Gipuzkoa

AutorJuan Madariaga Orbea
Cargo del AutorDirector
Páginas259-401
INTRODUCCIÓN
La Segunda Guerra Carlista concluyó en el País Vasco de forma traumáti-
ca, debido a la aprobación de la Ley de 21 de julio de 1876, que extendía a las
provincias exentas el servicio militar obligatorio y el sistema tributario general.
En realidad, no era una ley abolitoria de los Fueros, aunque finalmente terminó
desembocando en su desaparición. De hecho, las diputaciones forales, en ma-
nos de fueristas intransigentes, pronto la tildaron de ley de abolición, denomi-
nación que posteriormente pervivió gracias, en gran medida, al nacionalismo.
Los dirigentes guipuzcoanos, al igual que los vizcaínos o alaveses, se opusieron
a ella, de forma que el acuerdo entre las partes no fue posible. Tal es así que,
en semejante contexto, fue promulgado el Real Decreto de 13 de noviembre de
1877, el cual señalaba el cupo de contribución de inmuebles, cultivo y ganade-
ría que durante el año económico 1877-1878 habrían de pagar las Provincias
Vascongadas a la Hacienda estatal y la manera de su exacción. Dicho decreto
no hizo sino enardecer aún más los ánimos y enconar sobremanera las pos-
turas, al punto que finalmente las diputaciones forales fueron suprimidas y
sustituidas por unas juntas de jueces mientras se organizaban de real decreto
las nuevas diputaciones provinciales.
Semejante sustitución en los poderes locales desatascó las negociaciones,
fruto de las cuales fue el Real Decreto de 28 de febrero de 1878, en virtud del
cual se inauguraba el régimen de Concierto Económico, estableciéndose la for-
ma en que se haría efectiva la obligación de contribuir económicamente a las
arcas del Estado. En verdad, el acuerdo era por ocho años y con un cupo a
pagar para cada provincia, siendo cada diputación la que se responsabilizaba
de la recaudación establecida. Concluido ese periodo, la idea era que Hacienda
incorporase plenamente a su control a las tres provincias, algo que no sucedió.
Esto les permitió seguir manteniendo una cierta autonomía fiscal, que, con el
tiempo, se convirtió en un instrumento básico de gestión y de desarrollo eco-
nómico. Tal es así que, concebido el Concierto inicialmente como una migaja
o «fuerito», no tardaría en ser visto como uno de los derechos históricos del
País Vasco. De hecho, ese papel cada vez más importante otorgado al Concierto
Económico es lo que movió a las autoridades vascas a promover su renovación
en sucesivas fechas hasta su supresión en 1937, cuando las autoridades fran-
quistas lo eliminaron, para los casos de Gipuzkoa y Bizkaia, por considerarlas
provincias traidoras a su causa.
260 NOTITIA VASCONIAE. TOMO III (1876-1936)
El nuevo sistema de Concierto Económico facilitó un régimen fiscal priva-
tivo a las Provincias Vascas, lo que supuso, al fin y al cabo, un incentivo para
la radicación de empresas. Es decir, el Concierto Económico facilitó un mar-
co institucional favorable a los intereses de los emprendedores. Así, la nueva
burguesía hegemónica utilizó esa autonomía fiscal para implantar un sistema
impositivo favorable a sus intereses y actividades, de suerte que una de sus ca-
racterísticas más llamativas fue la baja presión contributiva sobre la industria
y el comercio. Tal es así que esta presión era inferior a la existente en el resto de
España, ya de por sí baja. Esto suponía un ahorro de costes para las empresas
y un instrumento válido para la atracción de capital. Es decir, el Concierto no
solo facilitó la inversión de capital local, sino también la llegada de inversión
directa exterior. Y aún más. Una fiscalidad inferior permitía una mayor acumu-
lación de capital y, por consiguiente, una mayor capacidad de inversión, que,
a su vez, volvía a beneficiarse de las ventajas del Concierto. En definitiva, los
impuestos indirectos siguieron siendo los predominantes.
Gracias, por tanto, a esta autonomía fiscal, las diputaciones provinciales
ampliaron sus competencias administrativas, al tiempo que se convirtieron en
escenario de luchas de partido de calado. En efecto, las distintas fuerzas po-
líticas pronto vieron las ventajas de controlar la institución, de suerte que las
elecciones fueron muy disputadas. Debido a las atribuciones con que contaban
los órganos provinciales, por mor del sistema de Concierto Económico, estos se
convirtieron en un instrumento idóneo para impulsar el desarrollo económico
de la provincia, bien practicando una política fiscal determinada, como ya se
ha señalado, bien impulsando ciertas infraestructuras que habrían de benefi-
ciar a la propia economía provincial.
Esta pugna estuvo marcada en un principio por la confrontación entre el
carlismo y el liberalismo, como las dos grandes fuerzas políticas que venían
dominando la escena política guipuzcoana desde mediados de siglo. Confor-
me al Real Decreto de 4 de noviembre de 1879, se levantó el estado de guerra
en que se hallaban las Provincias Vascas desde la conclusión de la contienda,
restableciéndose las garantías constitucionales. De esta forma, el decreto es-
tablecía que las diputaciones vascas se renovaran de acuerdo con la ley pro-
vincial de 1877 cuando tuviese lugar la primera renovación de las demás del
reino. Algo que no sucedió hasta 1880. En realidad, la conflagración no había
variado la correlación de fuerzas entre las diversas ideologías existentes en la
provincia, de manera que la división política siguió siendo muy similar a la
que había antes del conflicto. En efecto, de un total de 20 diputados, 11 fueron
elegidos de las filas liberales y nueve de las carlistas. La mayoría de los pri-
meros era, pues, muy frágil y lo siguió siendo en los años venideros. En 1882
se renovó totalmente la Diputación, fijándose como demarcaciones electorales
los correspondientes a los cuatro partidos judiciales ya existentes y eligiendo a
cuatro diputados por cada distrito. Según El Urumea del 19 de diciembre, am-
bas fuerzas lograron ocho escaños cada una. Así, en 1884, el sistema electoral
de renovaciones parciales hizo que los carlistas se hicieran con la mayoría en la
Diputación, gracias, precisamente, a las votaciones en dos distritos del interior,
Tolosa y Bergara. La presidencia recayó entonces en Ramón Zavala Salazar, un
notable propietario que había formado parte de la Diputación carlista de 1875.
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A los dos años tocaba renovar los cargos de los distritos de Azpeitia y San Se-
bastián, donde los carlistas y liberales obtuvieron cuatro y tres puestos, respec-
tivamente. Los carlistas tenían entonces 11 diputados de 16, siendo nombrado
nuevo presidente otro destacado carlista, José María Unceta. El carlismo, en
definitiva, seguía manteniendo una amplia penetración social pese a la derrota
militar, lo que hizo reaccionar al liberalismo con determinación.
Con ocasión de los nuevos comicios provinciales de 1888, el Gobierno creó
un nuevo distrito electoral, el de Irun, dividiéndolo del de San Sebastián. Se
unía así a las otras cuatro circunscripciones electorales existentes. El objetivo
era tratar de socavar el poder que tenían los carlistas y favorecer el acceso a la
presidencia de las fuerzas liberales, para lo cual fue necesaria su reorganiza-
ción. Con tal fin, dinásticos y republicanos constituyeron una coalición liberal
(a la que simplemente denominaron Partido Liberal), una suma de notables
unida por el común interés de erigirse en el sector dominante y por monopoli-
zar el proceso político empleando los distintos resortes a su alcance, incluyen-
do diferentes formas de corrupción conocidas y practicadas en toda España.
La estrategia, en cualquier caso, funcionó y la coalición liberal se convirtió en
un instrumento eficaz, obteniendo unos resultados electorales que les permitió
hacerse con el poder político de la provincia durante varios años. Dentro de las
filas carlistas, en 1888 se produjo, además, la escisión de los integristas, lo que
inicialmente les pudo perjudicar.
En 1888 la coalición estuvo formada por sectores liberales y republicanos
de todo signo, aunque no tardaron en producirse algunos desgajamientos, fru-
to, precisamente, del tipo de partidos de la época. Primero fue el Partido Libe-
ral Reformista, fundado por Romero Robledo como escisión del Partido Con-
servador liderado por Cánovas. Después los republicanos seguidores de Ruiz
Zorrilla, quienes se alejaron de la coalición por diferencias de criterios políticos
e ideológicos. Con todo, mayor trascendencia tuvo el abandono de un nutrido
grupo de conservadores. En realidad, desde el principio el Partido Conservador
había jugado un papel secundario dentro de la coalición, pero el detonante
de esta defección fue que la alianza no aceptase las orientaciones del ejecu-
tivo de Cánovas para que hiciera suyas las candidaturas conservadoras para
las elecciones legislativas de 1891 de los distritos de San Sebastián y Bergara,
ofreciendo a cambio su neutralidad en los comicios provinciales que habrían
de celebrarse a finales de 1890. Con estas deserciones, la coalición quedó limi-
tada a los liberales fusionistas y a los republicanos moderados, participando
también algún liberal conservador independiente. Entre los grandes impulso-
res de la alianza figuraban Fermín Calbetón, Benito Jamar y, sobre todo, José
Machimbarrena.
La coalición liberal, en resumen, aparte de haber sido una herramienta
eficaz para ganar las votaciones al carlismo, se caracterizó, más allá de los
nombres, por ser la confluencia de personalidades de diversas localidades que
sobresalían por el poder social que concentraban. Un poder social que adquiere
una mayor relevancia si consideramos el proceso de modernización económica
que en esos momentos estaba experimentando Gipuzkoa. A la postre, se podría
decir que la coalición era una creación de esa nueva burguesía que la indus-
trialización estaba modelando y consolidando como clase económicamente he-

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