SAP Burgos 2/2007, 24 de Enero de 2007

PonenteJOSE LUIS DIAZ ROLDAN
ECLIES:APBU:2007:70
Número de Recurso17/2006
ProcedimientoProcedimiento abreviado
Número de Resolución2/2007
Fecha de Resolución24 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

BURGOS

ROLLO DE SALA NUM. 17/ 2006

DILIGENCIAS PREVIAS 89/ 2.003

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NUM. 2 DE ARANDA DE DUERO

S E N T E N C I A Nº 00002/2007

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Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ LUIS DÍAZ ROLDÁN

D. FRANCISCO MANUEL MARÍN IBÁÑEZ

D. LUIS ANTONIO CARBALLERA SIMÓN

En Burgos a veinticuatro de Enero de dos mil siete.

Vista en juicio oral y público, ante esta Audiencia Provincial, la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 2 de Aranda de Duero seguida por delito de MALVERSACION DE CAUDALES PUBLICOS Y FALSEDAD EN DOCUMENTO OFICIAL, contra Gabriela, hija de Gabriel y de Natividad, natural de Segovia, nacida el 22 de septiembre de 1944, con domicilio en CALLE000 núm. NUM000. NUM001. NUM002, de Aranda de Duero, sin antecedentes penales, en situación de libertad provisional por esta causa, solvente, defendida por el Letrado D. Roberto Arroyo Serrano y representado por el Procurador D. Fernando Santamaría Alcalde; y contra Jose Antonio, hijo de Agripino y Rosa, natural de Villoruela (Salamanca), con domicilio en la CALLE001 NUM003. NUM004. NUM005, de Aranda de Duero, sin antecedentes penales, en situación de libertad provisional por esta causa, solvente, defendido por el Letrado D. Enrique Arribas Miranda y representado por el Procurador D. Fernando Santamaría Alcalde. Han sido parte en el proceso además de los inculpados, como acusación particular IZQUIERDA UNIDA, representado por el Procurador D. Jesús Prieto Casado y defendido por el Letrado D. Luis Oviedo Mardones; y el Ministerio Fiscal, siendo Ponente el Ilmo. Magistrado Sr. Presidente D. JOSÉ LUIS DÍAZ ROLDÁN, que expresa el parecer de La Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En Procedimiento Abreviado nº 89/2005 del Juzgado de Instrucción nº 2 de Aranda de Duero, se abrió juicio oral respecto del referido acusado y una vez concluida la causa y tramitada conforme a la Ley se celebró ante esta Audiencia juicio oral el día 16 de enero de 2006.

SEGUNDO

Los hechos han sido calificados por el Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas como constitutivos de un delito de falsedad en documento oficial del artículo 390.1 y 2 del Código Penal en concurso ideal con un delito falsedad en documento oficial en concurso ideal con un delito de malversación de caudales públicos, previsto en el artículo 432.1 y 3 del mismo Texto Legal. Del que son responsables en concepto de autor los acusados, solicitando la pena de 4 años y cinco meses de prisión, multa de 9 meses con una cuota diaria de 12 euros, inhabilitación especial de 3 años y 6 meses, así como reintegrar al Ayuntamiento de Aranda de Duero la cantidad de 249.552 pts. Por la acusación particular en sus conclusiones definitivas se calificaron los hechos en idéntico sentido que el Ministerio Fiscal, solicitando contra el acusado las mismas penas, y el pago de una indemnización civil 1875,85 euros.

TERCERO

Las Defensas de los acusados en sus conclusiones definitivas solicitaron la libre absolución de sus patrocinados.

Resultando probado y así se declara:

  1. Por la Comisión Informativa de Hacienda del Ayuntamiento de Aranda de Duero, en sesión de fecha 28 de abril de 2000, se acordó conceder una subvención mensual por Grupo Municipal existente, para ello cada Grupo Municipal llevaría una contabilidad específica según la Legislación vigente. Dicho acuerdo fue aprobado en el Pleno del expresado Ayuntamiento, en sesión de fecha 4 de mayo de 2000, que en relación con la subvención aprobada, entre otros puntos, fijó una subvención de 35.000 pts a favor de los Grupos Municipales, por Grupo, más 5.000 pts por cada Concejal por miembro del mismo, puntualizando "que de estas cantidades cada Grupo Municipal llevará una contabilidad específica según la legislación vigente".

    La Comisión de Hacienda del Ayuntamiento de Aranda de Duero, en sesión celebrada el 13 de junio de 2000, precisaba que "la justificación de gastos se realizara anualmente, debiendo presentarse las correspondientes facturas en la Intervención Municipal antes del día 15 de diciembre de cada año", indicándose que "en caso de no justificarse el gasto de la totalidad de la dotación económica entregada anualmente, la cantidad no justificada pasará a ser compensada con las mensualidades del ejercicio siguiente", igualmente en dicho acuerdo se señalaba que "las subvenciones podrán destinarse al pago de gastos de imprenta, material de oficina, pago de remuneraciones de personal de cualquier tipo ajeno al servicio de la Corporación, alquiler de locales para los grupos municipales (siempre que no dispongan de una oficina en el Ayuntamiento)".

  2. Durante la Legislatura 1998-2002, los acusados, Gabriela y Jose Antonio, ambos mayores de edad y sin antecedentes penales, resultaron elegidos en la lista Renovación Arandina Progresista, siendo concejales de dicho Grupo Municipal del Ayuntamiento de Aranda de Duero.

  3. En fecha 3 de octubre de 2000, la acusada Gabriela presentó en el Ayuntamiento de Aranda de Duero como relación de gastos subvencionables al Grupo Municipal Renovación Progresista Arandina, correspondientes al kilometraje de su vehículo, ocasionados durante el período comprendido entre el 1 de junio al 30 de septiembre de 2000, los siguientes:

    - 6 viajes desde Aranda de Duero a Burgos.

    - 1 viaje desde Aranda de Duero a Soria.

    - 6 viajes desde Aranda de Duero a Valladolid.

    - 2 viajes desde Aranda de Duero a Madrid.

    - El importe de los gastos de kilometraje ascendía a la suma de 71.712 pts.

    En fecha 11 de diciembre de 2000, la acusada Gabriela presentó en el Ayuntamiento de Aranda de Duero como relación de gastos subvencionables al Grupo Municipal Renovación Progresista Arandina, correspondientes al kilometraje de su vehículo, ocasionados durante el período comprendido entre el 1 de octubre al 12 de diciembre de 2000, los siguientes:

    - 4 viajes desde Aranda de Duero a Burgos.

    - 5 viajes desde Aranda de Duero a Valladolid.

    - 1 viajes desde Aranda de Duero a Madrid.

    - 1 viaje desde Aranda de Duero a Lerma.

    - El importe de los gastos de kilometraje ascendía a la suma de 50.794 pts.

  4. En fecha 3 de octubre de 2000, el acusado Jose Antonio presentó en el Ayuntamiento de Aranda de Duero como relación de gastos subvencionable al Grupo Municipal Renovación Progresista Arandina, correspondientes al kilometraje de su vehículo, ocasionados durante el período comprendido entre el 1 de junio al 30 de septiembre de 2000, los siguientes:

    - 6 viajes desde Aranda de Duero a Burgos.

    - 1 viaje desde Aranda de Duero a Soria.

    - 6 viajes desde Aranda de Duero a Valladolid.

    - 2 viajes desde Aranda de Duero a Madrid.

    - El importe de los gastos de kilometraje ascendía a la suma de 71.712 pts.

    En fecha 11 de diciembre de 2000, la acusada Gabriela presentó en el Ayuntamiento de Aranda de Duero como relación de gastos subvencionables al Grupo Municipal Renovación Progresista Arandina, correspondientes al kilometraje de su vehículo, ocasionados durante el período comprendido entre el 1 de octubre al 11 de diciembre de 2000, los siguientes:

    - 4 viajes desde Aranda de Duero a Burgos.

    - 6 viajes desde Aranda de Duero a Valladolid.

    - 2 viajes desde Aranda de Duero a Madrid

    - El importe de los gastos de kilometraje ascendía a la suma de 57.984 pts.

  5. Por la Comisión de Hacienda del Ayuntamiento de Aranda de Duero, en sesión de fecha 23 de mayo 2001, se informó favorablemente la propuesta de los justificantes presentadas por los Grupos Municipales respecto de las asignaciones recibidas en el ejercicio 2000.

    Finalmente, por Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Aranda de Duero, nº 358/2001, de 25 de junio, se aprobó las justificaciones presentadas por el Grupo Municipal Renovación Arandina Progresista.

  6. El Grupo Municipal Unión Progresista Arandina, en el año 2000, no llevaba en debida forma el Libro de Cuentas de dicho Grupo en el que debían anotarse los gastos que dieran lugar a percibir la subvención correspondiente del Ayuntamiento de Aranda de Duero. Ante la insistencia del representante del Grupo Municipal de Izquierda Unida para que por el Grupo Unión Progresista Arandina se justificara documentalmente los datos reclamados, se procedió a elaborar, durante el año 2002, por el acusado, quien no era el Tesorero del Grupo Municipal, los apuntes contables justificativos de los gastos presentados, procediendo a practicar los asientos contables del Libro de Cuentas del Grupo Municipal, dichos apuntes fueron realizados con base en notas de viaje que tenía de años anteriores. Este libro no fue presentado en el Ayuntamiento Municipal como justificación de los gastos, sino que una copia le fue entregada al representante de Izquierda Unida.

    Los apuntes que se realizaron en el Libro de Contabilidad fueron los siguientes:

    * Por Gabriela

    - Viajes a la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León, los días 5 de Junio, 7 de septiembre y 3 de octubre de 2000.

    - Viajes a las Cortes de Castilla y León, los días 20 de julio y 9 de noviembre del año 2000.

    - Viaje a la Confederación Hidrográfica del Duero, el día 14 de julio del año 2000.

    - Viajes a la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León, los días 24 y 29 de julio, 19 de septiembre y 14 de noviembre del año 2000.

    - Viajes a la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Castilla y León, los días 29 de julio, 13 de septiembre y 17 de octubre del año 2000.

    - Viajes a la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León, los días 3 de agosto, 20 de septiembre y 31 de octubre del año 2000.

    - Viajes al Ministerio del Interior los días 27 de septiembre y 1 de diciembre del año 2000.

    - Viajes al Consejo de la Juventud de la Junta de Castilla y León el día 2 de noviembre de 2000.

    - Viajes a la Subdelegación del Gobierno en Burgos, los días 28 y 29 de noviembre de 2000.

    * Por Jose Antonio

    - Viajes...

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