STSJ Castilla y León 1055, 6 de Marzo de 2006

PonenteRAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA
ECLIES:TSJCL:2006:1055
Número de Recurso272/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1055
Fecha de Resolución 6 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL VALLADOLID SENTENCIA: 00272/2006 Ilmos. Sres: Rec. Núm: 272 /2006 Dª Mª Luisa Segoviano Astaburuaga Presidente D. Emilio Alvarez Anllo D.Rafael Antonio López Parada/

En Valladolid, a seis de Marzo de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid compuesta por los Ilmos.Sres anteriormente citados ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación Número 272 de 2006 interpuesto por EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia del Juzgado de lo Social de Palencia Número Dos de fecha 14 de Diciembre de 2005, (autos nº403/05), dictada a virtud de demanda promovida por Elvira , contra las Entidades demandadas y recurrentes, sobre INCAPACIDAD PERMANENTE , ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Rafael Antonio López Parada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 16 de septiembre de 2005 se presentó en el Juzgado de lo Social de Palencia Número Dos , demanda formulada por la parte actora en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Interpuesto recurso de suplicación contra la sentencia dictada y como hechos probados constan los siguientes:

PRIMERO

La actora Dª Elvira figura afiliada al RETA como profesora de yoga e inglés con el número de afiliación NUM000 . La actora siguió autos de incapacidad permanente en- este mismo Juzgado dando lugar al procedimiento 189/2003 en el que recayó sentencia desestimatoria confirmada por recurso de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León sede Valladolid en Recurso de Suplicación 2142/2003.

SEGUNDO

Iniciado expediente de incapacidad permanente ante la Dirección Provincial del INSS se objetivan las -lesiones que obran al folio 25 y siguientes de autos por el EVI en fecha 18-4-2005.

Por resolución de 7-6-2005 se deniega la invalidez permanente formulando reclamación previa en vía administrativa y resolviendo en sentido desestimatorio el 28~7-2005, presentando demanda en vía judicial en reclamación de PRESTACIONES POR INCAPACIDAD PERMANENTE solicitando "se dicte sentencia en la que, estimando la presente demanda, declare a la trabajadora demandante en situación de incapacidad permanente absoluta para todo trabajo, con derecho a percibir una pensión equivalente al 100 por ciento de su base reguladora de 768,72 ~; subsidiariamente declare la situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de profesora de yoga e inglés con derecho a percibir una pensión equivalente al 55 por ciento de su base reguladora de 768,72 ~; condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad Social a estar y pasar por tales declaraciones y al pago de la correspondiente prestación económica, con los incrementos y mejoras legales que procedan, y efectos desde el día 21 de abril de 2005".

TERCERO

La base reguladora de la prestación solicitada es de 768,72 ..

CUARTO

La actora presenta un trastorno bipolar crónico y episódico. Conforme obra al informe de Salud Mental obrante al folio 33 de las actuaciones. La paciente se ha visto obligada por prescripción médica a dejar de vivir sóla conviviendo con su madre que hace una labor de contención y apoyo y que en los episodios agudos que se le presentan el desencadenante siempre han sido las dificultades laborales o relaciones familiares y sociales.

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