o cambios significativos en los procedimientos, se propondrá aumentar su frecuencia a un
mínimo de dos autoevaluaciones anuales”.
Grupo 3 de 3
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
35-36
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
"En general, estaba previsto que la formación alcanzara a todos los niveles jerárquicos de la
organización, a excepción de 11 entidades "
Alegación:
Además de incluir esta recomendación en su PMA, el Ayuntamiento de Mérida ha venido realizado esta
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 3 de
4
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
acción con carácter previo. De este modo, el día 27 de septiembre de 2022, tuvo lugar una jornada
formativa sobre las obligaciones en materia de contratación y publicidad de los procedimientos
enmarcados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), la cual contó con una
amplia participación por parte del personal municipal perteneciente a todos los niveles jerárquicos del
Ayuntamiento y en la que se hizo hincapié en las obligaciones en materia de prevención, detección y
corrección del fraude, corrupción y conflicto de interés recogidas en el art. 6 de la Orden
HFP/1030/2021. El parte de asistencia de esta jornada se encuentra como Anexo III.
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 4 de
4
8. Alegaciones formuladas por la alcaldesa del Ayuntamiento de
Santander
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
DAVID con DNI ha registrado el trámite Trámite de alegaciones al Anteproyecto
de Informe de FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS ENTIDADES
LOCALES QUE PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. a las 13:34:45, el día 29/05/2023.
Su número de registro es el 202399900043729.
TRÁMITE DE ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN
DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE
PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
Gema Igual Ortiz
DNI:
Cargo:
Alcaldesa del Ayuntamiento de Santander
Entidad:
Ayuntamiento de Santander
Periodo:
Noviembre 2016 hasta la actualidad
Correo electrónico:
En caso de que el presidente/a o expresidente/a de la entidad no sea quien vaya a firmar el envío telemático
de las alegaciones, marque "No" y cumplimente la información identificativa del representante. En otro caso
marque "Sí".
No
Persona autorizada para remitir las alegaciones
Nombre y apellidos:
David
DNI:
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 1 de
9
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Cargo:
Director Económico Financiero del Ayuntamiento de Santander
Correo electrónico:
Anexos de la sección:
Nombre: Autorizacion remision alegaciones.pdf, Hash: nZBBRKfAefvmxDnVr+tILw==
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 11
Tipo de alegación
Al anexo
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
Anexo VII
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
11º
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
APARTADO II.2. AUTOEVALUACIONES DEL CUMPLIMIENTO DE LOS PRINCIPIOS DE GESTIÓN DEL
PRTR EN MATERIA ANTIFRAUDE En relación con la incidencia:
“A la fecha de cierre de los trabajos, únicamente el 56 % de las 210 entidades, 118 de ellas, habían
realizado una autoevaluación de sus procedimientos. Entre las 92 entidades que no realizaron tal
autoevaluación15, como indicaba la citada orden (se identifican todas ellas en el anexo VII), destacan,
por su tamaño, los ayuntamientos de…..Santander A la fecha de cierre de los trabajos, únicamente el
56 % de las 210 entidades, 118 de ellas, habían realizado una autoevaluación de sus procedimientos.
Entre las 92 entidades que no realizaron tal autoevaluación15, como indicaba la citada orden (se
identifican todas ellas en el anexo VII), destacan, por su tamaño, los ayuntamientos de A Coruña,
Getafe, Girona, Huelva, Leganés, León, Lugo, San Cristóbal de La Laguna, Santander y Santiago de
Compostela, además de las Diputaciones Provinciales (DDPP) de A Coruña, León, Teruel y Valladolid."
Alegación:
El Ayuntamiento de Santander manifiesta que dicha evaluación se realizó el 28 de junio de 2022 en la
segunda reunión del Comité Antifraude.
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Se aporta el acta de la reunión del 28 de junio de 2022 como documento número 1.
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 2 de
9
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Documentos:
Nombre: DOC 1. TEST CONFLICTO INTERESES.pdf, Hash: WM/zp98lCf9i8ltjEUvUHQ==
Grupo 2 de 11
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
25
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Por su parte, el concepto expreso de tolerancia cero ante el fraude estaba incluido en todas las
declaraciones institucionales, excepto en las de los ayuntamientos de Manzanares, Murcia, Santander,
Santoña y Torrelavega34 y la DP de Albacete.
Alegación:
El Ayuntamiento de Santander manifiesta que dicha declaración se encuentra actualmente incluida en
su declaración institucional y publicada en la web del Ayuntamiento de Santander Declaración
institucional | Portal Ayuntamiento Santander:
https://www.santander.es/ayuntamiento/omfe/antifraude/declaracion-institucional
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Se aporta enlace web a la publicación
Grupo 3 de 11
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
27
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
En cuanto a su funcionamiento, lo habitual es que la celebración de reuniones estuviese programada
con una frecuencia, al menos, anual o incluso mayor (semestral o trimestral), aunque los
ayuntamientos de Santander y Vélez-Málaga no habían establecido una periodicidad concreta.
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 3 de
9
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Alegación:
El Ayuntamiento de Santander manifiesta que no existe un calendario prestablecido al efecto, sin
embargo, dichas reuniones se han venido realizando de forma trimestral en 2022 (abril, junio y
septiembre) pasando a ser semestrales en 2023, habiéndose realizado la primera reunión el 25 de enero
y estando programada una segunda reunión para finales de junio.
Grupo 4 de 11
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
27
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
En relación con la observancia de la normativa reguladora en materia de igualdad, se ha verificado la
composición de los 24 comités formalmente constituidos, en atención a lo dispuesto en la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, resultando que en 16
de ellos 39 no había una presencia equilibrada, siendo superior, en 10 de los 16, el número de hombres
respecto al de mujeres; en los 6 restantes se produjo la situación inversa.
Alegación:
El Ayuntamiento de Santander manifiesta que el Comité Antifraude está actualmente compuesto por un
número impar de miembros para evitar empates en las votaciones para la toma de decisiones. En la
actualidad lo conforman 1 mujer y 2 hombres, no obstante, está previsto que a lo largo de 2023 se
puedan incorporar otros miembros, de cara a equilibrar la composición del Comité Antifraude de
acuerdo con la Ley organiza 3/2007.
Grupo 5 de 11
Tipo de alegación
Al anexo
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
123
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
LÍNEA 8
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 4 de
9
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Se incumple la obligación de realizar una evaluación del riesgo de fraude.
Alegación:
El Ayuntamiento de Santander manifiesta que, tras la puesta en funcionamiento de la Oficina de
Fondos y Asuntos Europeos en noviembre de 2022, se está trabajando en la evaluación del riesgo de
fraude. En este sentido, las técnicas de la Oficina de Fondos y Asuntos Europeos han contactado con
la División de Control de Fondos Europeos de la IGAE para asesorarse sobre la forma en la que se
deben evaluar los riesgos asociados a los proyectos cofinanciados con Fondos Europeos, en los que
participa el Ayuntamiento de Santander, al objeto de poder implementar la Matriz de Riesgos como
herramienta de gestión y evaluación que permita determinar objetivamente los posibles riesgos
asociados a proyectos. Por todo ello, y tras este asesoramiento, se está trabajando en la
implementación de una matriz de riesgos adaptada al Ayuntamiento de Santander. Se adjunta, como
documento número 2, relación de correos electrónicos intercambiados con la División de Control de
Fondos Europeos de la IGAE sobre este tema
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Se adjunta, como documento número 2, relación de correos electrónicos intercambiados con la
División de Control de Fondos Europeos de la IGAE sobre e
Documentos:
Nombre: DOC 2. CORREOS EVALUACION RIESGOS.pdf, Hash: 51AcRakb16Sp9tqw8KGZ9A==
Grupo 6 de 11
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
33
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
De las 41 entidades, 11 de ellas no adaptaron el modelo de DACI para su firma por los contratistas,
subcontratistas y beneficiarios de subvenciones55. Asimismo, en 8 entidades no se formalizaron las
DACI preceptivas por los actores implicados descritos en sus PMA
Alegación:
El Ayuntamiento de Santander manifiesta que dicho DACI se encuentra actualizado y en aplicación a
cada proyecto financiado con los fondos PRTR, se adjunta modelo de DACI cumplimentado y firmado,
como documento número 3.
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 5 de
9
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Modelo de DACI cumplimentado y firmado, como documento número 3.
Documentos:
Nombre: DOC. 3 DACI.pdf, Hash: FfDA77IV/9d4cTj3DHY61A==
Grupo 7 de 11
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
34
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Como medida para la prevención del conflicto de interés, la comunicación e información al personal de
las distintas modalidades de conflicto de interés y de las formas de evitarlo constituye un elemento
esencial. Así estaba previsto en 32 de los 41 PMA aprobados
Alegación:
El Ayuntamiento de Santander manifiesta que dicha comunicación e información se realiza a través del
PMA, del Código de Conducta publicado en la web del Ayuntamiento Código ético y de conducta del
Portal Ayuntamiento Santander (www.santander.es/ayuntamiento/omfe/antifraude/codigo-conducta) y a
nivel interdepartamental, mediante la Instrucción 1/2023 de la Oficina Municipal de Fondos y Asuntos
Europeos (OMFE) para la puesta en marcha del análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés a
través de MINERVA, de fecha 1/03/2023 y remitida por la OMFE al personal del Ayuntamiento de
Santander que participa en la ejecución de proyectos en el marco de cualquier actuación del PRTR. Se
adjunta como documento número 4 la Instrucción 1/2023.
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Se adjunta como documento número 4 la Instrucción 1/2023.
Documentos:
Nombre: DOC 4. INSTRUCCION 1.2023 OMFEMINERVA.pdf, Hash: IQENEzaGmwonyeZQmS/rxA==
Grupo 8 de 11
Tipo de alegación
Al anexo
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
ANEXO X
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 6 de
9
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
LÍNEA 48
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Entre las entidades que no tenían establecidos canales de denuncia destacaron, por su población, los
ayuntamientos de Leganés, Logroño, Málaga, San Cristóbal de La Laguna, Pamplona, Santander,
Sevilla, Teruel y las DDPP de A Coruña, Albacete, Cuenca, Guadalajara, León, Soria, Tarragona y
Toledo y el CI de Gran Canaria. Con posterioridad, el Ayuntamiento de Teruel dispuso de un canal de
denuncias desde 1 de febrero de 2023.
Alegación:
El Ayuntamiento de Santander manifiesta que ya dispone de dicho canal y se encuentra publicado en la
web del Ayuntamiento. El Ayuntamiento de Santander implementa un canal de denuncias mediante el
que su personal, beneficiarios de fondos del MRR o terceras partes relacionadas con los anteriores,
puedan poner en conocimiento hechos que puedan ser constitutivos de fraude o irregularidad en
relación con proyectos u operaciones financiadas total o parcialmente con cargo a los Fondos NEXT
GENERATION EU. Más información: Canal de denuncias del Portal Ayuntamiento Santander:
https://www.santander.es/ayuntamiento/omfe/antifraude/buzon-denuncias
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Enlace web
Grupo 9 de 11
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
48
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Aun cuando los PMA de 27 entidades preveían expresamente su publicación, los de 3 ayuntamientos
no estaban publicados, los de Santa María de Cayón, Santander y Santoña.
Alegación:
El Ayuntamiento de Santander manifiesta que en la página web del Ayuntamiento se encuentra
publicado el apartado web Plan de medidas antifraude | Portal Ayuntamiento Santander con toda la
información relativa al PMA, así como el Código de conducta, la Declaración Institucional y el Canal de
denuncias.:
https://www.santander.es/ayuntamiento/omfe/antifraude/plan-medidas
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 7 de
9
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Grupo 10 de 11
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
49
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Por último, en relación con las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que
afecten a los empleados públicos, así como de autorización de ejercicio de actividad privada al cese de
los altos cargos, 31 entidades87 no tenían publicada esta información. Otras 14 no tenían publicada
información de las indemnizaciones percibidas, en su caso, con ocasión del abandono del cargo88. En
líneas generales, predominaban los documentos publicados que se limitaban a acreditar la inexistencia
de tales indemnizaciones frente a aquellos que informaban sobre su concesión.
Alegación:
El Ayuntamiento de Santander manifiesta que dicha información se encuentra regulada por la
Ordenanza de Transparencia, Acceso y Reutilización de la Información y Buen Gobierno del
Ayuntamiento de Santander, que se encuentra accesible en el portal web de transparencia del
Ayuntamiento de Santander:
https://www.santander.es/ayuntamiento/gobierno-abierto/transparencia-municipal
En lo que respecta a la resolución de autorización o reconocimiento de compatibilidad que afecta a
empleados públicos, dicha información se encuentra disponible en el portal de transparencia del
Ayuntamiento de Santander (ver link al pie), en el apartado " Resoluciones de autorización o
reconocimiento de compatibilidad que afecten a los empleados públicos", dentro de "Transparencia
Santander - Ayuntamiento de Santander". En este sentido, se pone de manifiesto que todas las
declaraciones de compatibilidad son aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento de Santander, siendo
tramitadas por el Servicio de Inspección, Evaluación y Calidad.
https://transparencia.santander.es/informacion-publica-ayuntamiento/b-informacion-personal-
ayuntamiento/b-5-resoluciones-autorizacion-reconocimiento-compatibilidad-afecten-empleados-
publicos
Grupo 11 de 11
Tipo de alegación
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 8 de
9
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
55
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Se detectaron algunas incidencias en relación con la información publicada por las entidades en sus
páginas web, sedes electrónicas y/o portales de transparencia. Con carácter general, era en los propios
PMA donde se establecía la necesidad de que las entidades que los habían aprobado los publicaran, lo
que no llevaron a cabo los ayuntamientos de Santa María de Cayón, Santander y Santoña. Otras tres
entidades tampoco los tenían publicados, pero en estos casos sus planes no preveían expresamente
tal necesidad.
Alegación:
El Ayuntamiento de Santander manifiesta que ya ha dado cumplimiento a dicho trámite en su página
web:
https://www.santander.es/ayuntamiento/omfe/antifraude/plan-medidas
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 9 de
9
9. Alegaciones formuladas por el alcalde del Ayuntamiento de
Torrelavega
Nº de verificación:
Puede verificar este documento en https://sede.torrelavega.es
Datos del expediente
Asunto
2022/00008356V
Expedientes Generales
Datos del documento
Tramitador: 15.Servicio de SECRETARÍA GENERAL
Emisor: JAM
Fecha Emisión: 01/06/2023
Tribunal de Cuentas - Fiscalización de los planes antifraude
aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución
de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.-
Documento firmado electrónicamente (art. 26 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre). La autenticidad de este documento puede
ser comprobada mediante el CSV: en http://sede.torrelavega.es
Este documento ha sido firmado electrónicamente por
TRIBUNAL DE CUENTAS,
ENTIDADES LOCALES
CL FUENCARRAL, 81
28004 MADRID
MADRID
AY/00000004/0001/000087858
D. JAVIER LÓPEZ ESTRADA, en calidad de ALCALDE-PRESIDENTE EN
FUNCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE TORRELAVEGA (CANTABRIA), a la vista
del trámite de alegaciones conferido por la Sección de Fiscalización (Departamento de
Entidades Locales) del Tribunal de Cuentas, respecto del Anteproyecto de informe respecto a
la “Anteproyecto de Informe de Fiscalización de los planes antifraude aprobados por las
entidades locales que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia", y dentro del trámite conferido al efecto, efectúa las siguientes
ALEGACIONES:
PRIMERA.- En la página 25 del anteproyecto de informe se afirma que el Ayuntamiento de
Torrelavega no incluye en su declaración institucional el concepto expreso de “tolerancia
cero” ante el fraude, si bien se reconoce que sí aparece entre las funciones de la respectiva
unidad antifraude.
Siendo ello cierto, debe puntualizarse que, aunque no aparezca dicho concepto de manera
expresa, si se deduce de su contenido cuando se afirma el compromiso del Ayuntamiento de
Torrelavega con “los estándares más altos en el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas
y morales y su adhesión a los más estrictos principios de integridad, objetividad y honestidad,
de manera que su actividad sea percibida por todos los agentes que se relacionan con ella
como opuesta al fraude y la corrupción en cualquiera de sus formas.”.
SEGUNDA.- Se afirma en la página 27 del anteproyecto de informe que la composición del
Comité antifraude del Ayuntamiento de Torrelavega no está equilibrada desde el punto de
vista de la igualdad de género, toda vez que se supera el 60% de presencia de uno de los
sexos. En este sentido, debe indicarse que el citado Comité está compuesto por tres personas,
con lo cual la aritmética propia de dicho número hace imposible alcanzar una composición
JAVIER LOPEZ ESTRADA
ALCALDE EN FUNCIONES
2 de junio de 2023
Número de registro: 2023007810
Fecha de registro: 02/06/2023
Nº de verificación:
Puede verificar este documento en https://sede.torrelavega.es
Datos del expediente
Asunto
2022/00008356V
Expedientes Generales
Datos del documento
Tramitador: 15.Servicio de SECRETARÍA GENERAL
Emisor: JAM
Fecha Emisión: 01/06/2023
Tribunal de Cuentas - Fiscalización de los planes antifraude
aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución
de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.-
Documento firmado electrónicamente (art. 26 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre). La autenticidad de este documento puede
ser comprobada mediante el CSV: en http://sede.torrelavega.es
equilibrada en el sentido marcado (mínimo 40% y máximo 60% de representación de cada
sexo). Aquí al ser la composición de dos mujeres y un hombre efectivamente la
representación del sexo femenino es del 66,6%, pero no hay ninguna otra combinación que
permita alcanzar ese objetivo de representación siendo 3 los integrantes del Comité. Y se
considera que ese es el número idóneo dado el tamaño de la entidad, y si se convirtiese el
órgano en uno unipersonal (como por cierto permite expresamente el art. 8 de la Ley 2/2023,
en cuanto al responsable del sistema interno de información en el marco de dicha ley), ello ya
sería totalmente imposible.
TERCERA.- Afirma a su vez la página 33 del anteproyecto de informe que el Ayuntamiento
de Torrelavega no adaptó el modelo de DACI para su firma por los contratistas,
subcontratistas y beneficiarios de subvenciones.
En este sentido, debe precisarse que se utiliza el citado modelo también para la firma por las
citadas personas, desde el convencimiento de que su contenido es similar y tiene los mismos
efectos que cuando se suscriben por el personal encargado de la gestión y tramitación de los
expedientes de contratación o concesión de subvenciones. El mismo ha sido modificado
recientemente para su adaptación a lo dispuesto en la Orden Ministerial HFP/55/2023,
mediante la Resolución de Alcaldía nº. 909/2023, de 20 de febrero, la cual se adjunta a las
presentes alegaciones.
CUARTA.- Se señala en la página 41 del anteproyecto la carencia de unidades especializadas
para la tramitación de las denuncias, pero debe indicarse que el tamaño de la entidad no obliga
necesariamente a tenerlas, pudiendo tramitarse de manera directa por las personas que
conforman el Comité Antifraude.
Así, entre las funciones de la Unidad / Comité Antifraude, está la de “Cuidar de la correcta
detección e investigación de posibles casos de fraude, corrupción y conflictos de intereses y
de que se pone fin a los mismos”. Por otra parte, en el apartado 7.3 del Plan detalla el
procedimiento a seguir en el caso de detección y conocimiento de un caso sospechoso de
fraude.
De hecho la experiencia y el tiempo transcurrido corroboran esta afirmación, cuando se puede
afirmar que, a la fecha, no se ha presentado ninguna denuncia o información al respecto, con
lo que parece de todo punto innecesario contar con una unidad especializada que asista al
Comité, cuando el propio Comité se puede encargar directamente de ello, tal y como el propio
Plan prevé.
Por tanto, si el anteproyecto de informe quiere decir que el Ayuntamiento de Torrelavega
carece de una unidad específica de tramitación de denuncias, consideramos que ello no es
Nº de verificación:
Puede verificar este documento en https://sede.torrelavega.es
Datos del expediente
Asunto
2022/00008356V
Expedientes Generales
Datos del documento
Tramitador: 15.Servicio de SECRETARÍA GENERAL
Emisor: JAM
Fecha Emisión: 01/06/2023
Tribunal de Cuentas - Fiscalización de los planes antifraude
aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución
de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.-
Documento firmado electrónicamente (art. 26 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre). La autenticidad de este documento puede
ser comprobada mediante el CSV: en http://sede.torrelavega.es
correcto pues dicha unidad es el Comité antifraude. Si por el contrario, se refiere a que
además del Comité debe existir dicha unidad, se considera de todo punto innecesario dado el
tamaño de esta entidad local.
QUINTA.- En la página 49 del anteproyecto de informe se señala que el Ayuntamiento de
Torrelavega forma parte de las 31 entidades que no tienen publicadas las autorizaciones o
reconocimientos de compatibilidad que afectan a los empleados públicos, o las autorizaciones
de ejercicio de actividades privadas tras el cese de altos cargos.
A tal efecto debe indicarse que no es correcta esa afirmación, pues el Ayuntamiento de
Torrelavega publica dicha información en el Portal de Transparencia Local, como se puede
comprobar en el siguiente enlace:
https://aytotorrelavega.transparencialocal.gob.es/es_ES/buscar/contenido/eeppcomp/609-
eepp-compatibilidades-vigente
Ello en el caso de las autorizaciones de compatibilidad, mientras que respecto de las
autorizaciones de ejercicio de actividades privadas no se ha emitido ninguna a la fecha en este
Ayuntamiento. Para ellas también hay un apartado específico para su publicación, si fuera el
caso, en dicho Portal. Se adjunta el enlace correspondiente:
https://aytotorrelavega.transparencialocal.gob.es/es_ES/categoria/institucional/altoscargos/aut
orizaciones
SEXTA.- En cuanto a la Recomendación nº. 05, contenida en la página 54 del anteproyecto
de informe, relativa a la difusión de la existencia de los indicadores de riesgo entre el personal
en posición de detectar las señales de alerta, debe alegarse que, si bien se acepta dicha
recomendación, se entiende que la misma ya ha sido debidamente cumplimentada, pues el
propio en el Plan antifraude aprobado, en el apartado 3, indica que el mismo es de aplicación
a todo el personal del ayuntamiento y que “todos ellos deben conocer y cumplir el presente
Plan, y por tanto les corresponde a ellos especialmente el cumplimiento de las siguientes
funciones:
Analizar con detalle cualquier sospecha de fraude y/o la existencia de conflictos de intereses.
Para ello, en el Anexo XII del presente Plan, se detallan una serie de indicadores o banderas
rojas de actos que pueden facilitar la detección de casos de fraude.”
Por su parte, consta que se ha impartido formación al personal municipal afectado, como se
acredita en los documentos anexos II y III.
Nº de verificación:
Puede verificar este documento en https://sede.torrelavega.es
Datos del expediente
Asunto
2022/00008356V
Expedientes Generales
Datos del documento
Tramitador: 15.Servicio de SECRETARÍA GENERAL
Emisor: JAM
Fecha Emisión: 01/06/2023
Tribunal de Cuentas - Fiscalización de los planes antifraude
aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución
de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.-
Documento firmado electrónicamente (art. 26 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre). La autenticidad de este documento puede
ser comprobada mediante el CSV: en http://sede.torrelavega.es
Además el personal labores de formación entre el personal que gestiona directamente los
proyectos financiados con fondos del PRTR, en concreto:
.- Curso “LOS PLANES DE RECUPERACIÓN Y TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
EN LAS ENTIDADES LOCALES” de 20 horas lectivas impartido por el CEARC (Centro de
Estudios de la Administración Regional de Cantabria).
.- Curso “Los Fondos Europeos Next Generation y Planes Antifraude en las Entidades
Locales” de 55 horas lectivas por COSITAL-Network
SÉPTIMA.- Se reseña a su vez en el cuadro de la página 99 que el Ayuntamiento de
Torrelavega no aprobó el Plan de Medidas en plazo.
En este punto el propio anteproyecto de informe realiza unas consideraciones (págs.. 8 y ss.)
sobre la incertidumbre sufrida por los Ayuntamientos al principio en cuanto a la
consideración de entidad ejecutora que no podemos sino que compartir plenamente, pues
precisamente el Ayuntamiento de Torrelavega considera que sí cumplió con dicho plazo
desde el entendimiento de que el término “a quo” fue cuando se le concedió la primera
subvención en la que se le atribuía expresamente la condición de entidad ejecutora. Si
posteriormente se modificó el criterio de determinación del concepto de entidad ejecutora y
ello determina que alguna ayuda obtenida previamente debió considerarse para el cómputo del
inicio del plazo inicial, ello a nuestro juicio no puede suponer que se considere a esta Entidad
como incumplidora de la citada obligación.
OCTAVA.- Por último se indica en el cuadro de la página 123 que no se cuenta con
evaluación de riesgos. Esta cuestión ya fue alegada en su momento, y parece que nuestras
consideraciones no han sido atendidas, pero nos reafirmamos en ellas.
Para la elaboración del Plan antifraude se ha utilizado una matriz de riesgos, basada en la
Guía de la Comisión Europea para el periodo de programación 2014/2020 sobre “Evaluación
del riesgo de fraude y medidas antifraude eficaces y proporcionadas” (EGESIF_14-0021-00
de 16 de junio de 2014 de la Comisión Europea). Esta matriz contiene los posibles riesgos
como escenarios potenciales de fraude, siendo valorados en función de su impacto y
probabilidad y categorizándolos en función de su nivel (bajo, moderado o elevado). Además,
se definen las acciones a implementar, respecto a cada uno de los riesgos de fraude
identificados.
En el Anexo V (adjuntado como documento IV a las presentes alegaciones) del Plan
Antifraude se trasladan los resultados de la evaluación de riesgos realizada.
Nº de verificación:
Puede verificar este documento en https://sede.torrelavega.es
Datos del expediente
Asunto
2022/00008356V
Expedientes Generales
Datos del documento
Tramitador: 15.Servicio de SECRETARÍA GENERAL
Emisor: JAM
Fecha Emisión: 01/06/2023
Tribunal de Cuentas - Fiscalización de los planes antifraude
aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución
de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.-
Documento firmado electrónicamente (art. 26 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre). La autenticidad de este documento puede
ser comprobada mediante el CSV: en http://sede.torrelavega.es
Por lo expuesto, se SOLICITA se tengan por presentadas en tiempo y forma estas
alegaciones respecto del Anteproyecto de informe respecto a la “Fiscalización de los planes
antifraude aprobados por las entidades locales que participen en la ejecución de las medidas
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia", las cuales se presentan
electrónicamente por el Secretario General de la Corporación en virtud de la autorización
previamente efectuada por esta Alcaldía.
Documentos adjuntos:
I. Resolución de Alcaldía nº. 909/2023, de 20 de febrero, por la que se modifica el
Anexo II del Plan de Medidas Antifraude (modelo DACI). CSV:
.
II. Acción formativa realizada. Presentación. CSV: .
III. Remisión de la citada formación al personal municipal afectado. CSV:
.
IV. Anexo V del Plan de Medidas – Análisis de riesgos. CSV: .
Estos documentos se pueden consultar mediante el citado CSV (código seguro de
verificación) a través de la sede electrónica municipal (https://sede.torrelavega.es) en el
apartado “Validación de documentos por CSV”.
En Torrelavega, a la fecha de la firma electrónica.
EL ALCALDE-PRESIDENTE EN FUNCIONES
Fdo.: D. Javier López Estrada
10. Alegaciones formuladas por la alcaldesa del Ayuntamiento de Úbeda
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
ANTONIA OLIVARES MARTINEZ con DNI ha registrado el trámite Trámite de alegaciones al
Anteproyecto de Informe de FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS
ENTIDADES LOCALES QUE PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. a las 14:09:43, el día 01/06/2023.
Su número de registro es el 202399900044854.
TRÁMITE DE ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN
DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE
PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
Antonia Olivares Martínez
DNI:
26482308Q
Cargo:
Alcaldesa del Ayuntamiento de Úbeda
Entidad:
Ayuntamiento de Úbeda
Periodo:
2015-2027
Correo electrónico:
c
En caso de que el presidente/a o expresidente/a de la entidad no sea quien vaya a firmar el envío telemático
de las alegaciones, marque "No" y cumplimente la información identificativa del representante. En otro caso
marque "Sí".
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 10
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 1 de
7
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
30
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
4 pie de página nº 50
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
No obstante, y en contra de las citadas recomendaciones contenidas en la Guía del SNCA, las
evaluaciones de 14 entidades fueron íntegramente externalizadas47. De las 68 entidades restantes48,
49 las realizaron internamente49 y 19 con ayuda de entidades externas50.
50 Las evaluaciones fueron realizadas con ayuda de entidades externas en los ayuntamientos de Alcalá
de Henares, Aranjuez, Barcelona, El Prat de Llobregat, Ermua, Girona, L’Hospitalet de Llobregat, Los
Alcázares, Madrid, Manzanares, Mérida, Roses, Sabadell, San Javier, Donostia-San Sebastián, Sevilla,
Tui y Úbeda y la Comarca del Ripollès. Sin embargo, los ayuntamientos de Tui y Úbeda no aportaron
documentación justificativa de esta asistencia.
Alegación:
El Plan de Medidas Antifraude del Ayuntamiento de Úbeda ha sido realizado internamente sin ayuda de
unidades externas por lo que es imposible que le suministremos la documentación justificativa de esta
asistencia que nos reclaman en la nota al pie número 50.
Grupo 2 de 10
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
31
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
2
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
La mayor parte de las evaluaciones realizadas, el 75 % de ellas, se enmarcaban en la ejecución del
PRTR y estaban adaptadas a las particularidades de cada entidad. Sin embargo, las de los
ayuntamientos de Algeciras, Azuqueca de Henares, Málaga, Úbeda y Vélez-Málaga estaban vinculadas
a la gestión de fondos EDUSI y no se ajustaban a lo estipulado en el documento de Orientaciones y en
la Guía del SNCA.
Alegación:
En el primer formulario de fiscalización enviado al Tribunal de Cuentas se hace referencia en varios
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 2 de
7
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
apartados al Plan Antifraude de la Estrategia DUSI de Úbeda y Baeza. En el formulario de subsanación
enviado con posterioridad se corrige esta información y tan sólo se hace referencia al Plan de Medidas
Antifraude del Ayuntamiento de Úbeda. Por tanto la afirmación que se hace en el texto es incorrecta
porque el Plan de Medidas Antifraude del Ayuntamiento de Úbeda hace referencia exclusivamente al
PRTR.
Grupo 3 de 10
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
31
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
3
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Entre los indicadores de riesgo incluidos en las evaluaciones analizadas51, se ha verificado que todas
contemplaban el riesgo de fraude, de corrupción, de conflicto de interés y de doble financiación,
excepto los ayuntamientos de Cáceres, Los Alcázares, Mérida y Úbeda, que no consideraban este
último.
Alegación:
En el Plan de Medidas Antifraude del Ayuntamiento de Úbeda en su Anexo VIII Banderas Rojas...
(páginas 48-51) y en concreto en materia de subvenciones públicas se establece una bandera roja:
"Incumplimiento del principio de adicionalidad" que en su primer punto indica: "Existen varios
cofinanciados que financian la misma operación". Lo que manifiesta que la doble financiación si está
considerada como una señal de alerta dentro del Plan.
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Plan de Medidas Antifraude del Ayuntamiento de Úbeda
Documentos:
Nombre: Plan Medidas Antifraude AYUNTAMIENTO.pdf, Hash: E7Zf8fsqJp3ca2dXcKsp8A==
Grupo 4 de 10
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
48
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 3 de
7
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
3 y 4
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Los planes de 14 entidades83 no preveían expresamente la necesidad de su publicación, si bien todas
ellas, a excepción de los ayuntamientos de Puente Genil y Úbeda y la DP de Guadalajara, los tenían
publicados en sus sitios web.
Además, los planes de 10 de estas 14 entidades preveían la publicación de sus declaraciones
institucionales contra el fraude y/o sus códigos éticos; sin embargo, los ayuntamientos de Cádiz,
Puente Genil y Úbeda y la DP de Guadalajara no dieron cumplimiento a esta publicidad.
Alegación:
Es cierto que en el Plan de Medidas Antifraude no se hace referencia de forma expresa a que éste debe
estar publicado en la página web del Ayuntamiento de Úbeda pero también lo es que sí se hace a la
inclusión en la página del Acuerdo Institucional (página 14 del Plan) y el Código Ético de los
Empleados púbicos (página 17 del Plan) que se encuentran incluidos en el Anexo III (página 34 del
Plan) y VII (página 42 del Plan) de dicho plan.
En el portal de transparencia del Ayuntamiento de Úbeda está publicado el Plan de Medidas Antifraude
del Ayuntamiento de Úbeda, el Acuerdo Institucional y el Código Ético de los Empleados Públicos:
https://aytoubeda.transparencialocal.gob.es/es_ES/articulo/plan-antifraude-fondos-next-generation-
europa
Grupo 5 de 10
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
49
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
2
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Respecto de las declaraciones anuales de bienes y actividades de los representantes locales, en los
términos previstos en la LRBRL, 21 entidades86 no tenían publicada tal información.
Alegación:
En el portal de transparencia del Ayuntamiento de Úbeda hay una página dedicada a la Corporación
municipal en la que se incluye toda la información relativa a los concejales del Ayuntamiento de Úbeda
habiendo, entre otras cosas, un botón debajo de cada uno de ellos con enlace a su declaración de
bienes y actividades al inicio de la legislatura que ha concluido, en esa misma página se recogerá la
declaración de bienes y actividades final que es requerida por la legislación andaluza:
http://ayuntamientodeubeda.com/fondosfeder/corporacion/
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 4 de
7
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Grupo 6 de 10
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
49
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
3
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Por último, en relación con las resoluciones de autorización o reconocimiento de compatibilidad que
afecten a los empleados públicos, así como de autorización de ejercicio de actividad privada al cese de
los altos cargos, 31 entidades87 no tenían publicada esta información.
Alegación:
Desde el departamento municipal encargado de esta cuestión nos informan que no existe página
publicada indicando este aspecto porque no se ha producido el caso entre los empleados e integrantes
de la Corporación Municipal.
Grupo 7 de 10
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
54
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
4 y 5
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
17) Al igual que en materia de prevención, se apreciaron deficiencias en la difusión entre el personal de
las entidades de algunas de las medidas de detección analizadas, tales como la existencia de
indicadores de riesgo o la existencia de canales de denuncia de fraude.
RECOMENDACIÓN N.º 05: Los ayuntamientos de Baeza, La Matanza de Acentejo, Puente Genil,
Reinosa, San Cristóbal de La Laguna, Toledo, Torrelavega, Torrijos y Úbeda y las DDPP de Guadalajara
y Toledo deberían difundir la existencia de los indicadores de riesgo entre el personal en posición de
detectar esas señales de alerta.
Alegación:
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 5 de
7
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
La falta de esta difusión se debe a que no se ha constituido el Comité Antifraude, aspecto sobre el que
se está trabajando actualmente y se espera que lo esté pronto, en ese momento será cuando se
implemente esta difusión entre otros aspectos relevantes para el Plan.
Grupo 8 de 10
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
55
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
3 al 6
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
21) Se detectaron algunas incidencias en relación con la información publicada por las entidades en
sus páginas web, sedes electrónicas y/o portales de transparencia. Con carácter general, era en los
propios PMA donde se establecía la necesidad de que las entidades que los habían aprobado los
publicaran, lo que no llevaron a cabo los ayuntamientos de Santa María de Cayón, Santander y
Santoña. Otras tres entidades tampoco los tenían publicados, pero en estos casos sus planes no
preveían expresamente tal necesidad.
RECOMENDACIÓN N.º 06: Las entidades deberían revisar y mantener actualizada la información
publicada en sus páginas web, sedes electrónicas y/o portales de transparencia.
Los ayuntamientos de Santa María de Cayón, Puente Genil, Santander, Santoña y Úbeda y la Diputación
Provincial de Guadalajara deberían publicar los PMA aprobados en sus páginas web, sedes
electrónicas y/o portales de transparencia.
Alegación:
Actualmente nos encontramos en proceso de actualización y desarrollo de los portales webs del
Ayuntamiento de Úbeda, este proceso afecta también al portal de transparencia. No obstante desde el
principio hemos tenido una página en el portal de transparencia relativa al Plan de Medidas Antifraude
del Ayuntamiento de Úbeda que incluye tanto el Plan con la Declaración Institucional y el Código Ético
de los Empleados Públicos, si bien es cierto que se encuentra en la plataforma antigua del portal de
transparencia y es difícil de localizar. Por ello, aún mantenido dicha página:
https://aytoubeda.transparencialocal.gob.es/es_ES/articulo/plan-antifraude-fondos-next-generation-
europa, hemos procedido a la creación de una nueva en el portal nuevo:
http://transparencia.ayuntamientodeubeda.com/2023/06/01/446/
Grupo 9 de 10
Tipo de alegación
Al cuadro
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 6 de
7
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
109
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
12
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Ayuntamiento de Úbeda 34.208 Si No
Alegación:
Tal y como se indica en la alegación nº 1, el Plan de Medidas de Mejora del Ayuntamiento de Úbeda ha
sido realizado internamente por el Ayuntamiento de Úbeda sin ningún tipo de mediación de entidad
externa.
Grupo 10 de 10
Tipo de alegación
Al anexo
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
121
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
11
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Ayuntamiento de Úbeda 34.208 Si Si No Si Si Si Si No No
Alegación:
Está marcada con X la "Doble Financiación", consideramos que debería estar marcada como cumplida
con icono verde por el motivo indicado en la apelación nº 3: "En el Plan de Medidas Antifraude del
Ayuntamiento de Úbeda en su Anexo VIII Banderas Rojas... (páginas 48-51) y en concreto en materia de
subvenciones públicas se establece una bandera roja: "Incumplimiento del principio de adicionalidad"
que en su primer punto indica: "Existen varios cofinanciados que financian la misma operación". Lo
que manifiesta que la doble financiación si está considerada como una señal de alerta dentro del Plan".
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 7 de
7
11. Alegaciones formuladas por el alcalde del Ayuntamiento de Vélez-
Málaga
Para validar este documento acceda desde un navegador a la dirección
https://sede.velezmalaga.es/validacion e introduzca el siguiente código:
ESCRITO FORMULACIÓN DE ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE
INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES ANTIFRAUDE
APROBADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE PARTICIPEN EN LA
EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
D. ANTONIO MORENO FERRER, ALCALDE PRESIDENTE DEL
ILMO AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA,
EXPONE,
Estando el Excmo Ayuntamiento de Vélez-Málaga, ejecutando diversas subvenciones
sujetas a la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema
de gestión del Plan de Recuperación, T ransformación y Resiliencia, se aprobó con fecha 15
de marzo del 2022 mediante Decreto 1472/2022, el Plan de Medidas Antifraude.
Se ha recibido oficio del Tribunal de Cuentas, relativo a la informe de fiscalización de
los planes antifraude aprobados por las entidades locales que participan en la ejecución de
las medidas del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia.
Estando el Excmo Ayuntamiento de Vélez-Málaga, ejecutando diversas subvenciones
sujetas a la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema
de gestión del Plan de Recuperación, T ransformación y Resiliencia, se aprobó con fecha 15
de marzo del 2022 mediante Decreto 1472/2022, el Plan de Medidas Antifraude.
En cumplimiento del artículo 44 de la citada Ley 7/1988, se han puesto de manifiesto
los resultados de la indicada fiscalización, abriéndose un plazo hasta el próximo 2 de junio
para que el Ayuntamiento, pueda alegar y aportar, en su caso, los documentos y
justificaciones que estime pertinentes en lo que afecte a la entidad fiscalizada de la que es
responsable.
Examinado el anteproyecto del informe de fiscalización, y por medio del presente
escrito y dentro del plazo concedido vengo a presentar las siguientes ALEGACIONES:
En relación a la no publicación de las resoluciones de autorización o reconocimiento
de compatibilidad que afecten a los empleados públicos, así como de autorización de
ejercicio de actividad privada al cese de los altos cargos (página 51 del informe), se ha de
indicar que los mismos se encuentran publicadas en la página web del Ayuntamiento, siendo
el enlace el que a continuación se transcribe:
D. firmado por SELLO DEL REGISTRO ELECTRONICO
D. con Nº Registro: E 2023SD99900000856, Oficina:999 REGISTRO GENERAL. OFICINA DE REGISTRO TELEMATICO, F. Firma: 05/06/2023 08:41:13, F. Registro: 05/06/2023 08:41:02
El documento consta de 2 folios. CSV:
Para validar este documento acceda desde un navegador a la dirección
https://sede.velezmalaga.es/validacion e introduzca el siguiente código:
https://www.velezmalaga.es/index.php?mod=recursos_humanos&tag=acuerdos-y-medidas-
en-materia-de-recursos-humanos
En relación a que el Excmo Ayuntamiento de Vélez-Málaga, no dispone de códigos
éticos (página 28), indicar que mediante acuerdo Plenario de 25 de febrero del 2022, se
aprobó la Declaración Institucional contra el fraude y la corrupción referidos a la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (Se adjunta a la presente alegación, el acta
donde se recoge tal acuerdo), estando de igual manera incluida en el Plan de Medidas
Antifraude como ANEXO I.
Por último, en cuanto a los indicadores de riesgo y la experiencia relativa a la
realización de autoevaluaciones (página 33), indicarle que:
- El Anexo II del Plan de Medidas Antifraude, recoge distintos ejemplos de banderas rojas
- El Anexo IV establece las herramientas de autoevaluación.
- Y en cuanto a la experiencia en la realización de autoevaluaciones, adjunto a la presente
alegación, acta de la realización de autoevaluación del riesgo del fraude.
Por todo ello, solicito sean tenidas en cuenta estas alegaciones presentadas, en la
redacción del Informe de Fiscalización definitivo.
Sin otro particular, reciba un cordial y respetuoso salu do.
Firmado
electrónicamente
por
Antonio
Moreno
Ferrer,
Alcalde,
el
02/06/2023,
a
las
11:44:34.
Vélez-Málaga,
2
de
junio
de
2023
12. Alegaciones formuladas por el presidente del Cabildo Insular de
Gran Canaria
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
VICENTE con DNI ha registrado el trámite Trámite de alegaciones al
Anteproyecto de Informe de FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS
ENTIDADES LOCALES QUE PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. a las 16:10:16, el día 01/06/2023.
Su número de registro es el 202399900044887.
TRÁMITE DE ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN
DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE
PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
Antonio Morales Méndez
DNI:
Cargo:
Presidente del Cabildo de Gran Canaria
Entidad:
Cabildo de Gran Canaria
Periodo:
2019-2023
Correo electrónico:
En caso de que el presidente/a o expresidente/a de la entidad no sea quien vaya a firmar el envío telemático
de las alegaciones, marque "No" y cumplimente la información identificativa del representante. En otro caso
marque "Sí".
No
Persona autorizada para remitir las alegaciones
Nombre y apellidos:
Vicente
DNI:
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 1 de
4
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Cargo:
DIRECTOR INSULAR DE TRANSPARENCIA Y COORDINADOR DE LA OFICINA TÉCNICA PARA EL
IMPULSO DE LA RECUPERACIÓN ECONÓMICA DE GRAN CANARIA
Correo electrónico:
Anexos de la sección:
Nombre: Autorizacion remision alegaciones.report.pdf, Hash: UFSR+OFKTtp8wHtDZIAqcA==
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 3
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
17
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Por otra parte, el SNCA recomienda a las entidades la remisión de los planes aprobados, así como de
cualquier actualización o revisión que se produzca, a través de la dirección de correo electrónico
habilitada que consta en la Guía, a los efectos de lograr su incardinación entre los objetivos de la
Estrategia Nacional Antifraude. Si bien el envío de los planes tiene el carácter de recomendación, y en
ningún caso implica que éstos sean sometidos a evaluación por el SNCA, lo consideran útil para
mejorar la definición de la citada estrategia. Sin embargo, únicamente el 35 % de las 169 entidades que
aprobaron un PMA los remitieron al SNCA
Alegación:
En relación con la recomendación establecida en la guía del SNCA, recogida en la página 17 del
informe, de remitirles los PMA aprobados, le comunicamos que con fecha 29/05/2023 fueron remitidos a
la dirección de correo electrónico habilitada que consta en dicha Guía, a los efectos de lograr su
incardinación entre los objetivos de la Estrategia Nacional Antifraude. (Se adjunta justificante)
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Mensaje de correo electrónico enviado a la SNCA
Documentos:
Nombre: Correo Remision SNCA Plan de Medidas Antifraude Cabildo Insular de Gran Canaria.pdf,
Hash: gV4Te8Orr1P2TSxFmyub/A==
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 2 de
4
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Grupo 2 de 3
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
26
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
A pesar de la necesidad de disponer de estos órganos, el 30 % de las entidades que aprobaron un PMA
a 30 de septiembre de 2022, 50 de ellas, no habían constituido formalmente un comité antifraude,
órgano fundamental para asegurar la implantación de la cultura antifraude (35)
Pie de página nº35: Los ayuntamientos de A Pobra de Trives, Alcubierre, Aranda de Duero, Aranjuez,
Berga, Canovelles, Carreño, Castropol, Ejea de los Caballeros, Gea de Albarracín, La Matanza de
Acentejo, La Sotonera, Leganés, Manresa, Manzanares, Marín, Oia, Palencia, Paradela, Parla, Pinto,
Pollença, Puente Genil, Reinosa, Roses, Salas, San Cristóbal de La Laguna, San Javier, San Xoán de
Río, Santa María de Cayón, Santiago de Compostela, Santoña, Sanxenxo, Sevilla, Torrelodones,
Torrijos, Úbeda, Zamora y Zaragoza; las DDPP de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Granada,
Guadalajara, Lleida y Tarragona y el CI de Gran Canaria; el Consorcio de les Vies Verdes de Girona, la
Mancomunidad del Alto Valle de Aragón y el Patronat Municipal de Cultura de les Franqueses del Vallès
no habían constituido formalmente su comité antifraude.
Alegación:
En relación con lo recogido en el informe, en las páginas 25 y 26, respecto a la creación de los comités
antifraude, en el PMA del Cabildo Insular de Gran Canaria se estableció dentro del apartado de
Detección el sistema de comunicación. Dentro del mismo se recogió que se “comunicaría los hechos
producidos y las medidas adoptadas en el más breve plazo posible a la comisión u órgano
correspondiente establecido al efecto”. En este sentido hay que decir, que con carácter previo a la
aprobación del PMA se creó el 29/07/2021 por el “Decreto 13/21, por el que se crea la Comisión de
Coordinación de la Gestión de los Fondos Europeos y su Oficina Técnica”, una Oficina Técnica en
cuyas funciones estaba la de “efectuar la coordinación y seguimiento de los proyectos y acciones del
referido Plan”. La intención tras la aprobación del PMA era que esta Oficina Técnica ya creada y
compuesta por personal con experiencia en control, auditoría y análisis de proyectos, hiciera la primera
valoración de cualquier denuncia, que hasta la fecha no se ha recibido ninguna, que se produjera a
través del buzón antifraude relativo al PRTR. (Se adjunta el Decreto 13/2021)
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Decreto de Creación de Oficina Next Generation y sus funciones de seguimiento de proyectos
Documentos:
Nombre: DECRETO 13-21 Creac.ComiteCoordin. Fondos EuropeosyOfic.Tec.pdf.pdf, Hash:
+eabHZecz5P4ruYZsDwlMQ==
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 3 de
4
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Grupo 3 de 3
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
40
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
El 34 % de las entidades que aprobaron un PMA a 30 de septiembre de 2022, 57 de ellas69, no tenían
establecidos canales para que cualquier persona, perteneciente o ajena a la organización, pudiera
interponer denuncias por supuestos casos de fraude, corrupción o conflicto de interés, así como
sospechas de doble financiación ocurridas o presuntamente producidas. El detalle de las entidades
que no disponían de canales de denuncias se recoge en el anexo X (70.)
Pie de página nº70: Entre las entidades que no tenían establecidos canales de denuncia destacaron,
por su población, los ayuntamientos de Leganés, Logroño, Málaga, San Cristóbal de La Laguna,
Pamplona, Santander, Sevilla, Teruel y las DDPP de A Coruña, Albacete, Cuenca, Guadalajara, León,
Soria, Tarragona y Toledo y el CI de Gran Canaria. Con posterioridad, el Ayuntamiento de Teruel
dispuso de un canal de denuncias desde 1 de febrero de 2023.
Alegación:
En relación con la ausencia de canal de denuncias recogido en la página 40 del informe, el mismo
estaba habilitado desde finales de 2022 en la página web del Cabildo Insular de Gran Canaria.
Existiendo un enlace con toda la información relevante del MRR,
https://transparencia.grancanaria.com/oficina-tecnica-next-generation, siendo el específico del “Buzón
Antifraude relativo al PRTR” https://transparencia.grancanaria.com/buzon-antifraude. Con ello se da
cumplimiento a lo establecido en el Plan de Medidas Antifraude para la ejecución de las medidas del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Cabildo Insular de Gran Canaria.
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 4 de
4
13. Alegaciones formuladas por el presidente de la Diputación
Provincial de Cáceres
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
FERNANDO con DNI ha registrado el trámite Trámite de alegaciones al
Anteproyecto de Informe de FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS
ENTIDADES LOCALES QUE PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. a las 14:51:54, el día 01/06/2023.
Su número de registro es el 202399900044874.
TRÁMITE DE ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN
DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE
PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
Carlos Carlos Rodríguez
DNI:
Cargo:
Presidente de la Diputación de Cáceres
Entidad:
Diputación de Cáceres
Periodo:
Desde 12/01/2021 hasta la actualidad
Correo electrónico:
En caso de que el presidente/a o expresidente/a de la entidad no sea quien vaya a firmar el envío telemático
de las alegaciones, marque "No" y cumplimente la información identificativa del representante. En otro caso
marque "Sí".
No
Persona autorizada para remitir las alegaciones
Nombre y apellidos:
FERNANDO
DNI:
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 1 de
3
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Cargo:
DIRECTOR DE LAS ÁREAS DE PRESIDENCIA, HACIENDA Y ASISTENCIA A ENTIDADES LOCALES
Correo electrónico:
Anexos de la sección:
Nombre: report_1685532714310_autorizacion presentac telematica alegaciones T Ctas.pdf, Hash:
33aLzsE9Eem8XBiwyv3B9Q==
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 1
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
19
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
1
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Las 47 entidades restantes24, el 28 %, externalizaron su elaboración con terceros, fundamentalmente a
través de contratos menores...
Nota al pie:
24 Los ayuntamientos de .........las DDPP de Cáceres..... externalizaron la elaboración de sus PMA.
Alegación:
Se presenta esta alegación para aclarar que la elaboración del PMA de la Diputación Provincial de
Cáceres se realizó por personal propio, externalizando únicamente una mentorización o tutorización
pero no su elaboración.
Como prueba de lo comentado, se adjunta Resolución de concesión del contrato menor
correspondiente al expediente 25-2022, siendo el adjudicatario D. Rafael Jiménez Asensio, catedrático
de Universidad, siendo el objeto de la contratación, según página 4 del documento de concesión, el
siguiente:
"Talleres de mentorización y tutorización para la elaboración de un plan de medidas antifraude de la
Diputación de Cáceres y su adaptación a los municipios de la provincia"
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 2 de
3
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Documentos (descripción de los documentos aportados):
RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN_Expediente 25-2022_Rafael Jiménez Asensio
Documentos:
Nombre: EXPDTE 25-2022 PLAN INTEG - RES RAFAEL J.pdf, Hash: sAAWReX4Xc6kS7geUdYBqw==
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 3 de
3
14. Alegaciones formuladas por el presidente de la Diputación
Provincial de Cádiz
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
ANTONIO con DNI ha registrado el trámite Trámite de alegaciones al
Anteproyecto de Informe de FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS
ENTIDADES LOCALES QUE PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE
RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. a las 08:44:04, el día 26/05/2023.
Su número de registro es el 202399900043069.
TRÁMITE DE ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN
DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE
PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
Juan Carlos Ruiz Boix
DNI:
Cargo:
Presidente de la Diputación de Cádiz
Entidad:
Diputación de Cádiz
Periodo:
Del 01/07/22 hasta la actualidad
Correo electrónico:
En caso de que el presidente/a o expresidente/a de la entidad no sea quien vaya a firmar el envío telemático
de las alegaciones, marque "No" y cumplimente la información identificativa del representante. En otro caso
marque "Sí".
No
Persona autorizada para remitir las alegaciones
Nombre y apellidos:
Antonio
DNI:
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 1 de
5
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Cargo:
Jefe de la Unidad de Verificación y Control Antifraude
Correo electrónico:
Anexos de la sección:
Nombre: Autorizacion remision alegaciones firmado.pdf, Hash: 6OkKymSrSkyqr3sCqTELRg==
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 5
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
27
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
Primer párrafo.
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Además de las 17 entidades que no contaban con un comité, se verificaron incidencias en los
ayuntamientos de Cádiz y Huelva y la DP de Cádiz que sí disponían, en tanto que estos órganos no
habían comenzado a funcionar, a fecha de cierre de los trabajos.
Alegación:
Desde la fecha de la emisión de las últimas alegaciones, el Comité Antifraude de la Diputación de Cádiz
se ha constituido, y ha iniciado sus trabajos de la forma establecida en el PMA. Se adjuntan los
decretos de constitución, de funciones propias del comité y de la convocatoria de la primera reunión
celebrada al efecto.
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Se adjuntan los decretos de constitución, de funciones propias del comité y de la convocatoria de la
primera reunión celebrada al efecto.
Documentos:
Nombre: Decreto_Funciones_Comite_Antifraude.pdf, Hash: QmCMnqWvv4B1PNHT97CXIQ==
Nombre: Decreto_constitucion_Comite_Antifraude.pdf, Hash: 8yQIPXl8TR2CuCdk8tVOKw==
Nombre: Decreto_Convocatoria_Primera Reunion.pdf, Hash: 0cCl5JfR7I3zZVjafVflcA==
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 2 de
5
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Grupo 2 de 5
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
29
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
2) Análisis específico TCu
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
A este respecto, la DP de Cádiz fue la única entidad que estableció normas específicas diferentes del
principio general de rechazar cualquier regalo, favor o servicio en condiciones ventajosas que vaya
más allá de los usos habituales, sociales y de cortesía, previsto para la política de regalos en el citado
artículo 54, admitiendo determinados tipos de regalos u hospitalidades, siempre que no sobrepasasen
la cuantía de 150 euros.
Alegación:
Por parte de esta Diputación inferimos que el párrafo sobre el que se alega, da lugar a dudas y malas
interpretaciones, pudiendo dar a entender que se admiten cualquier tipo de regalos siempre que sea
inferior a 150 euros.
La interpretación que esta Diputación siempre ha dado al punto 4. de la página 8 del código de buen
gobierno de la FEMP, es que no se aceptarán recibirán o solicitarán, directamente o a través de
terceros, regalos que sobrepasen los usos habituales, sociales o de cortesía por parte de entidades o
personas. LIMITANDOSE estos regalos a un máximo de 150 euros y no admitiéndose ningún regalo
(independientemente de que pueda encontrarse bajo ese umbral) si no corresponden a usos
habituales, sociales o de cortesía.
No obstante para eliminar cualquier controversia y aprovechando que debido al inminente cambio de
corporación procede la revisión obligatoria del PMA, se introducirá en el mismo una cláusula
aclaratoria y se procederá a elevar por medio del Comité Antifraude la actualización del Código de
Buen Gobierno.
Grupo 3 de 5
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
35
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 3 de
5
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
segundo
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
De las entidades analizadas, únicamente dos, las DDPP de A Coruña y Cádiz, indicaron haber tenido
incidencias previas a su participación en el PRTR en relación con la doble financiación en la gestión de
fondos europeos. En la DP de A Coruña, estas incidencias estuvieron vinculadas a beneficiarios de
subvenciones, mientras que en la de Cádiz se detectaron casos en los que no se apreciaba una
contabilidad separada y en los que existían errores u omisiones en los controles, por lo que la entidad
retiró los gastos asociados.
Alegación:
Matizar que las incidencias a las que se hace referencia fueron detectadas por la Unidad de Verificación
y Control Antifraude dentro de sus funciones de Control de Primer Nivel de Fondos Europeos y sus
labores habituales de control y verificación de subvenciones.
Es decir se trata de controles internos y no externos, PREVIOS a las validaciones de gastos .Como
consecuencia se retiraron los gastos en las validaciones en algunos casos, y en otros se declararon
directamente no elegibles. Para ello, se desarrollaron herramientas específicas como manuales,
reglamentos y listas de comprobación de uso interno. Los controles en el caso de Fondos Europeos,
implicaron a la Diputación de Cádiz, y a numerosas Entidades Locales y Privadas beneficiarias de
proyectos en los que la Diputación era Organismo Intermedio, Beneficiario Principal o Jefe de Filas.
Así más que la redacción expresada en el anteproyecto debería ser en la forma que se indica como
ejemplo : "mientras que la de Cádiz detectó en sus controles internos previos, casos en los que no se
apreciaba una contabilidad separada y en los que existían errores u omisiones en los controles, por lo
que la Diputación retiró de forma preventiva los gastos asociados previo a las validaciones de los
diferentes beneficiarios afectados."
Grupo 4 de 5
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
38
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
segundo
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Las tareas de consulta fueron realizadas por personal perteneciente a los servicios de contratación,
intervención, asesoría jurídica y gestión económica de las entidades y, en el caso del Ayuntamiento de
La Matanza de Acentejo y la DP de Cádiz, también por el personal de sus comités antifraude.
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
Página 4 de
5
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Alegación:
En el caso de la DP de Cádiz, las tareas de consulta no fueron realizadas por el personal de su comité
antifraude, sino por el personal de su unidad de control antifraude.
Grupo 5 de 5
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
41
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
apartado 74 del último párrafo
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
74 Los ayuntamientos de Cádiz, La Matanza de Acentejo, San Javier y Torrelavega y las DDPP de
Cáceres, Cádiz, Ciudad Real y Granada no disponían de unidades especializadas encargadas de
examinar las denuncias recibidas.
Alegación:
En la versión revisada del PMA de diputación de diciembre de 2022, se indica en su página 29 lo
siguiente en relación al tema "La Unidad de Verificación y Control Antifraude estará encargada de
examinar las denuncias que pudieran llegar, evaluar situaciones que puedan ser constitutivas de
fraude o corrupción y en su caso, comunicarlas a la entidad que correspondan.
buzon.denuncias.nextgen@dipucadiz.es"
Indicar asimismo que pueden descargarse toda la información relativa a las medidas antifraudes del
PRTR de la diputación de Cádiz, a través del siguiente enlace: https://www.dipucadiz.es/antifraude/
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Carpeta PDF con el nuevo PMA y sus anexos.
Documentos:
Nombre: PMA diputacion dic 2022_con anexos.pdf, Hash: eaFzF1CmskxmmhH7d7JJxg==
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
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15. Alegaciones formuladas por el presidente de la Diputación
Provincial de Granada
Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
JOSE ENTRENA AVILA con DNI ha registrado el trámite Trámite de alegaciones al Anteproyecto
de Informe de FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS ENTIDADES
LOCALES QUE PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA. a las 11:49:39, el día 30/05/2023.
Su número de registro es el 202399900044019.
TRÁMITE DE ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN
DE LOS PLANES ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE
PARTICIPEN EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.
FORMULARIO 1: IDENTIFICACIÓN
Identificación del alegante
Nombre y apellidos:
José Entrena Ávila
DNI:
Cargo:
Presidente de la Diputación de Granada
Entidad:
Diputación de Granada
Periodo:
Junio 2019 - Junio 2023
Correo electrónico:
En caso de que el presidente/a o expresidente/a de la entidad no sea quien vaya a firmar el envío telemático
de las alegaciones, marque "No" y cumplimente la información identificativa del representante. En otro caso
marque "Sí".
FORMULARIO 2: ALEGACIONES
Alegaciones al anteproyecto
Grupo 1 de 8
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
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Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
26
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
Nota al pie 35
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
DP de Granada no había constituido formalmente su comité antifraude.
Alegación:
En el momento en el que el TC llevó a cabo su actuación fiscalizadora efectivamente no estaba
formalmente constituido el comité antifraude. No obstante, el pasado 12 de diciembre de 2022 tuvo
lugar la constitución.
Documentos (descripción de los documentos aportados):
Borrador del acta de constitución del comité antifraude
Documentos:
Nombre: ActaReunionComiteAntifraudeNGEU20221212.doc, Hash: Dfz11Ey+JgyeAF+rukMREQ==
Grupo 2 de 8
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
31
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
Último
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Los PMA de ... y la DP de Granada no preveían su revisión en caso de detección de un caso de fraude,
ni si hubiese cambios significativos en los procedimientos o en el personal, en contra de las citadas
prescripciones.
Alegación:
En la próxima revisión del PMA se incluirán como motivos de revisión del mismo
- la detección de un caso de fraude
- la modificación significativa de los procedimientos relacionados con la gestión de subproyectos
- la modificación significativa del personal implicado en la gestión de subproyectos
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
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Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Grupo 3 de 8
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
37
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
Nota al pie 62
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Entre las entidades que no habían efectuado tales comprobaciones ( no realizaron consultas a las
BBDD existentes con el objetivo de conocer posibles vinculaciones entre empresas y/o participantes
en los procedimientos de concesión de ayudas o de adjudicación de contratos) destacaron, por su
población, los ... y las DDPP de ... Granada
Alegación:
En el momento de elaborar el PMA en la DP de Granada no disponíamos del software necesario para
llevar a cabo las comprobaciones a las que se refiere el texto.
Con la puesta en marcha de la aplicación "Minerva" por parte de la AEAT y su conexión con el sistema
Coffee, sí podemos llevarlas a cabo y así se está haciendo.
Está previsto que esta circunstancia, así como las derivadas de la entrada en vigor de la Orden
HFP/55/2023, se reflejen en la próxima revisión del PMA
Grupo 4 de 8
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
41
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
2
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Para acceder a los canales de ... DDPP de ... Granada era preciso acceder previamente a la publicación
de sus respectivos PMA, para identificar así los mecanismos existentes y las vías disponibles de
comunicación, lo que dificultaba su utilización.
Alegación:
Desde la DP de Granada se van a llevar a cabo actuaciones conducentes a hacer mas accesible el
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
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Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
acceso a los mecanismos de denuncia. En concreto se habilitará el acceso directo a canal de
denuncias directamente desde la páginas web.
Grupo 5 de 8
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
41
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
Nota al pie 74
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Los ... las DDPP de ... Granada no disponían de unidades especializadas encargadas de examinar las
denuncias recibidas.
Alegación:
Desde la DP de Granada se va designar una unidad especializada en cargada de examinar las
denuncias recibidas.
Grupo 6 de 8
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
42
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
Nota al pie 76
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Los ... DDPP de ... Granada no habían establecido medidas solventes destinadas a salvaguardar la
confidencialidad de los denunciantes.
Alegación:
Desde la DP de Granada se van a llevar a cabo actuaciones conducentes al establecimiento de medidas
solventes destinadas a salvaguardar la confidencialidad de los denunciantes.
Grupo 7 de 8
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
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Documento firmado electrónicamente por el Tribunal de Cuentas.
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación (CSV) en https://sede.tcu.es
CSV:
Tipo de alegación
Al texto
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
43
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
5
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
Los procedimientos de ... la DP de Granada no preveían la revisión de los proyectos, subproyectos o
líneas de acción que hubiesen podido estar expuestos al fraude.
Alegación:
En la próxima revisión del PMA se incluirá la revisión de los proyectos, subproyectos o líneas de
acción que hubiesen podido estar expuestos al fraude.
Grupo 8 de 8
Tipo de alegación
Al cuadro
Número de página del texto (o número de cuadro o anexo):
97
Párrafo del texto (o línea del cuadro o anexo):
8
Texto sobre el que se presentan alegaciones:
La DP de Granada no ha llevado a cabo una autoevaluación previa de sus procedimientos
Alegación:
La DP de Granada ha realizado la evaluación de sus procedimientos en el propio PMA.
Además la DP de Granada había realizado con anterioridad la evaluación de sus procedimientos en el
marco de otras iniciativas europeas (EDUSI)
Justificante de registro de la Sede Electrónica del Tribunal de Cuentas
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16. Alegaciones formuladas por el presidente de la Diputación
Provincial de Guadalajara
Diputación de Guadalajara
ALEGACIONES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA AL
ANTEPROYECTO DE INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS PLANES
ANTIFRAUDE APROBADOS POR LAS ENTIDADES LOCALES QUE PARTICIPEN
EN LA EJECUCIÓN DE LAS MEDIDAS DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
TRIBUNAL DE CUENTAS
SECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
DEPARTAMENTO DE ENTIDADES LOCALES
José Luis Vega Pérez, representante legal de la Diputación Provincial de Guadalajara,
en calidad de Presidente de la misma, ante ese Tribunal de Cuentas comparezco y
como mejor proceda en Derecho DIGO,
Que de conformidad con la comunicación recibida de esa Sección de Fiscalización,
Departamento de Entidades Locales, del Tribunal de Cuentas, el cual en ejercicio de la
función fiscalizadora que tiene conferida ha remitido el Anteproyecto de Informe de
Fiscalización de los Planes Antifraude aprobados por las Entidades Locales que
participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, dentro del plazo conferido al efecto, hasta el 2 de junio de 2023, esta
Diputación Provincial, cuyo Plan de Medidas Antifraude fue aprobado en Junta de
Gobierno de 20/09/2022, viene a realizar las siguientes ALEGACIONES:
PRIMERA.- En relación con la recomendación núm. 4 del Anteproyecto de Informe,
relativa a las carencias en la difusión entre el personal de la Diputación Provincial de
Guadalajara respecto de las medidas de prevención analizadas, como sean la
comunicación de la existencia de las políticas antifraude y los códigos éticos
aprobados, esta Diputación Provincial de Guadalajara ha procedido a dar
cumplimiento estricto a dicha recomendación, difundiendo los códigos éticos y/o de
conducta aprobados, al objeto de facilitar su conocimiento y fomentar su cumplimiento.
En este sentido, se ha procedido a recoger en la plataforma intranet, a la que tiene
acceso todo el personal de la Diputación para la solicitud de vacaciones, permisos,
consulta de nóminas, etc. el texto íntegro del Plan de Medidas Antifraude de la
Diputación Provincial de Guadalajara.
Se adjunta imagen acreditativa del anterior extremo, como doc. núm. 1
SEGUNDA.- En relación con la recomendación núm. 5 del Anteproyecto de Informe,
relativa a las deficiencias en la difusión entre el personal de la Diputación Provincial
Diputación de Guadalajara
Plaza Moreno, 10, Guadalajara. 19001 (Guadalajara). Tfno. 949887500. Fax:
Cód. Validación:
Verificación: https://dguadalajara.sedelectronica.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 4
Presidente
Fecha Firma: 01/06/2023
HASH:
Diputación de Guadalajara
de algunas de las medidas de detección analizadas, como la existencia de indicadores
de riesgo o la existencia de canales de denuncia de fraude, esta Diputación Provincial
de Guadalajara ha procedido a dar cumplimiento estricto a dicha recomendación,
difundiendo la existencia de los indicadores de riesgo entre el personal en posición de
detectar esas señales de alerta, esto es, los Jefes de Servicio, como gestores de
expedientes donde puedan manejarse fondos del PRTR, así como se ha remitido, con
carácter general a todo el personal de la Diputación el Plan de Medidas Antifraude
íntegro, para dar cumplimiento a la recomendación núm. 5 y complementar el alcance
de la difusión recomendada en el apartado anterior (recomendación núm. 4).
En este sentido, se ha procedido a remitir por correo electrónico corporativo desde la
Secretaría General la información específica de las banderas rojas a analizar por los
Jefes de Servicio, y la totalidad del Plan de Medidas Antifraude, por la misma vía, a
todo el personal de la Diputación Provincial de Guadalajara.
Se pretende así dar a conocer los indicadores de alerta, que obligan a los
responsables de los Servicios administrativos a permanecer vigilantes y a adoptar las
medidas necesarias para confirmar que no existe un riesgo de fraude, por un lado; y,
por otro, a posibilitar que cualquier persona dependiente de esta Administración
acceda al Plan íntegro y pueda, de la mano del cumplimiento de la recomendación
núm. 6 que en la Alegación tercera se expondrá, denunciar cualquier posible infracción
al respecto.
Se copias de los correos acreditativos del anterior extremo, como doc. núm. 2 y 3
TERCERA.- En relación con la recomendación núm. 6 del Anteproyecto de Informe,
relativa a incidencias detectadas en relación con la información publicada por la
Diputación Provincial de Guadalajara en páginas web, sedes electrónicas y/o portales
de transparencia, respecto de lo cual Tribunal de Cuentas recomienda mantener
actualizada la información publicada en estos medios, y, especialmente, publicar el
Plan de Medidas Antifraude, esta Diputación Provincial de Guadalajara ha procedido a
dar cumplimiento estricto a dicha recomendación, publicando el Plan de Medidas
Antifraude en el Portal de Transparencia como medida de publicidad activa, de libre
consulta para cualquier persona interesada
(https://transparencia.dguadalajara.es/transparencia-institucional/plan-medidas-
antifraude/) y en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Guadalajara ( Sede
Electrónica de Guadalajara (sedelectronica.es), donde se incorpora además
seguidamente el canal de denuncias.
Se adjuntan imágenes acreditativas de los anteriores extremos, como doc. núm. 4 en
relación con el Portal de Transparencia, y como doc. núm. 5 en relación con la sede
Diputación de Guadalajara
Plaza Moreno, 10, Guadalajara. 19001 (Guadalajara). Tfno. 949887500. Fax:
Cód. Validación:
Verificación: https://dguadalajara.sedelectronica.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 4
Diputación de Guadalajara
electrónica.
CUARTA.- Respecto de las diversas consideraciones que el Anteproyecto de Informe
recoge, esta Diputación Provincial aprobó tardíamente el Plan de Medidas Antifraude
y, por un error en la continuidad del procedimiento, una vez aprobado por órgano
competente, no se llevó a cabo la necesaria y recomendada publicidad, que ahora se
subsana a la vista de las recomendaciones de ese Tribunal de Cuentas. Por otra parte,
constituido el Comité Antifraude que dicho Plan prevé, se están llevando a cabo las
funciones encomendadas.
QUINTA.- Finalmente, en cuanto a las diversas consideraciones que el Anteproyecto
de Informe recoge en relación con la actualización de la información y los datos
económicos relativos a retribuciones anuales percibidas por altos cargos y máximos
responsables de la Diputación Provincial de Guadalajara, indicar que, efectivamente,
la información que aparece reflejada en el Portal de Transparencia está viva, va
actualizándose periódicamente, constando actualmente todos los datos al respecto en
el mismo y de varias anualidades (Régimen de Dedicación y Retribuciones de Cargos
Electos | (dguadalajara.es).
En su virtud, SUPLICO AL TRIBUNAL DE CUENTAS tenga por presentado en tiempo
y forma este escrito, se sirva admitirlo y proceda a tener por hechas estas
manifestaciones y por subsanadas las deficiencias detectadas en el Anteproyecto de
Informe de Fiscalización de los Planes Antifraude aprobados por las Entidades Locales
que participen en la ejecución de las medidas del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia tras haber observado y cumplido las recomendaciones
de ese Tribunal de Cuentas.
Por ser de justicia que pido en Guadalajara, a fecha de firma electrónica
Diputación de Guadalajara
Plaza Moreno, 10, Guadalajara. 19001 (Guadalajara). Tfno. 949887500. Fax:
Cód. Validación:
Verificación: https://dguadalajara.sedelectronica.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 4
Diputación de Guadalajara
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE
Diputación de Guadalajara
Plaza Moreno, 10, Guadalajara. 19001 (Guadalajara). Tfno. 949887500. Fax:
Cód. Validación:
Verificación: https://dguadalajara.sedelectronica.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 4

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