STSJ Canarias 544, 15 de Febrero de 2006
Ponente | JUAN JIMENEZ GARCIA |
ECLI | ES:TSJICAN:2006:544 |
Número de Recurso | 1565/2005 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 544 |
Fecha de Resolución | 15 de Febrero de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de Febrero de 2006
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS formada por los Iltmos. Sres D./Dña. Humberto Guadalupe Hernández Presidente, D./Dña. Mª Jesús García Hernández y D./Dña. Juan Jiménez García (Ponente) Magistrados, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de suplicación interpuesto por Rodrigo contra sentencia de fecha 7 de febrero de 2005 dictada en los autos de juicio nº 1125/2004 en proceso sobre DESPIDO, y entablado por D./Dña. Rodrigo, contra SERVICIO JOFACHE,S.L. Y DACHEFA,S.L. Y EL FONDO DE GARANTÍA SALARIAL .
El Ponente, el Iltmo./a Sr./a. D./Dña. Juan Jiménez García, quien expresa el criterio de la Sala.
La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente
El actor ha prestado sus servicios en la empresa Jofache S.L, con la categoría profesional de Vigilante, con antigüedad desde el 17 de octubre de 2003 y salario diario con prorrata de pagas extras de 33,13 euros.
El actor suscribió en dicha fecha con la empresa referida, contrato de obra o servicios determinado para prestar labores de guardián de obra (vigilante) en la obra sita en la Isleta, Saneamientos la Isleta, respondiendo el servicio a la subcontratación que la empresa Servicios Jofache S.L tenía con la empresa principal Ferrovial Agromán S.A para servicios de guardianes de obra, siendo su duración hasta fin de obra.
El 30 de septiembre de 2004 la empresa Ferrovial Agroman S.A. da por finalizada la relación que le unía con la empresa Servicios Jofache S.L, fecha en la que cesan todos los servicios de prestación de guardias en las obras.
El actor comenzó a disfrutar de sus vacaciones el día 20 de septiembre de 2004, disfrutando de dieciséis días. El actor se incorpora el 6 de octubre de 2004.
Cuando el actor se pretende incorporar a la empresa, el día 6 de octubre de 2004, se le comunica la extinción de su contrato ya que la empresa ya no presta los servicios de guardianes, sino que actualmente los presta la empresa Dachefa S.L pudiendo acudir el actor a la nueva empresa si quiere seguir prestando los servicios de vigilante.
El actor no acudió a la nueva empresa.
La nueva empresa Dachefa S.L, fue constituida con carácter unipersonal por Doña Camila, hija de dos de los socios fundadores de Servicios Jofache S.L, mediante escritura otorgada en Las Palmas de G.C el 27 de febrero de 2004, dentro del objeto social de ambas se encontraba la prestación de servicios de mantenimiento y control de bienes muebles o inmuebles.
El actor presenta la papeleta de conciliación el 9 de noviembre de 2004, se celebra el acto sin avenencia el 24 de noviembre de 2004, se presenta la demanda ante el Decanato de los Juzgados de Las Palmas el 26 de noviembre de 2004.
El actor no ostenta ni ha ostentado en el año anterior al despido la cualidad de representante sindical.
La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: Que debo desestimar y desestimo la demanda de Juicio ordinario por despido, interpuesta por DON Rodrigo, frente a las empresas SERVICIOS JOFACHE S.L y DACHEFA S.L., así como frente al FOGASA, declarando la existencia de caducidad de la acción, absolviendo a los demandados de los pedimentos deducidos frente a ellos.
Frente a dicha resolución se interpuso el recurso de Suplicación, que no fue impugnado de contrario.
La sentencia de instancia desestima la demanda de despido formulada por el actor al estimar la excepción de caducidad de la acción alegada por una de las empresas demandadas.
Frente a la referida sentencia reacciona la parte actora mediante recurso de Suplicación y al amparo del apartado a) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral formula un primer motivo para que se reponga los autos al...
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