El impacto medioambiental de la obsolescencia programada en el tráfico jurídico externo: la actuación de las organizaciones internacionales en la sostenibilidad

AutorLidia Moreno Blesa
Cargo del AutorProfesora Ayudante Doctora de Derecho Internacional Privado Universidad Complutense de Madrid
Páginas69-96
EL IMPACTO MEDIOAMBIENTAL DE LA
OBSOLESCENCIA PROGRAMADA EN EL
TRÁFICO JURÍDICO EXTERNO: LA ACTUACIÓN
DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES
EN LA SOSTENIBILIDAD
EL IMPACTO MEDIOAMBIENTAL DE LA OBSOLESCENCIA PROGRAMADA EN EL TRÁFICO JURÍDICO EXTERNO...
LIDIA MORENO BLESA
Profesora Ayudante Doctora de Derecho Internacional Privado
Universidad Complutense de Madrid
lidimore@ucm.es
SUMARIO: 1. CONSIDERACIONES PREVIAS; 2. TIPOS DE
OBSOLESCENCIA PROGRAMADA; 3. LA ACTUACIÓN DE LA
UNIÓN EUROPEA Y DE ALGUNOS ESTADOS MIEMBROS; 4.
NORMAS DE CONSUMO; 5. REGULACIÓN MEDIOAMBIEN-
TAL; 5.1. Competencia judicial internacional; 5.2. Derecho
aplicable; 6. CONCLUSIONES.
1. CONSIDERACIONES PREVIAS
Actualmente es posible constatar la existencia de un comportamien-
to empresarial destinado a limitar la vida útil de ciertos bienes1. Se trata
de programar unos defectos en el funcionamiento de los productos,
con el objetivo de incrementar la sustitución de unos por otros2 y, de
1 Incluso se ha llegado a plantear la presencia de un comportamiento deliberado de
supresión de invenciones y descubrimientos, que podrían amenazar el statu quo de las
grandes multinacionales que controlan el mercado, entre otros, de la medicina o de las
fuentes de energía alternativa. Véase al respecto EISEN, J. (2001). Supressed inventions &
Other Discoveries, Nueva York: The Berkley Publishing Group.
2 WALDMAN, M. (1993). A new perspective on planned obsolescence, The Quaterly
Journal of Economics, vol. 108, n.º 1, pp. 273-283; SINGH P. y SANDBORN, P. (2006).
Obsolescence driven design refresh planning for sustainment-dominated systems, The
Engineering Economist, vol. 51, n.º 2, pp. 115-139.
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esa manera, conseguir un aumento de los ingresos en las industrias
involucradas en su fabricación. Su irrupción en el panorama mundial
cobra especial protagonismo durante todo el transcurso del siglo XX3,
y en la actualidad se han vertido comentarios en contra de la misma4.
Incluso están tratando de minimizarla a través de la activación de las
vías legales adecuadas5. En concreto, estos comportamientos no han
pasado desapercibidos para las organizaciones internacionales, que
han tomado cartas en el asunto para eliminar o tratar de reducir lo
máximo posible tales conductas. Podemos citar, en primer lugar, la
labor desarrollada por las Naciones Unidas, a través de los Objetivos
de Desarrollo Sostenible. Al respecto, los jefes de Estado y de Gobierno
y altos representantes, reunidos en la Sede de las Naciones Unidas en
Nueva York del 25 al 27 de septiembre de 2015, acordaron los nuevos
Objetivos de Desarrollo Sostenible de alcance mundial, a través de la
3 Sus precedentes pueden verse en SOTO PINEDA, J. A. (2015). En torno a la relevan-
cia jurídica de una estrategia empresarial consolidada y subyacente: La obsolescencia
programada, Colección Enrique Low Murtra: Derecho económico, tomo X, Editorial Uni-
versidad Externado de Colombia, Bogotá, pp. 341 y ss. Además, dicho autor señala que,
en la actualidad, es común observar entre los consumidores una cierta añoranza por los
productos fabricados en épocas pretéritas, los cuales en muchas circunstancias continúan
cumpliendo la funcionalidad para la cual fueron creados. Esa es la mejor prueba de la
variación que se ha dado en los derroteros empresariales, lo que evidencia que no hay
verosimilitud al catalogar dicha circunstancia como una coincidencia, toda vez que parece
ser fruto de un comportamiento sopesado y posiblemente pactado por las empresas.
4 LATOUCHE, S. (2008). La apuesta por el decrecimiento. ¿Cómo salir del imaginario
dominante?, I. A., Barcelona, pp. 108-130; LIZUKA, T. (2007). An Empirical Analysis of
Planned Obsolescence, Journal of Economics & Management Strategy, vol. 16, n.º 1, pp.
211 y 212.
5 ORBACH, B. Y. (2004). The Durapolist Puzzle: Monopoly Power in Durable-Goods
Market, Yale Journal on Regulation, vol. 21, n.º 1, pp. 96 y 97; SOTO PINEDA, J. A. (2015).
Reexiones acerca de las posibles incompatibilidades de la obsolescencia programada
con el sistema de defensa de los consumidores, Actualidad civil, n.º 6, pp. 40-55. Mien-
tras Orbach plantea el recurso al derecho antitrust, basándose en que una estrategia de
obsolescencia programada puede ser excluyente a través del empleo de las economías
de escala para restringir la competencia mediante insustanciales, pero costosos, cambios
en los productos; por su parte, Soto Pineda considera que el derecho del consumo puede
ser una respuesta a ciertas conductas que tienen elementos que es posible hallar en la
obsolescencia planicada; en concreto, podría servir para contrarrestar las conductas
estructuradas por las empresas que, merced a su poder, se dirigen a limitar los derechos
de los consumidores en las distintas fases de la actividad económica.

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