SAP Lugo 100/2007, 23 de Mayo de 2007

PonenteMARIA LUISA SANDAR PICADO
ECLIES:APLU:2007:487
Número de Recurso99/2007
Número de Resolución100/2007
Fecha de Resolución23 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Lugo, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

LUGO

ROLLO Nº 99/07-M

Órgano de Procedencia: J. DE LO PENAL Nº 2 DE LUGO

Procedimiento de origen: JUICIO RÁPIDO Nº 113/05

SENTENCIA NÚMERO 100

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. EDGAR AMANDO FERNÁNDEZ CLOOS, PRESIDENTE

DÑA. Mª LUISA SANDAR PICADO

D. JOSÉ MANUEL VARELA PRADA

Lugo, veintitrés de mayo de dos mil siete.

La Ilma. Audiencia Provincial de Lugo ha visto en grado de apelación el Rollo de Sala Nº 99/07-M, dimanante de los

autos de DILIGENCIAS URGENTES JUICIO RÁPIDO Nº 22/05, tramitados por el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Mondoñedo y

fallados por el Juzgado de lo Penal Nº 2 de Lugo en el Rollo de JUICIO RAPIDO Nº 113/05, por el DELITO CONTINUADO DE

HURTO; siendo apelante Luis Pedro, representado por el procurador D. Andrés Corral Álvarez y

defendido por la letrado Doña Rosa Nieves Santamarina Cerdeira y Adolfo, representado por la

Procuradora Doña Mª Esther Villaverde Quiroga y defendido por la letrado Doña Mª Consuelo López-Rico Valle, y apelado,

Ministerio Fiscal; actuando como ponente la Magistrado, Ilma. Sra. Dña. Mª LUISA SANDAR PICADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 16 de febrero de 2007, el Juzgado de lo Penal nº 2 de Lugo, dictó sentencia en los referidos autos, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que debo condenar y condeno a Luis Pedro y Adolfo como autores criminalmente responsable de un delito continuado de hurto del artículo 234 en relación con el artículo 74 del Código Penal, concurriendo en el primero de los acusados la circunstancia agravante de reincidencia del y la atenuante analógica de drogadicción a la pena de DOCE MESES DE PRISIÓN, con la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, a cada uno de ellos. Cada uno de los condenados hará frente a la mitad de las costas procesales".

SEGUNDO

Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación que formuló la representación de Luis Pedro y Adolfo, siendo admitido en ambos efectos, elevándose los autos a esta Audiencia para la resolución procedente.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites legales.

Se aceptan los de la sentencia apelada, que son del tenor literal siguiente:

"ÚNICO.- Valorando libre y conscientemente, según las reglas de la sana crítica, el resultado de la actividad probatoria desarrollada, esta instancia considera acreditados los siguientes hechos: que los acusados Luis Pedro y Adolfo, mayores de edad, ejecutoriamente condenado el primero en sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Baracaldo de fecha 3 de noviembre de 1999, firme el mismo día a la pena de tres meses de prisión como autor de un delito de robo con fuerza en grado de tentativa y sin antecedentes penales el segundo, puestos de común acuerdo y guiados por el propósito de obtener un beneficio económico ilícito, entre las 12,00 y las 12,30 horas del día 9 de septiembre de 2005 sustrajeron del vehículo marca Citroen Berlingo, matrícula.... PWW que se encontraba estacionado en el aparcamiento del Restaurante Huerto sito en la localidad de Pinar-Ribadeo, sin que quede constancia de la utilización de la fuerza para acceder al mismo, un bolso de color marrón que se encontraba debajo del asiento del copiloto, conteniendo en su interior dos carteras con diversa documentación, personal, unas gafas, varias agendas, varias tarjetas, concretamente Visa Repsol, Caixa Galicia, Mastercard, Reesa, BBVA, y Valcarce, un teléfono móvil marca Nokia y un pagaré del BBVA por valor de 3.405,55 euros, todo ello propiedad de Lucio, siendo recuperado en poder...

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