SAP Madrid 853/2006, 18 de Octubre de 2006

PonenteROSA MARIA BROBIA VARONA
ECLIES:APM:2006:13246
Número de Recurso37/2005
Número de Resolución853/2006
Fecha de Resolución18 de Octubre de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 17ª

RAMIRO JOSE VENTURA FACI FERNANDO F. ORTEU CEBRIAN ROSA MARIA BROBIA VARONA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN DÉCIMO SÉPTIMA

Rollo 37/05 PA

Diligencias Previas 1301/04

Juzgado de Instrucción nº 8 de Madrid

SENTENCIA Nº 853/06

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS

D. RAMIRO VENTURA FACI

D. FERNANDO ORTÉU CEBRIÁN

DÑA. ROSA BROBIA VARONA

En Madrid a dieciocho de octubre de dos mil seis.

Visto y oído en juicio oral y público ante esta Sección en la Audiencia Provincial de Madrid el Rollo 37/05, correspondiente a las Diligencias Previas 1301/04 del Juzgado de Instrucción 8 de Madrid por delito continuado de falsedad en documento mercantil y continuado de estafa contra el acusado Carlos Antonio nacido el 16 de mayo de 1972 en Zamora, hijo de Teodoro y Judith, sin antecedentes penales, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Ruano Casanova y defendido por el letrado D. Álvaro Vicente Vila; siendo parte acusadora el Ministerio Fiscal y Ponente la Magistrada Suplente Sra. ROSA BROBIA VARONA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal modificó sus conclusiones provisionales y calificó los hechos como constitutivos de un delito continuado de falsedad en documento mercantil en concurso medial con un delito continuado de estafa, concurriendo la circunstancia atenuante de la responsabilidad del art. 21.5 en relación con el art. 66 del CP.; solicitando la pena de 1 año de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de nueve meses con una cuota diaria de 6 € con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago prevista en el art. 53 del CP., sin existir responsabilidad civil puesto que han devuelto las cantidades defraudadas.

SEGUNDO

Abierta la sesión del juicio oral, el Sr. Presidente preguntó al acusado si se confesaba autor del delito que se le imputa en la calificación del Fiscal, contestando afirmativamente, conformándose con la pena solicitada y como el Letrado defensor no estimare necesaria la continuación del juicio oral, el Sr. Presidente lo declaró concluso para sentencia.

Probado y así expresamente se declara que en fechas anteriores al día dos de febrero de dos mil cuatro, el acusado, Carlos Antonio, a cuyo poder habían llegado, no consta cómo, varios talones en blanco propiedad de la que había sido su compañera sentimental doña Rosario, entre el 9 de diciembre de 2003 y el 27 de enero de 2004, mientras la misma se encontraba de...

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