SAP Guipúzcoa 35/2007, 28 de Mayo de 2007

PonenteBEGOÑA ARGAL LARA
ECLIES:APSS:2007:556
Número de Recurso3037/2007
Número de Resolución35/2007
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Guipúzcoa, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE GIPUZKOA

Sección 3ª

SAN MARTIN 41 2ª planta- C.P. 20007

Tfno.: 943-000713 Fax: 943 00 07 01

N.I.G.: 20.04.1-06/000124

RECURSO: Rollo ape.faltas 3037/07-3ª

Proc. Origen: Juicio faltas 158/06

  1. Inst. e Instrucc. nº 1 (Eibar)

Atestado nº: P.M. SORALUZE

Apelante: Luis Pablo

Procurador: OSCAR MEJIAS ABAD

Apelado: MINISTERIO FISCAL

Apelado: María Consuelo

Procuradora: MARÍA LUISA LINARES FARIAS

SENTENCIA Nº

ILMA. SRA. DÑA. BEGOÑA ARGAL LARA

En DONOSTIA - SAN SEBASTIAN, a veintiocho de mayo de dos mil siete.

La Ilma. Audiencia Provincial Sección 3ª de esta Capital, constituida por la Ilma. Sra. que al margen se expresa, ha visto en trámite de apelación los presentes autos de carácter criminal tramitados como Juicio de Faltas con el número 158/2006 por el Juzgado de Instrucción nº 1 de EIBAR seguido por una falta de LESIONES a instancia de Luis Pablo (Apelante) y María Consuelo y el MINISTERIO FISCAL (apelados). Todo ello en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Instrucción antes expresado el día 9 de marzo de 2007.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 1 de EIBAR se dictó sentencia con fecha 9 de marzo de 2007, conteniendo el siguiente FALLO: "QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. Luis Pablo como autor responsable de una falta de lesiones, a la pena de un mes multa a razón de 2 euros de cuota diaria (60 euros) y como autor de una falta de injurias a la pena de 20 días multa con una cuota diaria de 2 euros (40 euros). Si el condenado no satisficiere, voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá cumplirse en régimen de localización permanente. Se impone a Luis Pablo, el pago de las costas del proceso si las hubiere.

Por vía de responsabilidad civil, D. Luis Pablo deberá indemnizar a María Consuelo en la cantidad de 540 euros por las lesiones sufridas, suma que devengará el interés legal del dinero incrementado en dos puntos, desde la notificación de la presente resolución y hasta su completo pago.".

SEGUNDO

Notificada a las partes las resoluciones de referencia se interpusieron recursos de apelación que fueron admitidos y elevados los autos a este Tribunal, trayéndose a la vista del Magistrado Ponente para dictar sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este juicio se han observado las formalidades legales.

VISTO: Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. BEGOÑA ARGAL LARA.

Se aceptan expresamente los hechos declarados probados en la sentencia de Instancia.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la sentencia apelada en lo que no se opongan a la presente resolución.

PRIMERO

La representación de Luis Pablo formuló recurso de apelación frente a la sentencia de Instancia, alegando:

  1. - Error en la valoración de la prueba. De los hechos declarados probados se infieren una serie de contradicciones, ya que la denunciante refiere que los hechos ocurren en el pasillo y en el despacho de María. Esta declaró que los hechos ocurrieron cuando denunciante y denunciada se dirigían a su despacho, y ocurrió el suceso en el pasillo y a la altura de la puerta del despacho.

    El Sr. Aurelio indicó que estaba despachando con María cuando entraron en el interior.

  2. - Que a pesar de los informes médicos en relación con el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR